Sub Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública N°07/2024
“ADQUISICIÓN DE 1 (Uno) CHIPEADORA
TRITURADORA DE RAMAS PARA PROCESAR
RESIDUOS VERDES ”
Expte 4718-(M17I)-D-2024
Pliego de condiciones generales.
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MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
LICITACION PÚBLICA Nº07 /2024
“ADQUISICIÓN 1 (Uno) CHIPEADORA TRITURADORA DE RAMAS
PARA PROCESAR LOS RESIDUOS VERDES”
ANEXO I
REFERENCIAS:
1)
Repartición: Subsecretaría de Ambiente y Servicios Urbanos.
2)
Expediente Nº4718-D-(M17I)-S-24
3)
Decreto Nº: 453/2024
4)
Plazo de fecha de compra del pliego: hasta el 26 de Junio de 2024
5)
Forma de Presentación: por escrito, en sobre cerrado, sin inscripción que
individualice al proponente.
6)
Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras Municipalidad de
Yerba Buena. Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av. Aconquija 1.799
7)
Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta el 28 de Junio de 2024 a las 10:00hs.
8)
Lugar de Apertura de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de
Yerba Buena. Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av. Aconquija 1.799
9)
Fecha de Apertura y Hora: 28 de Junio de 2024 a las 10:00 hs.-
10)
Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de
apertura.-
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11)
Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena .Av. Aconquija 1799 -1° Piso
12)
Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena.- Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av.
Aconquija 1.799
13)
Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.
14)
Pliego de Bases y Condiciones: $5000 (pesos Cinco mil)
15)
Presupuesto Oficial: $67.564.000 (Pesos Sesenta y Siete Millones Quinientos
Sesenta y Cuatro Mil c/ 100).
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ANEXO II
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
LICITACIÓN PUBLICA Nº07/2024
ARTÍCULO 1°: El presente Pliego establece las condiciones generales que regirán La
Licitación Pública N°7/2024, “ADQUISICIÓN DE 1 (Uno) CHIPEADORA TRITURADORA
DE RAMAS PARA PROCESAR RESIDUOS VERDES”,
ARTÍCULO 2°: Objeto.
El llamado a Licitación Pública tiene por objeto la adquisición de 1 (Uno) Chipeadora
trituradora de ramas para procesar residuos verdes, para Dirección de Medio Ambiente. La
misma deberá cumplir con los requisitos solicitados.
ARTÍCULO 3°: Terminología
A los efectos de la aplicación del Pliego y todo documento contractual de la contratación se
emplearán las siguientes denominaciones: “MUNICIPALIDAD” por el Comitente,
“Organismo Contratante” por la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos, encargada del
Contralor y vigilancia de los servicios y “CONTRATISTA” por la Empresa obligada a prestar
el servicio.
ARTÍCULO 4°: Presupuesto Oficial.
El presupuesto oficial se fija en el importe de PESOS Sesenta y Siete Millones Quinientos
Sesenta y Cuatro Mil con 00/100 ($67.564.000,00)
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ARTÍCULO 5°: Normativa aplicable.
La presente contratación se rige por las disposiciones de la Ordenanza Nº 1299/2003,
modificada por el Decreto Nº 072 del 23/01/2008, Decreto Nº 268 del 05/08/2013 y Decreto
Nº 274 que regula el Régimen de contrataciones del Municipio, por el presente Pliego de
Bases y Condiciones generales, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de
Especificaciones Técnicas.
La presentación de la oferta por el proponente, implica que conoce todo el régimen legal
indicado y que lo acepta lisa y llanamente en todas sus partes. Todo agregado, condición,
modificación, sustitución, alteración, salvedad o cláusula que el oferente consigne en la
formulación de su propuesta, será de ningún valor y se tendrá por no escrita, manteniéndose
inalterada la regulación normativa.
ARTÍCULO 6°: Publicaciones.
Los avisos serán publicados durante 4 (cuatro) días en el Boletín Oficial de la Provincia de
Tucumán, y por lo menos en un diario, de mayor circulación de la Provincia de Tucumán,
reduciéndose la cantidad de avisos a 2 (Dos) días en caso de nuevo llamado. Cuando para el
éxito de la licitación se lo estime conveniente, el Municipio podrá ordenar la publicación de
los llamados licitatorios en otros órganos o medios de publicidad, de circulación Provincial, o
en cualquier otra forma de difusión. Igualmente podrá ampliar los términos y plazos
establecidos.
ARTÍCULO 7°: Adquisición/Consultas sobre el Pliego.
La compra de pliegos, apertura de sobres y exhibición de resultados, se realizarán en la
Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena.
Hasta cuatro (04) días corridos anteriores a la fecha fijada en el Llamado para la Apertura de
las Ofertas, se podrá realizar la compra de pliegos, efectuar consultas y pedidos de aclaración.
Si se prorrogase la fecha de Apertura de las Ofertas, dichos plazos quedarán automáticamente
prorrogados.
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Para su adquisición deberán abonar la suma de $5000 (pesos cinco mil)
ARTÍCULO 8°: Lugar y fecha de apertura.
En la Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena, el día 28 de Junio de 2024 a
las diez (10:00) horas, o el primer día hábil siguiente si aquel resultara feriado en la
Administración, se recibirán las propuestas firmadas para la prestación del servicio licitado.
ARTÍCULO 9°: Domicilio y Jurisdicción.
El Comitente fija su domicilio en Av. Aconquija 1991, Yerba Buena, Provincia de Tucumán.
Al comprar el Pliego el Interesado deberá constituir domicilio especial en una casilla de correo
electrónico donde serán válidas todas las notificaciones y el cual producirá los efectos de
domicilio legalmente constituido en el ámbito administrativo.
Las notificaciones electrónicas se considerarán perfeccionadas dentro de los dos días hábiles
contados a partir del momento en que se encontraron disponibles, es decir en momento de ser
visualizadas en el correo electrónico aún cuando el destinatario no haya accedido al mismo
para tomar conocimiento. En todos los casos los plazos comenzarán a computarse el día
siguiente en que la notificación fue recibida.
La existencia de impedimentos que obstaculicen la posibilidad de enviar o recibir una
notificación electrónica, podrán ser acreditados por quien los invoque salvo que fueran de
público conocimiento o producto de fallas en los equipos o sistemas informáticos, lo cual será
evaluado en el caso concreto.
Asimismo el Oferente deberá constituir domicilio real en la Provincia de Tucumán.
La constitución de domicilio al presentar la oferta deberá efectivizarse de acuerdo al
Formulario 1 que se adjunta el presente Pliego como ANEXO IV.
Todo cambio del domicilio deberá ser notificado fehacientemente al Comitente.
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ARTÍCULO 10°: Consultas:
Hasta 5 (cinco) días antes de la fecha de apertura, la Municipalidad evacuará las consultas que
formulen los interesados. La correspondencia deberá ser dirigida al Dpto de Compras a la
dirección de correo electrónico licitaciones@yerbabuena.gob.ar. Las aclaraciones con
respecto a la licitación, se llevarán a conocimiento de todos los adquirentes de los Pliegos
licitatorios en el domicilio electrónico declarado al momento de adquisición del mismo, en
consecuencia, el Oferente no podrá alegar ninguna causa basada en el desconocimiento de
aquellos antecedentes y condiciones.
DE LA OFERTA
ARTÍCULO 11°: Precio.
La cotización deberá hacerse en moneda de curso legal, por unidad en los ítems
correspondientes completando la planilla de Cotización adjunta. El precio consignado deber
ser precio final (sin discriminar IVA). ANEXO V
ARTÍCULO 12°: Forma de Cotizar.
La propuesta se formalizará en el Formulario Oficial de Pedido de Cotización que forma parte
del presente, escrito con letra tipo imprenta, consignando la cotización en números y la
cotización total en números y en letras. Dicho formulario, como requisito esencial, deberá
estar debidamente firmado por el oferente, su representante legal o su mandatario en los
términos de la ley.
Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras
consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras. Cuando no se
correspondan los precios totales con los unitarios o aquellos estén enmendados sin salvar, los
unitarios se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la propuesta.
Cuando el oferente decidiere presentar su propuesta en formulario propio, se entiende que los
productos que se cotizan se ajustan en un todo a las características requeridas en el Pedido de
Cotización, cuando la descripción de los ítems cotizados no incluya la totalidad de las prendas
que se describen en el formulario oficial.
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ARTÍCULO 13°: De los impuestos.
Municipalidad de Yerba Buena reviste el carácter de sujeto EXENTO en el IVA, por lo tanto
el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que incluye el citado impuesto.
ARTÍCULO 14°: Mantenimiento de la Oferta.
La oferta deberá ser mantenida por un plazo mínimo de TREINTA (30) días hábiles. Se
considerará automáticamente prorrogado por igual período el mantenimiento de la oferta,
salvo expresa manifestación en contrario por parte del oferente en el momento de formular su
propuesta.
ARTÍCULO 15°: Las ofertas se presentarán en un sobre cubierta que deberá contener en su
parte externa al frente del mismo, una leyenda que diga ¨Licitación Pública 07/2024 –
Municipalidad de Yerba Buena” sin inscripción alguna que individualice al proponente y
que contenga a su vez dos sobres:
SOBRE Nº 1: Deberá contener la siguiente documentación
a.
Certificado de Libre Deuda de impuestos provinciales otorgado por la
Dirección General de Rentas de la Provincia.
b.
Certificado de Libre Deuda de contribuciones Municipales otorgado por
Dirección de Rentas de la Municipalidad de Yerba Buena. Este requisito no será
exigido a los oferentes que tengan domicilio comercial fuera de la jurisdicción y no
registren inscripción comercial alguna en este Municipio.
c.
Constancia de Inscripción en AFIP y Rentas de la Provincia de Tucumán y
Convenio Multilateral si corresponde.
d.
Copia de Contrato Societario (Personas jurídicas).
e.
Especificaciones del bien
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f.
Garantía de la Oferta
g.
Sellado Municipal
h.
Recibo de compra del Pliego
i.
Declaración Jurada de Renuncia al Fuero Federal y Constitución de Domicilio
en la provincia de Tucumán conforme Formulario 1, ANEXO IV.
SOBRE Nº 2: la oferta económica, con Formulario 2 ANEXO V.
ARTÍCULO 16°: Toda la documentación deberá estar firmada en todas sus hojas por el
Proponente o Representante Legal. Si el Proponente actúa por intermedio de Apoderado, éste
deberá acreditar su condición de tal con documentación idónea (Poder otorgado ante
Escribano Publico, designación de las autoridades societarias o del propietario de la empresa
oferente, en todos los casos la documentación de designación deberá estar certificada ante
Escribano Público).
ARTÍCULO 17°: La presentación de la oferta debidamente firmada será motivo suficiente
para considerar que el Proponente conoce y acepta las condiciones establecidas en el presente
Pliego, por lo cual NO SE DEBE adjuntar copia de los Pliegos.
ARTÍCULO 18°: Los Oferentes deberán acompañar a su propuesta nota en la cual manifiesta
su expresa renuncia al Fuero Federal, allanándose a la Jurisdicción Ordinaria de los Tribunales
Locales, fijando para ello domicilio legal en la Provincia de Tucumán. ANEXO IV
ARTÍCULO 19°: Toda documentación que deba adjuntarse de acuerdo a lo exigido en el
presente Pliego, cuando las mismas sean copias o fotocopias, deberán estar legalizadas por
funcionario competente, caso contrario deberán acompañarse los originales, para que una vez
constatada la autenticidad de las mismas, le sean restituidas.
ARTÍCULO 20°: Sellado. La propuesta llevará sellado municipal por el importe establecido
en la Ordenanza Fiscal Anual (Ver Referencia 13).
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ARTÍCULO 21°: Garantía de la Oferta. Los proponentes deberán garantizar su oferta con
el 4% (cuatro por ciento) sobre el valor del PRESUPUESTO OFICIAL, la que deberá
acompañarse con la propuesta.
ARTÍCULO 22°: Constitución de Garantías.
Las garantías de la Oferta y del Contrato, que deben ser extendidas a favor de la
Municipalidad de Yerba Buena, podrán constituirse en algunas de las siguientes formas:
a)
En efectivo, mediante depósito en Banco Macro – Sucursal Yerba Buena – en la
Cuenta Corriente de la Municipalidad de Yerba Buena Nº 3-609-20000071/0,
acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará, y o
mediante transferencia bancaria a cuenta de titularidad de Municipalidad de Yerba
Buena,CBU.2850609430002000007105-ALIAS-MUNI.CIUDAD.JARDIN.
Acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará.
b)
En Títulos de la Deuda Pública Nacional, Bonos del Tesoro emitidos por el
Estado Nacional o cualquier otro valor similar, Nacional o Provincial, aforados a su
valor nominal o de última cotización.
c)
Con Aval Bancario debidamente sellado e intervenido por la Dirección General
de Rentas de la Provincia, cuando correspondiere, constituyéndose el fiador como
deudor solidario, liso y llano y principal pagador en renuncia a los beneficios de
división y exclusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil.
d)
Mediante póliza de Seguro de Caución, debidamente sellada e intervenida por
la Dirección General de Rentas de la Provincia o Certificada ante Escribano Público.
e)
Mediante Hipoteca en Primer Grado, o Prenda Preferencial sobre bienes
registrables, quedando su aceptación o rechazo a criterio del órgano competente para
efectuar la adjudicación.
f)
Mediante la afectación de Créditos que el proponente o Adjudicatario tenga
liquidados y al cobro en la Administración Municipal, a cuyos efectos los interesados
deberán presentar al momento de constituir la garantía constancia oficial de la
existencia de dicho crédito.
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g)
Mediante Certificados de Depósitos a Plazo Fijo, siempre que el Capital no sea
inferior al monto de la garantía y que su plazo de vencimiento no supere el término de
60 (sesenta) días a contar de la fecha del Acto de Apertura.
Todas las garantías se constituirán por el término que duren las obligaciones de los
Oferentes o Adjudicatarios, garantizando el fiel cumplimiento de las mismas.
DE LA APERTURA
ARTÍCULO 23°:
En el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto, se procederá a abrir las propuestas en
presencia de los funcionarios designados por la Municipalidad y de todos aquellos que deseen
presenciar. A partir de la hora fijada para la Apertura del Acto no podrá, bajo ningún
concepto, aceptarse otras ofertas, aun cuando el Acto de Apertura no se haya iniciado. Del
resultado obtenido se procederá a labrar acta, la cual deberá ser absolutamente objetiva y
contendrá:
a)
Número de Orden asignado a cada Oferta.
b)
Nombre del Proponente.
c)
Monto de la Oferta.
d)
Monto y Forma de la Garantía.
e)
Observaciones y/o impugnaciones que se hicieran en el Acto de Apertura.
El Acta de Apertura será firmada por los funcionarios intervinientes y por los asistentes que
deseen hacerlo.
ARTÍCULO 24º: Serán objeto de Rechazo Inmediato de las Ofertas:
a) La existencia de enmiendas, interlíneas, testaciones y/o raspaduras que no hayan sido
debidamente salvadas en la propuesta económica, que versen sobre cuestiones de fondo y no
de forma, quedando esta interpretación a cargo de la comisión de pre adjudicación.
b) La falta total de la presentación de la garantía de mantenimiento de la oferta o insuficiencia de
la garantía constituida. Sólo será subsanable cuando la constituida parcialmente cubra por lo
menos el 80% del monto que correspondiera, en cuyo caso, el oferente deberá completada en
el plazo de 48 horas a partir de su notificación.
c) La falta total del sellado.
d) Falta de recibo de pago del Pliego.
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e) La falta de firma del oferente o su representante legal en la propuesta económica.
f) Falta de las especificaciones técnicas de lo solicitado.
ARTÍCULO 25°: La Comisión de Pre adjudicación evaluará las demás observaciones que consten
en el acta de apertura, observará la omisión de cualquier otro requisito necesario para la presentación
de las propuestas, y notificará a los oferentes cuyas propuestas hayan sido observadas para que
subsanen las deficiencias en el plazo de 48 horas. Vencido el plazo, si no se hubiera subsanado la
deficiencia, la propuesta será declarada inadmisible.
ARTÍCULO 26°: Toda la documentación de las propuestas admitidas en el Acto de Apertura,
quedará agregada a las actuaciones como prueba de su legitimidad, a excepción de la garantía
de la oferta que se restituirá de oficio a los titulares que no resulten adjudicatarios.
ARTÍCULO 27°: Las autoridades presentes en el Acto de Apertura podrán disponer la
suspensión del mismo para resolver alguna cuestión que así lo requiera, fijándose en ese
mismo momento, lugar, día y hora de su continuación.
La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las propuestas
más convenientes o rechazar todas sin derecho a reclamo por parte de los oferentes.
ARTÍCULO 28°: En caso de igualdad de dos o más ofertas en precio, calidad y plazo de pago
para la cancelación, se invitará a los oferentes en forma fehaciente a mejorar su oferta, para lo
cual dispondrá de 3 (tres) días hábiles a partir de su notificación. En dicha notificación se
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indicará lugar, fecha y hora en que se procederá a la apertura de las nuevas ofertas, labrándose
el Acta pertinente.
La no presentación de alguno de los oferentes invitados se entenderá como que no modifica su
oferta, procediéndose en consecuencia.
De mantenerse la igualdad de las ofertas, se realizará un sorteo ante la presencia de la
Comisión de Pre adjudicación, Asesores, Técnicos, Oferentes (Titulares – Apoderados) y
observadores.
La Pre adjudicación no implica la total aceptación de la oferta propuesta por el Pre adjudicado
DE LA PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 29°: La Comisión de Pre adjudicación tendrá a su cargo el análisis y evaluación
de las propuestas de conformidad a lo indicado en los presentes pliegos de bases y condiciones
generales y particulares y los de especificaciones técnicas, debiendo expedirse oportunamente
sobre su conveniencia, dentro de las que, ajustadas a dichas condiciones y especificaciones,
resulten ser las ofertas más convenientes a los intereses del Municipio de acuerdo a lo
dispuesto por la Ordenanza 1299/03 y sus modificatorias; pudiendo proponer rechazar una o
todas las propuestas, parcial o totalmente, no generando por ello responsabilidad alguna.
Asimismo previo expedirse sobre la preadjudicación solicitará dictamen al Organismo
contratante, a fin de que el mismo emita evaluación e informe sobre las propuestas
presentadas.
Es facultativo de la Comisión el solicitar en cualquier instancia las aclaraciones que estimare
pertinentes acerca de las propuestas presentadas, pudiendo requerir mayor información,
documentación, muestras y/o todo aquello que considere necesario a los efectos de ampliar los
elementos de juicio; así como solicitar que se subsanen los defectos formales de que adolezcan
las ofertas, sin que ello implique modificar la propuesta original; todo lo que deberá ser
notificado al domicilio administrativo electrónico del oferente, en los términos del artículo 9
del presente Pliego.
Toda la información/documentación que el oferente deba presentar en cumplimiento de los
requerimientos que la Comisión solicite, deberá ser presentada en Departamento de Compras
o será remitida al correo electrónico licitaciones@yerbabuena.gob.ar de acuerdo a lo indicado
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por la Comisión. (a criterio del organismo contratante, deberá detallar lugar de presentación
de la documentación).
La negativa o la presentación fuera del término que se estipule para la presentación de la
información adicional que se requiera, así como el incumplimiento de los requisitos exigidos
en los pliegos, implicará el rechazo de la oferta. La Comisión queda facultada asimismo a
solicitar informes y/o asesoramiento a Entidades y Organismos en temas que así lo requieran.
ARTÍCULO 30°: Impugnación a la preselección/pre adjudicación. Los interesados
podrán formular impugnaciones a la preselección o pre adjudicación dentro del plazo de 24
horas a partir del día siguiente al de su notificación y publicación. La autoridad competente
resolverá las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos
del Municipio.
Las observaciones a que se hacen referencia, deberán afianzarse con un depósito del 1% (Uno
por mil) del presupuesto oficial.
ARTÍCULO 31°: Prerrogativa del Municipio. La Administración podrá solicitar una
mejora en el precio de oferta a todos los oferentes, a los fines de conseguir la más conveniente
a los intereses del Gobierno. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y
economía previstos en la ley, ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a
criterio de la Comisión de Pre adjudicación proseguir con la pre adjudicación, debiendo
justificar tal situación.
DE LA ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 32°: La adjudicación podrá recaer sobre todos, algunos o uno de los renglones o
ítems licitados. Si ninguna oferta es conveniente, se declarará fracasada la Licitación por tal
motivo y se decidirá lo que corresponde en relación al trámite a seguir (nuevo llamado o
Contratación Directa). La adjudicación será resuelta, previo dictamen del Organismo
Contratante, y de la Comisión de Pre adjudicación, mediante acto administrativo, por la
autoridad competente para aprobar la contratación y será notificada fehacientemente al
adjudicatario.
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Vencido el plazo precedente sin haberse formulado impugnaciones, o resueltas éstas, deberá
perfeccionarse el contrato con el adjudicatario.
ARTÍCULO 33°: La autoridad que apruebe el procedimiento podrá incrementar las
cantidades a adjudicar hasta un 20% de las solicitadas, siempre que no varíen los precios
unitarios y demás condiciones establecidas y que exista saldo disponible en las partidas
presupuestarias correspondientes.
ARTÍCULO 34°: Decisión de dejar sin efecto el procedimiento.
Los Organismos Contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en
cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a
indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
DE LA GARANTÍA DEL CONTRATO.
ARTÍCULO 35°: Garantía del Contrato.
El Adjudicatario integrará la Garantía del Contrato, que consistirá en el 10% (diez por ciento)
sobre el valor total de la adjudicación, dentro de los 2 (dos) días hábiles posteriores de quedar
firme el Acto Administrativo de la Adjudicación. En su defecto, se le intimará en forma
fehaciente a hacerlo en un plazo de 2 (dos) días hábiles, vencido el cual se rescindirá el
contrato de pleno derecho con la pérdida de la Garantía de Oferta, pudiéndose contratar con el
segundo en orden de mérito, según dictamen de la Comisión de Pre adjudicación.
Asimismo, la Municipalidad quedará facultada a proceder por la vía de apremio para percibir
la diferencia correspondiente hasta completar la garantía del Contrato.
Debe entenderse que el 10% (diez por ciento) es garantía total, integrándose con el 4% (cuatro
por ciento) de la garantía de la oferta.
La garantía será devuelta a los 5 (cinco) días de recibidos los bienes, previo informe del
Departamento Patrimonio respecto de las condiciones de funcionamiento de los mismos.
DE LA ORDEN DE COMPRA O PROVISIÓN
ARTÍCULO 36º: Una vez recibida la Garantía de Contrato, se emitirá la respectiva Orden de
Compra al Adjudicatario que contendrá las estipulaciones básicas de contratación. En caso de
discordancia con las provisiones contractuales prevalecerán éstas y se interpretará que se trata
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de errores de omisiones deslizados en la Orden, sin perjuicio de ello, los que se salvarán en la
oportunidad que se los advierta.
DE LA ENTREGA DE LOS ARTÍCULOS ADJUDICADOS
ARTÍCULO 37º: Los bienes adjudicados serán provistos libres de flete y otros gastos en el
lugar indicado en la Orden de Compra, dentro del plazo señalado en la misma, a contar del día
siguiente de la fecha de su recepción. Vencido este plazo sin que los bienes fueran entregados,
el contrato quedará rescindido de pleno derecho, sin necesidad de intimación o interpelación
alguna, judicial o extrajudicial, quedando la Municipalidad facultada a dictar la declaración
formal de rescisión y aplicar las penalidades correspondientes, ejecutando la Garantía de
Contrato.
Recibidos de conformidad los bienes y/o servicios adjudicados, se
procederá a la devolución de la Garantía del Contrato.
DE LAS MUESTRAS
ARTÍCULO 38º: Los artículos presentados como muestra quedarán a disposición del
proponente para su retiro hasta un mes después de realizada la adjudicación, pasando a ser
propiedad de la Municipalidad, sin cargo, las que no fueran retiradas en este plazo, la que
queda facultada para resolver sobre su uso, venta o destrucción, si en este último caso, no
tuviera aplicación alguna.
DE LOS PAGOS
ARTÍCULO 39°: Los pagos se concretarán mediante libramiento que se extenderá contra la
tesorería General de la Municipalidad de Yerba Buena, una vez provistos los bienes
adjudicados y recibidos de conformidad por la secretaria correspondiente. Forma de pago: 2
(dos) Cheques, 30 (treinta) y 60 (sesenta) fecha factura. La Municipalidad podrá, a su solo
criterio, efectuar pagos anticipados cuando por razones económicas y/o financieras resulte
conveniente a sus intereses.
ARTÍCULO 40°: Tesorería y/o la repartición actuante efectuará las retenciones vigentes
establecidas a nivel nacional, provincial y municipal.
Sub Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública N°07/2024
“ADQUISICIÓN DE 1 (Uno) CHIPEADORA
TRITURADORA DE RAMAS PARA PROCESAR
RESIDUOS VERDES ”
Expte 4718-(M17I)-D-2024
Pliego de condiciones generales.
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ANEXO III
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES:
“ADQUISICIÓN 1 (Uno) CHIPEADORA TRITURADORA DE RAMAS
PARA PROCESAR LOS RESIDUOS VERDES”
”
Chipeadora trituradora de ramas.
Capacidad: 300 mm / 12” diámetro máximo
Apertura de boca: 350/320 mm
Motor 94hp
Potencia; 94 hp turbo intercooler
Cuchillas: 2x300 mm doble filo
Alimentación hidráulica simple rodillo dentado
Producción: a 9 Tn/hora
Peso de equipo: 2.300 kg
Trailer reglamentario con luces y enganche
Ruedas de traslado 16” alta flotación
Amortiguación con eje torsión caucho
Tambor de 450/500/25 mm SAE 1045
Expulsión neumática de chips giro 360°
Cabina de motor en chapa plegada
Tablero homologado completo
Tanque de combustible homologado 80 lts
Sub Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública N°07/2024
“ADQUISICIÓN DE 1 (Uno) CHIPEADORA
TRITURADORA DE RAMAS PARA PROCESAR
RESIDUOS VERDES ”
Expte 4718-(M17I)-D-2024
Pliego de condiciones generales.
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ANEXO IV
FORMULARIO Nº 1: DECLARACION JURADA:
1.- CONOCIMIENTO Y ACEPTACION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
2.- CONSTITUCION DOMICILIO LEGAL (FISICO Y ELECTRONICO)
3.- Por medio de la presente el OFERENTE ______________________________________, a
la LICITACION PÚBLICA Nº 07/2024, declara bajo juramento:
1) Haber tomado conocimiento de las bases y condiciones del llamado, y aceptar en todos sus
términos el Pliego de Bases y Condiciones que la rige, cuyo objeto es la ““ADQUISICIÓN 1
(Uno) CHIPEADORA TRITURADORA DE RAMAS PARA PROCESAR LOS
RESIDUOS VERDES”
convocada por la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos de Yerba Buena y cuyas
cláusulas generales y particulares aceptamos sin condicionamiento alguno. Asimismo, declara
expresamente conocer y aceptar el procedimiento establecido, y que todos los actos del
procedimiento licitatorio sean notificados al domicilio electrónico denunciado en el presente, y
por ello se someten voluntariamente.
2) Por la presente declaro bajo juramento la renuncia de manera expresa al fuero federal o a
cualquier otra excepción que nos pudiere corresponder y nuestro sometimiento a la
jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tucumán.
3) Constituye DOMICILIO LEGAL:
FISICO: en la ciudad de Provincia de Tucumán, en calle
_________________________________________ Nº _____ Piso __ Dpto./Oficina __
DOMICILIO ELECTRONICO en: __________________________________-.
Firma/s: Aclaración de firma/s
Sub Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública N°07/2024
“ADQUISICIÓN DE 1 (Uno) CHIPEADORA
TRITURADORA DE RAMAS PARA PROCESAR
RESIDUOS VERDES ”
Expte 4718-(M17I)-D-2024
Pliego de condiciones generales.
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ANEXO V
FORMULARIO 2: PROPUESTA ECONÓMICA.
Visto la Licitación para la “ADQUISICIÓN 1 (Uno) CHIPEADORA
TRITURADORA DE RAMAS PARA PROCESAR LOS RESIDUOS
VERDES” en el Municipio de Yerba Buena, la firma se presenta a la misma cotizando:
TOTAL: (pesos.............................................................. ) $...............................................
Dicho monto corresponde a la provisión de...... (cantidad) , según el siguiente detalle:
Item
DESCRIPCIÓN
MARCA
IMPORTE
UNITACIO
IMPORTE
TOTAL
1
$
$
2
$
$
3
$
$
4
$
$
TOTAL PROPUESTA ECONÓMICA
$
FIRMA:_____________________________________________________________________
________
DNI:_______________________________________________________________________
________
ACLARACIÓN:
_______________________________________________________________________