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Secretaria de Hacienda

Departamento Compras

Licitación Pública Nº 24/2019.

“CONTRATACION MANO DE OBRA

ESPECIALIZADA PARA REPARACIONES DE

PÉRDIDAS Y CONEXIONES DE AGUA”.

Exp 12476(M17I)-S-2019

Pliego de condiciones generales.

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MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA

SECCIÓN COMPRAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

ANEXO I

LICITACION PÚBLICA Nº 24/2019

REFERENCIAS:

1) Repartición: Secretaría de Gestión y Planificación de Infraestructura Pública y

Servicios Urbanos.-

2) Expediente Nº 12476(M17I)-S-19

3) Decreto Nº 818

4) Forma de Presentación: por escrito y duplicado, en sobre cerrado, sin inscripción,

que individualice al proponente.

5) Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de

Yerba Buena.-

6) Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta 10:00 HS del 12 de Febrero de 2020.-

7) Lugar de Apertura de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de Yerba

Buena.-

8) Fecha de Apertura y Hora: 12 de Febrero de 2020 a Hs. 10:00.-

9) Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de

apertura.-

10) Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compras –

Municipalidad de Yerba Buena.-

11) Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras – Municipalidad

de Yerba Buena.-

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12) Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.

13) Pliego de Bases y Condiciones: $1000 (pesos un mil).

ANEXO II

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 24/2019

La Licitación Pública Nº 24/2019, tiene por objeto la “CONTRATACION DE

MANO DE OBRA PARA REPARACIONES DE PÉRDIDAS Y CONEXIONES DE

AGUA” con las siguientes especificaciones:

1) Reparación de Pérdidas y conexiones de agua en veredas de tierra -. Las

reparaciones a realizar serán con las excavaciones correspondientes, hasta llegar al

lugar indicado de la perdida de agua. La misma se resolverá teniendo en cuenta la

manguera, llave de paso, abrazaderas, acoples de compresión rápida, colocación de

conexiones racord de bronce, adaptaciones, cambio o reemplazos de uniones o

conexiones, reparaciones de entradas del servicio antes del medidor o llave, como

así también las verificaciones y posterior arreglo. Realizadas las reparaciones, el

contratista procederá al cierre de la excavación, tapando y compactando el mismo.

2) Reparación de pérdidas y conexiones de agua en veredas de hormigón - Para las

reparaciones de este tipo considerando las mismas situaciones detalladas en el punto

“veredas de tierra, el contratista procederá a la ruptura del hormigonado, realizará

las reparaciones correspondientes, verificaciones, cerramientos de la ruptura con

compactación y nivelado a la cota correspondiente a caños maestros o mangueras.

3) Reparación de pérdidas y conexiones de agua en calzadas enripiadas o de tierra -

Las mismas serán realizadas en éstas, haciendo la excavación correspondiente,

verificar y realizar la excavación, considerando que las mismas pudiesen ser las

siguientes: caños maestros de diferentes medidas (Ø 50, Ø63, Ø75, Ø90, Ø100 u

otras medidas). También se tiene en cuenta la calidad de los mismos: PVC, hierro,

asbesto cemento, mangueras de diferentes medidas, abrazaderas, reparaciones con

acoples de compresión rápida, colocación de manchones, maxifit, válvulas,

hidrantes, llaves de cierres, tramos, cortes de caños o mangueras, codos “T”,

reducciones de diferentes medidas, cortes de caños o mangueras para las

reparaciones, colocación de los repuestos para reparar las pérdidas, incluido el

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trabajo. El Contratista deberá realizar el relleno, compactación y nivelado de la cota

superior para dar por finalizada la reparación correspondiente.

4) Reparación de pérdidas y conexiones de agua en calzadas de hormigón, asfalto o

adoquines - Se realizaran los trabajos correspondientes indicados según punto

“Calzadas de ripio” realizándose las correspondientes rupturas y excavaciones,

hasta dar con las pérdidas o fallas q produzcan las pérdidas de agua. Una vez

realizadas dichas reparaciones, el contratista procederá al llenado y compactado de

la excavación, hasta el nivel de cota superior a la calzada.

5) Bajada y cruce de manguera en calzada - Este tipo de trabajo a desarrollar consiste

en realizar las excavaciones correspondientes para darle mayor profundidad a la

conexión existente, para resguardar en futuro o previsión, de la realización de

trabajo de hormigonado, adoquinado o asfalto de la calzada. Se prevé de esta

manera evitar las pérdidas o rupturas por compresión de vehículos o sobrepesos que

afectan en forma directa a éstas situaciones. En este tipo de trabajos, el Contratista

también realizará el relleno y compactación del mismo, hasta nivel cota de la

calzada. El trabajo se realiza desde el caño maestro o real hasta llave de paso en

vereda.

6) Reparación de cámara boca de registro de cloacas (limpieza de cámara,

colocación de maya, hormigonado con colocación de tapa y marco y tapa - Estos

trabajos comprenden la realización de las siguientes tareas:

6.1)

Ruptura de hormigón, asfalto, adoquín o ripio del envolvente de la boca

de registro.

6.2)

Cambio y colocación del marco y tapa de nueva para cierre boca de

registro.

6.3)

Ruptura y cambio de cono (pieza superior) del conjunto de elementos

que componen la cámara de cloacas.

6.4)

Limpieza de cámaras en sector de conexiones de ensambles de red

(manguitos o cojinetes de unión).

6.5)

Fabricación de malla de seguridad envolvente al marco y tapa.

6.6)

Posterior nivelado a cota de calzada, y hormigonado correspondiente.

7) Cambio de Marco y tapa cámara de boca de registro de cloacas, sacar la misma,

reponer haciendo enmallado envolvente y hormigonado, llevando la misma a nivel

superior de calzada o vereda.

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8) Cotización por red de agua domiciliaria.

8.1)

Precio por metro lineal de excavación desde red caño maestro a medidor o

llave de paso.

8.2)

Conexión, tajado y compactado, dejando en superficie a nivel original, sin

ningún tipo de cerramientos (hormigón, contrapisos, baldosas o cerámicos).

9) Construcción de red secundaria domiciliaria de cloacas (chicote). Excavación a

caño troncal principal hasta vereda. Colocación de Falso ramal curvas, caños,

dejando el chicote en vereda. Valor por metro lineal de excavación. Relleno y

compactación hasta dejar al nivel inicial.

10) Cotización de construcción de red domiciliaria, precio por metro lineal de

excavación desde chicote hasta pozo, con posterior relleno y compactación.

11) Colocación de cámaras de inyección realizando excavaciones, ensambles,

construcción de cojinete, relleno y compactación.

12) En los casos puntuales de las excavaciones para las reparaciones correspondientes,

tan solo en la que se verifica y realiza la misma, será abonada al 100% de lo

cotizado. Las otras serán reconocidas tan solo al 50% cualquiera fuese la cantidad.

Trabajos que se consideran previa consulta para la realización de los mismos

Reparaciones solicitadas en interior de viviendas.

Obras de Red de agua, cloacas o colocación de caños o cámaras, teniendo en cuenta

excavaciones y trabajos.

Limpiezas de tanques en escuelas, cámaras de inspección. Cambio de red de pozo a

red de cloacas, etc.

Estos trabajos se realizarán previa autorización o Pedido formulado a través del

Sr. Intendente, Funcionarios o Expedientes de Políticas Sociales.

La realización de todos los trabajos comprende Mano de Obra únicamente, ya

que los materiales serán provistos por la Municipalidad de Yerba Buena.

Presupuesto Oficial de $2.000.000,00 (Pesos Dos Millones) para esta contratación, por un

período de 12 (doce) meses, o hasta que se consuma el importe solicitado.

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ANEXO III

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 24/2019

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

OBJETO Y REGIMEN LEGAL

ARTÍCULO 1º: El presente Pliego establece las condiciones generales que regirán La

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 24/2019, tiene por objeto la “CONTRATACION MANO

DE OBRA ESPECIALIZADA PARA REPARACIONES DE PÉRDIDAS Y

CONEXIONES DE AGUA “según Anexo I1, y se regirá por la Ordenanza Nº 1299/2003,

modificada por la Ord. Nº 2181/2018, que regula el Régimen de contrataciones del

Municipio.

DE LOS PRECIOS

ARTÍCULO 2º: Los precios se cotizarán en Moneda de Curso Legal y serán inamovibles

por el término señalado en la Referencia 9), a contar de la fecha de apertura mencionada en

la Referencia 8). Si en ejercicio del derecho concedido por los Artículos 16 y 17 del

presente Pliego, se hubiesen formulado observaciones, el plazo de mantenimiento de los

precios cotizados se considerará automáticamente ampliado en 5 (cinco) días. Vencido el

lapso fijado sin haberse efectuado la adjudicación, el mismo se considerará

automáticamente prorrogado por otro período igual.

DE LA OFERTA

ARTÍCULO 3º: La oferta, que podrá ser por la totalidad de los bienes y/o servicios

solicitados o por parte de los mismos, deberá ser formulada por escrito y duplicado en sobre

cerrado sin inscripción alguna que individualice al proponente, salvo la relativa a la

contratación que corresponda y remitida al lugar mencionado en la Referencia 5), hasta el

día y la hora señalada en la Referencia 6). El sobre de presentación de la oferta deberá

contener en su parte externa al frente del mismo, una leyenda que diga ¨LICITACIÓN

PÚBLICA Nº 24/2019¨ – Municipalidad de Yerba Buena. Los plazos del procedimiento de

la oferta son perentorios, improrrogables y de notificación automática para los oferentes

interesados. En caso de que, por cualquier motivo, se declare inhábil algún día de los

determinados en el presente pliego, el mismo operará el día hábil inmediato siguiente al

consignado. La oferta deberá especificar:

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a) Precio Unitario y cierto, en números, referido al bien y/o servicio solicitado. En

caso de no coincidir el Precio Unitario con el Importe Global cotizado en el ítem, se

tomará como cierto el primero.

b) Total general de la propuesta en números y letras, tomando como base a la

alternativa de mayor valor.

ARTÍCULO 4º: La oferta deberá ser firmada en todas sus hojas por el Proponente o

Representante Legal. Si el Proponente actúa por intermedio de Apoderado, este deberá

acreditar su condición de tal con documentación idónea.

ARTÍCULO 5º: La presentación de la oferta debidamente firmada será motivo suficiente

para considerar que el Proponente conoce y acepta las condiciones establecidas en el

presente Pliego.

ARTÍCULO 6º: Los Oferentes deberán acompañar a su propuesta nota en la cual

manifiesta su expresa renuncia al Fuero Federal, allanándose a la Jurisdicción Ordinaria de

los Tribunales Locales, fijando para ello domicilio legal en la Provincia de Tucumán.

ARTÍCULO 7º: Toda documentación que deba adjuntarse de acuerdo a lo exigido en el

presente Pliego, cuando las mismas sean copias o fotocopias, deberán estar legalizadas por

funcionario competente, caso contrario deberán acompañarse los originales, para que una

vez constatada la autenticidad de las mismas, le sean restituidas.

ARTÍCULO 8º: Con las propuestas, además deberá adjuntarse:

a. Certificado de Libre Deuda de impuestos provinciales otorgado por la Dirección General de

Rentas de la Provincia.

b. Certificado de Libre Deuda de contribuciones Municipales otorgado por Dirección de

Rentas de la Municipalidad de Yerba Buena. Este requisito no será exigido a los oferentes

que tengan domicilio comercial fuera de la jurisdicción y que no registren inscripción

comercial alguna en este Municipio.

c. Pliego de Bases y Condiciones, con la firma y sello del oferente.

d. Constancia de Inscripción en AFIP, Rentas de la Provincia y Convenio Multilateral si

correspondiera.

e. Constancia o Declaración Jurada del cumplimiento de Leyes Laborales y Previsionales,

firmada por el proponente o persona autorizada.

f. Copia de Contrato Societario (Personas jurídicas).

DEL SELLADO

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ARTÍCULO 9º: La propuesta llevará sellado municipal por el importe establecido en la

Ordenanza Fiscal Anual. En caso de cotizarse con alternativas, el sellado se calculará sobre

el mayor valor propuesto. Ver Referencia 12).

GARANTÍA DE LA OFERTA

ARTÍCULO 10º: Los proponentes deberán garantizar su oferta con el 4% (cuatro por

ciento) sobre el valor del PRESUPUESTO OFICIAL, la que deberá acompañarse con la

Propuesta.

CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS

ARTÍCULO 11º: Las garantías de la Oferta y del Contrato, que deben ser extendidas a

favor de la Municipalidad de Yerba Buena, podrán constituirse en algunas de las siguientes

formas:

a) En efectivo, mediante depósito en Banco Macro – Sucursal Yerba Buena – en la

Cuenta Corriente de la Municipalidad de Yerba Buena Nº 3-609-20000071/0,

acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará.

b) En Títulos de la Deuda Pública Nacional, Bonos del Tesoro emitidos por el Estado

Nacional o cualquier otro valor similar, Nacional o Provincial, aforados a su valor

nominal o de última cotización.

c) Con Aval Bancario debidamente sellado e intervenido por la Dirección General de

Rentas de la Provincia, cuando correspondiere, constituyéndose el fiador como

deudor solidario, liso y llano y principal pagador en renuncia a los beneficios de

división y exclusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil.

d) Mediante póliza de Seguro de Caución, debidamente certificada por Escribano

Público.

e) Mediante Hipoteca en Primer Grado, o Prenda Preferencial sobre bienes

registrables, quedando su aceptación o rechazo a criterio del órgano competente

para efectuar la adjudicación.

f) Mediante la afectación de Créditos que el proponente o Adjudicatario tenga

liquidados y al cobro en la Administración Municipal, a cuyos efectos los

interesados deberán presentar al momento de constituir la garantía constancia oficial

de la existencia de dicho crédito.

g) Mediante Certificados de Depósitos a Plazo Fijo, siempre que el Capital no sea

inferior al monto de la garantía y que su plazo de vencimiento no supere el término

de 60 (sesenta) días a contar de la fecha del Acto de Apertura.

Todas las garantías se constituirán por el término que duren las obligaciones de los

Oferentes o Adjudicatarios, garantizando el fiel cumplimiento de las mismas.

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DE LA APERTURA

ARTÍCULO 12º: En el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto, se procederá a

abrir las propuestas en presencia de los funcionarios designados por la Municipalidad y de

todos aquellos que deseen presenciar. A partir de la hora fijada para la Apertura del Acto no

podrá, bajo ningún concepto, aceptarse otras ofertas, aun cuando el Acto de Apertura no se

haya iniciado. Del resultado obtenido se procederá a labrar acta, la cual deberá ser

absolutamente objetiva y contendrá:

a) Número de Orden asignado a cada Oferta.

b) Nombre del Proponente.

c) Monto de la Oferta.

d) Monto y Forma de la Garantía.

e) Observaciones y/o impugnaciones que se hicieran en el Acto de Apertura.

El Acta de Apertura será firmada por los funcionarios intervinientes y

por los asistentes que deseen hacerlo.

ARTÍCULO 13º: Serán objeto de Rechazo Inmediato de las Ofertas:

a) Que no estén firmadas por el Oferente.

b) Que estén escritas con lápiz.

c) Que carecieran de la Garantía de la Oferta, o que teniéndola, esta fuera inferior al

80% (ochenta por ciento) del monto exigido.

d) Que carecieran del Sellado Municipal.

e) Que carecieran del Recibo Pliego licitatorio.

f) Que en lugar de especificaciones, en su oferta se remitan a muestras presentadas o

no para el acto licitatorio, en reemplazo de las especificaciones.

g) Que sean condicionadas o que se aparten de las bases de la contratación.

h) Que tengan raspaduras, enmiendas, testaciones y/o interlíneas sobre frases o cifras

fundamentales como: precios, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega

o alguna otra que haga a la esencia del contrato y no hayan sido debidamente

salvadas.

i) Cuando las condiciones de contratación hubiesen exigido la presentación de

muestras y estas no fueron cumplidas.

Los requisitos señalados en los Incisos arriba mencionados deberán

estar satisfechos al momento de Apertura de las Propuestas.

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ARTÍCULO 14º: La integración de los faltantes admitidos del artículo anterior, como

asimismo los demás requisitos exigidos en el presente Pliego, que no constituyan causales

de rechazo inmediato, podrán ser cumplimentados dentro de los dos días hábiles posteriores

sin necesidad de notificación o interpelación alguna.

Previo a la consideración de la Oferta, el organismo licitante decidirá

el rechazo de las ofertas que considere inadmisibles por no cumplir con los requisitos

exigidos.

ARTÍCULO 15º: Toda la documentación de las propuestas admitidas en el Acto de

Apertura, quedará agregada a las actuaciones como prueba de su legitimidad, a excepción

de la garantía de la oferta que se restituirá de oficio a los titulares que no resulten

adjudicatarios.

ARTÍCULO 16º: Las autoridades presentes en el Acto de Apertura podrán disponer la

suspensión del mismo para resolver alguna cuestión que así lo requiera, fijándose en ese

mismo momento, lugar, día y hora de su continuación.

DE LA PREADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 17º: La Pre adjudicación recaerá siempre en la Propuesta más conveniente,

entendiéndose por ello, aquella cuyos renglones cotizados sean los de más bajos precios en

igualdad de condiciones y calidad, según lo dispuesto por el artículo 50 de la Ordenanza N

1299/03 que regula las contrataciones de este Municipio.

La Pre adjudicación será anunciada durante 2 (dos) días en el lugar

señalado y los oferentes podrán formular observaciones por escrito dentro del plazo de 24

(veinticuatro) horas, a contar del vencimiento del plazo para los anuncios, no admitiéndose

impugnación alguna con posterioridad al vencimiento del plazo.

Las impugnaciones a que se hacen referencia, deberán afianzarse con un depósito del 1%o

(Uno por mil) del presupuesto oficial.

El procedimiento licitatorio podrá ser dejado sin efecto en cualquier

estado en que se encuentre previo a la adjudicación, sin que ello genere derecho alguno a

favor del Proponente.

DE LA ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 18º: La adjudicación podrá recaer todos, algunos o uno de los renglones o

ítems licitados.

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Si ninguna oferta es conveniente, se declarará fracasada la Licitación por

tal motivo y se decidirá lo que corresponde en relación al trámite a seguir (nuevo llamado o

Contratación Directa).

El Contrato de suministro quedará perfeccionado con la notificación del

Decreto o Resolución de Adjudicación al Adjudicatario. También, dicho Acto

Administrativo será notificado en el domicilio legal fijado a todos los demás proponentes,

los que, en un plazo de 2 (dos) días hábiles, podrán impugnar.

DE LA GARANTÍA DEL CONTRATO

ARTÍCULO 19º: El Adjudicatario integrará la Garantía del Contrato, que consistirá en el

10% (diez por ciento) sobre el valor total de la adjudicación, dentro de los 2 (dos) días

hábiles posteriores de quedar firme el Acto Administrativo de la Adjudicación. En su

defecto, se le intimará en forma fehaciente a hacerlo en un plazo de 2 (dos) días hábiles,

vencido el cual se rescindirá el contrato de pleno derecho con la pérdida de la Garantía de

Oferta, pudiéndose contratar con el segundo en orden de mérito, según dictamen de la

Comisión de Pre adjudicación.

Asimismo, la Municipalidad quedará facultada a proceder por la vía de

apremio para percibir la diferencia correspondiente hasta completar la garantía del

Contrato.

Debe entenderse que el 10% (diez por ciento) es garantía total,

integrándose con el 4% (cuatro por ciento) de la garantía de la oferta.

La garantía será devuelta a los 5 (cinco) días de recibidos los bienes,

previo informe del Departamento Patrimonio respecto de las condiciones de

funcionamiento de los mismos.

DE LA ORDEN DE COMPRA O CONTRATACIÓN

ARTÍCULO 20º: Una vez recibida la Garantía de Contrato, se confeccionará el mismo,

que contendrá las estipulaciones básicas de contratación. El Contratista estará obligado a

ejecutar los trabajos y servicios expresamente previstos durante el plazo de 12 meses o

hasta agotar el presupuesto designado.

Los trabajos y servicios objeto del contrato comprenden la ejecución y mantenimiento de

los mismos hasta su Recepción Definitiva; la provisión total de mano de obra requerido

para su ejecución, terminación y mantenimiento.

El adjudicatario deberá contratar Póliza de los seguros correspondientes, del personal a su

cargo.

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Será de aplicación lo establecido en la Ley Nº 24.557 - Riesgo de Trabajo - y sus Decretos

Reglamentarios y Modificatorios.

El adjudicatario deberá presentar Certificado de Cobertura de la A.R.T. y Certificados de

Movimientos del Personal.

La póliza y/o contrato entre la A.R.T. y el Contratista deberá contener la siguiente cláusula:

"(Indicar nombre de la A.R.T.) A.R.T. renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de

repetición o regreso contra la Municipalidad de Yerba Buena, sus funcionarios, empleados

y obreros, bien sea con fundamento el artículo 39.5. de la Ley 24.557 o en cualquier otra

norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dineradas que se vea obligada a

otorgar o abonar al personal dependiente o ex - dependiente de (indicar nombre de la

empresa contratista) alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de

trabajo o enfermedad profesional sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo

o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa. (Indicar

nombre de la A.R.T.) A.R.T. se obliga a comunicar a la Municipalidad de Yerba Buena, en

forma fehaciente, los incumplimientos a la póliza en que incurra el asegurado, y

especialmente en la falta de pago en término de la misma, dentro de los DIEZ (10) días de

verificados”.

DE LA ENTREGA DE LOS ARTÍCULOS ADJUDICADOS

ARTÍCULO 21º: Los bienes o servicios adjudicados serán provistos libres de

flete/transporte y otros gastos en el lugar indicado de este Municipio, dentro del plazo

señalado, a contar del día siguiente de la fecha de firma del Contrato. Vencido este plazo

sin que los elementos o servicios fueran entregados, el contrato quedará rescindido de pleno

derecho, sin necesidad de intimación o interpelación alguna, judicial o extrajudicial,

quedando la Municipalidad facultada a dictar la declaración formal de rescisión y aplicar

las penalidades correspondientes, ejecutando la Garantía de Contrato.

Recibidos de conformidad los bienes adjudicados, se procederá a la

devolución de la Garantía del Contrato.

DE LAS MUESTRAS

ARTÍCULO 22º: Los artículos presentados como muestra quedarán a disposición del

proponente para su retiro hasta un mes después de realizada la adjudicación, pasando a ser

propiedad de la Municipalidad, sin cargo, las que no fueran retiradas en este plazo, la que

queda facultada para resolver sobre su uso, venta o destrucción, si en este último caso, no

tuviera aplicación alguna.

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DE LOS PAGOS

ARTÍCULO 23º: La Municipalidad no efectuará al Adjudicatario pagos anticipados. Los

mismos se concretarán mediante libramiento que se extenderá contra la tesorería General de

la Municipalidad de Yerba Buena dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores, una vez

provistos los bienes y/o servicios adjudicados y recibidos de conformidad por el Servicio

Administrativo correspondiente.

ARTÍCULO 24º: Tesorería y/o la repartición actuante efectuará las retenciones vigentes

establecidas a nivel nacional, provincial y municipal.

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 25º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente

las propuestas más convenientes o rechazar todas sin derecho a reclamo por parte de los

oferentes.

ANEXO IV

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

LUGAR, FECHA Y HORA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA

ARTÍCULO 26º: El Acto de Apertura de las propuestas de la presente Licitación se

realizará en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena, sita en Avenida

Aconquija Nº 1.799 (Paseo Shopping Yerba Buena, 1° Piso),el día 12 De Febrero de 2020 a

Hs. 10:00 con intervención de los funcionarios responsables y en presencia de los

interesados que concurran.

MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

ARTÍCULO 27º: Por su sola presentación, las ofertas se considerarán mantenidas en

vigencia por sus titulares durante el término de 30 (treinta) días corridos contados desde la

fecha de su apertura.

El Oferente que no mantuviera su propuesta durante el plazo

obligatorio, conforme con lo dispuesto en el párrafo anterior, perderá el depósito de su

garantía previsto en el Artículo 10º.

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COMISIÓN DE ANÁLISIS DE OFERTAS Y PREADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 28º: Terminado el Acto de Apertura, la Comisión de Pre adjudicación se hará

cargo de toda la documentación para proceder a su estudio y producir el informe

correspondiente.

El dictamen producido por la Comisión de Pre adjudicación será

exhibido por el término de 2 (dos) días hábiles en lugar visible de la Oficina de Compras

(sita en Avenida Aconquija 1.799 – Yerba Buena. Los oferentes podrán formular sus

observaciones dentro de los 24 (veinticuatro) horas siguientes a contar del vencimiento del

plazo de exhibición – Ordenanza 1299/2003, Art. 55 y Nº 2181/2018 -.

Las observaciones que se formulen serán giradas a la Comisión de Pre

adjudicación a fin de que se pronuncie sobre las mismas. Con el dictamen, pasarán las

actuaciones al órgano competente para adjudicar, el que dictará la decisión correspondiente.

En caso de igualdad de dos o más ofertas en precio, calidad y plazo de

pago para la cancelación, se invitará a los oferentes en forma fehaciente a mejorar su oferta,

para lo cual dispondrán de 3 (tres) días hábiles a partir de su notificación. En dicha

notificación se indicará lugar, fecha y hora en que se procederá a la apertura de las nuevas

ofertas, labrándose el Acta pertinente.

La no presentación de alguno de los oferentes invitados se entenderá

como que no modifica su oferta, procediéndose en consecuencia.

De mantenerse la igualdad de las ofertas, se realizará un sorteo ante la

presencia de la Comisión de Pre adjudicación, Asesores, Técnicos, Oferentes (Titulares -

Apoderados) y observadores.

La Pre adjudicación no implica la total aceptación de la oferta propuesta

por el Pre adjudicado.

DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN

ARTÍCULO 29º: Los adjudicatarios cumplirán la prestación objeto de la presente

Licitación dentro de los plazos indicados en Pliego.

ARTÍCULO 30º: La certificación de los servicios recibidos estará a cargo de personal

técnico designado por la Sec. De Planif. Y Gestión de Infra. Publica y Serv. Urbanos. La

recepción definitiva estará a cargo de Patrimonio de la Municipalidad de Yerba Buena. En

caso de requerirse conocimientos técnicos para la recepción de determinados elementos, el

funcionario podrá solicitar asesoramiento al respecto.

Los funcionarios responsables de la recepción remitirán a la Oficina de

Compras el Informe de Recepción correspondiente.

Secretaria de Hacienda

Departamento Compras

Licitación Pública Nº 24/2019.

“CONTRATACION MANO DE OBRA

ESPECIALIZADA PARA REPARACIONES DE

PÉRDIDAS Y CONEXIONES DE AGUA”.

Exp 12476(M17I)-S-2019

Pliego de condiciones generales.

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DEL PAGO

ARTÍCULO 31º: La factura será presentadas por duplicado en la Oficina de Compras y

conformadas por la oficina Receptora.

ARTÍCULO 32º: El pago se realizará en la Tesorería de la Municipalidad de Yerba Buena,

contra certificación de servicios mensuales, debidamente autorizado por el funcionario

competente.

ARTÍCULO 33º: El precio del Pliego de Bases y Condiciones será de $ 1.000,00 (Pesos:

mil).

Presupuesto Oficial: $ 2.000.000,00 (Pesos: Dos Millones con 00/100).