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Licitación Pública N° 04/2024
“Contratación de 3(tres) Mini
Cargadoras para Recolección de
Residuos verdes”
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Pliego de condiciones generales.
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MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº04 /2024
“CONTRATACIÓN DE 3 (TRES) MINICARGADORAS PARA RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS VERDES”
ANEXO I
REFERENCIAS:
1)
Repartición: SECRETARÍA DE AMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS
2)
Expediente Nº 105-(M17I)-S-24
3)
Decreto Nº: 432/2024
4)
Plazo de fecha para la compra del pliego: hasta el 24 de Mayo de 2.024.
5)
Forma de Presentación: por escrito y duplicado, en sobre cerrado, sin
inscripción, que individualice al proponente.
6)
Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras Municipalidad de
Yerba Buena. Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av. Aconquija 1.799
7)
Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta el 28 de Mayo de 2024 a las 10:00
hs.
8)
Lugar de Apertura de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de
Yerba Buena. Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av. Aconquija 1.799
9)
Fecha de Apertura y Hora: 28 de Mayo de 2024 a las 10:00 hs.-
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10)
Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de
apertura.-
11)
Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena .Av. Aconquija 1799 -1° Piso
12)
Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena.- Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av.
Aconquija 1.799
13)
Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.
14)
Pliego de Bases y Condiciones: $5000 (pesos Cinco mil)
15)
Presupuesto Oficial: $86.184.000,00(Pesos Ochenta y Seis Millones Ciento
Ochenta y Cuatro Mil c/ 100).
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ANEXO II
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 04/2024
ARTÍCULO 1: El presente Pliego establece las condiciones generales que regirán La
Licitación Pública Nº 04/2024, “CONTRATACIÓN DE 3 (TRES) MINICARGADORAS
PARA RECOLECCIÓN DE RESIDUOS VERDES”
,
ARTÍCULO 2: Objeto.
El llamado a Licitación Pública tiene por objeto la contratación de 3 (Tres) Minicargadoras,
debidamente ajustados a la Ley Nacional de tránsito (RTO y VTV), destinados a realizar
tareas de Recolección de Residuos Verdes en el Municipio de Yerba Buena, dependiente de la
Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos. El servicio a prestarse deberá cumplirse de lunes
a viernes en el horario de 08:00 a 12:00 y 14:00 a 18:00 hs y los días sábados de por medio de
8:00 a 12:00 horas. La máquina deberá estar disponible para el municipio por cualquier
emergencia fuera de horario.
Los oferentes podrán ofertar por una y hasta 3 máquinas.
La duración del contrato será 12 meses, y equivalente a 2160 horas por ese lapso de tiempo
por máquina, prorrogable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del pliego de
especificaciones técnicas particulares.
ARTÍCULO 3: Terminología.
A los efectos de la aplicación del Pliego y todo documento contractual de la contratación se
emplearán las siguientes denominaciones: “MUNICIPALIDAD” por el Comitente,
“Organismo Contratante” por la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos, encargada del
Contralor y vigilancia de los servicios y “CONTRATISTA” por la Empresa obligada a prestar
el servicio.
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ARTÍCULO 4: Presupuesto Oficial.
El presupuesto oficial se fija en el importe de Ochenta y Seis Millones Ciento Ochenta y
Cuatro MIL con 00/100 ($86.184.000,00)
ARTÍCULO 5: Normativa aplicable.
La presente contratación se rige por las disposiciones de la Ordenanza Nº 1299/2003,
modificada por el Decreto Nº 072 del 23/01/2008, Decreto Nº 268 del 05/08/2013 y Decreto
Nº 274 que regula el Régimen de contrataciones del Municipio, por el presente Pliego de
Bases y Condiciones generales, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de
Especificaciones Técnicas.
La presentación de la oferta por el proponente, implica que conoce todo el régimen legal
indicado y que lo acepta lisa y llanamente en todas sus partes. Todo agregado, condición,
modificación, sustitución, alteración, salvedad o cláusula que el oferente consigne en la
formulación de su propuesta, será de ningún valor y se tendrá por no escrita, manteniéndose
inalterada la regulación normativa.
ARTÍCULO 6: Publicaciones.
Los avisos serán publicados durante 4 (cuatro) días en el Boletín Oficial de la Provincia de
Tucumán, y por lo menos en un diario, de mayor circulación de la Provincia de Tucumán,
reduciéndose la cantidad de avisos a 2 (Dos) días en caso de nuevo llamado. Cuando para el
éxito de la licitación se lo estime conveniente, el Municipio podrá ordenar la publicación de
los llamados licitatorios en otros órganos o medios de publicidad, de circulación Provincial, o
en cualquier otra forma de difusión. Igualmente podrá ampliar los términos y plazos
establecidos.
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ARTÍCULO 7: Adquisición/Consultas sobre el Pliego.
La compra de pliegos, apertura de sobres y exhibición de resultados, se realizarán en la
Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena.
Hasta cuatro (04) días corridos anteriores a la fecha fijada en el Llamado para la Apertura de
las Ofertas, se podrá realizar la compra de pliegos, efectuar consultas y pedidos de aclaración.
Si se prorrogase la fecha de Apertura de las Ofertas, dichos plazos quedarán automáticamente
prorrogados.
Para su adquisición deberán abonar la suma de $5000 (pesos cinco mil)
ARTÍCULO 8: Lugar y fecha de apertura.
En la Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena, el día 28 de Mayo de 2024 a
las 10:00 hs, o el primer día hábil siguiente si aquel resultara feriado en la Administración, se
recibirán las propuestas firmadas para la prestación del servicio licitado.
ARTÍCULO 9: Domicilio y Jurisdicción.
El Comitente fija su domicilio en Av. Aconquija 1991, Yerba Buena, Provincia de Tucumán.
Al comprar el Pliego el Interesado deberá constituir domicilio especial en una casilla de correo
electrónico donde serán válidas todas las notificaciones y el cual producirá los efectos de
domicilio legalmente constituido en el ámbito administrativo.
Las notificaciones electrónicas se considerarán perfeccionadas dentro de los dos días hábiles
contados a partir del momento en que se encontraron disponibles, es decir en momento de ser
visualizadas en el correo electrónico aún cuando el destinatario no haya accedido al mismo
para tomar conocimiento. En todos los casos los plazos comenzarán a computarse el día
siguiente en que la notificación fue recibida.
La existencia de impedimentos que obstaculicen la posibilidad de enviar o recibir una
notificación electrónica, podrán ser acreditados por quien los invoque salvo que fueran de
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público conocimiento o producto de fallas en los equipos o sistemas informáticos, lo cual será
evaluado en el caso concreto.
Asimismo el Oferente deberá constituir domicilio real en la Provincia de Tucumán.
La constitución de domicilio al presentar la oferta deberá efectivizarse de acuerdo al
Formulario 1 que se adjunta el presente Pliego como ANEXO IV.
Todo cambio del domicilio deberá ser notificado fehacientemente al Comitente. Asimismo
ARTÍCULO 10: Consultas:
Hasta cinco días antes de la fecha de apertura, la Municipalidad evacuará las consultas que
formulen los interesados. La correspondencia deberá ser dirigida a la Secretaría de Ambiente y
Servicios Urbanos a la dirección de correo electrónico licitaciones@yerbabuena.gob.ar. Las
aclaraciones con respecto a la licitación, se llevarán a conocimiento de todos los adquirentes
de los Pliegos licitatorios en el domicilio electrónico declarado al momento de adquisición del
mismo, en consecuencia, el Oferente no podrá alegar ninguna causa basada en el
desconocimiento de aquellos antecedentes y condiciones.
DE LA OFERTA
ARTÍCULO 11: Precio.
La cotización deberá hacerse en moneda de curso legal, debiendo los oferentes presentar su
propuesta como la suma total de las horas cotizadas más el detalle individual de horas
cotizadas por cada camión ofrecido, uno por renglón.
ARTÍCULO 12. Forma de Cotizar.
La propuesta se formalizará en el formulario oficial de Pedido de Cotización que forma parte
del presente, escrito con letra tipo imprenta, consignando la cotización en números y la
cotización total en números y en letras. Dicho formulario, como requisito esencial, deberá
estar debidamente firmado por el oferente, su representante legal o su mandatario en los
términos de la ley.
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Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras
consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras. Cuando no se
correspondan los precios totales con los unitarios o aquellos estén enmendados sin salvar, los
unitarios se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la propuesta.
Cuando el oferente decidiere presentar su propuesta en formulario propio, se entiende que los
productos que se cotizan se ajustan en un todo a las características requeridas en el Pedido
Cotización, cuando la descripción de los ítems cotizados no incluya la totalidad de las
propiedades que se describen en el formulario oficial.
Se podrá cotizar parcialmente correspondiendo 2.160 (dos mil ciento sesenta) horas por
máquina ofrecida.
ARTÍCULO 13: De los impuestos.
Municipalidad de Yerba Buena reviste el carácter de sujeto EXENTO en el IVA, por lo tanto
el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que incluye el citado impuesto.
ARTÍCULO 14: Mantenimiento de la Oferta.
La oferta deberá ser mantenida por un plazo mínimo de TREINTA (30) días hábiles. Se
considerará automáticamente prorrogado por igual período el mantenimiento de la oferta,
salvo expresa manifestación en contrario por parte del oferente en el momento de formular su
propuesta.
ARTÍCULO 15: Las ofertas se presentarán en un sobre cubierta que deberá contener en su
parte externa al frente del mismo, una leyenda que diga ¨Licitación Pública 04/2024 –
Municipalidad de Yerba Buena” sin inscripción alguna que individualice al proponente y
que contenga a su vez dos sobres:
SOBRE Nº 1: Deberá contener la siguiente documentación
a.
Certificado de Libre Deuda de impuestos provinciales otorgado por la
Dirección General de Rentas de la Provincia.
b.
Certificado de Libre Deuda de contribuciones Municipales otorgado por
Dirección de Rentas de la Municipalidad de Yerba Buena. Este requisito no será
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exigido a los oferentes que tengan domicilio comercial fuera de la jurisdicción y no
registren inscripción comercial alguna en este Municipio.
c.
Constancia de Inscripción en AFIP y Rentas de la Provincia de Tucumán y
Convenio Multilateral si corresponde.
d.
Copia de Contrato Societario (Personas jurídicas).
e.
Especificaciones del bien
f.
Garantía de la Oferta
g.
Sellado Municipal
h.
Recibo de compra del Pliego
i.
Copia de Título del / los vehículo/s
j.
Copia de Cédula verde del / los mismo/s
k.
Copia de póliza de seguro con cobertura por accidentes y de responsabilidad
civil por las tareas a realiza
l.
Declaración Jurada de Renuncia al Fuero Federal y Constitución de Domicilio
en la provincia de Tucumán conforme Formulario 1, ANEXO IV.
SOBRE Nº 2: la oferta económica, con Formulario 2 ANEXO V.
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ARTÍCULO 16: Toda la documentación deberá estar firmada en todas sus hojas por el
Proponente o Representante Legal. Si el Proponente actúa por intermedio de Apoderado, éste
deberá acreditar su condición de tal con documentación idónea (Poder otorgado ante
Escribano Publico, designación de las autoridades societarias o del propietario de la empresa
oferente, en todos los casos la documentación de designación deberá estar certificada ante
Escribano Público).
ARTÍCULO 17: La presentación de la oferta debidamente firmada será motivo suficiente
para considerar que el Proponente conoce y acepta las condiciones establecidas en el presente
Pliego, por lo cual NO SE DEBE adjuntar copia de los Pliegos.
ARTÍCULO 18: Los Oferentes deberán acompañar a su propuesta nota en la cual manifiesta
su expresa renuncia al Fuero Federal, allanándose a la Jurisdicción Ordinaria de los Tribunales
Locales, fijando para ello domicilio legal en la Provincia de Tucumán.
ARTÍCULO 19: Toda documentación que deba adjuntarse de acuerdo a lo exigido en el
presente Pliego, cuando las mismas sean copias o fotocopias, deberán estar legalizadas por
funcionario competente, caso contrario deberán acompañarse los originales, para que una vez
constatada la autenticidad de las mismas, le sean restituidas.
ARTÍCULO 20: Sellado. La propuesta llevará sellado municipal por el importe establecido
en la Ordenanza Fiscal Anual (Ver Referencia 12).
ARTÍCULO 21 : Garantía de la Oferta. Los proponentes deberán garantizar su oferta con
el 4% (cuatro por ciento) sobre el valor del PRESUPUESTO OFICIAL, la que deberá
acompañarse con la propuesta.
ARTÍCULO 22: Constitución de Garantías.
Las garantías de la Oferta y del Contrato, que deben ser extendidas a favor de la
Municipalidad de Yerba Buena, podrán constituirse en algunas de las siguientes formas:
a)
En efectivo, mediante depósito en Banco Macro – Sucursal Yerba Buena – en la
Cuenta Corriente de la Municipalidad de Yerba Buena Nº 3-609-20000071/0,
acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará, y o
mediante transferencia bancaria a cuenta de titularidad de Municipalidad de Yerba
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Buena,CBU.2850609430002000007105-ALIAS-MUNI.CIUDAD.JARDIN.
Acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará.
b)
En Títulos de la Deuda Pública Nacional, Bonos del Tesoro emitidos por el
Estado Nacional o cualquier otro valor similar, Nacional o Provincial, aforados a su
valor nominal o de última cotización.
c)
Con Aval Bancario debidamente sellado e intervenido por la Dirección General
de Rentas de la Provincia, cuando correspondiere, constituyéndose el fiador como
deudor solidario, liso y llano y principal pagador en renuncia a los beneficios de
división y exclusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil.
d)
Mediante póliza de Seguro de Caución, debidamente sellada e intervenida por
la Dirección General de Rentas de la Provincia o Certificada ante Escribano Público.
e)
Mediante Hipoteca en Primer Grado, o Prenda Preferencial sobre bienes
registrables, quedando su aceptación o rechazo a criterio del órgano competente para
efectuar la adjudicación.
f)
Mediante la afectación de Créditos que el proponente o Adjudicatario tenga
liquidados y al cobro en la Administración Municipal, a cuyos efectos los interesados
deberán presentar al momento de constituir la garantía constancia oficial de la
existencia de dicho crédito.
g)
Mediante Certificados de Depósitos a Plazo Fijo, siempre que el Capital no sea
inferior al monto de la garantía y que su plazo de vencimiento no supere el término de
60 (sesenta) días a contar de la fecha del Acto de Apertura.
Todas las garantías se constituirán por el término que duren las obligaciones de los
Oferentes o Adjudicatarios, garantizando el fiel cumplimiento de las mismas.
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DE LA APERTURA
ARTÍCULO 23
En el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto, se procederá a abrir las propuestas en
presencia de los funcionarios designados por la Municipalidad y de todos aquellos que deseen
presenciar. A partir de la hora fijada para la Apertura del Acto no podrá, bajo ningún
concepto, aceptarse otras ofertas, aun cuando el Acto de Apertura no se haya iniciado. Del
resultado obtenido se procederá a labrar acta, la cual deberá ser absolutamente objetiva y
contendrá:
a)
Número de Orden asignado a cada Oferta.
b)
Nombre del Proponente.
c)
Monto de la Oferta.
d)
Monto y Forma de la Garantía.
e)
Observaciones y/o impugnaciones que se hicieran en el Acto de Apertura.
El Acta de Apertura será firmada por los funcionarios intervinientes y por los asistentes que
deseen hacerlo.
ARTÍCULO 24º: Serán objeto de Rechazo Inmediato de las Ofertas:
a) La existencia de enmiendas, interlíneas, testaciones y/o raspaduras que no hayan sido
debidamente salvadas en la propuesta económica, que versen sobre cuestiones de fondo y no
de forma, quedando esta interpretación a cargo de la comisión de preadjudicación.
b) La falta total de la presentación de la garantía de mantenimiento de la oferta o insuficiencia de
la garantía constituida. Sólo será subsanable cuando la constituida parcialmente cubra por lo
menos el 80% del monto que correspondiera, en cuyo caso, el oferente deberá completada en
el plazo de 48 horas a partir de su notificación.
c) La falta total del sellado.
d) Falta de recibo de pago del Pliego.
e) La falta de firma del oferente o su representante legal en la propuesta económica.
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ARTÍCULO 25: La Comisión de Pre adjudicación evaluará las demás observaciones que consten
en el acta de apertura, observará la omisión de cualquier otro requisito necesario para la presentación
de las propuestas, y notificará a los oferentes cuyas propuestas hayan sido observadas para que
subsanen las deficiencias en el plazo de 48 horas. Vencido el plazo, si no se hubiera subsanado la
deficiencia, la propuesta será declarada inadmisible.
ARTÍCULO 26: Toda la documentación de las propuestas admitidas en el Acto de Apertura,
quedará agregada a las actuaciones como prueba de su legitimidad, a excepción de la garantía
de la oferta que se restituirá de oficio a los titulares que no resulten adjudicatarios.
ARTÍCULO 27: Las autoridades presentes en el Acto de Apertura podrán disponer la
suspensión del mismo para resolver alguna cuestión que así lo requiera, fijándose en ese
mismo momento, lugar, día y hora de su continuación.
DE LA PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 28: La Comisión de Preadjudicación tendrá a su cargo el análisis y evaluación
de las propuestas de conformidad a lo indicado en los presentes pliegos de bases y condiciones
generales y particulares y los de especificaciones técnicas, debiendo expedirse oportunamente
sobre su conveniencia, dentro de las que, ajustadas a dichas condiciones y especificaciones,
resulten ser las ofertas más convenientes a los intereses del Municipio de acuerdo a lo
dispuesto por la Ordenanza 1299/03 y sus modificatorias; pudiendo proponer rechazar una o
todas las propuestas, parcial o totalmente, no generando por ello responsabilidad alguna.
Asimismo previo expedirse sobre la preadjudicación solicitará dictamen al Organismo
contratante, a fin de que el mismo emita evaluación e informe sobre las propuestas
presentadas.
Es facultativo de la Comisión el solicitar en cualquier instancia las aclaraciones que estimare
pertinentes acerca de las propuestas presentadas, pudiendo requerir mayor información,
documentación, muestras y/o todo aquello que considere necesario a los efectos de ampliar los
elementos de juicio; así como solicitar que se subsanen los defectos formales de que adolezcan
las ofertas, sin que ello implique modificar la propuesta original; todo lo que deberá ser
notificado al domicilio administrativo electrónico del oferente, en los términos del artículo 9
del presente Pliego.
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Toda la información/documentación que el oferente deba presentar en cumplimiento de los
requerimientos que la Comisión solicite, deberá ser presentada en Departamento de Compras
o será remitida al correo electrónico licitaciones@yerbabuena.gob.ar de acuerdo a lo indicado
por la Comisión. (a criterio del organismo contratante, deberá detallar lugar de presentación
de la documentación).
La negativa o la presentación fuera del término que se estipule para la presentación de la
información adicional que se requiera, así como el incumplimiento de los requisitos exigidos
en los pliegos, implicará el rechazo de la oferta. La Comisión queda facultada asimismo a
solicitar informes y/o asesoramiento a Entidades y Organismos en temas que así lo requieran.
ARTÍCULO 29: Impugnación a la preselección/preadjudicación. Los interesados podrán
formular impugnaciones a la preselección o preadjudicación dentro del plazo de 24 horas a
partir del día siguiente al de su notificación y publicación. La autoridad competente resolverá
las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del
Municipio.
Las observaciones a que se hacen referencia, deberán afianzarse con un depósito del 1% (Uno
por mil) del presupuesto oficial.
ARTÍCULO 30. Prerrogativa del Municipio. La Administración podrá solicitar una mejora
en el precio de oferta a todos los oferentes, a los fines de conseguir la más conveniente a los
intereses del Gobierno. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economía
previstos en la ley, ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a criterio de la
Comisión de Preadjudicación proseguir con la preadjudicación, debiendo justificar tal
situación.
DE LA ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 31. La adjudicación podrá recaer sobre todos, algunos o uno de los renglones o
ítems licitados. Si ninguna oferta es conveniente, se declarará fracasada la Licitación por tal
motivo y se decidirá lo que corresponde en relación al trámite a seguir (nuevo llamado o
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Contratación Directa). La adjudicación será resuelta, previo dictamen del Organismo
Contratante, y de la Comisión de Pre adjudicación, mediante acto administrativo, por la
autoridad competente para aprobar la contratación y será notificada fehacientemente al
adjudicatario.
Vencido el plazo precedente sin haberse formulado impugnaciones, o resueltas éstas, deberá
perfeccionarse el contrato con el adjudicatario.
ARTÍCULO 32. La autoridad que apruebe el procedimiento podrá incrementar las cantidades
a adjudicar hasta un 20% de las solicitadas, siempre que no varíen los precios unitarios y
demás condiciones establecidas y que exista saldo disponible en las partidas presupuestarias
correspondientes.
ARTÍCULO 33. Decisión de dejar sin efecto el procedimiento.
Los Organismos Contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en
cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a
indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
DEL CONTRATO.
ARTÍCULO 34. El contrato, deberá suscribirse dentro de los 5 días de notificación de la
adjudicación, y no podrá ser transferido ni cedido por el adjudicatario, sin la previa
autorización de la autoridad competente que hubiera dispuesto la adjudicación.
ARTÍCULO 35: Garantía del Contrato.
El Adjudicatario integrará la Garantía del Contrato, que consistirá en el 10% (diez por ciento)
sobre el valor total de la adjudicación, dentro de los 2 (dos) días hábiles posteriores de quedar
firme el Acto Administrativo de la Adjudicación. En su defecto, se le intimará en forma
fehaciente a hacerlo en un plazo de 2 (dos) días hábiles, vencido el cual se rescindirá el
contrato de pleno derecho con la pérdida de la Garantía de Oferta, pudiéndose contratar con el
segundo en orden de mérito, según dictamen de la Comisión de Pre adjudicación.
Asimismo, la Municipalidad quedará facultada a proceder por la vía de apremio para percibir
la diferencia correspondiente hasta completar la garantía del Contrato.
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Debe entenderse que el 10% (diez por ciento) es garantía total, integrándose con el 4% (cuatro
por ciento) de la garantía de la oferta.
La garantía será devuelta a los 5 (cinco) días de recibidos los bienes, previo informe del
Departamento Patrimonio respecto de las condiciones de funcionamiento de los mismos.
ARTÍCULO 36. Iniciación del Servicio.
El inicio de la prestación de los servicios en las condiciones estipuladas y las disposiciones
para la realización de los mismos tendrá lugar, indefectiblemente, dentro de los TREINTA
(30) días corridos después de la notificación de la adjudicación.
ARTÍCULO 37. Fiscalización del Servicio
El servicio se prestará bajo la supervisión de la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos,
en particular, de cada una de las áreas que solicitan y coordinan las tareas a desarrollar. Será
obligación del Contratista, entregar un remito diario por vehículo, con la cantidad de horas,
firmado por personal autorizado por la Comitente.
ARTICULO 38: Rescisión.
La Municipalidad podrá rescindir la contratación notificando fehacientemente a la contratista
en un plazo no menor de 15 días , sin indemnización de ninguna naturaleza en los siguientes
casos.
a) Dejar de efectuar el Servicio por motivos injustificados y por el término de DIEZ (10)
días continuos o discontinuo
b) Por muerte, quiebra o concurso civil del adjudicatario, a no ser que los herederos o
síndicos de la quiebra o concurso, ofrezcan continuar con el servicio adjudicado bajo
las condiciones estipuladas en la contratación. La Municipalidad fijará los plazos de la
presentación de los ofrecimientos y podrá admitirlos o desecharlos, sin que en el
último de los casos tengan dichos sucesores, derecho a indemnización alguna.
c) Cuando el adjudicatario se haga culpable de fraude, dolo o grave negligencia o
contravenga las obligaciones y disposiciones estipuladas en la contratación.
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d) Por falta de cumplimiento del plazo establecido para la iniciación de los servicios
adjudicados o de la habilitación de los vehículos necesarios.
e) Transferencia del contrato sin expresa conformidad de la Municipalidad.
Esta enunciación no debe considerarse taxativa sino simplemente enunciativa, ya que
cualquier incumplimiento del adjudicatario a sus obligaciones emergentes de esta licitación,
facultará a la Municipalidad de Yerba Buena a exigir la rescisión del contrato sin
indemnización de ninguna naturaleza.
ARTICULO 39: Responsabilidad en caso de Rescisión del Contrato.
En los casos de rescisión mencionados en el artículo anterior, con excepción del inciso b (por
muerte), el adjudicatario será responsable y tendrá a su cargo todos los daños y perjuicios que
ocasione a la Municipalidad.
ARTÍCULO 40: Prórroga del Contrato.
El contrato podrá ser prorrogado por la Municipalidad de Yerba Buena por idéntico plazo y
horas por unidad en función de la demanda municipal. Agotadas las horas, la Municipalidad
podrá disponer una segunda y última prórroga hasta el máximo establecido precedentemente,
siempre que una correcta y eficiente prestación del servicio así lo amerite.- En ambos casos, la
facultad de prórroga deberá ser comunicada al prestador con una antelación no menor a treinta
(30) días de la finalización del contrato y/o su prórroga.
ARTICULO 41. Orden de Prelación.
Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente
explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el
siguiente orden de prelación:
a.
Las disposiciones de la Ordenanza 1299/03 y sus modificatorias
b.
El Presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
c.
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares
d.
La Oferta
e.
El acto administrativo de adjudicación
f.
Contrato
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DE LOS PAGOS
ARTÍCULO 42: Los pagos se concretarán mediante libramiento que se extenderá contra la
tesorería General de la Municipalidad de Yerba Buena, una vez provistos los servicios
adjudicados y recibidos de conformidad por la secretaria correspondiente. La Municipalidad
podrá, a su solo criterio, efectuar pagos anticipados cuando por razones económicas y/o
financieras resulte conveniente a sus intereses.
ARTÍCULO 43º: La factura será presentada y recepcionada en las oficinas de la Secretaría de
Ambiente y Servicios Urbanos.
ARTÍCULO 44º: El pago se realizará en la Tesorería de la Municipalidad de Yerba Buena, de
la siguiente forma: Pago cheque al día a partir de la recepción de la Factura y Certificación de
Servicio.
ARTÍCULO 45: Variación de costos.
A fin de mantener la equivalencia de las prestaciones y evitar que la depreciación monetaria
afecte la calidad del servicio contratado, el valor hora que efectivamente se convenga se
rederterminará bimestralmente de acuerdo al Índice inflacionario. Dicha redeterminación
deberá emanar de resolución debidamente fundada suscripta por el Secretario de Ambiente y
Servicios Urbanos y el Secretario de Hacienda.
ARTÍCULO 46: Tesorería y/o la repartición actuante efectuará las retenciones vigentes
establecidas a nivel nacional, provincial y municipal.
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ANEXO III
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES:
ARTÍCULO 1. El presente Pliego de Especificaciones Técnicas tiene por finalidad establecer
los alcances, descripción de las tareas, provisiones y frecuencias con las cuales se deberá
prestar el servicio de alquiler de camiones para la Recolección de Residuos Verdes del
Municipio.
ARTÍCULO 2. Unidades para el Servicio.
El Contratista, deberá disponer de las máquinas, con chofer a su cargo, y cuya propiedad
acreditará en su oferta: las 3 máquinas o una cantidad parcial de los solicitados.
ARTÍCULO 3. Titularidad de los Vehículos.
El oferente deberá ser el titular del/los vehículo/s ofrecidos y deberá acreditar la misma con
copia de cédula o título de dominio.
ARTÍCULO 4. Características de los Vehículos.
Los vehículos deberán encontrarse en perfectas condiciones de uso debiendo ajustarse el
camión a la Ley Nacional de tránsito y contar con Verificación Técnica Vehicular
actualizada. Se considerarán modelos en buen estado de conservación, cuyas características
técnicas serán evaluadas por las áreas municipales competentes. Los vehículos a afectar a los
servicios, deberán cumplir las exigencias que para cada caso se especifican, y deberán reunir
las condiciones de operatividad, mantenimiento y presentación durante toda la vigencia del
contrato debiendo ser sustituidos al término de la vida útil determinada para cada caso.-
Durante la vigencia del contrato, la flota deberá ser conservada en perfectas condiciones de
operatividad y con apariencia optima, perfecta y completamente pintados, en base de niveles
normales de mantenimiento.
ARTÍCULO 5. Aprobación de las Unidades.
Una vez adjudicada la Licitación y antes de la puesta en servicio de las unidades, las mismas
deberán ser verificadas por la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbano, encargada de la
Fiscalización del servicio.
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ARTÍCULO 6. Conservación y Limpieza de las unidades.
Los vehículos deberán ser presentados al servicio, diariamente, en perfecto estado de
funcionamiento, limpieza e higiene, quedando a exclusivo criterio del Organismo Contratante,
su determinación, pudiendo a su solo juicio disponer el rechazo de la/s unidad/es, que no
reúnan tales requisitos.
ARTÍCULO 7. Objeto y Definición temporal del Contrato.
Cada vehículo prestará tareas por un máximo de dos mil ciento sesenta horas (2.160) horas a
ser ejecutadas en los doce meses de duración del contrato, promediando ciento ochenta horas
(180) horas por mes por vehículo contratado. Las mismas se consideran destinadas a tareas de
recolección de residuos verdes en el ejido municipal, dependientes de la Secretaría de
Ambiente y Servicios Urbanos, de acuerdo a las indicaciones vertidas por el responsable del
área.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
ARTÍCULO 8. Obligaciones laborales del Adjudicatario: La firma adjudicataria empleará
a todo el personal necesario según lo establecido en los pliegos de especificaciones técnicas
para prestar un servicio de primera categoría, teniendo en cuenta su idoneidad y antecedentes
de conducta.
Asimismo, la firma adjudicataria asume todas las obligaciones laborales y previsionales que
en su carácter de empleador emanen de las disposiciones legales y convencionales actuales o
futuras. El personal que sea afectado por la adjudicataria para la prestación del servicio
licitado no será considerado en ningún caso en relación de dependencia para con el Municipio
y, por lo tanto, aquella mantendrá indemne a esta última respecto de cualquier demanda,
acción o reclamo judicial o extrajudicial proveniente de sus empleados y, en todo caso, le
reembolsará de inmediato toda erogación originada en reclamos de tal naturaleza, incluyendo
honorarios profesionales.
ARTÍCULO 9. Personal afectado: Choferes:
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La dotación de choferes afectados al servicio deberá reunir como mínimo las siguientes
condiciones:
a) Tener dieciocho (18) años cumplidos como mínimo.
b) Tener Licencia de Conducir vigente, correspondiente a la categoría de los vehículos a
conducir.
c) Guardar debida consideración y respeto en el trato con el resto del personal.
Antes de comenzar la prestación del servicio, el adjudicatario deberá presentar a la repartición
la nómina de las personas a su nombre o bajo sus órdenes afectados al mismo, indicando su
domicilio debidamente acreditado con el pertinente certificado y acompañando además el
certificado de buena conducta de dicho personal extendido por las Autoridades Competentes.
Toda modificación que sea introducida en dicho plantel, deberá ser comunicada con debida
antelación a la repartición. La inobservancia de esta formalidad podrá dar lugar a que no se
permita la entrada y/o permanencia de toda persona no inserta en la nómina citada.
ARTÍCULO 10. Seguros y leyes sociales:
Estarán a cargo del adjudicatario, además del seguro de vida y por accidente de todo su
personal, el cumplimiento de todas las obligaciones que establece la legislación laboral
vigente.
Antes de la iniciación del servicio, la adjudicataria deberá presentar a la Dirección de
Administración, constancia de haber contratado un Seguro contra Riesgos del Trabajo
(inscripción en ART) para todo el personal asignado a la prestación del servicio y que cubra
las indemnizaciones por concepto de incapacidad total permanente, parcial o absoluta y/o
muerte, contratación que deberá mantener en vigencia durante el lapso del contrato, en un todo
de acuerdo a las previsiones establecidas en la Ley Nacional Nº 24.557 y sus
reglamentaciones, en la que deberán constar los nombres y documentos de identidad de las
personas que empleará para el cumplimiento del objeto de la presente licitación pública. En
dicha póliza se agregará una Cláusula de No Repetición, con los siguientes términos: “La ART
renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición contra el Gobierno de la
Municipalidad de Yerba Buena, sus funcionarios o empleados, bien sea con fundamento en el
Artículo 39 inciso 5° de la Ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las
prestaciones en especies o dinerarias que se vea obligado a otorgar o a abonar al personal
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dependiente de la empresa adjudicataria alcanzados por la cobertura de la presente póliza,
por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, sufridas o contraídas por el hecho o
en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de
trabajo”.
ARTÍCULO 11. DISPOSICIONES GENERALES: El adjudicatario se obliga a prestar el
servicio en cumplimiento de las siguientes cláusulas:
a) Concentración de vehículos: Los vehículos deberán concentrarse antes de la iniciación del
servicio, en lugares predeterminados por personal designado por la Secretaría de
Ambiente y Servicios Urbanos. El cómputo de las horas dará inicio al momento de
efectivizarse la concentración en el punto de encuentro, siendo ésta certificada por
personal municipal.
b) Indicación del Recorrido: El personal designado por el Organismo Contratante, deberá
indicar el recorrido diario de los vehículos.
c) Cambio de unidades: El Contratista deberá comunicar de inmediato al Organismo
Contratante, cuando deba reemplazar en forma provisoria, una o más unidades por
motivos fundados, lo que será confirmado por nota dentro de las cuarenta y ocho (48) hs.
d) Responsabilidad del Adjudicatario: El Contratista será en todos los casos, responsable de
todos los daños y perjuicios ocasionados por sus agentes y obreros, a las personas y cosas
con motivo del servicio, quedando entendido que por ello no tendrá derecho a
reclamación alguna a la Municipalidad. En caso de que algún reclamo o demanda se
dirigiera contra la municipalidad y prosperara, el contratista deberá restituir el importe de
la condena incluido las costas totales, pudiendo hacerse efectivo de sus bienes y/o
depósitos de garantías. En este último caso, el adjudicatario deberá reponer su depósito de
garantía dentro de los cinco días (5), bajo apercibimiento de recesión de la concesión o de
toda acción que la Municipalidad juzgue conveniente, debiéndose hacerse efectivo el
importe que le corresponda al adjudicatario, en el momento de efectuársele el pago de la
prestación de los servicios.
e) Interrupción del servicio: En caso de interrupción del servicio, la Municipalidad procederá
a realizar directamente o por terceros, la ejecución de los mismos a costa del
Adjudicatario, cuyo importe procederá a descontar del Depósito de Garantía y/o de las
facturas pendientes de pago. El Adjudicatario deberá estar en permanente comunicación
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con la el Organismo Contratante para ello dispondrá de un teléfono celular para transmitir
o recibir cualquier novedad que se produzca en los servicios a su cargo.
f) Del Control de tiempo trabajado: Defínase por tiempo trabajado facturable, todo aquel que
un vehículo empleó realizando una tarea concreta al servicio del Municipio, por lo cual, el
hecho de presentarse en hora y destino indicado NO constituye el pago de un turno entero.
ARTÍCULO 12. Duración del Servicio.
El registro de la hora de inicio y de finalización deberá, obligatoriamente, figurar en los
remitos correspondientes y ser firmado por el responsable de la del servicio. A tal fin, cada
chofer contará con un remito diario donde consignará el número del vehículo y su dominio,
además de las horas efectivamente trabajadas, para ser firmado por el responsable de la
contratación.-
ARTÍCULO 13. Provisión de Combustible por parte del Municipio.
El combustible será provisto por el Municipio. La carga deberá hacerse efectiva en estaciones
de servicio indicadas por el Organismo Contratante. En caso de no completarse el recorrido
previsto, en la primera carga de la semana se descontarán los litros correspondientes.
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ANEXO IV
FORMULARIO Nº 1: DECLARACION JURADA:
1.- CONOCIMIENTO Y ACEPTACION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
2.- CONSTITUCION DOMICILIO LEGAL (FISICO Y ELECTRONICO)
3.-
Por
medio
de
la
presente
el
OFERENTE
____________________________________________, a la LICITACION PÚBLICA Nº
04/2024, declara bajo juramento:
1) Haber tomado conocimiento de las bases y condiciones del llamado, y aceptar en todos sus
términos el Pliego de Bases y Condiciones que la rige, cuyo objeto es la
“CONTRATACIÓN DE 3 (TRES) MINICARGADORAS PARA RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS VERDES”
convocada por la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos de Municipalidad de Yerba
Buena y cuyas cláusulas generales y particulares aceptamos sin condicionamiento alguno.
Asimismo, declara expresamente conocer y aceptar el procedimiento establecido, y que todos
los actos del procedimiento licitatorio sean notificados al domicilio electrónico denunciado en
el presente, y por ello se someten voluntariamente.
2) Por la presente declaro bajo juramento la renuncia de manera expresa al fuero federal o a
cualquier otra excepción que nos pudiere corresponder y nuestro sometimiento a la
jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tucumán.
3) Constituye DOMICILIO LEGAL:
FISICO: en la ciudad de Provincia de Tucumán, en calle
_________________________________________ Nº _____ Piso __ Dpto./Oficina __
DOMICILIO ELECTRONICO en: __________________________________-.
Firma/s: Aclaración de firma/s
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Pliego de condiciones generales.
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ANEXO V
FORMULARIO 2: PROPUESTA ECONÓMICA.
Visto la Licitación para la Contratación de 3 minicargadoras para la recolección de Verdes en
el Municipio de Yerba Buena, la firma se presenta a la misma cotizando:
TOTAL: (pesos.............................................................. ) $...............................................
Dicho monto corresponde a la provisión de...... (cantidad) minicargadoras, según el siguiente
detalle:
Camión
Marca
Modelo
Año
Importe por
Hora
Importe
mensual
Total por
Minicargadora
12 meses
1
$
$
$
2
$
$
$
3
$
$
$
TOTAL PROPUESTA ECONÓMICA
$
Por un promedio de 168 horas mensuales por camión, considerando una duración de contrato
de 12 meses incluyendo todo ítem que corresponda a Ingresos brutos, i.v.a., cargas sociales,
seguros y demás aspectos relativos a la prestación del servicio según lo planteado en el Pliego
General. Todo lo que antecede de conformidad con las estipulaciones contenidas en el pliego
que rige la presente Licitación.
FIRMA:_____________________________________________________________________
________
DNI:_______________________________________________________________________
________
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ACLARACIÓN:
_______________________________________________________________________