Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Privada N° 22/2019.
“Adquisición de Lubricantes e
insumos para mantenimiento de
Camiones Recolectores de Residuos
Sólidos Urbanos (RSU)”
Expte. 13028-(M17I)-S-2019
Pliego de condiciones generales.
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MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
SECCIÓN COMPRAS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
ANEXO I
LICITACION PRIVADA Nº 22/2019
REFERENCIAS:
1) Repartición: SECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION DE INFRA.
PÚBLICA Y SERVICIOS URBANOS – Sub Secretaría de Servicios Urbanos.
2) Expediente : 13028(M17I)-S-2019
3) Decreto Nº 817 del 6 de Diciembre de 2019.
4) Forma de Presentación: por escrito y duplicado, en sobre cerrado, sin
inscripción, que individualice al proponente.
5) Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de
Yerba Buena.-
6) Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta 10:00 hs. del 24 de Enero de 2020.-
7) Lugar de Apertura de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de Yerba
Buena.-
8) Fecha de Apertura y Hora: 24 de Enero de 2020 a las 10:00 hs.
9) Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de
apertura.-
10) Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compra –
Municipalidad de Yerba Buena.-
11) Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras –
Municipalidad de Yerba Buena.-
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Licitación Privada N° 22/2019.
“Adquisición de Lubricantes e
insumos para mantenimiento de
Camiones Recolectores de Residuos
Sólidos Urbanos (RSU)”
Expte. 13028-(M17I)-S-2019
Pliego de condiciones generales.
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12) Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.
ANEXO II
LICITACIÓN PRIVADA Nº 22/2019
La Licitación Privada Nº 22/2019, tiene por objeto la “Adquisición de
Lubricantes e insumos para mantenimiento de Camiones Recolectores
de Residuos Sólidos Urbanos (RSU)” según detalle a continuación:
Ítem
Productos p/Camiones Mercedes Benz
ATEGO EURO 5
Cant.
Marca
1
FILTRO HU 931/5X
15
2
FILTRO DE ACEITE PU 1046/1X
15
3
FILTRO COMBUSTIBLE C281012
15
4
FILTRO DE AIRE CU5877
15
5
FILTRO DE HABITACULO U58/7
15
6
KIT DE UREA POR 1000 LTS
1
Ítem
Productos p/Camiones Iveco
Cant.
Marca
7
FILTRO PH 9453
3
8
FILTRO CA 9032 SY
3
9
FILTRO CA 9032
3
10
FILTRO PS 9026 RV
3
11
FILTRO PS 5889
3
Ítem
Lubricantes para Camiones Mercesdes Benz / Iveco
Cant.
Marca
12
Extravida XV 300 YPF o RIMULA R4 15W40 por 200 Lts.
3
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Licitación Privada N° 22/2019.
“Adquisición de Lubricantes e
insumos para mantenimiento de
Camiones Recolectores de Residuos
Sólidos Urbanos (RSU)”
Expte. 13028-(M17I)-S-2019
Pliego de condiciones generales.
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13
Spirax S6 ATE A295 Shell, Tramsynd o Móvil Selva
Sinthetic ATF por 200 Lts.
1
14
Hipoydal 80W90 por 200 Lts.
1
Ítem
Líquido de Frenos
Cant.
Marca
15
DOT 4 por 1 Lt.
5
Ítem
Líquido Refrigerante
Cant.
Marca
16
MOBIL GS 333 extra o bardahl anticongelante MB - 200 Lts
1
Ítem
Líquido Hidráulico
Cant.
Marca
17
SAE ISO 68 por 200 Lts.
3
Ítem
Otros
Cant.
Marca
18
Grasa multipropósito con Litio por 20 kgs.
3
ANEXO III
LICITACIÓN PRIVADA Nº 22/2019
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
OBJETO Y REGIMEN LEGAL
ARTÍCULO 1º: El presente Pliego establece las condiciones generales que regirán La
Licitación Privada Nº 22/2019, tiene por objeto la “Adquisición de Lubricantes e
insumos para mantenimiento de Camiones Recolectores de Residuos
Sólidos Urbanos (RSU)” según Anexo I1, y se regirá por la Ordenanza Nº
1299/2003 modificada por 2181/2018, del 17 de Diciembre de 2018 que regula el
Régimen de contrataciones del Municipio.-
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Pliego de condiciones generales.
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DE LOS PRECIOS
ARTÍCULO 2º: Los precios se cotizarán en Moneda de Curso Legal y serán
inamovibles por el término señalado en la Referencia 9), a contar de la fecha de apertura
mencionada en la Referencia 8). Si en ejercicio del derecho concedido por los Artículos
16 y 17 del presente Pliego, se hubiesen formulado observaciones, el plazo de
mantenimiento de los precios cotizados se considerará automáticamente ampliado en 5
(cinco) días. Vencido el lapso fijado sin haberse efectuado la adjudicación, el mismo se
considerará automáticamente prorrogado por otro período igual.
DE LA OFERTA
ARTÍCULO 3º: La oferta, que podrá ser por la totalidad de los bienes y/o servicios
solicitados o por parte de los mismos, deberá ser formulada por escrito y duplicado en
sobre cerrado sin inscripción alguna que individualice al proponente, salvo la relativa a
la contratación que corresponda y remitida al lugar mencionado en la Referencia 5),
hasta el día y la hora señalada en la Referencia 6). El sobre de presentación de la oferta
deberá contener en su parte externa al frente del mismo, una leyenda que diga
¨Licitación Privada Nº 22/2019¨ – Municipalidad de Yerba Buena. Los plazos del
procedimiento de la oferta son perentorios, improrrogables y de notificación automática
para los oferentes interesados. En caso de que, por cualquier motivo, se declare inhábil
algún día de los determinados en el presente pliego, el mismo operará el día hábil
inmediato siguiente al consignado. La oferta deberá especificar:
a) Precio Unitario y cierto, en números, referido al bien y/o servicio solicitado. En
caso de no coincidir el Precio Unitario con el Importe Global cotizado en el
ítem, se tomará como cierto el primero.
b) Total general de la propuesta en números y letras, tomando como base a la
alternativa de mayor valor.
c) Origen y especificaciones (Marca) de lo cotizado, entendiéndose ser de
procedencia nacional cuando no se lo indicare.
ARTÍCULO 4º: La oferta deberá ser firmada en todas sus hojas por el Proponente o
Representante Legal. Si el Proponente actúa por intermedio de Apoderado, este deberá
acreditar su condición de tal con documentación idónea.
ARTÍCULO 5º: La presentación de la oferta debidamente firmada será motivo
suficiente para considerar que el Proponente conoce y acepta las condiciones
establecidas en el presente Pliego.
ARTÍCULO 6º: Los Oferentes deberán acompañar a su propuesta nota en la cual
manifiesta su expresa renuncia al Fuero Federal, allanándose a la Jurisdicción Ordinaria
de los Tribunales Locales, fijando para ello domicilio legal en la Provincia de Tucumán.
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ARTÍCULO 7º: Toda documentación que deba adjuntarse de acuerdo a lo exigido en el
presente Pliego, cuando las mismas sean copias o fotocopias, deberán estar legalizadas
por funcionario competente, caso contrario deberán acompañarse los originales, para
que una vez constatada la autenticidad de las mismas, le sean restituidas.
ARTÍCULO 8º: Con las propuestas, además deberá adjuntarse:
a. Certificado de Libre Deuda de impuestos provinciales otorgado por la Dirección
General de Rentas de la Provincia.
b. Certificado de Libre Deuda de contribuciones Municipales otorgado por Dirección de
Rentas de la Municipalidad de Yerba Buena. Este requisito no será exigido a los
oferentes que tengan domicilio comercial fuera de la jurisdicción y que no registren
inscripción comercial alguna en este Municipio.
c. Pliego de Bases y Condiciones, con la firma y sello del oferente en todos sus
ejemplares.
d. Constancia de Inscripción en Rentas de Afip, Rentas de la Provincia y Convenio
Multilateral cuando corresponda.
e. Copia de Contrato Societario (personas Jurídicas).
DEL SELLADO
ARTÍCULO 9º: La propuesta llevará sellado municipal por el importe establecido en la
Ordenanza Fiscal. Ver Referencia 12).
GARANTÍA DE LA OFERTA
ARTÍCULO 10º: Los proponentes deberán garantizar su oferta con el 4% (cuatro por
ciento) sobre el valor del PRESUPUESTO OFICIAL, la que deberá acompañarse con la
Propuesta.
CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
ARTÍCULO 11º: Las garantías de la Oferta y del Contrato, que deben ser extendidas a
favor de la Municipalidad de Yerba Buena, podrán constituirse en algunas de las
siguientes formas:
a) En efectivo, mediante depósito en Banco Macro – Sucursal Yerba Buena – en la
Cuenta Corriente de la Municipalidad de Yerba Buena Nº 3-609-20000071/0,
acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se
acreditará.
b) En Títulos de la Deuda Pública Nacional, Bonos del Tesoro emitidos por el
Estado Nacional o cualquier otro valor similar, Nacional o Provincial, aforados a
su valor nominal o de última cotización.
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c) Con Aval Bancario debidamente sellado e intervenido por la Dirección General
de Rentas de la Provincia, cuando correspondiere, constituyéndose el fiador
como deudor solidario, liso y llano y principal pagador en renuncia a los
beneficios de división y exclusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del
Código Civil.
d) Mediante póliza de Seguro de Caución, debidamente sellada e intervenida por la
Dirección General de Rentas de la Provincia o Escribano Público.
e) Mediante Hipoteca en Primer Grado, o Prenda Preferencial sobre bienes
registrables, quedando su aceptación o rechazo a criterio del órgano competente
para efectuar la adjudicación.
f) Mediante la afectación de Créditos que el proponente o Adjudicatario tenga
liquidados y al cobro en la Administración Municipal, a cuyos efectos los
interesados deberán presentar al momento de constituir la garantía constancia
oficial de la existencia de dicho crédito.
g) Mediante Certificados de Depósitos a Plazo Fijo, siempre que el Capital no sea
inferior al monto de la garantía y que su plazo de vencimiento no supere el
término de 60 (sesenta) días a contar de la fecha del Acto de Apertura.
Todas las garantías se constituirán por el término que duren las obligaciones de los
Oferentes o Adjudicatarios, garantizando el fiel cumplimiento de las mismas.
DE LA APERTURA
ARTÍCULO 12º: En el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto, se
procederá a abrir las propuestas en presencia de los funcionarios designados por la
Municipalidad y de todos aquellos que deseen presenciar. A partir de la hora fijada para
la Apertura del Acto no podrá, bajo ningún concepto, aceptarse otras ofertas, aun
cuando el Acto de Apertura no se haya iniciado. Del resultado obtenido se procederá a
labrar acta, la cual deberá ser absolutamente objetiva y contendrá:
a) Número de Orden asignado a cada Oferta.
b) Nombre del Proponente.
c) Monto de la Oferta.
d) Monto y Forma de la Garantía.
e) Observaciones y/o impugnaciones que se hicieran en el Acto de Apertura.
El Acta de Apertura será firmada por los funcionarios intervinientes y
por los asistentes que deseen hacerlo.
ARTÍCULO 13º: Serán objeto de Rechazo Inmediato de las Ofertas:
a) Que no estén firmadas por el Oferente.
b) Que estén escritas con lápiz.
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c) Que carecieran de la Garantía de la Oferta, o que teniéndola, esta fuera inferior
al 80% (ochenta por ciento) del monto exigido.
d) Que carecieran del Sellado Municipal.
e) Que en lugar de especificaciones, en su oferta se remitan a muestras presentadas
o no para el acto licitatorio, en reemplazo de las especificaciones.
f) Que sean condicionadas o que se aparten de las bases de la contratación.
g) Que tengan raspaduras, enmiendas, testaciones y/o interlíneas sobre frases o
cifras fundamentales como: precios, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo
de entrega o alguna otra que haga a la esencia del contrato y no hayan sido
debidamente salvadas.
Los requisitos señalados en los Incisos arriba mencionados deberán
estar satisfechos al momento de Apertura de las Propuestas.
ARTÍCULO 14º: La integración de los faltantes admitidos en el artículo anterior, como
asimismo los demás requisitos exigidos en el presente Pliego podrán ser
cumplimentados dentro de los dos días hábiles posteriores sin necesidad de notificación
o interpelación alguna.
Previo a la consideración de la Oferta, el organismo licitante
decidirá el rechazo de las ofertas que considere inadmisibles por no cumplir con los
requisitos exigidos.
ARTÍCULO 15º: Toda la documentación de las propuestas admitidas en el Acto de
Apertura, quedará agregada a las actuaciones como prueba de su legitimidad, a
excepción de la garantía de la oferta que se restituirá de oficio a los titulares que no
resulten adjudicatarios.
ARTÍCULO 16º: Las autoridades presentes en el Acto de Apertura podrán disponer la
suspensión del mismo para resolver alguna cuestión que así lo requiera, fijándose en ese
mismo momento, lugar, día y hora de su continuación.
DE LA PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 17º: La Pre adjudicación recaerá siempre en la Propuesta más
conveniente, entendiéndose por ello, aquella cuyos renglones cotizados sean los de más
bajos precios en igualdad de condiciones y calidad.
La Pre adjudicación será anunciada durante 2 (dos) días en el lugar
señalado en la Referencia 10) y los oferentes podrán formular observaciones por escrito
dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas, a contar del vencimiento del plazo para los
anuncios, no admitiéndose impugnación alguna con posterioridad al vencimiento del
plazo.
Las impugnaciones a que se hacen referencia, deberán afianzarse con un depósito del
1%o (Uno por mil) del presupuesto oficial.
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El procedimiento licitatorio podrá ser dejado sin efecto en cualquier
estado en que se encuentre previo a la adjudicación, sin que ello genere derecho alguno
a favor del Proponente.
DE LA ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 18º: La adjudicación podrá recaer todos, algunos o uno de los renglones o
ítems licitados.
Si ninguna oferta es conveniente, se declarará fracasada la Licitación
por tal motivo y se decidirá lo que corresponde en relación al trámite a seguir (nuevo
llamado o Contratación Directa).
El Contrato de suministro quedará perfeccionado con la notificación
del Decreto o Resolución de Adjudicación y Orden de Compra. Dicho Acto
Administrativo será notificado en el domicilio legal fijado a todos los demás
proponentes, los que, en un plazo de 2 (dos) días hábiles, podrán impugnar.
DE LA GARANTÍA DEL CONTRATO
ARTÍCULO 19º: El Adjudicatario integrará la Garantía del Contrato, que consistirá en
el 10% (diez por ciento) sobre el valor total de la adjudicación, dentro de los 2 (dos)
días hábiles posteriores de quedar firme el Acto Administrativo de la Adjudicación. En
su defecto, se le intimará en forma fehaciente a hacerlo en un plazo de 2 (dos) días
hábiles, vencido el cual se rescindirá el contrato de pleno derecho con la pérdida de la
Garantía de Oferta, pudiéndose contratar con el segundo en orden de mérito, según
dictamen de la Comisión de Pre adjudicación.
Asimismo, la Municipalidad quedará facultada a proceder por la vía
de apremio para percibir la diferencia correspondiente hasta completar la garantía del
Contrato.
Debe entenderse que el 10% (diez por ciento) es garantía total,
integrándose con el 4% (cuatro por ciento) de la garantía de la oferta.
La garantía será devuelta a los 5 (cinco) días de recibidos los bienes,
previo informe del Departamento Patrimonio respecto de las condiciones de
funcionamiento de los mismos.
DE LA ORDEN DE COMPRA O PROVISIÓN
ARTÍCULO 20º: Una vez recibida la Garantía de Contrato en la Oficina de Compras,
se emitirá la respectiva Orden de Compra al Adjudicatario que contendrá las
estipulaciones básicas de contratación. En caso de discordancia con las provisiones
contractuales prevalecerán éstas y se interpretará que se trata de errores de omisiones
deslizados en la Orden, los que se salvarán en la oportunidad que se los advierta.
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DE LA ENTREGA DE LOS ARTÍCULOS ADJUDICADOS
ARTÍCULO 21º: Los bienes adjudicados serán provistos libres de flete y otros gastos
en la Patrimonio o Repartición que designe la Municipalidad de Yerba Buena, dentro
del plazo señalado en la misma, a contar del día siguiente de la fecha de su recepción.
Vencido este plazo sin que los elementos fueran entregados, el contrato quedará
rescindido de pleno derecho, sin necesidad de intimación o interpelación alguna,
judicial o extrajudicial, quedando la Municipalidad facultada a dictar la declaración
formal de rescisión y aplicar las penalidades correspondientes, ejecutando la Garantía de
Contrato.
Recibidos de conformidad los bienes adjudicados, se procederá a la
devolución de la Garantía del Contrato.
DE LAS MUESTRAS
ARTÍCULO 22º: Los artículos presentados como muestra quedarán a disposición del
proponente para su retiro hasta un mes después de realizada la adjudicación, pasando a
ser propiedad de la Municipalidad, sin cargo, las que no fueran retiradas en este plazo,
la que queda facultada para resolver sobre su uso, venta o destrucción, si en este último
caso, no tuviera aplicación alguna.
DE LOS PAGOS
ARTÍCULO 23º: La Municipalidad no efectuará al Adjudicatario pagos anticipados.
Los mismos se concretarán mediante libramiento que se extenderá contra la tesorería
General de la Municipalidad de Yerba Buena dentro de los 30 (treinta) días hábiles
posteriores, una vez provistos los bienes y/o servicios adjudicados y recibidos de
conformidad por el Servicio Administrativo correspondiente.
ARTÍCULO 24º: Tesorería y/o la repartición actuante efectuará las retenciones
vigentes establecidas a nivel nacional, provincial y municipal.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 25º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar total o
parcialmente las propuestas más convenientes o rechazar todas sin derecho a reclamo
por parte de los oferentes.
ANEXO IV
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
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LUGAR, FECHA Y HORA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA
ARTÍCULO 26º: El Acto de Apertura de las propuestas de la presente Licitación se
realizará en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena, sita en
Avenida Aconquija Nº 1.799 (Paseo Shopping), el 24 de Enero de 2020 a Hs. 10:00 con
intervención de los funcionarios responsables y en presencia de los interesados que
concurran.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
ARTÍCULO 27º: Por su sola presentación, las ofertas se considerarán mantenidas en
vigencia por sus titulares durante el término de 30 (treinta) días corridos contados desde
la fecha de su apertura.
El Oferente que no mantuviera su propuesta durante el plazo
obligatorio, conforme con lo dispuesto en el párrafo anterior, perderá el depósito de su
garantía previsto en el Artículo 10º.
COMISIÓN DE ANÁLISIS DE OFERTAS Y PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 28º: Terminado el Acto de Apertura, la Comisión de Pre adjudicación se
hará cargo de toda la documentación para proceder a su estudio y producir el informe
correspondiente.
El dictamen producido por la Comisión de Pre adjudicación será
exhibido por el término de 2 (dos) días hábiles en lugar visible de la Oficina de
Compras (sita en Avenida Aconquija 1.799 – Yerba Buena. Los oferentes podrán
formular sus observaciones dentro de los 24 (veinticuatro) horas siguientes a contar del
vencimiento del plazo de exhibición – Ordenanza Nº 1299/2003, Art. 55, modificada
por la Ordenanza 2181/2018 del 17 de Diciembre de 2018.
Las observaciones que se formulen serán giradas a la Comisión de
Pre adjudicación a fin de que se pronuncie sobre las mismas. Con el dictamen, pasarán
las actuaciones al órgano competente para adjudicar, el que dictará la decisión
correspondiente.
En caso de igualdad de dos o más ofertas en precio, calidad y plazo
de pago para la cancelación, se invitará a los oferentes en forma fehaciente a mejorar su
oferta, para lo cual dispondrán de 3 (tres) días hábiles a partir de su notificación. En
dicha notificación se indicará lugar, fecha y hora en que se procederá a la apertura de las
nuevas ofertas, labrándose el Acta pertinente.
La no presentación de alguno de los oferentes invitados se entenderá
como que no modifica su oferta, procediéndose en consecuencia.
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De mantenerse la igualdad de las ofertas, se realizará un sorteo ante
la presencia de la Comisión de Pre adjudicación, Asesores, Técnicos, Oferentes
(Titulares - Apoderados) y observadores.
La Pre adjudicación no implica la total aceptación de la oferta
propuesta por el Pre adjudicado.
DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN
ARTÍCULO 29º: Los adjudicatarios cumplirán la prestación objeto de la presente
Licitación según lo estipula el Art. 72° de la Ordenanza 1299/2003 y sus modificatorias;
dentro de los 7 (siete) días a partir de la fecha de comunicación fehaciente de la
adjudicación, en caso de considerarse “entrega inmediata”. Cuando se trate de artículos
a manufacturar, los proponentes especificarán en su oferta, la fecha en que se
comprometen a entregarlos, a contar desde el momento en que reciban la Orden de
compra. Dicho Plazo de entrega será considerado por la Comisión de Pre adjudicación
al momento de evaluar las diferentes propuestas.
ARTÍCULO 30º: La certificación de la recepción definitiva de los bienes será
efectuada por el Jefe de Sección Patrimonio de la Municipalidad de Yerba Buena. En
caso de requerirse conocimientos técnicos para la recepción de determinados elementos,
el funcionario podrá solicitar asesoramiento al respecto.
Los funcionarios responsables de la recepción remitirán a la
Tesorería el Informe de Recepción correspondiente.
DEL PAGO
ARTÍCULO 31º: La factura será presentadas por duplicado en la Oficina de Compras y
conformadas por la oficina Receptora.
ARTÍCULO 32º: El pago se realizará en la Tesorería de la Municipalidad de Yerba
Buena, 50 % dentro de los 30 (treinta) de la recepción y el resto a 60 (sesenta) días.
Presupuesto Oficial: $ 782.278,45 (Pesos Setecientos ochenta y dos
mil doscientos setenta y ocho con 45/100).-