Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública Nº 23/2019.
“ADQUISICION DE 535 LUMINARIAS
LED PARA ALUMBRADO PUBLICO”.
Exp 12680(M17I)-S-2019
Pliego de condiciones generales.
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.MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
SECCIÓN COMPRAS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
ANEXO I
LICITACION PÚBLICA Nº 23/2019
REFERENCIAS:
1) Repartición: Secretaria de Planificación y Gestión de Infra. Pública y Servicios
Urbanos.-
2) Expediente Nº 12680(M17I)-S-19
3) Decreto Nº 751 del 14 de Noviembre de 2019.-
4) Forma de Presentación: por escrito y duplicado, en sobre cerrado, sin inscripción,
que individualice al proponente.
5) Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de
Yerba Buena.-
6) Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta 10:00 HS del 29 de Noviembre de
2019.-
7) Lugar de Apertura de las Ofertas: Sala de Intendencia – Municipalidad de Yerba
Buena.-
8) Fecha de Apertura y Hora: día 29 de Noviembre de 2019 a Hs. 10:00.-
9) Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de
apertura.-
10) Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena.-
11) Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras – Municipalidad
de Yerba Buena.-
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12) Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.
13) Pliego de Bases y Condiciones: $1000 (pesos un mil).
ANEXO II
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 23/2019
La Licitación Pública Nº 23/2019, tiene por objeto la ADQUISICION DE 535
LUMINARIAS LED PARA ALUMBRADO PUBLICO con el siguiente detalle:
ESPECIFICACIONES TECNICAS
Luminarias
Las luminarias serán del tamaño adecuado para funcionar correctamente con módulos y
fuentes de LED (Diodo Emisor de Luz) de la potencia a utilizar.
Generalidades de la construcción
La carcasa debe ser construida en fundición de aluminio inyectado. Debe ser fabricada
con aleación de aluminio nuevo. El cuerpo de la luminaria debe tener una estanqueidad
mínima IP66 y grado de protección mecánico IK 8. Debe tener un vidrio protector
templado.
Montaje sobre columna
La carcasa será apta para ser colocada en pescante horizontal de 42mm a 60mm sin uso de
piezas adicionales. Debe tener un sistema que la fije a la columna de modo de impedir el
deslizamiento en cualquier dirección.
Distribución Luminosa
Debe ser asimétrica, de acuerdo a IRAM AADL J 2022-1.
La relación entre lmax/Io debe ser mayor a 2.
Angulo vertical de máxima emisión:
Estará comprendido entre los 60º y 70º medidos en el plano vertical de máxima emisión.
Distribución luminosa transversal:
Será angosta o media de acuerdo a IRAM AADL J 2022-1.
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Módulos led
LEDs deben estar distribuidos para facilitar la disipación y garantizar larga vida útil. Cada
led debe tener una óptica (lente) que distribuya la luz. No deben utilizarse los del tipo COB,
por concentrar el calor, bajar la eficiencia en uso, dificultar la limpieza y disminuir la vida
útil.
Fuente
La luminaria debe tener una fuente de alimentación de corriente controlada independiente a
la placa de diodos, la misma debe fijarse de manera tal que sea desmontable y de fácil su
reemplazo. Los conductores que conecten la fuente de alimentación a la red de
suministro eléctrico deben conectarse a borneras fijas a la carcasa o a la chapa
portaequipo de los componentes. Los conductores que conecten el o los módulos de LED, a
la fuente de alimentación, deben conectarse por fichas o conectores polarizados
enchufables o borneras con indicación de polaridad, fijas a la carcasa o la chapa
portaequipo, para permitir un rápido y seguro cambio de alguna de las partes. Las fuentes
deben soportar variaciones de tensión de 140v a 265 V sin alterar el rendimiento del
equipo.
Sobretensiones
La luminaria debe contar con un elemento protector de sobretensiones, el cual debe
desconectar el driver en caso de sobretensión, protegiendo el mismo y al módulo led.
Componentes complementarios
Los tornillos o resortes exteriores deben ser de acero inoxidable y responder a
IRAM-AADL J2028, IRAM-AADL J2020-1 e IRAM AADL J2020-2 para asegurar una
absoluta protección contra la acción de la intemperie. El resto de la tornillería debe estar
protegida de la corrosión y será como mínimo de acero cincado según IRAM AADL J
2020-1 y IRAM AADL J2020-2, no se admitirá en ningún caso tornillos autorroscantes, ni
remaches para la sujeción del módulo, cubierta ni elementos del equipo auxiliar.
Terminación de la luminaria
Todas las partes metálicas de la luminaria deben tener tratamiento superficial según
IRAM AADL J2020-1 y IRAM AADL J2020-2. Las partes de aluminio serán sometidas a
un tratamiento de oxidación electrolítica de espesor adecuado para soportar el uso a la
intemperie o pre-pintado con protección anticorrosiva y base mordiente para la pintura,
protegida con pintura termoplástica en polvo poliéster horneada entre 40 y 100 micrones de
espesor.
Flujo Luminoso
Debe ser mayor a 12.000 lúmenes
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Eficiencia Luminosa
Debe ser mayor a 120 Lm/W, incluyendo el consumo del módulo y la fuente de
alimentación.
Temperatura de Color:
La temperatura de color aceptada será de 4500 K a 5500 K
Vida Media:
La vida media garantizada de la luminaria debe ser de 50.000 horas mínima.
Documentación a presentar por el oferente:
Curvas polares de los planos principales
Certificado correspondiente al cumplimiento de la Res 92/98 de seguridad eléctrica
Eficiencia de la luminaria en lúmenes / Watts certificada
Protocolos de ensayos de las luminarias realizadas por un laboratorio oficial (CIC,
INTI, UNT) o reconocido por IRAM.
Repuestos
El oferente deberá garantizar la provisión a futuro de repuestos para las luminarias, como
ser, vidrios protectores, brazos de anclaje, drivers y módulos led.
Garantía
El proveedor deberá otorgar una garantía mínima de 2 años a partir de la fecha de compra,
contra cualquier defecto de material, componentes o defectos propios de fabricación
de los productos ofertados. En caso de falla de la luminaria, la Municipalidad entregará al
proveedor la misma y en máximo de 15 días deberá recibir una unidad nueva.
Se deberá proveer 1 (una) luminaria de muestra en el Departamento de Compras de la
Municipalidad de Yerba Buena en el momento de apertura de los sobres, a los efectos de
realizar pruebas sobre aspectos técnicos, constructivos y luminotécnicos, y constatar que el
producto suministrado sea el que será ofertado por la firma. Una vez adjudicada la compra
a un oferente, los demás podrán retirar sus muestras.
Toda documentación a presentar debe ser en idioma español.
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ANEXO III
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 23/2019
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
OBJETO Y REGIMEN LEGAL
ARTÍCULO 1º: El presente Pliego establece las condiciones generales que regirán La
Licitación Pública Nº 23/2019, tiene por objeto la ADQUISICION DE 535
LUMINARIAS LED PARA ALUMBRADO PUBLICO según Anexo I1, y se regirá por
la Ordenanza Nº 1299/2003, modificada por la Ord. Nº 2181/2018, que regula el Régimen
de contrataciones del Municipio.
DE LOS PRECIOS
ARTÍCULO 2º: Los precios se cotizarán en Moneda de Curso Legal y serán inamovibles
por el término señalado en la Referencia 9), a contar de la fecha de apertura mencionada en
la Referencia 8). Si en ejercicio del derecho concedido por los Artículos 16 y 17 del
presente Pliego, se hubiesen formulado observaciones, el plazo de mantenimiento de los
precios cotizados se considerará automáticamente ampliado en 5 (cinco) días. Vencido el
lapso fijado sin haberse efectuado la adjudicación, el mismo se considerará
automáticamente prorrogado por otro período igual.
DE LA OFERTA
ARTÍCULO 3º: La oferta, que podrá ser por la totalidad de los bienes y/o servicios
solicitados o por parte de los mismos, deberá ser formulada por escrito y duplicado en sobre
cerrado sin inscripción alguna que individualice al proponente, salvo la relativa a la
contratación que corresponda y remitida al lugar mencionado en la Referencia 5), hasta el
día y la hora señalada en la Referencia 6). El sobre de presentación de la oferta deberá
contener en su parte externa al frente del mismo, una leyenda que diga ¨Licitación Pública
Nº 23/2019¨ – Municipalidad de Yerba Buena. Los plazos del procedimiento de la oferta
son perentorios, improrrogables y de notificación automática para los oferentes interesados.
En caso de que, por cualquier motivo, se declare inhábil algún día de los determinados en el
presente pliego, el mismo operará el día hábil inmediato siguiente al consignado. La oferta
deberá especificar:
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a) Precio Unitario y cierto, en números, referido al bien y/o servicio solicitado. En
caso de no coincidir el Precio Unitario con el Importe Global cotizado en el ítem, se
tomará como cierto el primero.
b) Total general de la propuesta en números y letras, tomando como base a la
alternativa de mayor valor.
c) Origen de lo cotizado, expresando Marca de cada ítem, entendiéndose ser de
procedencia nacional cuando no se lo indicare.
ARTÍCULO 4º: La oferta deberá ser firmada en todas sus hojas por el Proponente o
Representante Legal. Si el Proponente actúa por intermedio de Apoderado, este deberá
acreditar su condición de tal con documentación idónea.
ARTÍCULO 5º: La presentación de la oferta debidamente firmada será motivo suficiente
para considerar que el Proponente conoce y acepta las condiciones establecidas en el
presente Pliego.
ARTÍCULO 6º: Los Oferentes deberán acompañar a su propuesta nota en la cual
manifiesta su expresa renuncia al Fuero Federal, allanándose a la Jurisdicción Ordinaria de
los Tribunales Locales, fijando para ello domicilio legal en la Provincia de Tucumán.
ARTÍCULO 7º: Toda documentación que deba adjuntarse de acuerdo a lo exigido en el
presente Pliego, cuando las mismas sean copias o fotocopias, deberán estar legalizadas por
funcionario competente, caso contrario deberán acompañarse los originales, para que una
vez constatada la autenticidad de las mismas, le sean restituidas.
ARTÍCULO 8º: Con las propuestas, además deberá adjuntarse:
a. Certificado de Libre Deuda de impuestos provinciales otorgado por la Dirección General de
Rentas de la Provincia.
b. Certificado de Libre Deuda de contribuciones Municipales otorgado por Dirección de
Rentas de la Municipalidad de Yerba Buena. Este requisito no será exigido a los oferentes
que tengan domicilio comercial fuera de la jurisdicción y que no registren inscripción
comercial alguna en este Municipio.
c. Pliego de Bases y Condiciones, con la firma y sello del oferente.
DEL SELLADO
ARTÍCULO 9º: La propuesta llevará sellado municipal por el importe establecido en la
Ordenanza Fiscal Anual. En caso de cotizarse con alternativas, el sellado se calculará sobre
el mayor valor propuesto. Ver Referencia 12).
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GARANTÍA DE LA OFERTA
ARTÍCULO 10º: Los proponentes deberán garantizar su oferta con el 4% (cuatro por
ciento) sobre el valor del PRESUPUESTO OFICIAL, la que deberá acompañarse con la
Propuesta.
CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
ARTÍCULO 11º: Las garantías de la Oferta y del Contrato, que deben ser extendidas a
favor de la Municipalidad de Yerba Buena, podrán constituirse en algunas de las siguientes
formas:
a) En efectivo, mediante depósito en Banco del Tucumán S.A. – Sucursal Yerba
Buena – en la Cuenta Corriente de la Municipalidad de Yerba Buena Nº
20000071/0, acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que
se acreditará.
b) En Títulos de la Deuda Pública Nacional, Bonos del Tesoro emitidos por el Estado
Nacional o cualquier otro valor similar, Nacional o Provincial, aforados a su valor
nominal o de última cotización.
c) Con Aval Bancario debidamente sellado e intervenido por la Dirección General de
Rentas de la Provincia, cuando correspondiere, constituyéndose el fiador como
deudor solidario, liso y llano y principal pagador en renuncia a los beneficios de
división y exclusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil.
d) Mediante póliza de Seguro de Caución, debidamente certificada por Escribano
Público.
e) Mediante Hipoteca en Primer Grado, o Prenda Preferencial sobre bienes
registrables, quedando su aceptación o rechazo a criterio del órgano competente
para efectuar la adjudicación.
f) Mediante la afectación de Créditos que el proponente o Adjudicatario tenga
liquidados y al cobro en la Administración Municipal, a cuyos efectos los
interesados deberán presentar al momento de constituir la garantía constancia oficial
de la existencia de dicho crédito.
g) Mediante Certificados de Depósitos a Plazo Fijo, siempre que el Capital no sea
inferior al monto de la garantía y que su plazo de vencimiento no supere el término
de 60 (sesenta) días a contar de la fecha del Acto de Apertura.
Todas las garantías se constituirán por el término que duren las obligaciones de los
Oferentes o Adjudicatarios, garantizando el fiel cumplimiento de las mismas.
DE LA APERTURA
ARTÍCULO 12º: En el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto, se procederá a
abrir las propuestas en presencia de los funcionarios designados por la Municipalidad y de
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todos aquellos que deseen presenciar. A partir de la hora fijada para la Apertura del Acto no
podrá, bajo ningún concepto, aceptarse otras ofertas, aun cuando el Acto de Apertura no se
haya iniciado. Del resultado obtenido se procederá a labrar acta, la cual deberá ser
absolutamente objetiva y contendrá:
a) Número de Orden asignado a cada Oferta.
b) Nombre del Proponente.
c) Monto de la Oferta.
d) Monto y Forma de la Garantía.
e) Observaciones y/o impugnaciones que se hicieran en el Acto de Apertura.
El Acta de Apertura será firmada por los funcionarios intervinientes y
por los asistentes que deseen hacerlo.
ARTÍCULO 13º: Serán objeto de Rechazo de las Ofertas:
a) Que no estén firmadas por el Oferente.
b) Que estén escritas con lápiz.
c) Que carecieran de la Garantía de la Oferta, o que teniéndola, esta fuera inferior al
80% (ochenta por ciento) del monto exigido.
d) Que carecieran del Sellado Municipal.
e) Que carecieran del Recibo Pliego licitatorio.
f) Que en lugar de especificaciones, en su oferta se remitan a muestras presentadas o
no para el acto licitatorio, en reemplazo de las especificaciones.
g) Que sean condicionadas o que se aparten de las bases de la contratación.
h) Que tengan raspaduras, enmiendas, testaciones y/o interlíneas sobre frases o cifras
fundamentales como: precios, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega
o alguna otra que haga a la esencia del contrato y no hayan sido debidamente
salvadas.
i) Cuando las condiciones de contratación hubiesen exigido la presentación de
muestras y estas no fueron cumplidas.
Los requisitos señalados en los Incisos arriba mencionados deberán
estar satisfechos al momento de Apertura de las Propuestas.
ARTÍCULO 14º: La integración de los faltantes admitidos del artículo anterior, como
asimismo los demás requisitos exigidos en el presente Pliego podrán ser cumplimentados
dentro de los dos días hábiles posteriores sin necesidad de notificación o interpelación
alguna.
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Previo a la consideración de la Oferta, el organismo licitante decidirá
el rechazo de las ofertas que considere inadmisibles por no cumplir con los requisitos
exigidos.
ARTÍCULO 15º: Toda la documentación de las propuestas admitidas en el Acto de
Apertura, quedará agregada a las actuaciones como prueba de su legitimidad, a excepción
de la garantía de la oferta que se restituirá de oficio a los titulares que no resulten
adjudicatarios.
ARTÍCULO 16º: Las autoridades presentes en el Acto de Apertura podrán disponer la
suspensión del mismo para resolver alguna cuestión que así lo requiera, fijándose en ese
mismo momento, lugar, día y hora de su continuación.
DE LA PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 17º: La Pre adjudicación recaerá siempre en la Propuesta más conveniente,
entendiéndose por ello, aquella cuyos renglones cotizados sean los de más bajos precios en
igualdad de condiciones y calidad.
La Pre adjudicación será anunciada durante 2 (dos) días en el lugar
señalado en la Referencia 10) y los oferentes podrán formular observaciones por escrito
dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas, a contar del vencimiento del plazo para los
anuncios, no admitiéndose impugnación alguna con posterioridad al vencimiento del plazo.
Las impugnaciones a que se hacen referencia, deberán afianzarse con un depósito del 1%o
(Uno por mil) del presupuesto oficial.
El procedimiento licitatorio podrá ser dejado sin efecto en cualquier
estado en que se encuentre previo a la adjudicación, sin que ello genere derecho alguno a
favor del Proponente.
DE LA ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 18º: La adjudicación podrá recaer todos, algunos o uno de los renglones o
ítems licitados.
Si ninguna oferta es conveniente, se declarará fracasada la Licitación por
tal motivo y se decidirá lo que corresponde en relación al trámite a seguir (nuevo llamado o
Contratación Directa).
El Contrato de suministro quedará perfeccionado con la notificación del
Decreto o Resolución de Adjudicación al Adjudicatario. También, dicho Acto
Administrativo será notificado en el domicilio legal fijado a todos los demás proponentes,
los que, en un plazo de 2 (dos) días hábiles, podrán impugnar.
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DE LA ORDEN DE COMPRA O PROVISIÓN
ARTÍCULO 19º: Se emitirá la respectiva Orden de Compra al Adjudicatario que
contendrá las estipulaciones básicas de contratación.
DE LA ENTREGA DE LOS ARTÍCULOS ADJUDICADOS
ARTÍCULO 20º: Los bienes adjudicados serán provistos libres de flete y otros gastos en
lugar, forma y plazo convenido con este Municipio.
DE LAS MUESTRAS
ARTÍCULO 21º: Los artículos presentados como muestra quedarán a disposición del
proponente para su retiro hasta un mes después de realizada la adjudicación, pasando a ser
propiedad de la Municipalidad, sin cargo, las que no fueran retiradas en este plazo, la que
queda facultada para resolver sobre su uso, venta o destrucción, si en este último caso, no
tuviera aplicación alguna.
DE LOS PAGOS
ARTÍCULO 22º: La Municipalidad no efectuará al Adjudicatario pagos anticipados. Los
mismos se concretarán mediante libramiento que se extenderá contra la tesorería General de
la Municipalidad de Yerba Buena dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a la
fecha de factura y recibido de conformidad por el Servicio Administrativo correspondiente.
ARTÍCULO 23º: Tesorería y/o la repartición actuante efectuará las retenciones vigentes
establecidas a nivel nacional, provincial y municipal.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 24º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente
las propuestas más convenientes o rechazar todas sin derecho a reclamo por parte de los
oferentes.
ANEXO IV
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
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LUGAR, FECHA Y HORA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA
ARTÍCULO 25º: El Acto de Apertura de las propuestas de la presente Licitación se
realizará en la Sala de Intendencia de la Municipalidad de Yerba Buena, sita en Avenida
Aconquija Nº 1.991, el día 29 de Noviembre de 2019 a Hs. 10:00 con intervención de los
funcionarios responsables y en presencia de los interesados que concurran.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
ARTÍCULO 26º: Por su sola presentación, las ofertas se considerarán mantenidas en
vigencia por sus titulares durante el término de 30 (treinta) días corridos contados desde la
fecha de su apertura.
El Oferente que no mantuviera su propuesta durante el plazo
obligatorio, conforme con lo dispuesto en el párrafo anterior, perderá el depósito de su
garantía previsto en el Artículo 10º.
COMISIÓN DE ANÁLISIS DE OFERTAS Y PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 27º: Terminado el Acto de Apertura, la Comisión de Pre adjudicación se hará
cargo de toda la documentación para proceder a su estudio y producir el informe
correspondiente.
El dictamen producido por la Comisión de Pre adjudicación será
exhibido por el término de 2 (dos) días hábiles en lugar visible de la Oficina de Compras
(sita en Avenida Aconquija 1.991 – Yerba Buena. Los oferentes podrán formular sus
observaciones dentro de los 24 (veinticuatro) horas siguientes a contar del vencimiento del
plazo de exhibición – Ordenanza 1299/2003, Art. 55 y Nº 2181/2018 -.
Las observaciones que se formulen serán giradas a la Comisión de Pre
adjudicación a fin de que se pronuncie sobre las mismas. Con el dictamen, pasarán las
actuaciones al órgano competente para adjudicar, el que dictará la decisión correspondiente.
En caso de igualdad de dos o más ofertas en precio, calidad y plazo de
pago para la cancelación, se invitará a los oferentes en forma fehaciente a mejorar su oferta,
para lo cual dispondrán de 3 (tres) días hábiles a partir de su notificación. En dicha
notificación se indicará lugar, fecha y hora en que se procederá a la apertura de las nuevas
ofertas, labrándose el Acta pertinente.
La no presentación de alguno de los oferentes invitados se entenderá
como que no modifica su oferta, procediéndose en consecuencia.
De mantenerse la igualdad de las ofertas, se realizará un sorteo ante la
presencia de la Comisión de Pre adjudicación, Asesores, Técnicos, Oferentes (Titulares -
Apoderados) y observadores.
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La Pre adjudicación no implica la total aceptación de la oferta propuesta
por el Pre adjudicado.
DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN
ARTÍCULO 28º: Los adjudicatarios cumplirán la prestación objeto de la presente
Licitación dentro de los 5 (cinco) días a partir de la fecha de recepción de la comunicación
a que se refiere el Artículo 20º de las Condiciones Generales.
ARTÍCULO 29º: La certificación de la recepción definitiva de los bienes será efectuada
por el Jefe de Sección Patrimonio de la Municipalidad de Yerba Buena. En caso de
requerirse conocimientos técnicos para la recepción de determinados elementos, el
funcionario podrá solicitar asesoramiento al respecto.
Los funcionarios responsables de la recepción remitirán a la Tesorería el
Informe de Recepción correspondiente.
DEL PAGO
ARTÍCULO 30º: La factura será presentadas por duplicado en la Oficina de Compras y
conformadas por la oficina Receptora.
ARTÍCULO 31º: El pago se realizará en la Tesorería de la Municipalidad de Yerba Buena,
de la siguiente manera: 15 días posteriores a la fecha de factura.
ARTÍCULO 32º: El precio del Pliego de Bases y Condiciones será de $ 1.000,00 (Pesos:
mil).
Presupuesto Oficial: $ 5.619.998,45 (Pesos: Cinco Millones seiscientos
diecinueve mil novecientos noventa y ocho con 45/100).