Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública N° 18/2019
“Contratación de servicio de almuerzo y Cena
para Centro de Atención Dr. Carrillo.”
Expte. 9242(M17I)-S-2019
Pliego de condiciones generales.
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MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
SECCIÓN COMPRAS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
ANEXO I
LICITACION PÚBLICA Nº 18/2019
REFERENCIAS:
1)
Repartición: Secretaria de Salud
2)
Expediente Nº: 9242(M17I)-S-2019
3)
Decreto Nº 524 de Fecha 30 de Agosto de 2019.-
4)
Forma de Presentación de las Ofertas: Las ofertas serán formuladas por ítem, por
escrito en forma clara y legible y duplicado, en sobre cerrado, sin inscripción, que
individualice al proponente.
5)
Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de Yerba
Buena.-
6)
Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta las 10:00 Hs. del día 12 De Septiembre
de 2.019.
7)
Lugar de Apertura de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de Yerba
Buena.-
8)
Fecha y Hora de Apertura: 12 de Septiembre a las 10:00 Hs.
9)
Plazo de Mantenimiento de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de
apertura.-
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Pliego de condiciones generales.
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10)
Lugar de Publicación del Acta de Pre-adjudicación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena.-
11)
Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras – Municipalidad
de Yerba Buena.-
12)
Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.
13)
Pliego de Bases y Condiciones: $1000 (Pesos un mil).
ANEXO II
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 18/2019
La Licitación Pública Nº 18/2019 tiene por objeto la Contratación del Servicio de
vianda/comida, para proveer de:
ÍTEM CANTIDAD
DESCRIPCION
1
9360
RACIONES ANUALES.
ENTREGADAS EN LA GUARDIA DEL NOSOCOMIO.
TODAS
ACOMPAÑADAS
DE
PAN
Y
UTENSILLOS
DESCARTABLES (CUBIERTOS Y SERVILLETAS).
OPCIONES DE PLATOS A ELECCION DEL PERSONAL
(EJEMPLO:
MILASEA/SUPREMA/COSTELETA
CON
ENSALADA, PAPAS FRITAS, TALLARINES, ÑOQUIS, ETC.
ANEXO III
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 18/2019
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
OBJETO Y REGIMEN LEGAL
ARTÍCULO 1º: El presente Pliego establece las condiciones generales que regirán La
Licitación Pública 18/2019 tiene por objeto la adquisición de:
Secretaria de Hacienda
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Pliego de condiciones generales.
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ÍTEM CANTIDAD
DESCRIPCION
1
9360
RACIONES ANUALES.
ENTREGADAS EN LA GUARDIA DEL NOSOCOMIO.
TODAS
ACOMPAÑADAS
DE
PAN
Y
UTENSILLOS
DESCARTABLES (CUBIERTOS Y SERVILLETAS).
OPCIONES DE PLATOS A ELECCION DEL PERSONAL
(EJEMPLO:
MILASEA/SUPREMA/COSTELETA
CON
ENSALADA, PAPAS FRITAS, TALLARINES, ÑOQUIS, ETC.
Según Anexo II, y se regirá por la Ordenanza Nº 1299/2003, modificada por la Ord.
2181/2018 que regula el Régimen de contrataciones del Municipio.
DE LOS PRECIOS
ARTÍCULO 2º: Los precios se cotizarán en Moneda de Curso Legal y serán inamovibles por
el término señalado en la Referencia 9), a contar de la fecha de apertura mencionada en la
Referencia 8). Si en ejercicio del derecho concedido por los Artículos 16 y 17 del presente
Pliego, se hubiesen formulado observaciones, el plazo de mantenimiento de los precios
cotizados se considerará automáticamente ampliado en 5 (cinco) días. Vencido el lapso
fijado sin haberse efectuado la adjudicación, el mismo se considerará automáticamente
prorrogado por otro período igual.
DE LA OFERTA
ARTÍCULO 3º: La oferta, que podrá ser por cualquiera o la totalidad de los ítems
especificados en el artículo 1°, deberá ser formulada por escrito y duplicado en sobre
cerrado sin inscripción alguna que individualice al proponente, salvo la relativa a la
contratación que corresponda y remitida al lugar mencionado en la Referencia 5), hasta el
día y la hora señalada en la Referencia 6). El sobre de presentación de la oferta deberá
contener en su parte externa al frente del mismo, una leyenda que diga ¨Licitación
Pública 18/2019 – Municipalidad de Yerba Buena. Los plazos del procedimiento de la
oferta son perentorios, improrrogables y de notificación automática para los oferentes
interesados. En caso de que, por cualquier motivo, se declare inhábil algún día de los
determinados en el presente pliego, el mismo operará el día hábil inmediato siguiente al
consignado.
La oferta deberá especificar:
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a)
Precio Unitario y cierto, en números, referido al bien y/o servicio solicitado. En
caso de no coincidir el Precio Unitario con el Importe Global cotizado en el ítem, se
tomará como cierto el primero.
b)
Total general de la propuesta en números y letras, tomando como base a la
alternativa de mayor valor.
c)
Origen de lo cotizado, entendiéndose ser de procedencia nacional cuando no se lo
indicare.
ARTÍCULO 4º: La oferta deberá ser firmada en todas sus hojas por el Proponente o
Representante Legal. Si el Proponente actúa por intermedio de Apoderado, este deberá
acreditar su condición de tal con documentación idónea.
ARTÍCULO 5º: La presentación de la oferta debidamente implicará que el Proponente
conoce y acepta las condiciones establecidas en el presente Pliego.
ARTÍCULO 6º: Los Oferentes deberán acompañar a su propuesta nota en la cual
manifiesta su expresa renuncia al Fuero Federal, allanándose a la Jurisdicción Ordinaria de
los Tribunales Locales, fijando para ello domicilio legal en la Provincia de Tucumán.
ARTÍCULO 7º: Toda documentación que deba adjuntarse de acuerdo a lo exigido en el
presente Pliego, cuando las mismas sean copias o fotocopias, deberán estar legalizadas
por funcionario competente, caso contrario deberán acompañarse los originales, para que
una vez constatada la autenticidad de las mismas, le sean restituidas.
ARTÍCULO 8º: Con las propuestas, además deberá adjuntarse:
a. Certificado de Libre Deuda de impuestos provinciales otorgado por la Dirección
General de Rentas de la Provincia.
b. Certificado de Libre Deuda de contribuciones Municipales otorgado por Dirección de
Rentas de la Municipalidad de Yerba Buena. Este requisito no será exigido a los oferentes
que tengan domicilio comercial fuera de la jurisdicción y que no registren inscripción
comercial alguna en este Municipio.
c.
Pliego de Bases y Condiciones, con la firma y sello del oferente.
DEL SELLADO
ARTÍCULO 9º: La propuesta llevará sellado municipal por el importe establecido en la
Ordenanza Fiscal Anual. Ver Referencia 12).
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GARANTÍA DE LA OFERTA
ARTÍCULO 10º: Los proponentes deberán garantizar su oferta con el 4% (cuatro por
ciento) sobre el valor del PRESUPUESTO OFICIAL, la que deberá acompañarse con la
Propuesta.
CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
ARTÍCULO 11º: Las garantías de la Oferta y del Contrato, que deben ser extendidas a favor
de la Municipalidad de Yerba Buena, podrán constituirse en algunas de las siguientes
formas:
a)
En efectivo, mediante depósito en Banco del Tucumán S.A. – Sucursal Yerba Buena
– en la Cuenta Corriente de la Municipalidad de Yerba Buena Nº 20000071/0,
acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará.
b)
En Títulos de la Deuda Pública Nacional, Bonos del Tesoro emitidos por el Estado
Nacional o cualquier otro valor similar, Nacional o Provincial, aforados a su valor nominal
o de última cotización.
c)
Con Aval Bancario debidamente sellado e intervenido por la Dirección General de
Rentas de la Provincia, cuando correspondiere, constituyéndose el fiador como deudor
solidario, liso y llano y principal pagador en renuncia a los beneficios de división y
exclusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil.
d)
Mediante póliza de Seguro de Caución, debidamente sellada e intervenida por la
Dirección General de Rentas de la Provincia.
e)
Mediante Hipoteca en Primer Grado, o Prenda Preferencial sobre bienes
registrables, quedando su aceptación o rechazo a criterio del órgano competente para
efectuar la adjudicación.
f)
Mediante la afectación de Créditos que el proponente o Adjudicatario tenga
liquidados y al cobro en la Administración Municipal, a cuyos efectos los interesados
deberán presentar al momento de constituir la garantía constancia oficial de la existencia
de dicho crédito.
g)
Mediante Certificado de Depósito a Plazo Fijo, endosado a favor de la
Municipalidad de Yerba Buena, siempre que el capital no sea inferior al monto de la
garantía y que su plazo de vencimiento no supere el término de 60 (sesenta) días a contar
de la fecha del Acto de Apertura
Todas las garantías se constituirán por el término que duren las obligaciones de los
Oferentes o Adjudicatarios, garantizando el fiel cumplimiento de las mismas.
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DE LA APERTURA
ARTÍCULO 12º: En el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto, se procederá a
abrir las propuestas en presencia de los funcionarios designados por la Municipalidad, de
los proponentes y de todos aquellos que deseen presenciar. Estos últimos no podrán
realizar ningún tipo de manifestación en el acto de apertura. Hasta la hora de la Apertura
del Acto podrán aceptarse recibirse otras ofertas, aun cuando el Acto de Apertura no se
haya iniciado. Del resultado obtenido se procederá a labrar acta, la cual deberá ser
absolutamente objetiva y contendrá:
a)
Número de Orden asignado a cada Oferta.
b)
Nombre del Proponente.
c)
Monto de la Oferta.
d)
Monto y Forma de la Garantía.
e)
Observaciones y/o impugnaciones que se hicieran en el Acto de Apertura.
El Acta de Apertura será firmada por los funcionarios intervinientes, por los proponentes y
por los asistentes que deseen hacerlo.
ARTÍCULO 13º: Serán objeto de rechazo las Ofertas:
a)
Que no estén firmadas por el Oferente.
b)
Que estén escritas con lápiz.
c)
Que carecieran de la Garantía de la Oferta, o que teniéndola, esta fuera inferior al
80% (ochenta por ciento) del monto exigido.
d)
Que carecieran del Sellado Municipal.
e)
Que en lugar de especificaciones, en su oferta se remitan a muestras presentadas
o no para el acto licitatorio, en reemplazo de las especificaciones.
f)
Que sean condicionadas o que se aparten de las bases de la contratación.
g)
Que tengan raspaduras, enmiendas, testaciones y/o interlíneas sobre frases o
cifras fundamentales como: precios, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de
entrega o alguna otra que haga a la esencia del contrato y no hayan sido debidamente
salvadas.
h)
Cuando las condiciones de contratación hubiesen exigido la presentación de
muestras y estas no fueran cumplidas.
Los requisitos señalados en los Incisos arriba mencionados deberán estar satisfechos al
momento de Apertura de las Propuestas.
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ARTÍCULO 14º: La integración del faltante admitido del artículo anterior, podrán ser
cumplimentados dentro de los dos días hábiles posteriores sin necesidad de notificación o
interpelación alguna.
Previo a la consideración de la Oferta, el organismo licitante decidirá el rechazo de las
ofertas que considere inadmisibles por no cumplir con los requisitos exigidos.
ARTÍCULO 15º: Toda la documentación de las propuestas admitidas en el Acto de
Apertura quedará agregada a las actuaciones como prueba de su legitimidad, a excepción
de la garantía de la oferta que se restituirá de oficio a los titulares que no resulten
adjudicatarios.
ARTÍCULO 16º: Las autoridades presentes en el Acto de Apertura podrán disponer la
suspensión del mismo para resolver alguna cuestión que así lo requiera, fijándose en ese
mismo momento, lugar, día y hora de su continuación.
DE LA PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 17º: La Pre adjudicación recaerá siempre en la Propuesta más conveniente,
entendiéndose por ello, lo dispuesto por el artículo 50 de la Ordenanza N° 1299/03.
La Pre adjudicación será anunciada durante 2 (dos) días en el lugar señalado en la
Referencia 10) y los oferentes podrán formular observaciones por escrito dentro del plazo
de 24 (veinticuatro) horas, a contar del vencimiento del plazo para los anuncios, no
admitiéndose impugnación alguna con posterioridad al vencimiento del plazo.
Las impugnaciones a que se hacen referencia, deberán afianzarse con un depósito del 1%o
(Uno por mil) del presupuesto oficial.
El procedimiento licitatorio podrá ser dejado sin efecto por la Municipalidad en cualquier
estado en que se encuentre previo a la adjudicación, sin que ello genere derecho alguno a
favor del Proponente.
DE LA ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 18º: La adjudicación podrá recaer sobre todos, algunos o uno de los renglones
o ítems licitados.
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Si ninguna oferta es conveniente, se declarará fracasada la Licitación por tal motivo y se
decidirá lo que corresponde en relación al trámite a seguir (nuevo llamado o Contratación
Directa).
El Contrato de suministro quedará perfeccionado con la notificación del Decreto de
Adjudicación al Adjudicatario. También, dicho Decreto será notificado a todos los demás
proponentes en el domicilio legal fijado, podrán impugnarlo en un plazo de 2 (dos) días
hábiles sólo en caso que hubieren ejercido la impugnación establecida en el artículo 17°
precedente.
DE LA GARANTÍA DEL CONTRATO
ARTÍCULO 19º: El Adjudicatario integrará la Garantía del Contrato, que consistirá en el
10% (diez por ciento) sobre el valor total de la adjudicación, dentro de los 2 (dos) días
hábiles posteriores de la notificación del Acto Administrativo de la Adjudicación. En su
defecto, se le intimará en forma fehaciente a hacerlo en un plazo de 2 (dos) días hábiles,
vencido el cual se rescindirá el contrato de pleno derecho con la pérdida de la Garantía de
Oferta, pudiéndose contratar con el segundo en orden de mérito, según dictamen de la
Comisión de Pre adjudicación.
Asimismo, la Municipalidad quedará facultada a proceder por la vía de apremio para
percibir la diferencia correspondiente hasta completar la garantía del Contrato.
Debe entenderse que el 10% (diez por ciento) es garantía total, integrándose con el 4%
(cuatro por ciento) de la garantía de la oferta.
La garantía será devuelta a los 5 (cinco) días de recibidos los bienes, previo informe del
Departamento Patrimonio respecto de las condiciones de funcionamiento de los mismos.
DE LA ORDEN DE COMPRA O PROVISIÓN
ARTÍCULO 20º: Una vez recibida la Garantía de Contrato, se emitirá la respectiva Orden de
Compra al Adjudicatario que contendrá las estipulaciones básicas de contratación. En caso
de discordancia con las provisiones contractuales prevalecerán éstas y se interpretará que
se trata de errores de omisiones deslizados en la Orden, los que se salvarán en la
oportunidad que se los advierta.
DE LA ENTREGA DE LOS ARTÍCULOS ADJUDICADOS
ARTÍCULO 21º: Los bienes adjudicados serán provistos libres de flete y otros gastos en el
lugar indicado en la Orden de Compra, dentro del señalado en la misma, a contar del día
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siguiente de la fecha de su recepción, no aceptándose entregas parciales. Vencido este
plazo sin que los elementos fueran entregados, el contrato quedará rescindido de pleno
derecho, sin necesidad de intimación o interpelación alguna, judicial o extrajudicial,
quedando la Municipalidad facultada a dictar la declaración formal de rescisión y aplicar
las penalidades correspondientes, ejecutando la Garantía de Contrato.
Recibidos de conformidad los bienes adjudicados, se procederá a la devolución de la
Garantía del Contrato.
DE LAS MUESTRAS
ARTÍCULO 22º: Los artículos presentados como muestra quedarán a disposición del
proponente para su retiro hasta un mes después de realizada la adjudicación, pasando a
ser propiedad de la Municipalidad, sin cargo, las que no fueran retiradas en este plazo, la
que queda facultada para resolver sobre su uso, venta o destrucción, si en este último
caso, no tuviera aplicación alguna.
DE LOS PAGOS
ARTÍCULO 23º: La Municipalidad no efectuará al Adjudicatario pagos anticipados. Los
mismos se concretarán mensualmente mediante libramiento que se extenderá contra la
Tesorería General de la Municipalidad de Yerba Buena, una vez provistos los bienes y/o
servicios adjudicados y recibidos de conformidad por el Secretario (que corresponda
según la naturaleza de los bienes) del Municipio.
El precio del contrato se ajustará en forma semestral de acuerdo al Índice de Precios al
Consumidor Nacional elaborado por el Instituto de Nacional de Estadística y Censos.
ARTÍCULO 24º: La Tesorería General de la Municipalidad de Yerba Buena y/o la repartición
actuante efectuará las retenciones vigentes establecidas a nivel nacional, provincial y
municipal.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 25º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las
propuestas más convenientes o rechazar todas sin derecho a reclamo por parte de los
oferentes.
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ANEXO IV
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LUGAR, FECHA Y HORA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA
ARTÍCULO 26º: El Acto de Apertura de las propuestas de la presente Licitación se realizará
en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena, sita en Avenida Aconquija
Nº 1.799 (Primer Piso Shopping Yerba Buena), el día 12 de Septiembre de 2019, a Hs.
10:00, con intervención de los funcionarios responsables y en presencia de los interesados
que concurran.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
ARTÍCULO 27º: Por su sola presentación, las ofertas se considerarán mantenidas en
vigencia por sus titulares durante el término de 30 (treinta) días corridos contados desde
la fecha de su apertura.
El Oferente que no mantuviera su propuesta durante el plazo obligatorio, conforme con lo
dispuesto en el párrafo anterior, perderá el depósito de su garantía previsto en el Artículo
10º.
COMISIÓN DE ANÁLISIS DE OFERTAS Y PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 28º: Terminado el Acto de Apertura, la Comisión de Pre adjudicación se hará
cargo de toda la documentación para proceder a su estudio y producir el informe
correspondiente.
El dictamen producido por la Comisión de Pre adjudicación será exhibido por el término
de 2 (dos) días hábiles en lugar visible de la Oficina de Compras (sita en Avenida Aconquija
1.991 – Yerba Buena. Los oferentes podrán formular sus observaciones dentro de los 24
(veinticuatro) horas siguientes a contar del vencimiento del plazo de exhibición –
Ordenanza Nº 1299/2003, Art. 55-.
Las observaciones que se formulen serán giradas a la Comisión de Pre adjudicación a fin
de que se pronuncie sobre las mismas. Con el dictamen, pasarán las actuaciones al órgano
competente para adjudicar, el que dictará la decisión correspondiente.
En caso de igualdad de dos o más ofertas en precio, calidad y plazo de pago para la
cancelación, se invitará a los oferentes en forma fehaciente a mejorar su oferta, para lo
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cual dispondrán de 3 (tres) días hábiles a partir de su notificación. En dicha notificación se
indicará lugar, fecha y hora en que se procederá a la apertura de las nuevas ofertas,
labrándose el Acta pertinente.
La no presentación de alguno de los oferentes invitados se entenderá como que no
modifica su oferta, procediéndose en consecuencia.
De mantenerse la igualdad de las ofertas, se realizará un sorteo ante la presencia de la
Comisión de Pre adjudicación, Asesores, Técnicos, Oferentes (Titulares - Apoderados) y
observadores.
La Pre adjudicación no implica la total aceptación de la oferta propuesta por el Pre
adjudicado.
DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN
ARTÍCULO 29º: Los adjudicatarios cumplirán la prestación objeto de la presente Licitación
dentro de los Plazos establecidos por Contrato.
ARTÍCULO 30°: La certificación de la recepción definitiva de los bienes será efectuada por
la repartición que lo solicita. En caso de requerirse conocimientos técnicos para la
recepción de determinados elementos, el funcionario podrá solicitar asesoramiento al
respecto.
Los funcionarios responsables de la recepción remitirán a la Tesorería el Informe de
Recepción correspondiente.
DEL PAGO
ARTÍCULO 31º: Las facturas será presentadas por duplicado en la Oficina de Compras y
conformadas por la oficina Receptora.
ARTÍCULO 33º: El pago se realizará en la Tesorería de la Municipalidad de Yerba Buena,
ARTÍCULO 34º: El precio del Pliego de Bases y Condiciones será de $ 1000 (Pesos: Un Mil ).
Presupuesto Oficial: $ 1.684.800,00 (Un millón seiscientos ochenta y cuatro mil
ochocientos con 00/100).-