Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública N° 07/2025
«CONTRATACIÓN DE 1(UNA) RETROEXCAVADORA Y 1 (UNA)
PALA CARGADORA FRONTAL PARA LLEVAR A CABO EL “PLAN
BASURALES CEROS” »
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Pliego de condiciones generales.
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MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
LICITACION PÚBLICA Nº 07/2025
«CONTRATACIÓN DE 1(UNA) RETROEXCAVADORA Y 1 (UNA) PALA
CARGADORA FRONTAL PARA LLEVAR A CABO EL “PLAN BASURALES
CEROS”
ANEXO I
REFERENCIAS:
1)
Repartición: Dirección de Servicios Urbanos - SECRETARÍA DE
AMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS
2)
Expediente Nº 2025-00012556- - YERBAB-MGEYERBAB-MGE#INT
3)
Decreto Nº:
4)
Forma de Presentación: por escrito y duplicado, en sobre cerrado, sin
inscripción, que individualice al proponente.
5)
Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras Municipalidad de
Yerba Buena. Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av. Aconquija 1.799
6)
Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta el 29 de Abril de 2025 a las 10:00
hs.
7)
Lugar de Apertura de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de
Yerba Buena. Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av. Aconquija 1.799
8)
Fecha de Apertura y Hora: 29 de Abril de 2.025 a las 10:00 hs.-
9)
Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de
apertura.-
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10)
Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena .Av. Aconquija 1799 -1° Piso
11)
Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena.- Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av.
Aconquija 1.799
12)
Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.
13)
Presupuesto Oficial: $268.320.000,00 (Pesos Doscientos Sesenta y Ocho
Millones Trescientos Veinte Mil c/ 100).
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ANEXO II
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 07/2024
ARTÍCULO 1: El presente Pliego establece las condiciones generales que regirán La
Licitación Pública Nº 07/2025, «CONTRATACIÓN DE 1(UNA)
RETROEXCAVADORA Y 1 (UNA) PALA CARGADORA FRONTAL PARA
LLEVAR A CABO EL “PLAN BASURALES CEROS” con las siguientes características:
ARTÍCULO 2: Objeto.
El llamado a Licitación Pública tiene por objeto la contratación de 1 (UNA)
RETROEXCAVADORA Y 1 (UNA) PALA CARGADORA FRONTAL, debidamente
ajustados a la Ley Nacional de tránsito (RTO y VTV), destinados a realizar tareas de
Limpieza de micro y macro basurales, Recolección de Verdes y poda en el Municipio de
Yerba Buena, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos.
El servicio a prestarse será por un total de deberá cumplirse de lunes a viernes con 2 (Dos)
sábados al mes, también informamos que las máquinas podrán ser utilizadas un día no
laborable como domingo o feriado dada la urgencia que pueda tener el municipio, es por ello
que deberán tener personal disponible las 24 horas ante esta situación.
Se trabaja 8 horas por día y en caso de ser necesario ese tiempo se puede extender, los
horarios serian de 7:00 a 15:00, estos también podrán sufrir modificaciones, en cuanto a los
días sábados serán de mediodía de 7:00 a 13:00 o de 8:00 a 16:00, estos también podrían
sufrir modificaciones, en cuanto a los días sábados serán medio día de 7:00 a 13:00. El
combustible estará a cargo de la municipalidad. Chofer a cargo del oferente.
PALA RETROEXCAVADORA
PALA CARGADORA FRONTAL
Balde delantero de 1.5 M3 o 2 M3 aprox.
Capacidad del balde: 3M3 aprox.
Balde trasero: 100/360 litros
Capacidad de carga: 3.086 kg aprox.
Capacidad de carga: 3.250kg aprox.
Angulo de descarga: 47°
Angulo de descarga :50°
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La duración del contrato será por 12 meses equivalente a 2.064 (Dos Mil Sesenta y Cuatro)
horas por ese lapso de tiempo por máquina, prorrogable de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 40 del pliego de especificaciones técnicas particulares.
ARTÍCULO 3: Terminología.
A los efectos de la aplicación del Pliego y todo documento contractual de la contratación se
emplearán las siguientes denominaciones: “MUNICIPALIDAD” por el Comitente,
“Organismo Contratante” por la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos, encargada del
Contralor y vigilancia de los servicios y “CONTRATISTA” por la Empresa obligada a
prestar el servicio.
ARTÍCULO 4: Presupuesto Oficial.
El presupuesto oficial se fija en el importe de $268.320.000,00 (Pesos Doscientos Sesenta y
Ocho Millones Trescientos Veinte Mil c/ 100).
ARTÍCULO 5: Normativa aplicable.
La presente contratación se rige por las disposiciones de la Ordenanza Nº 1299/2003,
modificada por el Decreto Nº 072 del 23/01/2008, Decreto Nº 268 del 05/08/2013 y Decreto
Nº 792 que regula el Régimen de contrataciones del Municipio, por el presente Pliego de
Bases y Condiciones generales, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de
Especificaciones Técnicas.
La presentación de la oferta por el proponente, implica que conoce todo el régimen legal
indicado y que lo acepta lisa y llanamente en todas sus partes. Todo agregado, condición,
modificación, sustitución, alteración, salvedad o cláusula que el oferente consigne en la
formulación de su propuesta, será de ningún valor y se tendrá por no escrita, manteniéndose
inalterada la regulación normativa.
ARTÍCULO 6: Publicaciones.
Los avisos serán publicados durante 4 (cuatro) días en el Boletín Oficial de la Provincia de
Tucumán, y por lo menos en un diario, de mayor circulación de la Provincia de Tucumán,
reduciéndose la cantidad de avisos a 2 (Dos) días en caso de nuevo llamado. Cuando para
el éxito de la licitación se lo estime conveniente, el Municipio podrá ordenar la publicación
de los llamados licitatorios en otros órganos o medios de publicidad, de circulación
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Provincial, o en cualquier otra forma de difusión. Igualmente podrá ampliar los términos y
plazos establecidos.
ARTÍCULO 7: Adquisición/Consultas sobre el Pliego.
La apertura de sobres y exhibición de resultados, se realizarán en la Oficina de Compras de
la Municipalidad de Yerba Buena.
Hasta cuatro (04) días corridos anteriores a la fecha fijada en el Llamado para la Apertura
de las Ofertas, se podrá efectuar consultas y pedidos de aclaración. Si se prorrogase la fecha
de Apertura de las Ofertas, dichos plazos quedarán automáticamente prorrogados.
ARTÍCULO 8: Lugar y fecha de apertura.
Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena., el día 29 de Abril de 2025 a las
10:00 horas, o el primer día hábil siguiente si aquel resultara feriado en la Administración,
se recibirán las propuestas firmadas para la prestación del servicio licitado.
ARTÍCULO 9: Domicilio y Jurisdicción.
El Comitente fija su domicilio en Av. Aconquija 1991, Yerba Buena, Provincia de Tucumán.
Al comprar el Pliego el Interesado deberá constituir domicilio especial en una casilla de
correo electrónico donde serán válidas todas las notificaciones y el cual producirá los efectos
de domicilio legalmente constituido en el ámbito administrativo.
Las notificaciones electrónicas se considerarán perfeccionadas dentro de los dos días hábiles
contados a partir del momento en que se encontraron disponibles, es decir en momento de
ser visualizadas en el correo electrónico aún cuando el destinatario no haya accedido al
mismo para tomar conocimiento. En todos los casos los plazos comenzarán a computarse el
día siguiente en que la notificación fue recibida.
La existencia de impedimentos que obstaculicen la posibilidad de enviar o recibir una
notificación electrónica, podrán ser acreditados por quien los invoque salvo que fueran de
público conocimiento o producto de fallas en los equipos o sistemas informáticos, lo cual
será evaluado en el caso concreto.
Asimismo el Oferente deberá constituir domicilio real en la Provincia de Tucumán.
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La constitución de domicilio al presentar la oferta deberá efectivizarse de acuerdo al
Formulario 1 que se adjunta el presente Pliego como ANEXO IV.
Todo cambio del domicilio deberá ser notificado fehacientemente al Comitente. Asimismo
ARTÍCULO 10: Consultas:
Hasta cuatro días antes de la fecha de apertura, la Municipalidad evacuará las consultas que
formulen los interesados. La correspondencia deberá ser dirigida a la Secretaría de Ambiente
y Servicios Urbanos a la dirección de correo electrónico licitaciones@yerbabuena.gob.ar
Las aclaraciones con respecto a la licitación, se llevarán a conocimiento de todos los
adquirentes de los Pliegos licitatorios en el domicilio electrónico declarado al momento de
adquisición del mismo , en consecuencia, el Oferente no podrá alegar ninguna causa basada
en el desconocimiento de aquellos antecedentes y condiciones.
DE LA OFERTA
ARTÍCULO 11: Precio.
La cotización deberá hacerse en moneda de curso legal, debiendo los oferentes presentar su
propuesta como la suma total de las horas cotizadas más el detalle individual de horas
cotizadas por cada máquina ofrecida, uno por renglón.
ARTÍCULO 12. Forma de Cotizar.
La propuesta se formalizará en el formulario oficial de Pedido de Cotización que forma parte
del presente, escrito con letra tipo imprenta, consignando la cotización en números y la
cotización total en números y en letras. Dicho formulario, como requisito esencial, deberá
estar debidamente firmado por el oferente, su representante legal o su mandatario en los
términos de la ley.
Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras
consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras. Cuando no
se correspondan los precios totales con los unitarios o aquellos estén enmendados sin salvar,
los unitarios se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la propuesta.
Cuando el oferente decidiere presentar su propuesta en formulario propio, se entiende que
los productos que se cotizan se ajustan en un todo a las características requeridas en el Pedido
de Cotización, cuando la descripción de los ítems cotizados no incluya la totalidad de las
propiedades que se describen en el formulario oficial.
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Se podrá cotizar parcialmente correspondiendo 2.064 (Dos mil Sesenta y Cuatro) horas por
máquina ofrecida.
ARTÍCULO 13: De los impuestos.
Municipalidad de Yerba Buena reviste el carácter de sujeto EXENTO en el IVA, por lo
tanto el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que incluye el citado impuesto.
ARTÍCULO 14: Mantenimiento de la Oferta.
La oferta deberá ser mantenida por un plazo mínimo de TREINTA (30) días hábiles. Se
considerará automáticamente prorrogado por igual período el mantenimiento de la oferta,
salvo expresa manifestación en contrario por parte del oferente en el momento de formular
su propuesta.
ARTÍCULO 15: Las ofertas se presentarán en un sobre cubierta que deberá contener en su
parte externa al frente del mismo, una leyenda que diga ¨Licitación Pública 07/2025 –
Municipalidad de Yerba Buena” sin inscripción alguna que individualice al proponente y
que contenga a su vez dos sobres:
SOBRE Nº 1: Deberá contener la siguiente documentación
a.
Certificado de Libre Deuda de contribuciones Municipales otorgado por
Dirección de Rentas de la Municipalidad de Yerba Buena con vigencia no superior
a los 15 días. Este requisito no será exigido a los oferentes que tengan domicilio
comercial fuera de la jurisdicción y no registren inscripción comercial alguna en este
Municipio.
b.
Constancia de Inscripción en AFIP y Rentas de la Provincia de Tucumán y
Convenio Multilateral si corresponde.
c.
Copia de Contrato Societario (Personas jurídicas).
d.
Especificaciones del bien
e.
Garantía de la Oferta
f.
Sellado Municipal
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g.
Copia de Título del / la/s máquina/s
h.
Copia de Cédula verde del / las mismo/s
i.
Copia de póliza de seguro con cobertura por accidentes y de responsabilidad
civil por las tareas a realiza
j.
Declaración Jurada de Renuncia al Fuero Federal y Constitución de Domicilio
en la provincia de Tucumán conforme Formulario 1, ANEXO IV.
SOBRE Nº 2: la oferta económica, con Formulario 2 ANEXO V.
ARTÍCULO 16: Toda la documentación deberá estar firmada en todas sus hojas por el
Proponente o Representante Legal. Si el Proponente actúa por intermedio de Apoderado,
éste deberá acreditar su condición de tal con documentación idónea (Poder otorgado ante
Escribano Publico, designación de las autoridades societarias o del propietario de la empresa
oferente, en todos los casos la documentación de designación deberá estar certificada ante
Escribano Público).
ARTÍCULO 17: La presentación de la oferta debidamente firmada será motivo suficiente
para considerar que el Proponente conoce y acepta las condiciones establecidas en el
presente Pliego, por lo cual NO SE DEBE adjuntar copia de los Pliegos.
ARTÍCULO 18: Los Oferentes deberán acompañar a su propuesta nota en la cual manifiesta
su expresa renuncia al Fuero Federal, allanándose a la Jurisdicción Ordinaria de los
Tribunales Locales, fijando para ello domicilio legal en la Provincia de Tucumán.
ARTÍCULO 19: Toda documentación que deba adjuntarse de acuerdo a lo exigido en el
presente Pliego, cuando las mismas sean copias o fotocopias, deberán estar legalizadas por
funcionario competente, caso contrario deberán acompañarse los originales, para que una
vez constatada la autenticidad de las mismas, le sean restituidas.
ARTÍCULO 20: Sellado. La propuesta llevará sellado municipal por el importe
establecido en la Ordenanza Fiscal Anual (Ver Referencia 12).
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ARTÍCULO 21 : Garantía de la Oferta. Los proponentes deberán garantizar su oferta con
el 4% (cuatro por ciento) sobre el valor del PRESUPUESTO OFICIAL, la que deberá
acompañarse con la propuesta.
ARTÍCULO 22: Constitución de Garantías.
Las garantías de la Oferta y del Contrato, que deben ser extendidas a favor de la
Municipalidad de Yerba Buena, podrán constituirse en algunas de las siguientes formas:
a)
En efectivo, mediante depósito en Banco Macro – Sucursal Yerba Buena – en
la Cuenta Corriente de la Municipalidad de Yerba Buena Nº 3-609-20000071/0,
acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará,
y o mediante transferencia bancaria a cuenta de titularidad de Municipalidad de
Yerba Buena, CBU 2850609430002000007105-ALIAS-MUNI.CIUDAD.JARDIN
b)
En Títulos de la Deuda Pública Nacional, Bonos del Tesoro emitidos por el
Estado Nacional o cualquier otro valor similar, Nacional o Provincial, aforados a su
valor nominal o de última cotización.
c)
Con Aval Bancario debidamente sellado e intervenido por la Dirección
General de Rentas de la Provincia, cuando correspondiere, constituyéndose el fiador
como deudor solidario, liso y llano y principal pagador en renuncia a los beneficios
de división y exclusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil.
d)
Mediante póliza de Seguro de Caución, debidamente sellada e intervenida por
la Dirección General de Rentas de la Provincia o Certificada ante Escribano Público.
e)
Mediante Hipoteca en Primer Grado, o Prenda Preferencial sobre bienes
registrables, quedando su aceptación o rechazo a criterio del órgano competente para
efectuar la adjudicación.
f)
Mediante la afectación de Créditos que el proponente o Adjudicatario tenga
liquidados y al cobro en la Administración Municipal, a cuyos efectos los interesados
deberán presentar al momento de constituir la garantía constancia oficial de la
existencia de dicho crédito.
Todas las garantías se constituirán por el término que duren las obligaciones de los
Oferentes o Adjudicatarios, garantizando el fiel cumplimiento de las mismas.
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DE LA APERTURA
ARTÍCULO 23
En el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto, se procederá a abrir las propuestas
en presencia de los funcionarios designados por la Municipalidad y de todos aquellos que
deseen presenciar. A partir de la hora fijada para la Apertura del Acto no podrá, bajo ningún
concepto, aceptarse otras ofertas, aun cuando el Acto de Apertura no se haya iniciado. Del
resultado obtenido se procederá a labrar acta, la cual deberá ser absolutamente objetiva y
contendrá:
a)
Número de Orden asignado a cada Oferta.
b)
Nombre del Proponente.
c)
Monto de la Oferta.
d)
Monto y Forma de la Garantía.
e)
Observaciones y/o impugnaciones que se hicieran en el Acto de Apertura.
El Acta de Apertura será firmada por los funcionarios intervinientes y por los asistentes que
deseen hacerlo.
ARTÍCULO 24º: Serán objeto de Rechazo Inmediato de las Ofertas:
a) La existencia de enmiendas, interlíneas, testaciones y/o raspaduras que no hayan sido
debidamente salvadas en la propuesta económica, que versen sobre cuestiones de fondo y
no de forma, quedando esta interpretación a cargo de la comisión de preadjudicación.
b) La falta total de la presentación de la garantía de mantenimiento de la oferta o insuficiencia
de la garantía constituida. Sólo será subsanable cuando la constituida parcialmente cubra
por lo menos el 80% del monto que correspondiera, en cuyo caso, el oferente deberá
completada en el plazo de 48 horas a partir de su notificación.
c) La falta total del sellado.
d) La falta de firma del oferente o su representante legal en la propuesta económica.
ARTÍCULO 25: La Comisión de Pre adjudicación evaluará las demás observaciones que consten
en el acta de apertura, observará la omisión de cualquier otro requisito necesario para la presentación
de las propuestas, y notificará a los oferentes cuyas propuestas hayan sido observadas para que
subsanen las deficiencias en el plazo de 48 horas. Vencido el plazo, si no se hubiera subsanado la
deficiencia, la propuesta será declarada inadmisible.
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ARTÍCULO 26: Toda la documentación de las propuestas admitidas en el Acto de
Apertura, quedará agregada a las actuaciones como prueba de su legitimidad, a excepción
de la garantía de la oferta que se restituirá de oficio a los titulares que no resulten
adjudicatarios.
ARTÍCULO 27: Las autoridades presentes en el Acto de Apertura podrán disponer la
suspensión del mismo para resolver alguna cuestión que así lo requiera, fijándose en ese
mismo momento, lugar, día y hora de su continuación.
DE LA PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 28: La Comisión de Pre adjudicación tendrá a su cargo el análisis y evaluación
de las propuestas de conformidad a lo indicado en los presentes pliegos de bases y
condiciones generales y particulares y los de especificaciones técnicas, debiendo expedirse
oportunamente sobre su conveniencia, dentro de las que, ajustadas a dichas condiciones y
especificaciones, resulten ser las ofertas más convenientes a los intereses del Municipio de
acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza 1299/03 y sus modificatorias; pudiendo proponer
rechazar una o todas las propuestas, parcial o totalmente, no generando por ello
responsabilidad alguna. Asimismo previo expedirse sobre la pre adjudicación solicitará
dictamen al Organismo contratante, a fin de que el mismo emita evaluación e informe sobre
las propuestas presentadas.
Es facultativo de la Comisión el solicitar en cualquier instancia las aclaraciones que estimare
pertinentes acerca de las propuestas presentadas, pudiendo requerir mayor información,
documentación, muestras y/o todo aquello que considere necesario a los efectos de ampliar
los elementos de juicio; así como solicitar que se subsanen los defectos formales de que
adolezcan las ofertas, sin que ello implique modificar la propuesta original; todo lo que
deberá ser notificado al domicilio administrativo electrónico del oferente, en los términos
del artículo 9 del presente Pliego.
Toda la información/documentación que el oferente deba presentar en cumplimiento de los
requerimientos que la Comisión solicite, deberá ser presentada en Departamento de Compras
o será remitida al correo electrónico licitaciones@yerbabuena.gob.ar de acuerdo a lo
indicado por la Comisión. (a criterio del organismo contratante, deberá detallar lugar de
presentación de la documentación).
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La negativa o la presentación fuera del término que se estipule para la presentación de la
información adicional que se requiera, así como el incumplimiento de los requisitos exigidos
en los pliegos, implicará el rechazo de la oferta. La Comisión queda facultada asimismo a
solicitar informes y/o asesoramiento a Entidades y Organismos en temas que así lo requieran.
ARTÍCULO 29: Impugnación a la preselección/preadjudicación. Los interesados
podrán formular impugnaciones a la preselección o pre adjudicación dentro del plazo de 24
horas a partir del día siguiente al de su notificación y publicación. La autoridad competente
resolverá las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Dirección de Asuntos
Jurídicos del Municipio.
Las observaciones a que se hacen referencia, deberán afianzarse con un depósito del 1%
(Uno por mil) del presupuesto oficial.
ARTÍCULO 30. Prerrogativa del Municipio. La Administración podrá solicitar una
mejora en el precio de oferta a todos los oferentes, a los fines de conseguir la más
conveniente a los intereses del Gobierno. Por aplicación de los principios de eficiencia,
eficacia y economía previstos en la ley, ante la negativa del oferente de mejorar el precio,
queda a criterio de la Comisión de Pre adjudicación proseguir con la pre adjudicación,
debiendo justificar tal situación.
DE LA ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 31. La adjudicación podrá recaer sobre todos, algunos o uno de los renglones
o ítems licitados. Si ninguna oferta es conveniente, se declarará fracasada la Licitación por
tal motivo y se decidirá lo que corresponde en relación al trámite a seguir (nuevo llamado o
Contratación Directa). La adjudicación será resuelta, previo dictamen del Organismo
Contratante, y de la Comisión de Pre adjudicación, mediante acto administrativo, por la
autoridad competente para aprobar la contratación y será notificada fehacientemente al
adjudicatario.
Vencido el plazo precedente sin haberse formulado impugnaciones, o resueltas éstas, deberá
perfeccionarse el contrato con el adjudicatario.
ARTÍCULO 32. La autoridad que apruebe el procedimiento podrá incrementar las
cantidades a adjudicar hasta un 20% de las solicitadas, siempre que no varíen los precios
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unitarios y demás condiciones establecidas y que exista saldo disponible en las partidas
presupuestarias correspondientes.
ARTÍCULO 33. Decisión de dejar sin efecto el procedimiento.
Los Organismos Contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en
cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a
indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
DEL CONTRATO.
ARTÍCULO 34. El contrato, deberá suscribirse dentro de los 5 días de notificación de la
adjudicación, y no podrá ser transferido ni cedido por el adjudicatario, sin la previa
autorización de la autoridad competente que hubiera dispuesto la adjudicación.
ARTÍCULO 35: Garantía del Contrato.
El Adjudicatario integrará la Garantía del Contrato, que consistirá en el 10% (diez por ciento)
sobre el valor total de la adjudicación, dentro de los 2 (dos) días hábiles posteriores de quedar
firme el Acto Administrativo de la Adjudicación. En su defecto, se le intimará en forma
fehaciente a hacerlo en un plazo de 2 (dos) días hábiles, vencido el cual se rescindirá el
contrato de pleno derecho con la pérdida de la Garantía de Oferta, pudiéndose contratar con
el segundo en orden de mérito, según dictamen de la Comisión de Pre adjudicación.
Asimismo, la Municipalidad quedará facultada a proceder por la vía de apremio para percibir
la diferencia correspondiente hasta completar la garantía del Contrato.
Debe entenderse que el 10% (diez por ciento) es garantía total, integrándose con el 4%
(cuatro por ciento) de la garantía de la oferta.
La garantía será devuelta a los 5 (cinco) días de recibidos los bienes, previo informe del
Departamento Patrimonio respecto de las condiciones de funcionamiento de los mismos.
ARTÍCULO 36. Iniciación del Servicio.
El inicio de la prestación de los servicios en las condiciones estipuladas y las disposiciones
para la realización de los mismos tendrá lugar, indefectiblemente, dentro de los TREINTA
(30) días corridos después de la notificación de la adjudicación.
ARTÍCULO 37. Fiscalización del Servicio
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El servicio se prestará bajo la supervisión de la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos,
en particular, de cada una de las áreas que solicitan y coordinan las tareas a desarrollar. Será
obligación del Contratista, entregar un remito diario por vehículo, con la cantidad de horas
trabajadas y/o viajes realizados a la planta de tratamiento de San Felipe, firmado por personal
autorizado por la Comitente.
ARTICULO 38: Rescisión.
La Municipalidad podrá rescindir la contratación notificando fehacientemente a la
contratista en un plazo no menor de 15 días , sin indemnización de ninguna naturaleza en los
siguientes casos.
a) Dejar de efectuar el Servicio por motivos injustificados y por el término de DIEZ
(10) días continuos o discontinuo
b) Por muerte, quiebra o concurso civil del adjudicatario, a no ser que los herederos o
síndicos de la quiebra o concurso, ofrezcan continuar con el servicio adjudicado bajo
las condiciones estipuladas en la contratación. La Municipalidad fijará los plazos de
la presentación de los ofrecimientos y podrá admitirlos o desecharlos, sin que en el
último de los casos tengan dichos sucesores, derecho a indemnización alguna.
c) Cuando el adjudicatario se haga culpable de fraude, dolo o grave negligencia o
contravenga las obligaciones y disposiciones estipuladas en la contratación.
d) Por falta de cumplimiento del plazo establecido para la iniciación de los servicios
adjudicados o de la habilitación de los vehículos necesarios.
e) Transferencia del contrato sin expresa conformidad de la Municipalidad.
Esta enunciación no debe considerarse taxativa sino simplemente enunciativa, ya que
cualquier incumplimiento del adjudicatario a sus obligaciones emergentes de esta licitación,
facultará a la Municipalidad de Yerba Buena a exigir la rescisión del contrato sin
indemnización de ninguna naturaleza.
ARTICULO 39: Responsabilidad en caso de Rescisión del Contrato.
En los casos de rescisión mencionados en el artículo anterior, con excepción del inciso b
(por muerte), el adjudicatario será responsable y tendrá a su cargo todos los daños y
perjuicios que ocasione a la Municipalidad.
ARTÍCULO 40: Prórroga del Contrato.
El contrato podrá ser prorrogado por la Municipalidad de Yerba Buena por idéntico plazo y
horas por unidad en función de la demanda municipal. Agotadas las horas, la Municipalidad
podrá disponer una segunda y última prórroga hasta el máximo establecido precedentemente,
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siempre que una correcta y eficiente prestación del servicio así lo amerite.- En ambos casos,
la facultad de prórroga deberá ser comunicada al prestador con una antelación no menor a
treinta (30) días de la finalización del contrato y/o su prórroga.
ARTICULO 41. Orden de Prelación.
Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente
explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el
siguiente orden de prelación:
a.
Las disposiciones de la Ordenanza 1299/03 y sus modificatorias
b.
El Presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
c.
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares
d.
La Oferta
e.
El acto administrativo de adjudicación
f.
Contrato
DE LOS PAGOS
ARTÍCULO 42: Los pagos se concretarán mediante libramiento que se extenderá contra la
tesorería General de la Municipalidad de Yerba Buena, una vez provistos los servicios
adjudicados y recibidos de conformidad por la secretaria correspondiente. La Municipalidad
podrá, a su solo criterio, efectuar pagos anticipados cuando por razones económicas y/o
financieras resulte conveniente a sus intereses.
ARTÍCULO 43: Variación de costos.
A fin de mantener la equivalencia de las prestaciones y evitar que la depreciación monetaria
afecte la calidad del servicio contratado, el valor hora que efectivamente se convenga se
rederterminará bimestralmente de acuerdo al IPC. Dicha redeterminación deberá emanar de
resolución debidamente fundada suscripta por el Secretario de Ambiente y Servicios
Urbanos y el Secretario de Hacienda.
ARTÍCULO 44: Tesorería y/o la repartición actuante efectuará las retenciones vigentes
establecidas a nivel nacional, provincial y municipal.
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ANEXO III
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES:
ARTÍCULO 1. El presente Pliego de Especificaciones Técnicas tiene por finalidad
establecer los alcances, descripción de las tareas, provisiones y frecuencias con las cuales se
deberá prestar el servicio de alquiler de camiones para la Recolección de Residuos Verdes
del Municipio.
ARTÍCULO 2. Unidades para el Servicio.
El Contratista, deberá disponer de los siguientes vehículos, con chofer a su cargo, y cuya
propiedad acreditará en su oferta de la máquinas cotizadas.
ARTÍCULO 3. Titularidad de los Vehículos.
El oferente deberá ser el titular de la/s máquinas/s ofrecidas y deberá acreditar la misma con
copia de cédula o título de dominio.
ARTÍCULO 4. Características de los Vehículos.
Los vehículos deberán encontrarse en perfectas condiciones de uso debiendo ajustarse a la
Ley Nacional de tránsito. Se considerarán modelos en buen estado de conservación, cuyas
características técnicas serán evaluadas por las áreas municipales competentes. Los
vehículos a afectar a los servicios, deberán cumplir las exigencias que para cada caso se
especifican, y deberán reunir las condiciones de operatividad, mantenimiento y presentación
durante toda la vigencia del contrato debiendo ser sustituidos al término de la vida útil
determinada para cada caso.- Durante la vigencia del contrato, la flota deberá ser conservada
en perfectas condiciones de operatividad y con apariencia optima, perfecta y completamente
pintados, en base de niveles normales de mantenimiento.
ARTÍCULO 5. Aprobación de las Unidades.
Una vez adjudicada la Licitación y antes de la puesta en servicio de las unidades, las mismas
deberán ser verificadas por la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbano, encargada de la
Fiscalización del servicio.
ARTÍCULO 6. Conservación y Limpieza de las unidades.
Los vehículos deberán ser presentados al servicio, diariamente, en perfecto estado de
funcionamiento, limpieza e higiene, quedando a exclusivo criterio del Organismo
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Contratante, su determinación, pudiendo a su solo juicio disponer el rechazo de la/s
unidad/es, que no reúnan tales requisitos.
ARTÍCULO 7. Objeto y Definición temporal del Contrato.
Cada vehículo prestará tareas por un máximo de 2.064 (Dos Mil Sesenta y Cuatro) horas a
ser ejecutadas en los doce meses de duración del contrato, promediando 172 (ciento setenta
y dos) horas por mes por vehículo contratado. Las mismas se consideran destinadas a tareas
de recolección de residuos verdes en el ejido municipal, dependientes de la Secretaría de
Ambiente y Servicios Urbanos, de acuerdo a las indicaciones vertidas por el responsable
del área.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
ARTÍCULO 8. Obligaciones laborales del Adjudicatario: La firma adjudicataria
empleará a todo el personal necesario según lo establecido en los pliegos de especificaciones
técnicas para prestar un servicio de primera categoría, teniendo en cuenta su idoneidad y
antecedentes de conducta.
Asimismo, la firma adjudicataria asume todas las obligaciones laborales y previsionales que
en su carácter de empleador emanen de las disposiciones legales y convencionales actuales
o futuras. El personal que sea afectado por la adjudicataria para la prestación del servicio
licitado no será considerado en ningún caso en relación de dependencia para con el
Municipio y, por lo tanto, aquella mantendrá indemne a esta última respecto de cualquier
demanda, acción o reclamo judicial o extrajudicial proveniente de sus empleados y, en todo
caso, le reembolsará de inmediato toda erogación originada en reclamos de tal naturaleza,
incluyendo honorarios profesionales.
ARTÍCULO 9. Personal afectado: Choferes:
La dotación de choferes afectados al servicio deberá reunir como mínimo las siguientes
condiciones:
a) Tener dieciocho (18) años cumplidos como mínimo.
b) Tener Licencia de Conducir vigente, correspondiente a la categoría de los vehículos
a conducir.
c) Guardar debida consideración y respeto en el trato con el resto del personal.
Antes de comenzar la prestación del servicio, el adjudicatario deberá presentar a la
repartición la nómina de las personas a su nombre o bajo sus órdenes afectados al mismo,
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indicando su domicilio debidamente acreditado con el pertinente certificado y acompañando
además el certificado de buena conducta de dicho personal extendido por las Autoridades
Competentes. Toda modificación que sea introducida en dicho plantel, deberá ser
comunicada con debida antelación a la repartición. La inobservancia de esta formalidad
podrá dar lugar a que no se permita la entrada y/o permanencia de toda persona no inserta
en la nómina citada.
ARTÍCULO 10. Seguros y leyes sociales:
Estarán a cargo del adjudicatario, además del seguro de vida y por accidente de todo su
personal, el cumplimiento de todas las obligaciones que establece la legislación laboral
vigente.
Antes de la iniciación del servicio, la adjudicataria deberá presentar a la Dirección de
Administración, constancia de haber contratado un Seguro contra Riesgos del Trabajo
(inscripción en ART) para todo el personal asignado a la prestación del servicio y que cubra
las indemnizaciones por concepto de incapacidad total permanente, parcial o absoluta y/o
muerte, contratación que deberá mantener en vigencia durante el lapso del contrato, en un
todo de acuerdo a las previsiones establecidas en la Ley Nacional Nº 24.557 y sus
reglamentaciones, en la que deberán constar los nombres y documentos de identidad de las
personas que empleará para el cumplimiento del objeto de la presente licitación pública. En
dicha póliza se agregará una Cláusula de No Repetición, con los siguientes términos: “La
ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición contra el Gobierno de
la Municipalidad de Yerba Buena, sus funcionarios o empleados, bien sea con fundamento
en el Artículo 39 inciso 5° de la Ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo
de las prestaciones en especies o dinerarias que se vea obligado a otorgar o a abonar al
personal dependiente de la empresa adjudicataria alcanzados por la cobertura de la
presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, sufridas o
contraídas por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del
trabajador y el lugar de trabajo”.
ARTÍCULO 11. DISPOSICIONES GENERALES: El adjudicatario se obliga a prestar
el servicio en cumplimiento de las siguientes cláusulas:
a) Concentración de vehículos: Los vehículos deberán concentrarse antes de la iniciación
del servicio, en lugares predeterminados por personal designado por la Secretaría de
Ambiente y Servicios Urbanos. El cómputo de las horas dará inicio al momento de
efectivizarse la concentración en el punto de encuentro, siendo ésta certificada por
personal municipal.
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b) Indicación del Recorrido: El personal designado por el Organismo Contratante, deberá
indicar el recorrido diario de las máquinas.
c) Cambio de unidades: El Contratista deberá comunicar de inmediato al Organismo
Contratante, cuando deba reemplazar en forma provisoria, una o más unidades por
motivos fundados, lo que será confirmado por nota dentro de las cuarenta y ocho (48)
hs.
d) Responsabilidad del Adjudicatario: El Contratista será en todos los casos, responsable
de todos los daños y perjuicios ocasionados por sus agentes y obreros, a las personas y
cosas con motivo del servicio, quedando entendido que por ello no tendrá derecho a
reclamación alguna a la Municipalidad. En caso de que algún reclamo o demanda se
dirigiera contra la municipalidad y prosperara, el contratista deberá restituir el importe
de la condena incluido las costas totales, pudiendo hacerse efectivo de sus bienes y/o
depósitos de garantías. En este último caso, el adjudicatario deberá reponer su depósito
de garantía dentro de los cinco días (5), bajo apercibimiento de recesión de la concesión
o de toda acción que la Municipalidad juzgue conveniente, debiéndose hacerse efectivo
el importe que le corresponda al adjudicatario, en el momento de efectuársele el pago
de la prestación de los servicios.
e) Interrupción del servicio: En caso de interrupción del servicio, la Municipalidad
procederá a realizar directamente o por terceros, la ejecución de los mismos a costa del
Adjudicatario, cuyo importe procederá a descontar del Depósito de Garantía y/o de las
facturas pendientes de pago. El Adjudicatario deberá estar en permanente comunicación
con la el Organismo Contratante para ello dispondrá de un teléfono celular para
transmitir o recibir cualquier novedad que se produzca en los servicios a su cargo.
f) Del Control de tiempo trabajado: Defínase por tiempo trabajado facturable, todo aquel
que un vehículo empleó realizando una tarea concreta al servicio del Municipio, por lo
cual, el hecho de presentarse en hora y destino indicado NO constituye el pago de un
turno entero.
ARTÍCULO 12. Duración del Servicio.
El registro de la hora de inicio y de finalización deberá, obligatoriamente, figurar en los
remitos correspondientes y ser firmado por el responsable de la del servicio. A tal fin, cada
chofer contará con un remito diario donde consignará el número del vehículo y su dominio,
además de las horas efectivamente trabajadas, para ser firmado por el responsable de la
contratación.-
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ARTÍCULO 13. Provisión de Combustible por parte del Municipio.
El combustible será provisto por el Municipio. La carga deberá hacerse efectiva en
estaciones de servicio indicadas por el Organismo Contratante. La cantidad de litros es
determinada en base al recorrido diario que deberá cumplir cada máquina en la prestación
del servicio. En caso de no completarse el recorrido previsto, en la primera carga de la
semana se descontarán los litros correspondientes.
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ANEXO IV
FORMULARIO Nº 1: DECLARACION JURADA:
1.- CONOCIMIENTO Y ACEPTACION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
2.- CONSTITUCION DOMICILIO LEGAL (FISICO Y ELECTRONICO)
3.-
Por
medio
de
la
presente
el
OFERENTE
____________________________________________, a la LICITACION PÚBLICA Nº
07/2024, declara bajo juramento:
1) Haber tomado conocimiento de las bases y condiciones del llamado, y aceptar en todos
sus términos el Pliego de Bases y Condiciones que la rige, cuyo objeto es la
“CONTRATACIÓN DE 1 PALA RETROEXCAVORA Y UNA PALA CARGADORA
FRONTAL”
convocada por la Secretaría de Ambiente y Servicios Urbanos de Municipalidad de Yerba
Buena y cuyas cláusulas generales y particulares aceptamos sin condicionamiento alguno.
Asimismo, declara expresamente conocer y aceptar el procedimiento establecido, y que
todos los actos del procedimiento licitatorio sean notificados al domicilio electrónico
denunciado en el presente, y por ello se someten voluntariamente.
2) Por la presente declaro bajo juramento la renuncia de manera expresa al fuero federal o a
cualquier otra excepción que nos pudiere corresponder y nuestro sometimiento a la
jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tucumán.
3) Constituye DOMICILIO LEGAL:
FISICO: en la ciudad de Provincia de Tucumán, en calle
_________________________________________ Nº _____ Piso __ Dpto./Oficina __
DOMICILIO ELECTRONICO en: __________________________________-.
Firma/s: Aclaración de firma/s
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ANEXO V
FORMULARIO 2: PROPUESTA ECONÓMICA.
Visto la Licitación para la Contratación 1 (uno) Retroexcavadora y 1 (uno) Pala Cargadora
Frontal para la recolección de Verdes en el Municipio de Yerba Buena, la firma se presenta
a la misma cotizando:
TOTAL: (pesos.............................................................. ) $...............................................
Dicho monto corresponde a la provisión de...... (cantidad) máquinas, según el siguiente
detalle:
Máquina
Tipo de
Máquina
Modelo
Cant. Horas
Importe por
Hora
Importe
mensual
Total por
Máquina 12
meses
1
$
$
$
2
$
$
$
3
$
$
$
4
$
$
$
5
$
$
$
TOTAL PROPUESTA ECONÓMICA
$
Por un promedio de 172 horas mensuales por máquina, considerando una duración de
contrato de 12 meses incluyendo todo ítem que corresponda a Ingresos brutos, i.v.a., cargas
sociales, seguros y demás aspectos relativos a la prestación del servicio según lo planteado
en el Pliego General. Todo lo que antecede de conformidad con las estipulaciones contenidas
en el pliego que rige la presente Licitación.
FIRMA:______________________________________________________________
DNI:_________________________________________________________________
ACLARACIÓN:
_______________________________________________________________________