Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública.
“Adquisición de placas GPRS para alarmas
vecinales.”
Expte. 15.814(M17i)-S-2017
Pliego de condiciones generales.
MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
SECCIÓN COMPRAS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
ANEXO I
LICITACION PÚBLICA Nº 03/2018
ADQUISICION DE PLACAS GPRS, DESTINADO PARA PROYECTO ALARMAS
VECINALES
REFERENCIAS:
1) Repartición: Secretaria de Seguridad Ciudadana.-
2) Expediente Nº 15.814(M17I)-S-17
3) Decreto Nº: 391 de fecha 11 de Mayo 2018.-
4) Forma de Presentación: por escrito y duplicado, en sobre cerrado, sin inscripción, que
individualice al proponente.
5) Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de Yerba
Buena.-
6) Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta 09:00 HS del día 30 de Mayo de 2018.-
7) Lugar de Apertura de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de Yerba
Buena.-
8) Fecha de Apertura y Hora: 30 de Mayo de 2018 a Hs. 10:00.-
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Pliego de condiciones generales.
9) Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de
apertura.-
10) Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena.-
11) Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras – Municipalidad
de Yerba Buena.-
12) Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.
ANEXO II
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03/2018
La Licitación Pública Nº 03/2018, tiene por objeto la ADQUISICION DE PLACAS
GPRS, DESTINADO PARA PROYECTO ALARMAS VECINALES con el siguiente
detalle:
•
60 (SESENTA) PLACAS GPRS UNIVERSAL
ANEXO III
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03/2018
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
OBJETO Y REGIMEN LEGAL
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Pliego de condiciones generales.
ARTÍCULO 1º: El presente Pliego establece las condiciones generales que regirán La
Licitación Pública Nº 03/2018, tiene por objeto la ADQUISICION DE PLACAS GPRS,
DESTINADO PARA PROYECTO ALARMAS VECINALES según Anexo I1, y se regirá
por la Ordenanza Nº 1299/2003, modificada por el Decreto Nº 072 del 23/01/2008, Decreto
Nº 268 del 05/08/2013 y Decreto Nº 184 que regula el Régimen de contrataciones del
Municipio.-
DE LOS PRECIOS
ARTÍCULO 2º: Los precios se cotizarán en Moneda de Curso Legal y serán inamovibles
por el término señalado en la Referencia 9), a contar de la fecha de apertura mencionada en
la Referencia 8). Si en ejercicio del derecho concedido por los Artículos 16 y 17 del presente
Pliego, se hubiesen formulado observaciones, el plazo de mantenimiento de los precios
cotizados se considerará automáticamente ampliado en 5 (cinco) días. Vencido el lapso fijado
sin haberse efectuado la adjudicación, el mismo se considerará automáticamente prorrogado
por otro período igual.
DE LA OFERTA
ARTÍCULO 3º: La oferta, que podrá ser por la totalidad de los bienes y/o servicios
solicitados o por parte de los mismos, deberá ser formulada por escrito y duplicado en sobre
cerrado sin inscripción alguna que individualice al proponente, salvo la relativa a la
contratación que corresponda y remitida al lugar mencionado en la Referencia 5), hasta el
día y la hora señalada en la Referencia 6). El sobre de presentación de la oferta deberá
contener en su parte externa al frente del mismo, una leyenda que diga ¨Licitación Pública
Nº 03/2018¨ – Municipalidad de Yerba Buena. Los plazos del procedimiento de la oferta son
perentorios, improrrogables y de notificación automática para los oferentes interesados. En
caso de que, por cualquier motivo, se declare inhábil algún día de los determinados en el
presente pliego, el mismo operará el día hábil inmediato siguiente al consignado. La oferta
deberá especificar:
a) Precio Unitario y cierto, en números, referido al bien y/o servicio solicitado. En caso
de no coincidir el Precio Unitario con el Importe Global cotizado en el ítem, se tomará
como cierto el primero.
b) Total general de la propuesta en números y letras, tomando como base a la alternativa
de mayor valor.
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Pliego de condiciones generales.
c) Origen de lo cotizado, entendiéndose ser de procedencia nacional cuando no se lo
indicare.
ARTÍCULO 4º: La oferta deberá ser firmada en todas sus hojas por el Proponente o
Representante Legal. Si el Proponente actúa por intermedio de Apoderado, este deberá
acreditar su condición de tal con documentación idónea.
ARTÍCULO 5º: La presentación de la oferta debidamente firmada será motivo suficiente
para considerar que el Proponente conoce y acepta las condiciones establecidas en el presente
Pliego.
ARTÍCULO 6º: Los Oferentes deberán acompañar a su propuesta nota en la cual manifiesta
su expresa renuncia al Fuero Federal, allanándose a la Jurisdicción Ordinaria de los
Tribunales Locales, fijando para ello domicilio legal en la Provincia de Tucumán.
ARTÍCULO 7º: Toda documentación que deba adjuntarse de acuerdo a lo exigido en el
presente Pliego, cuando las mismas sean copias o fotocopias, deberán estar legalizadas por
funcionario competente, caso contrario deberán acompañarse los originales, para que una vez
constatada la autenticidad de las mismas, le sean restituidas.
ARTÍCULO 8º: Con las propuestas, además deberá adjuntarse:
a. Certificado de Libre Deuda de impuestos provinciales otorgado por la Dirección General de
Rentas de la Provincia.
b. Certificado de Libre Deuda de contribuciones Municipales otorgado por Dirección de Rentas
de la Municipalidad de Yerba Buena. Este requisito no será exigido a los oferentes que tengan
domicilio comercial fuera de la jurisdicción y que no registren inscripción comercial alguna
en este Municipio, siempre y cuando acompañen a la propuesta declaración jurada
manifestando estar comprendidos en esta excepción.
c. Pliego de Bases y Condiciones, con la firma y sello del oferente.
DEL SELLADO
ARTÍCULO 9º: La propuesta llevará sellado municipal por el importe establecido en la
Ordenanza Fiscal Anual. En caso de cotizarse con alternativas, el sellado se calculará sobre
el mayor valor propuesto. Ver Referencia 12).
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Pliego de condiciones generales.
GARANTÍA DE LA OFERTA
ARTÍCULO 10º: Los proponentes deberán garantizar su oferta con el 4% (cuatro por ciento)
sobre el valor del PRESUPUESTO OFICIAL, la que deberá acompañarse con la Propuesta.
CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
ARTÍCULO 11º: Las garantías de la Oferta y del Contrato, que deben ser extendidas a favor
de la Municipalidad de Yerba Buena, podrán constituirse en algunas de las siguientes formas:
a) En efectivo, mediante depósito en Banco del Tucumán S.A. – Sucursal Yerba Buena
– en la Cuenta Corriente de la Municipalidad de Yerba Buena Nº 20000071/0,
acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará.
b) En Títulos de la Deuda Pública Nacional, Bonos del Tesoro emitidos por el Estado
Nacional o cualquier otro valor similar, Nacional o Provincial, aforados a su valor
nominal o de última cotización.
c) Con Aval Bancario debidamente sellado e intervenido por la Dirección General de
Rentas de la Provincia, cuando correspondiere, constituyéndose el fiador como
deudor solidario, liso y llano y principal pagador en renuncia a los beneficios de
división y exclusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil.
d) Mediante póliza de Seguro de Caución, debidamente sellada e intervenida por la
Dirección General de Rentas de la Provincia.
e) Mediante Pagaré a la Vista, con la cláusula “sin protesto” debidamente sellada e
intervenida por la Dirección General de Rentas de la Provincia, suscripto por el
Oferente y avalado por un Banco o Institución Financiera autorizada por el
Banco Central de la República Argentina.
f) Mediante Hipoteca en Primer Grado, o Prenda Preferencial sobre bienes registrables,
quedando su aceptación o rechazo a criterio del órgano competente para efectuar la
adjudicación.
g) Mediante la afectación de Créditos que el proponente o Adjudicatario tenga
liquidados y al cobro en la Administración Municipal, a cuyos efectos los interesados
deberán presentar al momento de constituir la garantía constancia oficial de la
existencia de dicho crédito.
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Pliego de condiciones generales.
h) Mediante Certificados de Depósitos a Plazo Fijo, siempre que el Capital no sea
inferior al monto de la garantía y que su plazo de vencimiento no supere el término
de 60 (sesenta) días a contar de la fecha del Acto de Apertura.
Todas las garantías se constituirán por el término que duren las obligaciones de los
Oferentes o Adjudicatarios, garantizando el fiel cumplimiento de las mismas.
DE LA APERTURA
ARTÍCULO 12º: En el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto, se procederá a
abrir las propuestas en presencia de los funcionarios designados por la Municipalidad y de
todos aquellos que deseen presenciar. A partir de la hora fijada para la Apertura del Acto no
podrá, bajo ningún concepto, aceptarse otras ofertas, aun cuando el Acto de Apertura no se
haya iniciado. Del resultado obtenido se procederá a labrar acta, la cual deberá ser
absolutamente objetiva y contendrá:
a) Número de Orden asignado a cada Oferta.
b) Nombre del Proponente.
c) Monto de la Oferta.
d) Monto y Forma de la Garantía.
e) Observaciones y/o impugnaciones que se hicieran en el Acto de Apertura.
El Acta de Apertura será firmada por los funcionarios intervinientes y por
los asistentes que deseen hacerlo.
ARTÍCULO 13º: Serán objeto de Rechazo de las Ofertas:
a) Que no estén firmadas por el Oferente.
b) Que estén escritas con lápiz.
c) Que carecieran de la Garantía de la Oferta, o que teniéndola, esta fuera inferior al
80% (ochenta por ciento) del monto exigido.
d) Que carecieran del Sellado Municipal, o que teniéndolo, este sea inferior al 80%
(ochenta por ciento) del monto exigido.
e) Que en lugar de especificaciones, en su oferta se remitan a muestras presentadas o no
para el acto licitatorio, en reemplazo de las especificaciones.
f) Que sean condicionadas o que se aparten de las bases de la contratación.
g) Que tengan raspaduras, enmiendas, testaciones y/o interlíneas sobre frases o cifras
fundamentales como: precios, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega
o alguna otra que haga a la esencia del contrato y no hayan sido debidamente salvadas.
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Pliego de condiciones generales.
h) Cuando las condiciones de contratación hubiesen exigido la presentación de muestras
y estas no fueron cumplidas.
Los requisitos señalados en los Incisos arriba mencionados deberán estar
satisfechos al momento de Apertura de las Propuestas.
ARTÍCULO 14º: La integración de los faltantes admitidos en los incisos c) y d) del artículo
anterior, como asimismo los demás requisitos exigidos en el presente Pliego podrán ser
cumplimentados dentro de los dos días hábiles posteriores sin necesidad de notificación o
interpelación alguna.
Previo a la consideración de la Oferta, el organismo licitante decidirá el
rechazo de las ofertas que considere inadmisibles por no cumplir con los requisitos exigidos.
ARTÍCULO 15º: Toda la documentación de las propuestas admitidas en el Acto de
Apertura, quedará agregada a las actuaciones como prueba de su legitimidad, a excepción de
la garantía de la oferta que se restituirá de oficio a los titulares que no resulten adjudicatarios.
ARTÍCULO 16º: Las autoridades presentes en el Acto de Apertura podrán disponer la
suspensión del mismo para resolver alguna cuestión que así lo requiera, fijándose en ese
mismo momento, lugar, día y hora de su continuación.
DE LA PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 17º: La Pre adjudicación recaerá siempre en la Propuesta más conveniente,
entendiéndose por ello, aquella cuyos renglones cotizados sean los de más bajos precios en
igualdad de condiciones y calidad.
La Pre adjudicación será anunciada durante 2 (dos) días en el lugar
señalado en la Referencia 10) y los oferentes podrán formular observaciones por escrito
dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas, a contar del vencimiento del plazo para los
anuncios, no admitiéndose impugnación alguna con posterioridad al vencimiento del plazo.
Las impugnaciones a que se hacen referencia, deberán afianzarse con un depósito del 1%o
(Uno por mil) del presupuesto oficial.
El procedimiento licitatorio podrá ser dejado sin efecto en cualquier
estado en que se encuentre previo a la adjudicación, sin que ello genere derecho alguno a
favor del Proponente.
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DE LA ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 18º: La adjudicación podrá recaer todos, algunos o uno de los renglones o ítems
licitados.
Si ninguna oferta es conveniente, se declarará fracasada la Licitación por
tal motivo y se decidirá lo que corresponde en relación al trámite a seguir (nuevo llamado o
Contratación Directa).
El Contrato de suministro quedará perfeccionado con la notificación del
Decreto o Resolución de Adjudicación al Adjudicatario. También, dicho Acto
Administrativo será notificado en el domicilio legal fijado a todos los demás proponentes,
los que, en un plazo de 2 (dos) días hábiles, podrán impugnar.
DE LA ORDEN DE COMPRA O PROVISIÓN
ARTÍCULO 19º: Una vez recibida la Garantía de Contrato, se emitirá la respectiva Orden
de Compra al Adjudicatario que contendrá las estipulaciones básicas de contratación. En caso
de discordancia con las provisiones contractuales prevalecerán éstas y se interpretará que se
trata de errores de omisiones deslizados en la Orden, los que se salvarán en la oportunidad
que se los advierta.
DE LA ENTREGA DE LOS ARTÍCULOS ADJUDICADOS
ARTÍCULO 20º: Los bienes adjudicados serán provistos libres de flete y otros gastos en el
lugar indicado en la Orden de Compra, dentro del plazo señalado en la misma, a contar del
día siguiente de la fecha de su recepción. Vencido este plazo sin que los elementos fueran
entregados, el contrato quedará rescindido de pleno derecho, sin necesidad de intimación o
interpelación alguna, judicial o extrajudicial, quedando la Municipalidad facultada a dictar
la declaración formal de rescisión y aplicar las penalidades correspondientes, ejecutando la
Garantía de Contrato.
Recibidos de conformidad los bienes adjudicados, se procederá a la
devolución de la Garantía del Contrato.
DE LAS MUESTRAS
ARTÍCULO 21º: Los artículos presentados como muestra quedarán a disposición del
proponente para su retiro hasta un mes después de realizada la adjudicación, pasando a ser
propiedad de la Municipalidad, sin cargo, las que no fueran retiradas en este plazo, la que
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queda facultada para resolver sobre su uso, venta o destrucción, si en este último caso, no
tuviera aplicación alguna.
DE LOS PAGOS
ARTÍCULO 22º: La Municipalidad no efectuará al Adjudicatario pagos anticipados. Los
mismos se concretarán mediante libramiento que se extenderá contra la tesorería General de
la Municipalidad de Yerba Buena dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores, una vez
provistos los bienes y/o servicios adjudicados y recibidos de conformidad por el secretario
del área correspondiente.
ARTÍCULO 23º: Tesorería y/o la repartición actuante efectuará las retenciones vigentes
establecidas a nivel nacional, provincial y municipal.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 24º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las
propuestas más convenientes o rechazar todas sin derecho a reclamo por parte de los
oferentes.
ANEXO IV
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LUGAR, FECHA Y HORA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA
ARTÍCULO 25º: El Acto de Apertura de las propuestas de la presente Licitación se realizará
en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena, sita en Avenida Aconquija
Nº 1.991,el día 30 de Mayo de 2018 a Hs: 10:00, con intervención de los funcionarios
responsables y en presencia de los interesados que concurran.
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MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
ARTÍCULO 26º: Por su sola presentación, las ofertas se considerarán mantenidas en
vigencia por sus titulares durante el término de 30 (treinta) días corridos contados desde la
fecha de su apertura.
El Oferente que no mantuviera su propuesta durante el plazo obligatorio,
conforme con lo dispuesto en el párrafo anterior, perderá el depósito de su garantía previsto
en el Artículo 10º.
COMISIÓN DE ANÁLISIS DE OFERTAS Y PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 27º: Terminado el Acto de Apertura, la Comisión de Pre adjudicación se hará
cargo de toda la documentación para proceder a su estudio y producir el informe
correspondiente.
El dictamen producido por la Comisión de Pre adjudicación será exhibido
por el término de 2 (dos) días hábiles en lugar visible de la Oficina de Compras (sita en
Avenida Aconquija 1.991 – Yerba Buena. Los oferentes podrán formular sus observaciones
dentro de los 24 (veinticuatro) horas siguientes a contar del vencimiento del plazo de
exhibición – Ordenanza Nº 1299/2003, Art. 55-.
Las observaciones que se formulen serán giradas a la Comisión de Pre
adjudicación a fin de que se pronuncie sobre las mismas. Con el dictamen, pasarán las
actuaciones al órgano competente para adjudicar, el que dictará la decisión correspondiente.
En caso de igualdad de dos o más ofertas en precio, calidad y plazo de
pago para la cancelación, se invitará a los oferentes en forma fehaciente a mejorar su oferta,
para lo cual dispondrán de 3 (tres) días hábiles a partir de su notificación. En dicha
notificación se indicará lugar, fecha y hora en que se procederá a la apertura de las nuevas
ofertas, labrándose el Acta pertinente.
La no presentación de alguno de los oferentes invitados se entenderá como
que no modifica su oferta, procediéndose en consecuencia.
De mantenerse la igualdad de las ofertas, se realizará un sorteo ante la
presencia de la Comisión de Pre adjudicación, Asesores, Técnicos, Oferentes (Titulares -
Apoderados) y observadores.
La Pre adjudicación no implica la total aceptación de la oferta propuesta
por el Pre adjudicado.
DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN
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Pliego de condiciones generales.
ARTÍCULO 28º: Los adjudicatarios cumplirán la prestación objeto de la presente Licitación
dentro de los 5 (cinco) días a partir de la fecha de recepción de la comunicación a que se
refiere el Artículo 19º de las Condiciones Generales.
ARTÍCULO 29º: La certificación de la recepción definitiva de los bienes será efectuada por
el Jefe de Sección Patrimonio de la Municipalidad de Yerba Buena. En caso de requerirse
conocimientos técnicos para la recepción de determinados elementos, el funcionario podrá
solicitar asesoramiento al respecto.
Los funcionarios responsables de la recepción remitirán a la Tesorería el
Informe de Recepción correspondiente.
DEL PAGO
ARTÍCULO 30º: La factura será presentadas por duplicado en la Oficina de Compras y
conformadas por la oficina Receptora.
ARTÍCULO 31º: El pago se realizará en la Tesorería de la Municipalidad de Yerba Buena,
dentro de los 30 (treinta) días de la recepción de los artículos correspondientes.
ARTÍCULO 32º: El precio del Pliego de Bases y Condiciones será de $ 1.000,00 (Pesos:
mil).
Presupuesto Oficial: $ 251.535,00 (Pesos: Doscientos Cincuenta y un
mil quinientos treinta y cinco con 00/100).