Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública Nº 35/2018.
“OBRA RED VIAL PAVIMENTO
INTERTRABADO DE ADOQUINES DE
HORMIGON BARRIO SAN EXPEDITO Y
OTROS”.
Expte. 14120(M17I)-S-2018
Pliego de condiciones generales.
MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
SECCIÓN COMPRAS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
ANEXO I
LICITACION PÚBLICA Nº 35/2018
REFERENCIAS:
1) Repartición: Secretaria de Políticas Sociales.-
2) Expediente Nº 14120(M17I)-S-18
3) Decreto N° 876 de fecha 12 de Octubre 2018.
4) Forma de Presentación: por escrito y duplicado, en sobre cerrado, sin inscripción, que
individualice al proponente.
5) Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras – Municipalidad de Yerba
Buena.-
6) Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta 9:00 HS del día 6 de Noviembre de 2018.-
7) Lugar de Apertura de las Ofertas: Oficina de Intendencia – Municipalidad de Yerba
Buena.-
8) Fecha de Apertura y Hora: día 6 de Noviembre de 2018 a Hs. 10:00.-
9) Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 90 (noventa) días corridos desde la fecha de
apertura.-
10) Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compras – Municipalidad
de Yerba Buena.-
11) Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras – Municipalidad de
Yerba Buena.-
12) Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.
ANEXO II
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 35/2018
Secretaria de Hacienda
Departamento Compras
Licitación Pública Nº 35/2018.
“OBRA RED VIAL PAVIMENTO
INTERTRABADO DE ADOQUINES DE
HORMIGON BARRIO SAN EXPEDITO Y
OTROS”.
Expte. 14120(M17I)-S-2018
Pliego de condiciones generales.
La Licitación Pública Nº 35/2018, tiene por objeto “OBRA RED VIAL PAVIMENTO
INTERTRABADO DE ADOQUINES DE HORMIGON BARRIO SAN EXPEDITO Y
OTROS”. Según detalle en Pliegos Generales y Particulares. Se regirá por La Ley Nº 5.854 de
Obras Públicas de la Provincia de Tucumán y el Decreto Nº 1.534/3-SO; y Ordenanza Nº
1299/2003, modificada por el Decreto Nº 072 del 23/01/2008, Decreto Nº 268 del 05/08/2013 y
Decreto Nº 274 que regula el Régimen de contrataciones del Municipio.-
ANEXO III
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 35/2018
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
SECCIÓN 1 – CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA
1.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y LLAMADO
El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales (PByCG) y, los de Condiciones Particulares,
Especificaciones Técnicas Generales y Especificaciones Técnicas Particulares, serán aplicables a la
contratación por parte de la Municipalidad de Yerba Buena, de la ejecución de obras, la provisión,
instalación o montaje de elementos, materiales y otros servicios de la industria necesarios en las mismas,
y todo emprendimiento previsto en la Ley de Obras Públicas, que ésta encare a través de la Secretaría de
Políticas Sociales, convocado en LICITACIÓN PÚBLICA.
En la presente documentación el término "Llamado" designa el aviso publicado por el Comitente para
convocar a la licitación pública.
1.2.1. PUBLICACIONES
Los avisos serán publicados durante 4 (cuatro) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán, y por
lo menos en un diario, de mayor circulación de la Provincia de Tucumán, reduciéndose la cantidad de
avisos a 2 (Dos) días en caso de nuevo llamado.
Cuando para el éxito de la licitación se lo estime conveniente, el Municipio podrá ordenar la publicación de
los llamados licitatorios en otros órganos o medios de publicidad, de circulación Provincial y/o Nacional, o
en cualquier otra forma de difusión. Igualmente podrá ampliar los términos y plazos establecidos.
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INTERTRABADO DE ADOQUINES DE
HORMIGON BARRIO SAN EXPEDITO Y
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Pliego de condiciones generales.
Cuando el llamado sea de carácter Nacional se procederá a realizar las publicaciones en diarios de tiraje
nacional en los términos y plazos establecidos en el primer párrafo.
La última publicación no podrá ser posterior a 10 (diez) días corridos antes del fijado para la apertura, no
computándose en ningún caso el día de la misma.
1.2.2. COMPRA DE PLIEGOS, CONSULTAS Y NOTAS ACLARATORIAS
La compra de pliegos, consultas, informes, apertura de sobres y exhibición de resultados, se realizarán en
la Dirección de Administración, Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena.
Hasta cuatro (04) días corridos anteriores a la fecha fijada en el Llamado para la Apertura de las Ofertas,
se podrá realizar la compra de pliegos, efectuar consultas y pedidos de aclaración (únicamente por escrito).
Si se prorrogase la fecha de Apertura de las Ofertas, dichos plazos quedarán automáticamente
prorrogados.
El Comitente podrá emitir circulares numeradas para aclarar cualquiera de los elementos que componen
la Documentación del Llamado, hasta Dos (02) días corridos anteriores al de la fecha fijada para el Acto
de Apertura.
Dichas circulares serán entregadas en el domicilio constituido por el Interesado; sin embargo, el Interesado
está obligado a presentarse el día anterior al de la fecha de apertura para tomar conocimiento de las
circulares emitidas. Aunque así no lo hiciera, las mismas se tendrán por conocidas y aceptadas por todos
los Oferentes al momento de presentar sus Ofertas. En consecuencia, el Oferente no podrá alegar ninguna
causa basada en el desconocimiento de aquellos antecedentes y condiciones.
1.3. CARÁCTER DE LAS PARTES
Las partes intervinientes son:
a) Comitente: La Municipalidad de Yerba Buena, representada por la Secretaría de Políticas Sociales, la
que adoptará las decisiones inherentes a la realización del Llamado y ejecución del Contrato.
b) Interesado: La persona física o jurídica que se presenta, en respuesta al Llamado, y compra el pliego
correspondiente. En el mismo acto el interesado deberá identificarse y fijar domicilio especial en la
Provincia de Tucumán.
c) Oferente: El interesado cuya Oferta es recibida por el Comitente en las condiciones estipuladas.
Oferente Admitido: El Oferente que cumplimentó en tiempo y forma con toda la documentación solicitada
en los documentos del Llamado, procediéndose a evaluar su Oferta económica
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Pliego de condiciones generales.
Oferente Preseleccionado: El Oferente que cumpliendo con la presentación en tiempo y forma de toda la
documentación solicitada en los documentos del Llamado, resulta competente para resultar Adjudicatario.
d) Adjudicatario: Es el Oferente que ha sido notificado por el Comitente de la Adjudicación del Contrato
a su Oferta.
e) Contratista: Es el Adjudicatario que ha firmado el Contrato u Orden de Ejecución de la Obra.
1.4. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
El Comitente fija su domicilio en Av. Aconquija 1991, Yerba Buena, Provincia de Tucumán.
Al comprar el Pliego el Interesado deberá constituir domicilio especial en Yerba Buena, conforme a lo
indicado en el numeral 1.3.b.
Todo cambio del domicilio deberá ser notificado fehacientemente al Comitente y será válido después de 5
(cinco) días hábiles de recibida la notificación.
A los efectos de resolver las diferencias que se planteasen, las partes se someterán a la jurisdicción de
los Tribunales Ordinarios Provinciales, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera
corresponderles.
1.5. DOCUMENTOS
Los documentos que integran la documentación son:
a).- La Ley Nº 5.854 de Obras Públicas de la Provincia de Tucumán y el Decreto Nº 1.534/3-SO
Reglamentario de la misma.
b).- Los Pliegos de Condiciones y Especificaciones Técnicas Particulares.
c).- Memoria Descriptiva.
d).- Planos de Detalles.
e).- El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales - (Sección 1. Condiciones Generales de la
Oferta y Sección 2. Condiciones Generales del Contrato).
f).- El Pliego de Especificaciones Técnicas Generales
g).- El Presupuesto Oficial.
h).- Las Notas Aclaratorias y/o Anexos emitidos por la Secretaria de Políticas Sociales.
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Pliego de condiciones generales.
i).- El Formulario de la Propuesta, que será completado con los precios del Oferente y los Análisis de
Precios correspondientes.
En caso de discrepancia, la Ley de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario prevalecerán sobre los
restantes documentos, las condiciones particulares prevalecerán sobre las generales, los planos sobre las
especificaciones y los planos de detalles sobre los generales.
Los Oferentes reconocen por el sólo Acto de presentar sus Ofertas, que estos documentos son suficientes
para apreciar la naturaleza e importancia de los trabajos que se contratan, y definen perfectamente sus
obligaciones respecto al Comitente y a Terceros.
1.6. IMPEDIMENTOS PARA OFERTAR
No podrán resultar Oferentes quienes:
a).- Estén sometidos a proceso de quiebra.
b).- No hayan cumplido satisfactoriamente con anterioridad contratos con reparticiones Nacionales,
Provinciales o Municipales, a sólo juicio de la Secretaría de Políticas Sociales.
c).- Desempeñen cargos rentados u honorarios en la administración municipal, provincial o nacional, que
por su jerarquía y funciones puedan desvirtuar los principios de la contratación pública.
d).- No sean contribuyentes de la AFIP.
e).- No estén habilitados por el Registro General de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de
Tucumán.
f).- No hayan adquirido el Pliego Licitatorio.
g).- Los Oferentes que carezcan de Representante Técnico, o teniéndolo no estuviere inscripto en el
Consejo o Colegio Profesional respectivo de la Provincia de Tucumán.
h).- Los deudores morosos de la Municipalidad que no hubieren cancelado su deuda, antes de la
presentación de las Ofertas.
i).- Estén inhabilitados con condena judicial.
Si algún Oferente concurriese al Llamado en tales condiciones, su Oferta será rechazada
automáticamente, sin derecho a reclamo alguno; quedando a criterio del Comitente la ejecución de la
Garantía de Mantenimiento de Oferta.
Los Oferentes deberán presentar junto con su Oferta una Declaración Jurada donde expresen que no se
encuentran incursos en los casos a), c), d), h) e i).
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Pliego de condiciones generales.
1.7. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Se presentarán por duplicado, en un Paquete o Sobre Cubierta, cerrado y lacrado, cuya portada tendrá
como leyenda obligatoria:
“OBRA: Red Vial Pavimento Intertrabado de Adoquines de Hormigón Barrio San Expedito y otros San
José - Yerba Buena”
Licitación Pública Nº 35/2018
Apertura. Fecha: 6 de Noviembre 2018 - Horas: 10.00".
Nota Importante: Cualquier otra inscripción o leyenda en el Sobre Cubierta fuera de la indicada,
que permita identificar al Oferente, será motivo de devolución del Sobre sin abrir, en el Acto de
Apertura de Ofertas.
Dentro del Sobre Cubierta, presentará la Documentación General, la Propuesta y el Pliego del Llamado,
conforme al siguiente detalle:
I - DOCUMENTACIÓN GENERAL
En dos carpetas rotuladas: "Documentación General – Original y Duplicado”. Cada carpeta contendrá:
1) CARTA DE PRESENTACIÓN. Formulario Nº 1.
2) RECIBO COMPRA PLIEGOS.
3) SELLADO MUNICIPAL. Constancia que el Oferente ha efectuado el Depósito por Derechos de Oficina
(Sellado Municipal).
4) ACREDITACIÓN DE LA PERSONERÍA LEGAL. (Numeral 1.8).
5) ACEPTACIÓN de jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de S.M. Tucumán, renuncia a todo otro fuero.
Constitución de domicilio especial en Yerba Buena (numeral 1.4.).
6) GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. (Numeral 1.9).
7) DECLARACIÓN jurada requerida en 1.6. Impedimentos para Ofertar.
8) ANTECEDENTES ECONÓMICOS-FINANCIEROS.
a. REFERENCIAS BANCARIAS. (Formulario Nº 2).
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Pliego de condiciones generales.
b. REFERENCIAS COMERCIALES. (Formulario Nº 3).
9) CONSTANCIAS DE INSCRIPCIÓN.
a. CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN, CERTIFICADO DE HABILITACIÓN Y CAPACIDAD DE
CONTRATACIÓN
ANUAL
EXPEDIDOS
POR
EL
REGISTRO
GENERAL
DE
CONSTRUCTORES DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN. (Numeral
1.10).
b. CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN, CERTIFICADO DE HABILITACIÓN Y CAPACIDAD DE
CONTRATACIÓN
ANUAL
EXPEDIDOS
POR
EL
REGISTRO
NACIONAL
DE
CONSTRUCTORES DE OBRAS PUBLICAS. En los casos que el Pliego de Condiciones
Particulares lo prevea.
c. CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE
LA CONSTRUCCIÓN (Artículo 32 de la Ley Nº 22.250 ‘Régimen del Personal de la Industria
de la Construcción).
d. DECLARACIÓN JURADA DE APORTES PREVISIONALES, correspondientes a los 6 (seis)
últimos periodos fiscales vencidos al momento de la apertura.
e. INSCRIPCIÓN DEL REPRESENTANTE TÉCNICO EN EL CONSEJO O COLEGIO
PROFESIONAL CORRESPONDIENTE.
f. CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL expedido por: Dirección General de Rentas de
la Provincia de Tucumán; AFIP-DGI, y Dirección de Ingresos Municipales.
10) DOCUMENTOS TÉCNICOS:
a. MEMORIA TÉCNICA. (Numeral 1.11.1).
b. PLAN DE TRABAJOS. (Numeral 1.11.2).
c. NÓMINA DE OBRAS. (Formulario Nº 4).
d. LISTADO DE SUB-CONTRATISTAS. Si tuviere, listado y antecedentes de los mismos.
e. CURVA DE INVERSIONES. (Numeral 1.11.3).
f. EQUIPAMIENTO AFECTADO A LA OBRA. (Formulario Nº 5, numeral 1.11.4).
g. PERSONAL AFECTADO A LA OBRA. (Formulario Nº 6, numeral 1.11.4).
11) DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES y ANEXO A –
METODOLOGÍA DE PRECALIFICACIÓN, si el llamado es con PRESELECCIÓN.
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Pliego de condiciones generales.
12) Las sociedades cuya duración sea mayor a 2 (DOS) años, deberán presentar BALANCES
ECONÓMICOS – FINANCIEROS y PATRIMONIAL certificados por el Colegio de Graduados en Ciencias
Económicas de Tucumán o Consejo Profesional del lugar donde la firma tenga fijado su Domicilio Legal.
Para aquellas sociedades con una duración de hasta 2 (DOS) años, deberán presentar ESTADO
PATRIMONIAL o MANIFESTACIÓN DE BIENES, indicándose la LIQUIDEZ de su ACTIVO y la
EXIGIBILIDAD de su PASIVO a la fecha de la Licitación, debidamente certificado por el Colegio de
Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán o Consejo Profesional del lugar donde la firma tenga
fijado su Domicilio Legal. Para el caso de Uniones Transitorias de Empresas de deberá presentar
BALANCES ECONÓMICOS – FINANCIEROS Y PATRIMONIALES, o ESTADO PATRIMONIAL o
MANIFESTACIÓN DE BIENES de cada una de las Empresas integradas de la UTE correspondiente a los
dos últimos ejercicios económicos.
II - PROPUESTA
Un Sobre Propuesta, cerrado y lacrado con la siguiente leyenda en su portada:
“SOBRE PROPUESTA
OBRA: Red Vial Pavimento Intertrabado de Adoquines de Hormigón Barrio San Expedito y otros San
José - Yerba Buena
LICITACION Nº 35/ 2018
OFERENTE: ........................................................ "
Dicho sobre contendrá dos carpetas rotuladas: "Propuesta – Original y Duplicado". Cada una de ellas
contendrá:
13) PROPUESTA. (Numeral 1.12.3).
14) ANÁLISIS DE PRECIOS. (Numeral 1.12.4).
15) PROPUESTA FINANCIADA. Si lo requiriesen las Condiciones Particulares.
III - PLIEGO DEL LLAMADO
NO se agregarán dentro del Sobre Cubierta el Pliego del Llamado pero SI se agregarán las Notas
Aclaratorias que sirvieron de base para este, firmados y sellados por los Representantes Legal y Técnico
del Oferente.
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1.8. PERSONERÍA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL OFERENTE.
Si la Oferta estuviera formulada por personas jurídicas, deberán acompañar copia autenticada por
Escribano Publico o Autoridad Competentes del/los contrato/s social/es y sus eventuales modificaciones.
Cuando la Oferta fuese presentada por Uniones Transitorias de Empresas, deberán presentar el Contrato
de Constitución conforme a la Ley 19.550, firmado ante Escribano Publico acompañando copia certificada
por dicho profesional actuante, pudiendo únicamente no acreditar la Inscripción en el Registro Público de
Comercio, requisito que por lo demás deberá acreditarse al momento de la firma del contrato, en caso de
resultar Adjudicatario.
La documentación que presente el Oferente, deberá estar firmada por el Representante Legal del mismo;
éste deberá acreditar la condición de tal, mediante instrumento válido para obligar a su mandante en el
proceso de presentación de la Oferta, contratación e inclusive firmar el Contrato respectivo.
El Oferente, deberá extremar cuidados para que los Contratos Sociales, Actas de Directorios, Poderes,
Contratos de Unión Empresaria, Representaciones, etc., sean legalmente válidos. El Comitente,
rechazará la Oferta si considerase que existen errores insalvables en estos documentos.
1.9. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
1.9.1. MONTO DE LA GARANTÍA
Los Oferentes deberán garantizar sus propuestas con una garantía por el 1 % (Uno por ciento) del
Presupuesto Oficial.
1.9.2. FORMA DE LA GARANTÍA
La Garantía de Oferta se podrá constituir en:
a) Efectivo, mediante depósito en la cuenta Nº 20001525/9del Banco Tucuman Grupo Macro,
acompañando la boleta correspondiente. O en la cuenta que el Municipio disponga a ese efecto.
b) Título de la Nación, Provincia o Municipal, con Cotización Oficial en un mercado o bolsa de valores
al valor de cotización en plaza al día anterior más próximo al de la Oferta.
c) Aval Bancario o Fianza Bancaria de entidad autorizada por el Banco Central de la República Argentina
o Seguro de Caución otorgado por compañía autorizada por el organismo nacional competente. El
Avalista o Asegurador se constituirá en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia de
los beneficios de división y excusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil. El Avalista o
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Asegurador deberá constituir domicilio en la Provincia de Tucumán, con renuncia expresa a los Tribunales
Federales y sometimiento de toda acción legal a los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tucumán.
d) Afectación de certificación de crédito líquido y exigible que tuviere el Oferente en contra del Comitente.
e) Letras de Tesorería y demás títulos públicos, cuando las amortizaciones, rescates, etc., previstas en
los mismos, resulten compatibles con la existencia de la garantía.
Las garantías, se otorgarán a la orden del Comitente. Las entidades bancarias y aseguradores, serán
aquellas constituidas y autorizadas legalmente a funcionar en la República Argentina, con domicilio
constituido en la Provincia de Tucumán.
Las garantías constituidas conforme a los incisos c) y e), estarán selladas e intervenidas por la Dirección
General de Rentas de la Provincia de Tucumán, con anterioridad al Acto de Apertura, deberán ser a
satisfacción del Comitente y no podrán contener ninguna cláusula, condición o mención que permita a la
entidad garante o al Oferente, directa o indirectamente, cancelar la garantía o hacerla caducar antes del
plazo estipulado en ella, que disminuya su responsabilidad, o que atribuya competencia a tribunales que
no sean los ordinarios de la ciudad de San Miguel de Tucumán.
Cuando la garantía se constituya mediante Póliza de Seguro de Caución, se entenderá por cumplido el
requisito de Intervención de la Dirección General de Rentas de la Provincia, cuando la Póliza de Seguro
de Caución lleve inserto el sello de pago por Declaración Jurada Mensual u Otro similar en cumplimiento
con lo normado por Res. Gral. 188/02.-
A los Oferentes que no presenten la Garantía de mantenimiento de la Oferta, tal lo exigido en 1.9., según
las modalidades establecidas en los apartados a), b), c), d), y e) del Numeral 1.9.2, les será rechazada la
oferta en el Acto de Apertura.
1.9.3. EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA
A los Oferentes que no hayan cumplimentado con sus obligaciones, en relación a los documentos,
condiciones y/o plazos, que deben presentar o cumplimentar, les podrán ser ejecutadas las garantías a
sólo juicio del Comitente, si éste considerase que existe una negligencia o negativa dolosa a sus intereses.
A los Oferentes que retirasen sus Ofertas o negaren a suscribir el Contrato u Orden de Ejecución, les serán
ejecutadas las Garantías de Mantenimiento de la Oferta y se comunicará el hecho al Registro de
Contratistas de Obras Públicas para la aplicación de la sanción correspondiente.
En tal supuesto, la administración podrá adjudicar la licitación a la mejor oferta que se encuentre en orden
de mérito y condiciones para ello y manifieste la voluntad de mantener la vigencia de su oferta.
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1.9.4. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
Producida la Adjudicación, les serán devueltas las garantías a los Oferentes que no hayan resultado
adjudicatarios. Al que resultare adjudicatario se le devolverá la garantía al momento de presentar la
Garantía de Cumplimiento del Contrato, o en su defecto y a los fines de alcanzar el 5% (cinco por ciento)
del monto del contrato exigido como garantía de éste, podrá hacerse uso de la Garantía de Oferta
adicionándolas al porcentaje faltante, teniendo en cuenta el plazo de vigencia de la misma.
Las garantías cualquiera sea su modo, no generarán ningún tipo de interés o actualización a favor del
Oferente y se devolverán a su valor original.
1.10. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
El Oferente deberá presentar conjuntamente con su propuesta la Constancia de Inscripción, Certificado de
Habilitación y Certificado de Capacidad de Contratación Anual de Obras Públicas, emitidos por el Registro
General de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de Tucumán.
Deberá disponer de una Capacidad de Contratación Anual, conforme al siguiente detalle:
Si el Plazo de ejecución fuese menor o igual a 12 (doce) meses:
PO
CCR = PO + -------- x (12 - PE)
12
Si el Plazo de Ejecución fuere mayor de 12 (doce) meses:
PO
CCR = ------- x 12
PE
Donde: CCR - Capacidad de Contratación Requerida.
PO - Presupuesto Oficial.
PE - Plazo de Ejecución en meses.
Nota: Al Oferente que no presente este documento en el Acto de Apertura, le será rechazada
automáticamente la Oferta (Artículo Nº 21 de la Ley Nº 5.854).
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En los casos que el Pliego de Condiciones Particulares lo prevea, a los efectos de la oferta, se podrá
presentar la Constancia de Inscripción, Certificado de Habilitación y Capacidad de Contratación Anual
expedidos por el Registro Nacional de Construcciones de Obras Públicas.
1.11. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
La Documentación Técnica, estará constituida por la Memoria Técnica, el Plan de Trabajos, la Curva de
Inversiones, el Listado de Equipos, el Listado de Personal.
Dichos documentos, deberán estar firmados y sellados por los Representantes Legal y Técnico.
En los mismos el Oferente deberá reflejar el estudio técnico realizado para formular su Oferta, de manera
tal que el Comitente valore cualitativamente el mismo.
Todos estos documentos serán especialmente evaluados para proceder a la Preselección y Adjudicación
de las Obras.
El Comitente podrá rechazar las propuestas que no contengan la Documentación Técnica solicitada, o que
presentada, los documentos resulten insatisfactorios o incoherentes entre sí o no guarden correlación con
los insumos y rendimientos de los Análisis de Precios. Por lo tanto, la correcta formulación de la
documentación técnica será considerada excluyente.
Si en un mismo Llamado se licitasen más de una obra, y el Oferente se presente a más de una de ellas,
todos los documentos serán independientes para cada obra.
1.11.1. MEMORIA TÉCNICA
La Memoria Técnica, describirá la metodología que aplicará para organizar y ejecutar la obra. En la misma
describirá los aspectos importantes relativos a la Mano de Obra, Equipos y Vehículos, Técnica
Constructiva, de Fabricación o Montaje, Organización General, y cualquier otra información que el Oferente
considere necesario o la requieran las Condiciones Particulares, como características de los materiales,
equipos e instrumental, diagramas de conexiones, sistemas de seguridad, etc.
1.11.2. PLAN DE TRABAJOS
El Plan de Trabajos -gráfico de barras-, lo realizará respetando las fechas y plazos establecidos en las
condiciones particulares. A los fines de su mejor interpretación se podrán efectuar los desagregados o
agrupamientos de ítems, que resulten necesarios para juzgar la corrección de secuencias de tareas y la
posibilidad de cumplimiento de los plazos fijados.
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1.11.3. CURVA DE INVERSIONES
La Curva de Inversiones, expresada gráficamente con las certificaciones mensuales parciales y
acumuladas expresadas en porcentajes.
1.11.4. LISTADO DE EQUIPO Y PERSONAL AFECTADO A LA OBRA
Complementariamente, el Oferente presentará los Formularios adjuntos al presente pliego, conforme a lo
siguiente:
a) Listado de Equipos Afectados a la Obra (Formularios Nº 5) Indicando tipo, marca, capacidad o
potencia, modelo, estado, cantidad y propietario de cada uno. En caso de equipos a alquilar deberá
presentar el compromiso de alquiler correspondiente.
b) Listado de Personal Afectado a la Obra (Formulario No 6) Indicando el nombre del Representante
Técnico y Jefe de Obra (adjuntará los Curriculums Vitae de cada uno de ellos y Constancia de Inscripción,
del Representante Técnico, en el Consejo o Colegio Profesional correspondiente de la Provincia de
Tucumán) y la función, categoría, especialidad y cantidad del personal a afectar en la obra (podrá
agruparlos por especialidad, función o rubro de obra).
1.12. COTIZACIÓN DE LOS TRABAJOS.
1.12.1. CONOCIMIENTO DE LOS TRABAJOS
Con la presentación de la Oferta, se considerará sin admitir prueba en contrario, que el Oferente se halla
plenamente informado de todo lo que se relacione con la naturaleza y situación de los trabajos, sus
condiciones generales y locales; las condiciones que atañen a la adquisición, transporte, manejo, y
almacenamiento de materiales; disponibilidad de los transportes; condiciones climáticas; régimen de
cauces naturales y artificiales; posición y fluctuación de las napas de agua; características del terreno tanto
superficiales como en profundidad; naturaleza de las plantas operativas y equipos necesarios; condiciones
laborales y disponibilidad de mano de obra; así como las necesidades requeridas antes y durante la
ejecución de los trabajos; y cualquier otra circunstancia que pueda afectar a las mismas, a su ejecución,
conservación y costo.
Esta información puede ser obtenida de los documentos y/o elementos que se encuentran a disposición
del Oferente y por los estudios, investigaciones, e inspecciones que él debe realizar.
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Pliego de condiciones generales.
Cualquier negligencia, error u omisión de parte del Oferente en la obtención de la información pertinente,
que pueda de alguna manera afectar la realización de los trabajos lo hará plenamente responsable por
las consecuencias que se puedan originar o derivar.
1.12.2. ALCANCES DE LA COTIZACIÓN
Los Oferentes, deberán cotizar los trabajos, objeto del Llamado, ajustándose estrictamente al Proyecto,
materiales, plazos y demás condiciones especificadas en la Documentación.
A los efectos de establecer la cotización de cada ítem y confeccionar el Análisis de Precios
correspondiente, el Oferente deberá tener en cuenta el alcance de los trabajos y el sistema de medición y
de pago establecido.
El Contratista no podrá alegar ninguna circunstancia derivada del listado de ítems o de cualquier índole
para eludir el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la documentación. En consecuencia, el
Oferente deberá considerar el conjunto de ítems indicados en la Fórmula de la Propuesta, como
representativos de la totalidad del/los trabajo/s objeto/s del Contrato, por lo que al estudiar los precios,
deberá incluir en los mismos no sólo la incidencia directa de las partes que representan la ejecución del
ítem, tales como materiales, mano de obra, herramientas, equipos, transportes y servicios, sino también
la incidencia de los costos de aquellos trabajos y servicios exigidos en la documentación y que no estén
específicamente detallados como ítems en el Formulario de la Propuesta.
Deberá considerar además que las obras, provisiones e instalaciones y/o servicios contratados deben ser
entregados terminados, probados, ensayados, listos para ser puestos en funcionamiento y completos de
acuerdo a sus fines, así como las obligaciones que se deriven del período de garantía. Sólo deberá excluir
aquellos gastos y riesgos que el Comitente tome expresamente a su cargo.
1.12.3. FORMA DE CONTRATACIÓN
El Oferente cotizará la Obra según el Formulario de la Propuesta, aplicando los precios unitarios o globales
a cada uno de los ítems establecidos en la misma.
El sistema de contratación de cada ítem será por Ajuste Alzado.
1.12.4. ANÁLISIS DE PRECIOS
El Oferente deberá presentar con su Oferta, los Análisis de Precios de cada ítem.
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Pliego de condiciones generales.
Los Análisis de Precios, deberán detallar los costos directos, gastos generales, beneficios e Impuesto al
Valor Agregado (IVA). A tal fin considerará al Comitente como Contribuyente Exento.
Los Análisis de Precios, deberán ser acompañados de los Análisis de Precios Auxiliares de:
Mano de Obra, con las cargas sociales y seguros.
Vehículos o Equipos, con detalle de amortización, intereses, repuestos y reparaciones, combustibles y
lubricantes.
En tales documentos, deberán indicarse para cada especialidad de mano de obra y tipo de equipo o
vehículo, el rendimiento; para cada material el coeficiente de aporte; de cada insumo indicará el costo
unitario correspondiente.
Solamente podrá agrupar como varios como costo global aquellos insumos que incidan hasta el 10 % (diez
por ciento) del costo directo.
El porcentaje de gastos generales y beneficios será fijado libremente por el Oferente, de manera tal que
los Análisis de Precios, reflejen fielmente la estructura de costos sin distorsiones.
Los Análisis de Precios serán evaluados conjuntamente con su oferta; sin embargo no podrán ser utilizados
para eludir total o parcialmente ningún tipo de responsabilidad que corresponda al Contratista conforme a
los Alcances de los Trabajos asumidos y lo expresamente indicado en el numeral 1.12.1 y 1.12.2.
1.12.5. TRABAJOS NO GARANTIZADOS.
Se llaman Trabajos No Garantizados a aquellos que el Oferente debe cotizar como alternativas técnico-
económicas, según se indique en las Especificaciones Particulares.
Su cotización será obligatoria, pero su ejecución deberá ser ordenada oportunamente por el Comitente.
Tales trabajos no se considerarán incluidos en el monto del contrato, mientras el Comitente no imparta la
Orden de Inicio correspondiente.
1.13. IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES.
1.13.1. GENERALIDADES
Queda establecido que en los precios de la Oferta quedan incluidos todos los impuestos, derechos, tasas,
contribuciones - nacionales, provinciales y municipales -, que el Oferente directa o indirectamente, ya sea
por el objeto del Contrato o por su actividad corresponda considerar.
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Pliego de condiciones generales.
En cuanto a los Análisis de Precios de la Oferta, tal lo dispuesto en numeral 1.12.4., solo deberá detallarse
en estos conceptos el Impuesto al Valor Agregado, considerando a tal efecto al Comitente como
Contribuyente Exento.
1.13.2. CARGAS SOCIALES
El Contratista, será el único responsable por el pago de todas las cargas sociales impuestas por leyes
laborales, previsionales o de cualquier tipo sobre la mano de obra directa o indirecta que emplee; por lo
que en su Oferta deberá incluir tales incidencias.
1.14. USO DE PATENTES
Si la ejecución de los trabajos requiriese sistemas, marcas, equipos, productos o procedimientos
patentados, el Oferente en su oportunidad deberá demostrar a satisfacción del Comitente que posee los
títulos respectivos o las licencias que lo autoricen para emplear dichos sistemas, marcas o procedimientos
patentados.
Todo gasto que el Oferente o el Contratista tuviere que realizar para hacer uso de una o más patentes, o
marcas patentadas o registradas, será a su exclusivo cargo.
1.15. IDIOMA Y SISTEMA DE UNIDADES
Los Oferentes deberán presentar toda la documentación en el idioma castellano y expresar las unidades
en el Sistema de Unidades correspondiente a las especificaciones técnicas utilizadas en cada caso.
1.16. MODALIDAD DEL LLAMADO
El Pliego de Condiciones Particulares, fijará la modalidad del llamado que podrá ser:
1.16.1. DE APERTURA ÚNICA
En el que se efectúa la Apertura de los Sobres Cubierta de presentación y posterior apertura de los Sobres
Propuesta en el mismo Acto.
1.16.2. CON PRESELECCIÓN
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Pliego de condiciones generales.
El que se desarrolla en dos Actos de Apertura:
a) En el primero se procede a la apertura de los Sobres Cubierta y se reservan los Sobres Propuestas.
b) En el segundo Acto de Apertura se abren los Sobres Propuesta de los Oferentes Preseleccionados.
A los fines de la preselección, el Comitente evaluará y calificará a cada Oferta según la Metodología de
Precalificación incorporada como Anexo del Pliego de Condiciones Particulares.
Una vez realizada la Preselección, se comunicará por escrito el resultado de la misma a todos los
Oferentes e invitará a los preseleccionados a concurrir al Acto de Apertura de los Sobres Propuesta, fijando
lugar, día y hora de apertura.
Los Sobres Propuesta de los Oferentes no Preseleccionados estarán a disposición de éstos hasta el día
hábil anterior al fijado para la apertura; posteriormente los sobres no retirados serán destruidos.
1.17. APERTURA DE SOBRES
La apertura de sobres o paquetes se realizará en el lugar, día y hora que establezcan el Llamado o que
eventualmente indiquen las circulares aclaratorias, por funcionarios autorizados por el Comitente, ante el
Auditor Fiscal designado por Contaduría General de la Municipalidad y en presencia de los Oferentes e
interesados que deseen asistir al Acto.
1.17.1. DEL LLAMADO DE APERTURA ÚNICA
Antes de proceder a la apertura de los Sobres Cubierta, los interesados podrán pedir o formular
aclaraciones relacionadas con el Acto, pero iniciada dicha apertura, no se admitirán nuevas propuestas ni
interrupción alguna.
Se procederá a abrir los Sobres Cubierta de presentación y se controlará el estricto cumplimiento en la
presentación de los documentos siguientes:
a) Garantía de Mantenimiento de la Oferta.
b) Certificado de Inscripción, Habilitación y Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro
General de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de Tucumán o el Registro Nacional de
Constructores de Obras Públicas si correspondiere.
c) Comprobante de pago por Derechos de Oficina (Sellado Municipal).
d) Recibo de Compra de Pliegos.
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Pliego de condiciones generales.
e) Sobre Propuesta, conteniendo el Formulario de la Propuesta, los Análisis de Precios y la Propuesta
Financiada - si correspondiere-.
f) Otros documentos de presentación obligatoria en el Acto de Apertura exigidos Pliegos.
Los restantes documentos solicitados podrán presentarse hasta TRES (3) días hábiles posteriores al Acto
de Apertura.
Las presentaciones que no cumplan íntegramente los recaudos exigidos, serán agregadas como simple
constancia de la presentación y los Sobres Propuestas serán devueltos en el Acto y sin abrir al
Representante Legal del Oferente, si éste no estuviere estará a su disposición para ser retirado dentro de
los 3 (tres) días hábiles posteriores al Acto de Apertura, transcurrido dicho plazo, los mismos serán
destruidos.
La presentación de todos los requisitos no implica su aceptación por parte del Comitente. Cualquier
requisito que pasare inadvertido en el Acto de Apertura surtirá efectos con posterioridad.
1.17.2. DEL LLAMADO CON PRESELECCIÓN
Se seguirá similar procedimiento al indicado en el numeral 1.17.1. Los Sobres Propuesta, serán firmados
por los funcionarios e interesados presentes y reservados sin abrir.
Una vez operada la Preselección, se abrirán los Sobres Propuesta de los Oferentes preseleccionados,
controlándose la documentación correspondiente.
1.17.3. ACTA DE APERTURA
De lo actuado se labrará un Acta de Apertura de Ofertas, que será firmada por los funcionarios actuantes
y las personas que deseen hacerlo sin que esta circunstancia implique conformidad alguna sobre el
contenido de las Ofertas.
Las personas que deseen dejar asentada alguna observación al Acto de Apertura, podrán hacerlo
libremente.
1.18. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA.
Serán causales de rechazo de la Oferta, las siguientes.
1.18.1. AUTOMÁTICA EN EL ACTO DE APERTURA:
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Pliego de condiciones generales.
a) Presentación con posterioridad a la hora indicada para la Apertura de Sobres, establecida por la
autoridad que preside el Acto.
b) Que el Sobre Cubierta tuviere cualquier marca o leyenda que permita identificar al Oferente.
c) No presentación de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta en las condiciones indicadas en el
numeral 1.9.
d) No presentación del comprobante de pago por Derechos de Oficina (Sellado Municipal).
e) No presentación de la Constancia de Inscripción, Habilitación y Certificado de Capacidad de
Contratación Anual expedido por el Registro General de Constructores de Obras Públicas de Tucumán,
legalmente válido con la capacidad de contratación requerida para la obra; o expedido por el Registro
Nacional de Constructores de Obras Públicas si correspondiere.
f) Que no haya adquirido el Pliego.
g) No presentación del Sobre Propuesta.
h) No presentación del Formulario de la Propuesta debidamente completado, firmado y sellado por el
Representante Legal y Representante Técnico, o que teniéndolo, no esté escrito con tinta indeleble.
i) No presentación de los Análisis de Precios.
j) Que no cumpla con aquellos requisitos exigidos en las Condiciones Particulares de presentación
excluyente en el Acto de Apertura.
En caso de faltar alguna de la documentación indicada precedentemente la oferta será desestimada y con
la consiguiente devolución de la misma bajo constancia de estilo.
Las causas de rechazo que pasaran inadvertidas en el Acto de Apertura serán consideradas durante el
estudio posterior de las propuestas, pudiendo originar rechazos por parte de los organismo municipales y
nacionales competentes.
1.18.2. OTRAS CAUSAS DE RECHAZO DE LAS OFERTAS
a) Cuando la Oferta sea condicionada o se aparte de las bases de la contratación.
b) Cuando la Oferta presente raspaduras, enmiendas, testaciones y/o interlíneas sobre frases o cifras
fundamentales como: precios, cantidades o alguna otra que haga a la esencia del Contrato y no hayan
sido debidamente salvadas.
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c) Cuando las condiciones de la contratación hubiesen exigido la presentación de proyectos, muestras,
listado de materiales, memorias descriptivas o algún otro elemento y éstos no sean presentados en los
plazos previstos, o resulten insatisfactorios al Comitente.
d) Cuando el Comitente compruebe que los datos y/o cualquier información suministrada por el Oferente
sean falsos o tergiversados.
e) Cuando el Oferente no cumpla con la presentación de la documentación en los plazos y forma exigida,
también le podrá ser rechazada la Oferta, a sólo juicio del Comitente.
f) Cuando el Oferente incurra en causales establecidas en las Condiciones Particulares o Especificaciones
Técnicas.
1.19. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
El Comitente podrá requerir de los Oferentes, o de los organismos, instituciones, bancos, comercios,
compañías de seguro, etc. que hubiese citado en su documentación, la información complementaria que
juzgue necesaria, siempre que tal requerimiento no altere las condiciones básicas del Llamado o de las
Ofertas.
Si el Oferente se negase a cumplimentar con la información en el tiempo y forma solicitado, o se comprueba
que los datos suministrados sean falsos o tergiversados se rechazará la solicitud y se procederá a ejecutar
la garantía de mantenimiento de la oferta.
1.20. ERRORES Y DIFERENCIAS.
El Oferente, será responsable por los errores formales que pudieran existir en las cifras que detalle en su
Oferta. Sin perjuicio de ello, se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Cuando existan discrepancias entre valores en números y letras, se tomarán como correctos los
indicados en letras.
b) Si se comprobare en el Formulario de la Oferta, la existencia de errores aritméticos de productos o
sumas, parciales o totales, se corregirán los importes dando validez a los precios unitarios cotizados,
aplicándolos a las cantidades indicadas de cada ítem. El valor de la Oferta será el que resulte de las
correcciones practicadas.
c) La omisión de cotizar algún ítem será causal de rechazo de la Oferta.
d) Si omitiere indicar el precio unitario de un ítem, se lo establecerá dividiendo el valor global del ítem por
la cantidad correspondiente.
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e) Los errores aritméticos que tuvieren los Análisis de Precios, no serán salvados, respetándose los precios
unitarios detallados en la Propuesta.
1.21. MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
Las Ofertas se mantendrán durante 90 (noventa) días corridos. Dicho plazo de mantenimiento será
considerado automáticamente ampliado en períodos iguales, salvo que el Oferente notifique
fehacientemente al Comitente, 10 (diez) días hábiles antes de su vencimiento, que no mantendrá la Oferta
por un nuevo período.
El retiro de la Oferta antes de vencido el plazo de Garantía, así como la negativa a aceptar la adjudicación,
o a firmar el Contrato correspondiente, tendrá como consecuencia la ejecución de la garantía.
1.22. IMPUGNACIONES Y/O RECLAMACIONES DE LOS OFERENTES
Los Oferentes podrán tomar vista de la documentación y formular impugnaciones, reclamos, y/u
observaciones dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores al Acto de Apertura; vencido dicho plazo no
se admitirá impugnación alguna.
Para ser considerada, cualquier impugnación, reclamo u observación que formulasen los Oferentes deberá
ser afianzado con un depósito en efectivo por un monto igual al 1/000 (uno por mil) del Presupuesto Oficial,
en el Banco del Tucumán S.A., en la cuenta que el Comitente disponga al momento de la licitación. Sin
este requisito ninguna presentación será considerada.
De toda impugnación formulada, se correrá vista al Oferente cuya propuesta haya sido observada para
que la conteste en el improrrogable término de 5 (cinco) días hábiles administrativos de haber sido
notificado, vencido el cual no se admitirán nuevas presentaciones de ninguna naturaleza.
Dichos reclamos serán resueltos por el Comitente en el momento de Adjudicación y las decisiones que
recaigan sobre los mismos, les serán comunicadas por escrito a los recurrentes.
Los depósitos para afianzar las presentaciones citadas, sólo serán reintegrados a los Oferentes cuyas
impugnaciones, reclamos u observaciones sean considerados total o parcialmente válidos y procedentes.
1.23. ADJUDICACIÓN
Las Ofertas serán evaluadas por una Comisión de Preadjudicación, que designará el Comitente, sobre la
base de las condiciones legales, técnicas, económicas y financieras establecidas en las mismas. De la
evaluación de las Ofertas la Comisión de Preadjudicación se expedirá estableciendo un Orden de Mérito
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para la Adjudicación. El Municipio, previo informe de las áreas técnicas pertinentes, deberá preadjudicar
en el plazo de CINCO (05) días hábiles al oferente que haya resultado con la oferta más conveniente.
Luego de notificados los demás oferentes, éstos podrán formular impugnaciones a la preadjudicación en
el plazo de TRES (03) días hábiles, transcurrido el cual se deberá proceder a la adjudicación mediante el
dictado del instrumento respectivo; dejándose claramente establecido que la Preadjudicación como la
Adjudicación no causarán estado, ni derecho, ni acreencia alguna a favor del oferente en virtud de la
presente licitación pública.
El Comitente, adjudicará el Contrato a la Oferta más conveniente, calificada de acuerdo a lo que disponga
la reglamentación siempre que se ajuste a las Bases y Condiciones de la Licitación y no estará obligado a
adjudicar a la de menor precio.
Rige aquí lo exigido en el artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.534/3 de la Ley de Obras Públicas
Nº 5.854 en cuanto a la obligatoriedad de las empresas de acreditar capacidad para contratar, en las
formas y plazos allí establecidos, a los efectos de la adjudicación.
La Adjudicación será fehacientemente notificada a todos los Oferentes y al Registro General Constructores
de Obras Públicas.
En caso que el Adjudicatario no se presentare, no afianzare, o se negare a firmar el Contrato en tiempo y
forma, previa intimación fehaciente por el término de cinco (5) días hábiles, perderá el importe de la
Garantía de Mantenimiento de Oferta en beneficio de la Administración y se notificará del hecho al Registro
General de Constructores de Obras Públicas. En tal supuesto el Comitente podrá adjudicar la Licitación a
la mejor oferta que se encuentre en orden de méritos y condiciones para ello.
La Licitación podrá adjudicarse aunque exista una sola Oferta válida, siempre y cuando dicha Oferta sea
conveniente a los intereses del Comitente.
1.24. MEJORA DE OFERTAS
El Comitente, podrá llamar a una mejora de ofertas en caso de considerarlo necesario; mediante nota
indicando lugar, fecha y hora en que se recibirán las propuestas. Las mismas se presentarán en sobre
cerrado y lacrado, sin identificación del proponente. El comitente resolverá sobre las mismas dentro de los
tres días hábiles posteriores.
1.25. FIRMA DEL CONTRATO
El Comitente fijará el día en que se procederá a la firma del Contrato dentro de un plazo de 15 (Quince)
días hábiles administrativos de notificada la Adjudicación al Adjudicatario.
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Si el Adjudicatario no estuviere en condiciones o no concurriese a firmar dichos documentos en el plazo
fijado, perderá la Garantía de Mantenimiento de la Oferta y el Comitente podrá adjudicar el Contrato al
Oferente que sigue en orden de conveniencia o proceder a un nuevo Llamado.
Si el Comitente no firmase el Contrato por causas no imputables al Adjudicatario, el Adjudicatario podrá
renunciar a la adjudicación, para lo cual deberá conminar en forma fehaciente al Comitente en el plazo de
5 (cinco) días hábiles administrativos, a contar de la fecha en que el contrato debió firmarse, el que tendrá
un plazo de 10 (días) hábiles administrativos, transcurridos los cuales sin su pronunciamiento se
considerará aceptada la renuncia. En este caso el Adjudicatario solo tendrá derecho a la devolución de la
Garantía de Contrato y al resarcimiento de los gastos que pruebe haber incurrido para constituir la misma.
No tendrá derecho a ningún otro reconocimiento ni indemnización alguna.
SECCIÓN 2 – CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
2.1. PRELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO.
Los documentos que forman parte del Contrato son los que se indican a continuación y prevalecen el uno
sobre el otro en el siguiente orden:
1. Los documentos detallados en el numeral 1.5. con la prelación establecida en dicho numeral;
2. La resolución de Adjudicación del Comitente;
3. La Orden de Ejecución de Obra y Contrato Suscrito.
4. Las Resoluciones de la SOPPU y Órdenes de Servicio emitidas durante la ejecución de las obras y
hasta la Recepción Definitiva.
Todos los documentos que integran el Contrato deberán ser considerados recíprocamente explicativos,
pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán aclaradas y resueltas por el Comitente.
2.2. ALCANCES DEL CONTRATO.
Los trabajos y servicios objeto del contrato comprenden la ejecución y mantenimiento de los mismos hasta
su Recepción Definitiva; la provisión total de mano de obra, materiales, equipos, obras temporarias, y todo
elemento, ya sea de naturaleza permanente o provisoria, requerido para su ejecución, terminación y
mantenimiento, incluyendo todos los transportes necesarios en la medida que la necesidad de proveerlos
esté especificada en el contrato, o pueda razonablemente deducirse del mismo.
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La nómina de los trabajos y servicios que se consigna en la Fórmula de la Propuesta es enunciativa y no
limitativa. El Contratista estará obligado a ejecutar no sólo los trabajos y servicios expresamente previstos,
sino todo otro que, aunque no esté expresamente detallado, sea imprescindible o complementario según
las reglas del arte, para obtener una obra completa en sí misma y apta para los fines previstos. Por
consiguiente, si los Documentos del Contrato omitieran alguna parte necesaria a tal fin, ésta deberá ser
ejecutada y dicha omisión no autorizará al Contratista a reclamar pagos adicionales.
2.3. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
2.3.1. ALCANCE DE LA GARANTÍA
El Contratista deberá constituir, previo a la firma del contrato, una garantía de cumplimiento de todas las
obligaciones emergentes del contrato, por una suma equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto del
mismo, o el que indique las Condiciones Particulares.
La Garantía podrá ser ejecutada en las situaciones siguientes y por los motivos que se detallan:
1. Para cubrir el costo adicional que deba realizar el Comitente para proseguir los trabajos, como
consecuencia de la falta de cumplimiento por parte del Contratista de sus obligaciones.
2. Para compensar al Comitente de las pérdidas ocasionadas por la no observancia de las cláusulas
contractuales.
3. Para cubrir los pagos, no abonados en término, de: salarios, trabajos ejecutados por subcontratistas,
provisión de materiales y equipos, cargas sociales, derechos aduaneros, etc.
4. Para garantizar el pago de las penalidades en que incurra el Contratista y, en definitiva, para
salvaguardar al Comitente de cualquier perjuicio o daño imputable al Contratista.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con respecto a la garantía podrá ser
causa de rescisión del contrato por culpa del Contratista. El plazo de validez de la garantía se extenderá
desde la fecha de su constitución hasta la liquidación final del contrato.
2.3.2. FORMA DE LA GARANTÍA
La Garantía de Cumplimiento del Contrato se ajustará a lo exigido en el numeral 1.9.2.
2.3.3. EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA
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En caso de producirse alguna de las situaciones previstas en el numeral 2.3.1, el Comitente procederá a
ejecutar la garantía hasta cubrir los montos reclamados. Si los montos reclamados superasen los de la
garantía, el Contratista procederá a cubrir la diferencia haciéndose cargo de los gastos adicionales que
pudieran resultar.
El monto de la garantía ejecutada parcial o totalmente deberá ser repuesto por el Contratista dentro de los
5 (cinco) días de notificado.
Si el garante o fiador no cumpliere con las obligaciones que hubiere contraído, el Contratista deberá
hacerse cargo de los gastos que esta circunstancia acarree, y presentar una garantía subsidiaria a
satisfacción del Comitente.
2.4. SEGUROS A TOMAR POR EL CONTRATISTA
Previo a la firma del Acta de Replanteo, el Contratista deberá tomar los seguros que cubran las
responsabilidades emergentes de la ejecución de las obras, por accidentes de su personal, tanto obrero
como de administración y conducción; del personal del Comitente afectado a la Inspección de la obra, de
los vehículos y equipos; y de responsabilidad civil frente a terceros y/o cosas de terceros.
Los seguros que se contraten deberán proveer indemnizaciones por cualquier reclamo, juicio, costos y
costas, o cualquier otro gasto emergente o relacionado con cualquier accidente o lesión del personal del
Contratista o de la Inspección, causados por los vehículos, equipos y herramientas o cualquier otro daño
que por motivo de las obras se causen a terceros y/o cosas de terceros.
Estos seguros cubrirán todas las indemnizaciones que puedan corresponder, conforme a las leyes,
decretos u otras reglamentaciones vigentes incluidas las acciones basadas en el derecho común.
Las pólizas de los seguros deberán ser emitidas por compañías aseguradoras autorizadas a operar, con
delegación en la Provincia de Tucumán, y sus cláusulas y condiciones deberán ser sometidas a la
aprobación del Comitente con anterioridad a la contratación en firme de los seguros.
Las pólizas definitivas se presentarán acompañadas de los recibos de pago de las primas
correspondientes; los costos correspondientes deberán estar previstos por el Oferente en sus precios.
Deberá establecerse específicamente que las pólizas se mantendrán vigentes durante todo el período de
ejecución del contrato hasta la recepción definitiva. Los aseguradores deberán hacer renuncia específica
a su derecho de cancelación.
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El contratista deberá presentar, antes de la suscripción del Acta de Replanteo, la documentación
correspondiente a la contratación de los seguros que a continuación se detallan y en cada uno de ellos se
deberá indicar expresamente el nombre de la obra objeto del presente contrato:
I. SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
El Contratista tomará los seguros correspondientes de RESPONSABILIDAD CIVIL para cubrir DAÑOS A
TERCEROS Y/O A BIENES DE TERCEROS.
La póliza deberá contener la siguiente cláusula obligatoria:
CLÁUSULA ESPECIAL: "Se deja expresa constancia que la Municipalidad de Yerba Buena será
considerado tercero en casos donde sean dañadas instalaciones o bienes de su propiedad, cuando
el causante sea el Contratista o y/o Sub - Contratista amparados por esta póliza".
II. ACCIDENTES DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA
Póliza de los seguros correspondientes, del personal a su cargo, discriminando especialidades y con
mención del tipo de obra y cantidad de niveles.
Será de aplicación lo establecido en la Ley Nº 24.557 - Riesgo de Trabajo - y sus Decretos Reglamentarios
y Modificatorios.
El Contratista deberá presentar Certificado de Cobertura de la A.R.T. y Certificados de Movimientos del
Personal.
La póliza y/o contrato entre la A.R.T. y el Contratista deberá contener la siguiente cláusula:
"(Indicar nombre de la A.R.T.) A.R.T. renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición
o regreso contra la Municipalidad de Yerba Buena, sus funcionarios, empleados y obreros, bien
sea con fundamento el artículo 39.5. de la Ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo
de las prestaciones en especie o dineradas que se vea obligada a otorgar o abonar al personal
dependiente o ex - dependiente de (indicar nombre de la empresa contratista) alcanzados por la
cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedad profesional sufridos o
contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y
el lugar de trabajo o viceversa. (Indicar nombre de la A.R.T.) A.R.T. se obliga a comunicar a la
Municipalidad de Yerba Buena, en forma fehaciente, los incumplimientos a la póliza en que incurra
el asegurado, y especialmente en la falta de pago en término de la misma, dentro de los DIEZ (10)
días de verificados”.
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III. SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL DE LA INSPECCIÓN Y DEL PERSONAL ASIGNADO A LA
OBRA
Para la cobertura del personal que integra la Inspección de la Obra y el personal asignado a la misma por
el Comitente, el Contratista tomará un seguro de ACCIDENTES PERSONALES COLECTIVO.
Los montos por los que se deben tomar los seguros exigidos se definen en el Pliego de Condiciones
Particulares.
Queda expresamente establecido que de sustanciarse demandas en donde la Justicia determine montos
de indemnizaciones y/o resarcimientos mayores a las coberturas tomadas por el Contratista para
cualquiera de los casos, serán a su exclusivo cargo las diferencias que surgieran.
2.5. INICIO DE LOS TRABAJOS
El Contratista deberá iniciar los trabajos dentro de los quince días de firmado el Contrato, tal lo establecido
en el numeral 2.8.14. REPLANTEOS.
Selabrará el Acta de Replanteo, determinándose como fecha cierta de Inicio de Obra la fecha de firma de
esta acta. Se establece que el plan de trabajo, como así también todos los plazos fijados en el presente
Pliego de Licitación y en el resto de la documentación que integra el Contrato de Obra tienen vigencia, y
se contarán, a partir de la fecha de firma de dicha acta.
Si l Contratista demorase la iniciación de los trabajos más allá del tiempo fijado, o fuera de la ampliación
del plazo que por razones atendibles acuerde el Comitente, éste podrá dar por rescindido el Contrato.
2.6. REPRESENTACIÓN DEL COMITENTE Y DEL CONTRATISTA
2.6.1. LA INSPECCIÓN DE OBRA
El Comitente estará representado en el lugar de los trabajos por la Inspección de Obra. Los nombres,
cargos y autoridad de cada uno de los componentes de la Inspección serán comunicados oportunamente
al Contratista. Toda comunicación entre el Comitente y el Contratista se formalizará a través de la
Inspección.
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2.6.2. ATRIBUCIONES DE LA INSPECCIÓN DE OBRA
La Inspección ejerce la supervisión general de los trabajos y coordina la labor de las distintas tareas
necesarias para completar los mismos; vigila e inspecciona la marcha de los trabajos a los efectos de
establecer si el Contratista cumple con las obligaciones contractuales que hubiere contraído para su
ejecución. Todos los trabajos que ejecute el Contratista deberán ser aprobados por la Inspección, dándose
cumplimiento a lo establecido en el numeral 2.18. CONTROL DE CALIDAD, teniendo en cuenta la
cantidad, calidad y especificaciones contractuales. En materia de medición y cumplimiento de exigencias
técnicas, el Contratista se atendrá a lo que resuelva la Inspección, sin perjuicio de los derechos a
reclamación que se establecen en el Pliego.
El Contratista deberá solicitar con la debida anticipación todas las inspecciones que sean necesarias. La
intervención de la Inspección no relevará al Contratista de ninguna de las responsabilidades establecidas
en los documentos del Contrato. En relación con todos los trabajos cuya correcta ejecución no pudiera ser
verificada después de ejecutados, regirán las disposiciones del numeral 2.8.21.
El Contratista brindará a la Inspección todas las facilidades para cumplir su cometido sin restricción alguna
y le asegurará, en todo momento, derecho de acceso a todos los lugares donde se ejecuten trabajos, se
acopien materiales y se preparen o acondicionen equipos destinados a la ejecución de las tareas, dentro
y fuera del recinto de las mismas.
Igualmente, la Inspección tendrá a su cargo verificar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista
en lo referente al funcionamiento de los obradores y campamentos.
La Inspección estará facultada para verificar el cumplimiento de todas las obligaciones del Contratista
emergentes de los documentos del contrato, incluyendo la observancia de todas las leyes, decretos,
ordenanzas y toda otra norma a cuyo acatamiento está obligado el Contratista en virtud de las
disposiciones de este Pliego.
2.6.3. PRESTACIONES, OFICINA Y MOVILIDAD PARA LA INSPECCIÓN DE OBRA
El Contratista proveerá - sin cargo alguno - a la Inspección de Obra y Equipo Territorial, al momento de la
firma del Acta de Inicio y hasta la recepción provisoria de la obra, los siguientes elementos:
- Local y/o locales con su mobiliario y equipamiento, para instalar las oficinas de la Inspección de
Obra y el Equipo Territorial. Las oficinas estarán dotadas de alumbrado eléctrico, agua potable,
sanitarios y office. Los locales contaran con la climatización necesaria, aire acondicionado
frio/calor. También se proveerá los elementos de oficina, dibujo y papelería necesaria, como así
también la reposición de los cartuchos de tinta de la impresora en uso en dicha oficina. Él
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Contratista dispondrá el personal que mantendrá las instalaciones en perfecto estado de limpieza
e higiene. La provisión y el pago del consumo eléctrico de la oficina estará a cargo del contratista
hasta la firma del Acta de Recepción provisoria de obra.
-
La vigilancia de la oficina de inspección de obra estará a cargo del Contratista y deberá ser de
veinticuatro (24) horas al día, de lunes a domingo, hasta la recepción provisoria de obra.
-
El Contratista adoptará todas las disposiciones necesarias para que se puedan supervisar las
obras sin riesgo o peligros y pondrá a disposición de la Inspección de obra, en perfecto estado,
los instrumentos necesarios para efectuar los replanteos, mediciones, relevamientos y
verificaciones que motive la ejecución de las obras, todas las veces que esta lo solicite.
-
El Contratista brindará las mismas facilidades de trabajo a los funcionarios autorizados para el
ejercicio de sus tareas.
-
El Contratista proveerá a su exclusiva cuenta un botiquín con material sanitario mínimo para
satisfacer las necesidades de una emergencia sanitaria, de acuerdo con las especificaciones
normalizadas por los organismos de Salud Pública de la Provincia.
-
El Contratista deberá hacer entrega de un (1) vehículo para movilidad de la Inspección de Obra,
de acuerdo a las especificaciones y condiciones que se detallan a continuación.
Camioneta Cabina Doble, tipo Ranger – S10 – Hilux - Amarok, en perfectas condiciones de uso,
con no más de 3 años de antigüedad a partir de la fecha de firma de contrato, para uso full time
del equipo territorial e Inspección de obra, sin chofer, en comodato hasta la firma de la recepción
provisoria de obra. Según PCP.art 1.13 Movilidad.
2.6.4. EL REPRESENTANTE LEGAL
El Contratista deberá designar un Representante Legal debidamente facultado, en los términos del
numeral 1.8., quien mantendrá las relaciones con el Comitente en todo lo que se refiere al cumplimiento
general del Contrato.
2.6.5. EL REPRESENTANTE TÉCNICO
El Representante Técnico será el responsable directo de los aspectos técnicos relacionados con el
Contrato y de suscribir los planos y documentos pertinentes; deberá ser un profesional con experiencia,
con incumbencia y deberá acreditar su inscripción en el Consejo o Colegio Profesional correspondiente de
la Provincia de Tucumán. Estará facultado por el Contratista para representarlo previa aceptación por parte
del Comitente.
El Representante Técnico deberá permanecer en la obra. Si por alguna razón debiera alejarse
transitoriamente, deberá contar con autorización previa de la Inspección y en ese caso el Contratista
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deberá designar en su reemplazo, con aprobación de la Inspección, otro profesional de la misma idoneidad
y con las mismas atribuciones.
Si el Representante Técnico se ausentare sin autorización, la Inspección podrá ordenar la suspensión de
los trabajos en ejecución y se hará responsable al Contratista por los perjuicios que originase la demora
de los mismos. Dicha suspensión no dará lugar a la ampliación del plazo convenido para la ejecución de
los trabajos.
2.6.6. ATRIBUCIONES DEL REPRESENTANTE TÉCNICO
El Representante Técnico estará autorizado para suscribir el acta y las planillas de medición, la
Declaración de Calidad de los Trabajos ejecutados y Materiales empleados, los certificados de pago, las
notas de pedido y recibir las órdenes de servicio. Todas las comunicaciones correspondientes a la marcha
de los trabajos efectuadas al Representante Técnico tendrán validez a todos los efectos contractuales y,
por consiguiente, tendrán el mismo valor que si se hubieran efectuado al Contratista.
La actuación del Representante Técnico obligará al Contratista, quien asumirá la responsabilidad por los
actos y hechos de su Representante Técnico.
2.6.7. ÓRDENES DE SERVICIO Y NOTAS DE PEDIDO
Todas las Órdenes y comunicaciones de cualquier naturaleza entre el Contratista y la Inspección se harán
únicamente por escrito. Por consiguiente, toda vez que en los documentos del contrato se exprese
"comunique", "informe", "indique", o similares, deberá entenderse por escrito. Las comunicaciones
verbales no tendrán valor con respecto al contrato.
Todas las Órdenes y comunicaciones de la Inspección referentes al cumplimiento del contrato serán
cursadas al Contratista mediante Órdenes de Servicio numeradas correlativamente. El original de la orden
de servicio permanecerá en poder de la Inspección. Las Órdenes de Servicios entrarán en vigencia a
partir del momento de su notificación al Contratista.
Las Órdenes de Servicio serán de ejecución obligatoria para el Contratista dentro de los alcances del
contrato.
Toda Orden de Servicio no observada dentro de los 2 (dos) días hábiles de notificada, se dará por aceptada
y formará parte del Contrato sin implicar retribución adicional, salvo expresa indicación en contrario.
Cuando en una Orden de Servicio se fije plazo para su cumplimiento, el atraso en su comienzo o
finalización hará incurrir al Contratista en mora en el cumplimiento de la Orden de Servicio.
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Todas las comunicaciones del Contratista a la Inspección serán cursadas mediante Nota de Pedido
numeradas correlativamente. El original de la Nota de Pedido será entregado por el Contratista a la
Inspección. Las notas de pedido entrarán en vigencia a partir del momento de su notificación a la
Inspección.
2.6.8. DIVERGENCIAS
En caso que el Contratista considerase que las órdenes recibidas no se encuadran dentro de los términos
del Contrato o son inconvenientes o peligrosas para la correcta marcha de los trabajos, deberá formular
sus observaciones dentro de los 2 (dos) días hábiles de asentada la orden. Dichas observaciones deberán
ser debidamente fundadas y no se considerarán como observadas las órdenes de servicios cuando al
hacerlo el Contratista no asentare los fundamentos de su observación. En cualquier caso, si la Inspección
ratificara la orden observada, el Contratista deberá cumplirla según lo instruido, pudiendo reservarse los
derechos que le asistan por los gastos y perjuicios que estime producidos por la Orden. El Contratista será
responsable de todo cuestionamiento indebido.
2.6.9. RECLAMACIONES DEL CONTRATISTA
Todas las reclamaciones del Contratista motivadas por hechos ocurridos en la obra que no se refieran a
cuestionamientos de Ordenes de Servicios, deberán presentarse debidamente fundadas dentro de los 2
(dos) días hábiles de ocurrido el hecho. Fuera de estos plazos, la Inspección no dará curso a ninguna
reclamación del Contratista.
2.7. OBLIGACIONES DEL COMITENTE
2.7.1. ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
El Comitente entregará al Contratista, a su pedido, 1 (una) copia de los documentos que integran el
contrato.
2.7.2. ENTREGA DE TERRENOS, MATERIALES Y EQUIPOS
Cuando así lo prevean los documentos del contrato, el Comitente pondrá a disposición del Contratista,
libres de ocupantes, los terrenos indicados en los planos correspondientes que estén determinados como
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superficies destinadas a la ejecución de los trabajos; en forma similar se procederá con los materiales y/o
equipos que el Comitente se hubiera comprometido a proveer.
Los terrenos adicionales para la instalación de obradores y campamentos, si resultaren necesarios,
deberán ser procurados por el Contratista a su exclusivo costo en los lugares que estime conveniente,
previa aprobación del Comitente.
2.7.3. PAGO DE LOS TRABAJOS
El Comitente abonará al Contratista los trabajos y servicios emergentes del Contrato en la forma y tiempo
indicados en el numeral 2.19, o el que establezcan las Condiciones Particulares.
2.8. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
2.8.1. CONOCIMIENTO DEL PROYECTO
Se presume, sin admitir prueba en contrario, que el Contratista por el hecho de haber presentado su Oferta
y en cumplimiento del numeral 1.12.1, se ha informado de:
a) Todas las condiciones y circunstancias previstas en los Pliegos que afectan y componen el precio
ofertado y el Plan de Trabajos.
b) Las circunstancias generales existentes en el sitio de localización de los trabajos.
c) La situación laboral imperante en el emplazamiento.
d) Toda otra circunstancia que afecte el trabajo en sí, su ejecución, mantenimiento y costo.
En consecuencia, se presume que los precios cubren todos los gastos y pérdidas que tenga que soportar
el Contratista por cualquier motivo, causa o circunstancia, para la ejecución de los trabajos de acuerdo con
los documentos del Contrato. Por consiguiente, dichos precios cubrirán todos los conceptos que como
contraprestación debe pagar el Comitente por la ejecución de los trabajos tal como se los exhibe y describe
en los documentos del Contrato y con los alcances establecidos en el numeral 1.12.
El Contratista no podrá eludir su responsabilidad si ha sido negligente al no solicitar oportunamente las
instrucciones o aclaraciones necesarias, en caso de dudas o incorrecta interpretación de los documentos
del contrato.
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2.8.2. PLAN DE TRABAJOS
En base al Plan de Trabajos y Memoria Técnica presentados en su Oferta y a las aclaraciones y/o ajustes
aprobados, el Contratista deberá elaborar el Plan de Trabajos definitivo, el que una vez aprobado por el
Comitente formará parte del Contrato. Si el Comitente considerase necesario, podrá exigir que dicho plan
sea confeccionado por el Método del Camino Crítico para su aprobación.
El Contratista deberá adjuntar también la Curva de Certificaciones y la Curva de Inversiones resultantes.
El Plan de Trabajos, Curva de Certificaciones y la Curva de Inversiones serán estudiados por la Inspección,
que hará sus observaciones o los aprobará dentro de un plazo no mayor de 5 (cinco) días y, una vez
aprobados, formarán parte de los documentos del Contrato.
Cuando el Comitente acuerde modificaciones de los plazos parciales y/o del plazo total de la obra, el
Contratista deberá presentar, dentro de los 5 (cinco) días corridos, el nuevo Plan de Trabajos, Curva de
Certificaciones y Curva de Inversiones, los que una vez aprobados, formarán parte de los documentos del
Contrato. De no presentar el Contratista dicha documentación en el plazo establecido, las penalidades que
pudiesen estar pendientes a la espera de la referida adecuación, serán aplicadas hasta tanto el Contratista
cumpla con esta obligación.
2.8.3. PLANOS, PLANILLAS, CÁLCULOS ESTRUCTURALES Y MEMORIAS TÉCNICAS
A los efectos de llevar a cabo los trabajos encomendados, el Contratista deberá verificar el proyecto,
calcular o recalcular las estructuras y preparar todos los planos generales, de detalle, de taller, de montaje,
etc. que sean necesarios para la prosecución de los trabajos, así como los exigidos por organismos
oficiales, nacionales, provinciales y municipales, entes autónomos y privados (carpetas técnicas para las
aprobaciones de los proyectos correspondientes). Dichos planos incluirán todos los dibujos, descripciones,
especificaciones, mediciones, cálculos y datos necesarios para la aprobación de las documentaciones
técnicas y correcta ejecución de las obras a exclusivo criterio de la SOPPU.
Para la presentación de documentos comprendidos en este numeral, deberán ser presentados en original
o copia transparente reproducible y 5 (cinco) copias heliográficas para la aprobación de la Inspección.
El Contratista antes de iniciar cualquier trabajo deberá solicitar la aprobación previa de la documentación
correspondiente. Para la aprobación, observación o rechazo de la documentación a que se refiere el
presente numeral, la Inspección dispondrá de 10 (diez) días a partir de la presentación por parte del
Contratista. En caso de no recibir respuesta de la Inspección dentro de dicho plazo, el Contratista podrá
considerar aprobada su presentación debiendo, previo al inicio de los trabajos, comunicarlo por escrito a
la Inspección.
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En caso de que algún plano requiera modificaciones a juicio de la Inspección, le será devuelto al Contratista
para su corrección; una vez corregido, será nuevamente presentado a ésta. El tiempo adicional empleado
en las correcciones de dichos planos no autorizará al Contratista a pedir ampliación de los plazos
contractuales.
La aprobación de los planos por parte de la Inspección no relevará al Contratista de sus responsabilidades.
Si el Contratista tuviera que modificar planos ya aprobados, deberá pedir autorización previa a la
Inspección.
2.8.4. POZOS DE SONDEO, EXPLORACIÓN – INSTALACIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS
El Contratista deberá ejecutar por su cuenta todos los trabajos de exploración previstos en las
Especificaciones Técnicas, o que resulten necesarios para la ejecución de los trabajos contratados.
En lo atinente a las Instalaciones de Servicios Público, deberá solicitar a las empresas administradoras
información respecto a la existencia de instalaciones de servicios en la zona de los trabajos a fin de tomar
los recaudos correspondientes para no afectar las mismas por efecto de la ejecución de las obras objeto
del presente Contrato. En caso de ser necesario deberá efectuar los sondeos correspondientes para este
propósito.
El contar con las respuestas a estos pedidos de informes o los resultados de las introspecciones será
condición indispensable para que sea autorizado el inicio de las obras; dejándose expresamente aclarado
que en cualquier caso de roturas o deterioros de las instalaciones, correrá por cuenta exclusiva del
Contratista su reparación y nueva puesta en funcionamiento, de acuerdo a las pautas y exigencias que
disponga la empresa prestadora del servicio afectado. Asimismo será único responsable por los daños y
perjuicios ocasionados a terceros, bienes de terceros y a los usuarios de los servicios.
Esto cobra especial importancia en el caso de los servicios de energía eléctrica y de gas pues si en el
sector se contare con la presencia de líneas subterráneas de media o alta tensión y/o conductos de gas
que se vieren afectados esto implicaría un riesgo de muerte a quienes se encuentren en las proximidades
y severos daños a las propiedades y bienes de terceros.
En todos los casos el Contratista deberá informar a las empresas prestadoras de servicios, con una
antelación mínima de Setenta y Dos (72) horas, el cronograma de los trabajos a ejecutar en los lugares
donde se realizarán las excavaciones y solicitar la colaboración de personal de aquellas empresas para la
detección de las instalaciones.
Por lo tanto, al formular su Oferta deberá incluir en la misma los costos que demandaren los estudios y
sondeos de las instalaciones de servicios en los lugares de emplazamiento de las obras.
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En caso de que no exista en el presupuesto un ítem especial que contemple la realización de los trabajos
y tareas aquí enunciadas, los mismos no recibirán pago directo alguno, debiendo ser incluidos sus costos
en el presupuesto general de la obra.
2.8.5. CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS
El Contratista será plenamente responsable desde la iniciación de los trabajos hasta su terminación y
recepción definitiva, por el cuidado de obras, estructuras temporarias, materiales, equipos y demás
elementos llevados al emplazamiento a los fines del cumplimiento del contrato; será responsable de todas
las pérdidas o deterioros de dichos elementos los que, en caso de daño o destrucción, deberán ser
reemplazados o puestos en orden y en buenas condiciones por su cuenta, en forma tal que, a la
terminación de los trabajos, éstos queden en un todo de acuerdo con el Contrato y con las órdenes
impartidas por la Inspección.
2.8.6. ERRORES U OMISIONES
Si durante la marcha de los trabajos el Contratista encontrara errores, omisiones o discrepancias entre los
diversos documentos del Contrato, tendrá la obligación de notificarlos a la Inspección en forma inmediata.
Cualquiera de los trabajos involucrados que se ejecute con posterioridad a esa notificación y antes de que
la Inspección se hubiera expedido sobre los errores, omisiones o discrepancias, serán de exclusiva
responsabilidad y a cargo del Contratista.
2.8.7. FÓSILES, MINAS Y ARTÍCULOS DE VALOR
Si durante la ejecución de sus tareas el Contratista hallara material fósil, de interés científico o
arqueológico, o algún objeto de valor intrínseco, deberá informar inmediatamente a la Inspección.
El Contratista está obligado a preservar los citados objetos hallados, en los lugares en los que fueron
descubiertos, hasta que la Inspección establezca su destino. Queda entendido que el Contratista no puede
apropiarse de ninguno de dichos objetos, considerando que en todos los casos son de propiedad del
Comitente o del Estado, según corresponda.
2.8.8. SEGURIDAD FÍSICA EN LOS LUGARES DE TRABAJO
El Contratista deberá ajustar su desempeño a las normas y reglamentaciones nacionales, provinciales y
municipales aplicables a trabajos de esta naturaleza. Será responsable por los daños y perjuicios que la
ejecución de los trabajos provoque a su personal o a terceros, independientemente de las normas de
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seguridad aplicadas. Tampoco liberará al Contratista de la responsabilidad emergente, el hecho de que la
Inspección haya consentido tácita o expresamente las medidas de seguridad adoptadas.
Si las medidas de seguridad adoptadas en cada caso son consideradas insuficientes por la Inspección,
ésta podrá disponer la paralización total o parcial de los trabajos hasta que se adopten las medidas y
precauciones que estime necesarias, en cuyo caso las demoras no serán justificadas a los fines del plazo
de ejecución de los trabajos.
2.8.9. CUMPLIMIENTO DE LEYES Y NORMAS
En todas las operaciones relacionadas con los trabajos contratados, el Contratista cumplirá y hará cumplir
las leyes, decretos nacionales y provinciales, ordenanzas municipales y de policía, y demás disposiciones
vigentes. El Contratista será legalmente responsable de las infracciones de cualquier naturaleza que
cometa, al igual que las que cometa el personal bajo sus órdenes.
2.8.10. CONSERVACIÓN DE LA VEGETACIÓN
El Contratista tendrá la obligación de mantener, en la medida que no afecte los trabajos toda vegetación
y suelo vegetal existentes.
El Contratista deberá reponer a su costo toda la vegetación que resulte afectada por la ejecución de la
obra. Si la misma fuere dañada por la ejecución de tareas en forma inadecuada o negligente, será
considerada negligencia grave a los fines del Contrato, pasible de las penalidades correspondientes,
además de reponer el triple en cantidad de las especies y/o vegetación dañada.
2.8.11. PROVISIÓN DE AGUA Y ENERGÍA
El Contratista tomará a su cargo y costo la provisión del agua y la energía para la normal ejecución de los
trabajos.
2.8.12. CARTELES DE SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO
El Contratista proveerá e instalará a su costo los carteles, construcciones provisorias para alojar producto
de las excavaciones, señalizaciones, balizamiento, etc. de las características técnicas constructivas a
satisfacción del Comitente y conforme a los planos tipo de Señalizaciones adjuntos al presente pliego.
Como mínimo proveerá, instalará y mantendrá permanentemente en obra:
a) Cartel de Obra: 2 (dos) de 2,00 x 1,50 metros aproximadamente, como medidas mínimas.
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b) Carteles de Señalizaciones Verticales: De desvío de tránsito, seguridad de las obras, obreros, personas
o cosas, etc., en la cantidad necesaria a criterio de la Inspección de la Obra.
c) Para demarcación de recintos, zanjas y contención de materiales producto de las excavaciones:
Cajones, cintas de seguridad, pasarelas peatonales, etc. en todo el perímetro del área de trabajos y los
lugares de tránsito peatonal necesarios a criterio de la Inspección de la Obra.
El Contratista no podrá colocar otros carteles o letreros sin previa autorización del Comitente.
El Contratista dispondrá en el lugar de las obras, cuando éstas se realicen en la vía pública, del
balizamiento nocturno a los fines de señalizar adecuadamente las mismas. Las balizas serán luminosas a
energía eléctrica, estáticas e intermitentes color rojo, garantizando el correcto funcionamiento del sistema.
En caso de incumplimiento total o parcial de lo indicado en el presente numeral, el Comitente podrá
disponer la colocación de carteles y la señalización por cuenta del Contratista, deduciendo los costos
incurridos incrementados hasta un 50 % (cincuenta por ciento) en concepto de gastos administrativos y
punitorios de los créditos o garantías que el mismo tuviere.
El incumplimiento de este numeral será considerado falta grave y facultará al Comitente a rescindir el
Contrato por causas imputables al Contratista, sin derecho a reclamo alguno.
2.8.13. MANTENIMIENTO DE LA LIMPIEZA
El Contratista deberá mantener todos los lugares de trabajo y áreas anexas libres de escombros y de
toda clase de residuos.
Antes de la Recepción Definitiva, el Contratista deberá colocar y mantener en forma ordenada todos los
elementos y materiales sobrantes, propiedad del Comitente, en forma satisfactoria a juicio de la Inspección.
Si el Contratista no cumpliera con estas obligaciones, el Comitente podrá encararlas a través de su
personal o de terceros, y cargar los gastos que demanden estas tareas al Contratista.
2.8.14. REPLANTEOS
El replanteo de la obra deberá iniciarse dentro de los quince días corridos de firmado el Contrato. A este
fin se labrará entre las partes el Acta de Replanteo respectiva.
El replanteo se llevará a cabo por el Inspector de la Obra con asistencia del Representante Técnico del
Contratista y consistirá en el establecimiento de señales o puntos fijos de referencia, que el Contratista
queda obligado a conservar por su cuenta.
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Si en el terreno ya estuviesen colocadas las señales necesarias para la ubicación de las obras, el replanteo
consistirá en el reconocimiento y entrega de estos testigos al Contratista. Esas referencias determinarán
el eje longitudinal de la obra, progresivas y niveles. En base a estas, el Contratista completará el replanteo
de detalles de acuerdo con los planos generales y detalles del proyecto y conforme a las modificaciones
que el Comitente introduzca durante el curso de los trabajos.
Los gastos en concepto de jornales, movilidad, útiles y materiales que ocasionen el replanteo, así como
los de revisión del replanteo de detalles que el Comitente considere conveniente realizar, son por cuenta
exclusiva del Contratista.
Terminado el Replanteo se extenderá por duplicado un acta en la que conste haberlo efectuado conforme
al proyecto y a las instrucciones impartidas por la Inspección de Obra, que será firmada por el Inspector
de Obra y por el Representante Técnico del Contratista. Con el Replanteo el Contratista deberá cotejar las
mediciones realizadas con los cómputos contractuales adjuntando su planilla de resultados.
Cualquier observación que deseare formular, relacionada con el replanteo y que pudiera dar lugar a
reclamos, deberá constar al pie del acta en forma de reserva, sin cuyo requisito no se considerará válido
ningún reclamo.
Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas en esta acta deberá ser presentado con expresión
de fundamento dentro de los treinta días posteriores a la firma de dicha acta. Vencido este plazo el
Contratista perderá los derechos respectivos y se tendrá por no efectuada la reserva.
Si el Contratista no concurriese al replanteo, se fijará una nueva fecha con diez días de anticipación. Si
tampoco concurriese a esta segunda citación sin que exista, a exclusivo juicio del Comitente, causas
justificadas que le hayan impedido asistir o si habiendo concurrido, se negase a firmar el acta que se
labrará con tal motivo, con la certificación de testigos o autoridad competente, se considerará que el
Contratista hace abandono de la obra contratada, pudiendo, en ese caso el Comitente declarar rescindido
el contrato con las penalidades consiguientes.
El replanteo comprenderá la entrega al Contratista de los terrenos necesarios para las obras a ejecutar,
es decir, el Emplazamiento.
Cuando para la ejecución de las obras se requiera la remoción de algún punto fijo de amojonamiento o
marcaciones oficiales, el Contratista deberá comunicarlo con la antelación debida al Comitente, a efectos
de que éste imparta las instrucciones a fin de que el Contratista tome las precauciones necesarias para
que los mismos no sufran alteración alguna durante la construcción de las obras.
2.8.15. DEMOLICIONES
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Si fuera necesario efectuar extracciones o demoliciones para llevar a cabo los trabajos contratados, los
gastos que demanden éstas tareas estarán a cargo del Contratista.
El Contratista deberá dar al material proveniente de las demoliciones el destino que determine el
Comitente.
2.8.16. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS
El Contratista será responsable por los daños que ocasione a terceros, con motivo de las operaciones que
realice en cumplimiento de los trabajos que son objeto del Contrato.
2.8.17. INTERRUPCIONES EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS
En la medida de las posibilidades, el Contratista está obligado a que la ejecución de los trabajos produzcan
un mínimo de interrupciones del tránsito vehicular y peatonal y garantizar la normal prestación de los
servicios públicos y el escurrimiento de las aguas. Correrán por su cuenta, sin derecho a reclamación
alguna, con todos los gastos de reparación y/o reposición de los bienes que afecte, dañe o deteriore.
2.8.18. TRÁMITES Y GASTOS CONEXOS
El Contratista deberá obtener de las autoridades competentes todos los permisos y autorizaciones que
sean necesarios para la ejecución de los trabajos; tendrá a su cargo todas las gestiones y trámites ante
las autoridades nacionales, provinciales y municipales, entes autónomos y privados para solicitar
inspecciones y/o habilitaciones.
Los gastos que originen los permisos y autorizaciones, así como todos los trámites y gestiones, estarán
incluidos en el precio de la obra.
2.8.19. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El Contratista no podrá ceder total o parcialmente el Contrato sin el previo consentimiento escrito del
Comitente.
El Contratista no podrá subcontratar la totalidad de los trabajos. Podrá sin embargo subcontratarlos
parcialmente previa autorización expresa del Comitente.
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Pliego de condiciones generales.
La Subcontratación no relevará al Contratista de ninguna de las obligaciones emergentes del contrato;
ser responsable de los actos, errores o negligencias del subcontratista, tanto como de los ocasionados por
sus representantes, empleados u obreros.
El Comitente, en cualquier momento durante la ejecución de los trabajos, podrá ordenar el retiro del
subcontratista. En este caso se notificará al Contratista, el que cancelará el correspondiente subcontrato,
sin cargo alguno al Comitente.
2.8.20. RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS
El Comitente se reserva el derecho de ejecutar trabajos adicionales o complementarios, ya sea por sus
propios medios o por otros contratistas. El Contratista tendrá la obligación de cooperar ampliamente, y
facilitar la ejecución y continuidad de dichos trabajos.
Si el Contratista considerase que la ejecución de estos trabajos interfiere en alguna medida con los que
son objeto de su Contrato, ya sea por actos deliberados, impedimentos, descuidos o errores por parte de
otros, deberá comunicarlo en forma inmediata a la Inspección, la que tomará las medidas necesarias
para su coordinación.
2.8.21. OBRAS CUBIERTAS
El Contratista deberá solicitar la aprobación previa de la Inspección y otorgar amplias facilidades a la
misma, para controlar y revisar todas las partes que deban quedar cubiertas y ocultas. Los pedidos
de Inspección serán realizados con 2 (dos) días hábiles de anticipación salvo causas debidamente
justificadas.
La Inspección podrá ordenar que sea descubierta toda parte oculta, cuando exista duda debidamente
justificada de su calidad o ajuste a los términos del Contrato. Si de la investigación efectuada se llegase a
establecer que la tarea ha sido ejecutada de acuerdo a Contrato o que las imperfecciones observadas no
son imputables al Contratista, los gastos hechos para el descubrimiento de las partes y su posterior
reparación serán por cuenta del Comitente; en caso contrario, los gastos ocasionados estarán a cargo del
Contratista. Si no hubiera habido comunicación oportuna antes del cubrimiento, los gastos de inspección
estarán a cargo del Contratista aunque el trabajo esté bien hecho.
2.9. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
2.9.1. ESTABLECIMIENTO DE LOS PLAZOS
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Pliego de condiciones generales.
El plazo total del Contrato y los parciales de cada tarea se establecen en las Condiciones Particulares.
2.9.2. RITMO DE INVERSIONES
Durante la ejecución de los trabajos se llevará un gráfico de inversión real, superpuesto al plan de
certificación presentado en la Oferta o corregido por prórrogas, si las hubiera.
El Comitente podrá exigir aumento de actividad cada vez que la inversión esté por debajo de lo previsto,
sin perjuicio de aplicar las penalidades correspondientes.
El Contratista no podrá adelantarse al Plan de Trabajos e Inversiones sin requerir el consentimiento
expreso del Comitente. En caso contrario, el Comitente podrá adecuar los pagos a lo previsto en el Plan
de Certificación, sin que ello de lugar a reclamación por parte del Contratista.
2.9.3. AMPLIACIONES DE PLAZOS
Los plazos establecidos en el Plan de Trabajos podrán ser modificados por las siguientes causas:
a) Ampliación de tareas a solicitud del Comitente.
b) Suspensión de trabajos por orden o causa del Comitente.
c) Por causas prevista en el numeral 2.18.3. TRABAJOS DUDOSOS.
d) Causas de caso fortuito o de fuerza mayor y toda otra causa que, a juicio exclusivo del Comitente,
justifique la modificación de los plazos.
El Contratista deberá solicitar la ampliación del plazo dentro de los 15 (quince) días hábiles de producida
la causa de la demora. Los pedidos efectuados con posterioridad a dicho plazo sólo serán considerados a
exclusivo criterio del Comitente, ante causas justificadas.
2.9.4. INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
El Contratista deberá cumplir con el Plan de Trabajos contractual y con el correspondiente Plan de
Certificaciones y la Curva de Inversiones resultante. En caso de incumplimiento, será responsable por las
demoras ocasionadas y se le aplicarán las penalidades establecidas en el numeral 2.21.3. Dichas
penalidades se aplicarán automáticamente a los certificados y, en caso que las mismas superen el monto
del certificado, el excedente será aplicado a cualquier otro crédito que por cualquier concepto tuviese el
Contratista ante el Comitente, o éste podrá exigirle el pago directo, bajo pena de ejecución de la garantía
del contrato.
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Las referidas penalidades quedarán en suspenso, en caso de encontrarse en tramitación la adecuación
del Plan de Trabajos y/o de los plazos parciales y/o del plazo total del contrato.
2.9.5. SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS POR EL CONTRATISTA
El Contratista podrá suspender los trabajos cuando acredite la configuración de los causales de caso
fortuito, o de fuerza mayor reconocida por la Ley de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario de la
Provincia de Tucumán.
2.9.6. PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
Cuando el Contratista proceda a la paralización de los trabajos sin mediar causal alguna de suspensión y
autorización del Comitente, éste podrá rescindir el contrato.
2.9.7. SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS POR EL COMITENTE
El Comitente se reserva el derecho de ordenar la suspensión de cualquier tarea objeto de este Contrato,
o la paralización temporal de los trabajos, avisando al Contratista con una anticipación razonable.
2.9.8. GASTOS IMPRODUCTIVOS
Cuando se produzca, por causa del Comitente una suspensión o una disminución en el ritmo de los
trabajos respecto de la programación aprobada, el Contratista podrá pedir indemnización por los gastos
improductivos que demostrare fehacientemente haber tenido provenientes de esta circunstancia, salvo
que la suspensión o disminución del ritmo de los trabajos sean consecuencia de actos o negligencia del
Contratista.
Dicha indemnización será determinada conforme al criterio indicado en la Ley de Obras Públicas y su
Decreto Reglamentario de la Provincia de Tucumán.
Se deja expresamente establecido que no darán lugar a percibir la indemnización prevista en el presente
numeral, las ampliaciones de plazos concedidas por aplicación de las causales establecidas en el numeral
2.9.3. a), c) y d).
2.9.9. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA SI SE SUSPENDEN LOS TRABAJOS
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Pliego de condiciones generales.
Cuando se produjera una suspensión parcial o total de los trabajos durante un plazo determinado, el
Contratista deberá mantener la vigilancia y el cuidado del emplazamiento durante el tiempo de suspensión
establecido.
2.10. PERSONAL EMPLEADO POR EL CONTRATISTA
2.10.1. CONDICIONES Y REQUISITOS DEL PERSONAL
En sus relaciones con el personal, el Contratista deberá observar las disposiciones de las leyes laborales
vigentes. El Contratista empleará solamente personal competente, idóneo y capacitado, en número
suficiente para asegurar la correcta marcha de los trabajos y su terminación dentro de los plazos
estipulados. El personal contará con uniformes de trabajo en buen estado, los capataces portarán en lugar
visible credencial identificatoria del Contratista con nombre, función y fotografía.
El Contratista hará conocer periódicamente a la Inspección la nómina del personal ocupado, clasificado
según tareas y especialidades, a fin de establecer el debido control. A los efectos de la confección de este
registro deberá ceñirse a la calificación profesional que corresponda por aplicación de la legislación
argentina y convenciones colectivas de trabajo homologados. La Inspección fijará la frecuencia con que
deberá presentarse esta información.
Durante la vigencia del Contrato, el Contratista no podrá contratar, sin consentimiento previo y por escrito
del Comitente, a ninguna persona que trabaje para el Comitente.
2.10.2. SUSTITUCIÓN Y RETIRO DEL PERSONAL
El Contratista no podrá sustituir al personal profesional o técnico que haya indicado en la Oferta
(Formulario Nº 6) sin autorización expresa y aceptación del sustituto por parte del Comitente.
La Inspección tendrá facultades para exigir el retiro inmediato de cualquier empleado, profesional, técnico
u obrero que, a su juicio, observase mala conducta o fuera incompetente o negligente en el desempeño
de sus funciones.
Tales personas deberán ser reemplazadas a la mayor brevedad por sustitutos competentes aprobados por
la Inspección y no podrán ser empleados nuevamente en tareas del contrato sin autorización expresa de
la Inspección. Las consecuencias emergentes de los despidos a que dieran lugar las prescritas
disposiciones estarán a cargo del Contratista.
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Pliego de condiciones generales.
2.10.3. MANTENIMIENTO DE LA DISCIPLINA
El Contratista y todo su personal, así como los subcontratistas y el personal de los mismos, deberán acatar
las órdenes de la Inspección.
El Contratista queda obligado a mantener en todo momento el orden en los lugares de trabajo, a cuyo fin
adoptará las medidas tendientes a lograr una adecuada disciplina. El Contratista deberá alejar de las áreas
de trabajo a toda persona indeseable que la Inspección indique a su exclusivo juicio.
2.10.4. PAGO DE SALARIOS
El Contratista no podrá pagar salarios inferiores al mínimo establecido por la ley; deberá observar todas
las leyes y convenios laborales en lo que respecta a los aportes jubilatorios y demás cargas sociales.
El Contratista mantendrá al día el pago al personal empleado en la obra de acuerdo a la legislación vigente.
La Inspección comprobará el cumplimiento del pago de jornales antes de la aprobación y elevación del
correspondiente certificado. El Contratista presentará periódicamente al Comitente las planillas de jornales
abonados, reservándose el Comitente el derecho de solicitar los comprobantes respectivos. Dentro de
estas obligaciones se encontrarán también los subcontratistas.
El pago de las remuneraciones del Personal bajo relación de dependencia tendrá prioridad y el Contratista
deberá hacerlo previamente a la cancelación de cualquier otra obligación.
La falta de pago, o el pago fuera de término de los salarios, paralizará automáticamente el pago de los
certificados y serán causa suficiente de rescisión del contrato.
2.10.5. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES SOCIALES
El Contratista está obligado a dar cumplimiento a la legislación social vigente en materia contribuciones,
aportes y retenciones para los distintos destinos fijados en tales normas. Bajo ninguna circunstancia el
Contratista podrá distraer sumas destinadas a estas obligaciones o emplearlas para cualquier otro
propósito.
A los efectos del control del cumplimiento de estas obligaciones legales, el Contratista deberá presentar
en forma conjunta a cada certificado (según la calificación enunciada en el numeral 2.19.7) copia del
Formulario 931 (DDJJ al Sistema Único de Seguridad Social) con la correspondiente copia de los
comprobantes de pago de los Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social y demás retenciones
efectuadas al personal del último mes vencido a la fecha de presentación. Dicha obligaciones regirá
también para los subcontratistas, si los hubiere.
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Pliego de condiciones generales.
La falta de presentación de la DDJJ al SUSS, como la falta de depósito de las contribuciones, aportes y
retenciones será causal de paralización del pago de los certificados.
El Comitente podrá requerir, cuando lo considere pertinente, una constancia fehaciente expedida por la
autoridad competente que demuestre que no adeuda suma alguna relativa a obligaciones por cargas
sociales.
2.11. SERVICIOS SOCIALES: SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDICINA DEL TRABAJO.
2.11.1. GENERALIDADES
El Contratista deberá proveer y mantener durante el desarrollo de los trabajos desde la firma del contrato
y hasta la recepción definitiva de aquellos, los servicios de seguridad, higiene y medicina del trabajo que
establecen las leyes, disposiciones vigentes y/o considere conveniente la Inspección de la Obra.
La prestación de estos servicios será en todo momento responsabilidad del Contratista, pero podrá
eventualmente y previa autorización del Comitente, transferirla a terceros. La transferencia autorizada no
liberará al Contratista de las responsabilidades por la eficiencia y continuidad de la prestación de todos
los servicios aquí especificados.
El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones referentes a la prestación de estos servicios, facultará
a la Inspección a disponer la paralización de los trabajos por culpa del Contratista, sin perjuicio de otras
sanciones económicas que puedan corresponder.
2.11.2. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES E INCENDIOS
El Contratista deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar la ocurrencia de accidentes,
incendios o enfermedades originadas en las condiciones del ambiente de trabajo y deberá cumplir las
exigencias de la Inspección sobre los aspectos de seguridad enunciados.
2.11.3. HIGIENE
El Contratista deberá asegurar la limpieza permanente de locales y lugares de tránsito y permanencia de
personal en todas las áreas de trabajo donde no existan servicios de recolección, los residuos deberán ser
incinerados y enterrados en zonas sanitariamente dispuestas para ello.
El Contratista deberá asegurar también la provisión de agua potable para el personal, en el lugar y durante
todo el tiempo de ejecución del contrato.
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El Contratista construirá y mantendrá baños, duchas y vestuarios para su personal en número suficiente
a la dotación asegurada en las distintas áreas de trabajo y de acuerdo con las reglamentaciones vigentes
nacionales, provinciales y municipales; la Inspección vigilará el cumplimiento de estas disposiciones.
2.12. MATERIALES Y EQUIPOS.
2.12.1. GENERALIDADES
El Contratista tendrá siempre disponible las cantidades de materiales y equipos que a juicio de la
Inspección sean necesarios para la buena marcha de los trabajos. Las demoras y paralizaciones
ocasionadas por escasez o falta de materiales o elementos, por incumplimiento de proveedores, no serán
tenidas en cuenta para prórrogas de plazos.
2.12.2. EQUIPOS
El equipo declarado en la Oferta (Formulario Nº 5) es parte integrante del Contrato y está destinado
exclusivamente a la realización de los trabajos. El Contratista no podrá retirarlo, total o parcialmente, sin
el consentimiento escrito de la Inspección. Cualquier equipo que se retire deberá ser previamente
reemplazado por otro de características similares en cuanto a rendimiento y capacidad, a juicio de la
Inspección.
El Contratista deberá usar equipos apropiados para la correcta ejecución de los trabajos. La Inspección
podrá exigir cambio o refuerzo del equipo cuando el previsto, sea por su estado o por sus características,
no permita o haga peligrar la correcta ejecución de los trabajos de acuerdo con las exigencias
contractuales, o cuando no se ajuste a los documentos del contrato.
2.12.3. MATERIALES
a) El Contratista está obligado a emplear materiales nuevos en todas las obras, salvo en los casos en que
a juicio del Comitente se estime aceptable la utilización de materiales usados, para lo cual el Contratista
deberá ser previamente autorizado por escrito, efectuándose en cada caso la reducción que corresponda
del precio contractual.
b) Cuando una obra deba realizarse con materiales provistos por el Comitente, ello constará en las
Condiciones Particulares indicándose los alcances y modalidad de la provisión.
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Aun cuando nada se hubiere previsto en las Condiciones Particulares, siempre podrá el Comitente
disponer se empleen, total o parcialmente, materiales provistos por él. En tal caso se indemnizará al
Contratista por los perjuicios que demuestre fehacientemente le ocasiona el cambio de provisión. A
requerimiento de la Inspección de Obra, el Contratista deberá presupuestar el monto de estos perjuicios
aún antes de haberse dispuesto el cambio.
c) Los materiales deberán recibirse y almacenarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante o
proveedor, y las indicaciones de la Inspección. Todos los materiales deberán ser de calidad estipulada en
las Especificaciones Técnicas y, cuando no hubiese especificaciones, de la mejor calidad y adecuados al
trabajo a ejecutar, a juicio de la Inspección; en cualquier momento ésta podrá disponer la extracción de
muestras o la ejecución de ensayos para determinar la calidad y características de los materiales
empleados o a emplear. Esta cláusula se complementa con las normas nacionales o internacionales de
procedimientos y materiales que sean aplicables.
2.12.4. ACOPIO DE MATERIALES
El Contratista deberá acopiar como mínimo las cantidades de materiales que a juicio de la Inspección sean
necesarios para la correcta marcha de los trabajos, de acuerdo al programa aprobado.
En caso de considerarlo necesario el Comitente podrá ordenar Acopio de materiales y reconocer los
mismos económicamente, certificándolos y labrando las actas correspondientes.
El Contratista dispondrá de áreas adecuadas para el acopio de los materiales destinados al Contrato. Los
materiales serán almacenados de forma tal que permita su fácil control y remoción. El deterioro que puedan
sufrir los materiales durante su estadía en los depósitos, ya sea debido a las malas condiciones de
almacenamiento o por traslado de los mismos, serán responsabilidad exclusiva del Contratista quien
deberá en tal caso reponerlos de inmediato.
2.12.5. EQUIPOS Y MATERIALES INADECUADOS
Durante la ejecución de la Obra, la Inspección tendrá facultades para ordenar el retiro de cualquier material
o equipo que en su opinión no estuviera de acuerdo con las especificaciones, y su reemplazo por otros
adecuados y convenientes, en cualquier momento y en el plazo que indique.
Todo material o equipo rechazado por la Inspección deberá ser retirado por el Contratista dentro del plazo
que aquella le fije. En caso contrario, la Inspección podrá disponer el retiro con su personal o por terceros,
cargando los gastos correspondientes al Contratista. No responsabilizándose el Comitente por pérdidas,
sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiere causar al Contratista.
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2.13. MUESTRAS, ENSAYOS Y PRUEBAS
A los efectos de posibilitar los controles que normalmente deba practicar la Inspección, como también el
autocontrol que debe realizar el Contratista a fin de la Declaración de Calidad, sean para los trabajos
ejecutados como para los materiales a usarse, el Contratista equipará correctamente el laboratorio de
campaña. El equipamiento del laboratorio como así también los gastos necesarios para su funcionamiento
correrán por cuenta del Contratista. Asimismo cuando tales controles requieran la intervención de
laboratorios de terceros, los gastos de provisión, extracción, envase, transporte de las muestras hasta
donde deban realizarse los ensayos, y realización de los ensayos, serán por cuenta exclusiva del
Contratista.
Todos estos gastos antes detallados se considerarán incluidos en los precios del contrato.
Los tipos de ensayos y su metodología se realizarán de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones
Técnicas Particulares, Especificaciones Técnicas Generales, y/o cualquier otra norma de reconocida
validez nacional o internacional que determine la Inspección de Obra.
2.14. TRABAJOS NO ORDENADOS
Los trabajos ejecutados que se aparten de las órdenes impartidas, o que no cumplan con las
especificaciones, aunque sean de mejor calidad que los especificados, podrán ser rechazados a juicio
exclusivo de la Inspección y el Contratista podrá ser obligado a demolerlos y reconstruirlos, corriendo los
gastos por su exclusiva cuenta.
2.15. VARIACIÓN DE LAS CANTIDADES CONTRATADAS
Cuando el Comitente ordenase la modificación del proyecto en los ítems contratados por ajuste alzado, se
deberá convenir un nuevo precio con la modalidad establecida en el numeral 2.16.3. si no existen tareas
análogas o semejantes en el contrato.
2.16. TRABAJOS IMPREVISTOS.
2.16.1. DEFINICIÓN
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Trabajo imprevisto será todo trabajo no previsto en los documentos del Contrato y, por lo tanto, que no sea
consecuencia directa y necesaria de ellos, pero que en el curso de los trabajos el Comitente considere
necesario ejecutar.
2.16.2. PROCEDIMIENTO A SEGUIR
Todo trabajo imprevisto deberá ser ordenado por la Inspección con expresa autorización del Comitente.
Cuando medien razones de urgencia, debidamente justificadas, la Inspección podrá ordenar la ejecución
de los trabajos, requiriendo la aprobación del Comitente a la brevedad.
El Contratista realizará los trabajos imprevistos empleando los materiales, mano de obra y demás
elementos necesarios, y el precio de aplicación a estos trabajos será calculado sobre la base de precios
de tareas análogas o semejantes del Contrato.
Los trabajos imprevistos se certificarán mensualmente por separado, con la modalidad establecida para
los comprendidos en el Contrato.
2.16.3. ESTABLECIMIENTO DE PRECIOS NUEVOS
Cuando la Inspección ordene la ejecución de trabajos para los que no sean aplicables ninguno de los
precios contractuales detallados en la Fórmula de la Propuesta, por no existir tareas análogas o
semejantes en el Contrato, el Comitente y el Contratista fijarán precios nuevos en función de los costos
directos que representen: el valor de los materiales, de la mano de obra que realmente se emplee en su
ejecución, de la amortización del equipo que deba emplearse en dichas tareas y de los gastos indirectos,
gastos generales, beneficios y gastos de financiación si los hubiere.
Los porcentajes correspondientes a los conceptos citados en último término serán los que figuren en los
Análisis de Precios de la Oferta.
Ningún trabajo será pagado bajo más de un ítem ni más de una vez en cualquier ítem.
En caso de no llegar a un acuerdo en cuanto al precio propuesto por el Contratista, el Comitente se reserva
el derecho de realizar estos trabajos por terceros, o por administración, sin derecho a reclamo alguno por
parte del Contratista.
2.17. MODIFICACIONES DEL PROYECTO.
2.17.1. ORDENADAS POR EL COMITENTE
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En cualquier momento durante la vigencia del Contrato, el Comitente podrá ordenar por escrito al
Contratista que ejecute modificaciones parciales en la forma, calidad o cantidad de los trabajos en
cualquiera de sus partes, si lo considera necesario. Dichas modificaciones, serán obligatorias para el
Contratista mientras no alteren el monto del Contrato en un (20%) veinte por ciento en más o menos.
En caso que para los trabajos modificados no existan precios, o que los establecidos no sean aplicables
por analogía, se procederá a establecer nuevos precios. Estos se fijarán con arreglo al procedimiento
establecido en el numeral 2.16.3.
2.17.2. REALIZADAS POR EL CONTRATISTA
El Contratista no podrá, sin la expresa autorización del Comitente, modificar los trabajos especificados en
la documentación contractual.
Si el Contratista considerase conveniente la modificación de alguno de los detalles o especificaciones del
Contrato, deberá solicitar a la Inspección la correspondiente autorización.
2.18. CONTROL DE CALIDAD.
2.18.1. DECLARACIÓN DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS Y DE LOS MATERIALES A EMPLEAR EN
LAS OBRAS
a) El Contratista queda obligado a realizar el control de obra y declarar, en oportunidad de la elaboración
de cada Acta de Medición (numeral 2.19.2.), por escrito y en forma indubitable, que todos los trabajos
realizados se ajustan a todos los requerimientos de calidad explícita o implícitamente requeridos en la
documentación que integra el contrato, interpretados según las reglas del arte y, en su caso, a las órdenes
de servicio emanadas de la Inspección de Obra. La declaración deberá incluir los valores y toda
documentación pertinente obtenida del control por él realizado. Es decir que con la Declaración de Calidad
deberán adjuntarse los resultados de los ensayos realizados por el Contratista. El tipo y número de
ensayos a realizar serán propuestos por el Contratista de forma tal de garantizar con los mismos la exigida
calidad de los trabajos ejecutados. Todo esto a entera satisfacción de la Inspección de Obra, de no ser
así esta exigirá que se agreguen ensayos, tanto en tipo como en número, hasta lograr el objeto del control
de calidad.
La Declaración de Calidad presentada será considerada como declaración jurada.
Todos los gastos que demanden los estudios, análisis, valoraciones y ensayos que se deban realizar a los
efectos del Control de Calidad serán bajo exclusivo costo del Contratista.
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La Declaración de Calidad se hace bajo la responsabilidad exclusiva y solidaria del Contratista y del
Representante Técnico. El pedido de medición de trabajos ejecutados, formulado por el Contratista, lleva
implícita su Declaración de Calidad, sin admitirse prueba en contrario, independientemente de las
sanciones que pudiere corresponderle por la omisión de la declaración expresa requerida en el párrafo
inicial.
b) La omisión de la Declaración de Calidad, la persistencia en esta conducta y las Declaraciones de
Calidad que no se ajusten a la realidad de las obras, de acuerdo con los controles que practique la
Inspección de Obra, facultará a la Secretaría de Políticas Sociales a suspender los trabajos hasta tanto se
regularice la situación y/o a la aplicación de sanciones de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.21.
SANCIONES, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes de la inadecuada calidad de los trabajos.
En todos los casos, suspensión de trabajos y/o aplicación de sanciones, el Comitente cursará las
comunicaciones que correspondan al Registro General de Constructores de Obras Públicas de la Provincia
de Tucumán, y al Consejo o Colegio Profesional donde esté matriculado el Representante Técnico.
c) El control de calidad establecido en los apartados anteriores se hace extensivo en su plenitud a los
materiales a emplear en la ejecución de los trabajos. El Contratista queda obligado a declarar, en
oportunidad del ingreso de los materiales al obrador, acopio, depósito o lugar de destino provisorio de
aquellos y previo a su empleo en la ejecución de los trabajos, por escrito y en forma indubitable, que los
mismos se ajustan a todos los requerimientos de calidad explícita o implícitamente especificados en la
documentación que integra el contrato, interpretados según la normativa vigente y, en su caso, a las
aclaraciones efectuadas mediante órdenes de servicio extendidas por la Inspección de Obra. La
Declaración de Calidad de los materiales deberá incluir los valores identificatorios de los parámetros con
los que se evalúa el concepto en cuestión.
d) Los controles que realice la Inspección de Obra, y las disposiciones que los prevén, deben interpretarse
y aplicarse bajo el criterio básico que, en ningún caso alteran, disminuyen o anulan las responsabilidades
que, en virtud del contrato, le incumben exclusivamente al Contratista.
2.18.2. TRABAJOS MAL EJECUTADOS
Cuando la Inspección de Obra considere fundadamente un trabajo como defectuoso, ordenará su
corrección, demolición o reconstrucción, a exclusivo cargo del Contratista.
2.18.3. TRABAJOS DUDOSOS
La Inspección de Obra también podrá ordenar el ensayo de cualquier parte de la obra que considere
necesario, por las dudas debidamente fundadas que genere la calidad alcanzada de los trabajos
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ejecutados por el Contratista. Si la calidad alcanzada no es la establecida por las Normas Técnicas, la
Inspección de Obra podrá ordenar la reconstrucción de los trabajos y el Contratista correrá con los gastos
de los ensayos realizados. Si no existieran defectos o fallas, los ensayos se considerarán como causal de
una ampliación del plazo de los trabajos, y los costos del ensayo quedarán a cargo del Comitente.
2.18.4. CORRECCIÓN DE DEFECTOS
a) El contratista debe corregir todos los defectos que se detecten durante la vigencia del plazo de ejecución
de las obras o bien en el período de garantía. A tal efecto la Inspección de Obra fijará un plazo para
corregir los defectos, que empezará a regir a partir de la fecha de recepción de la correspondiente Orden
de Servicio.
En el supuesto que el defecto se evidenciara durante el período de garantía, éste período se extenderá
por igual lapso que el que demande la corrección del defecto. Esta ampliación comprenderá el total o parte
de la obra, según se haya previsto o no recepciones definitivas parciales.
b) La Inspección de Obra certificará que todos los defectos han sido corregidos cuando todos los defectos
conocidos lo han sido. Si la Inspección de Obra considera que la corrección de un defecto no es esencial,
solicitará al Contratista una cotización para la correspondiente reducción en el Precio de Contrato. Si la
Inspección de Obra considera aceptable la cotización la someterá a la decisión definitiva del Comitente, a
la que deberá ajustarse el Contratista.
c) Si la corrección de los defectos con el fin de cumplimentar la calidad requerida, obliga al Contratista a
la alteración, remoción, destrucción y/o reconstrucción parcial o total de cualquier otra etapa constructiva
previa o posterior a la que se trata, el costo de los trabajos quedará a su exclusivo cargo y no recibirá pago
adicional alguno toda vez que el Contratista realizó el autocontrol respectivo y la declaración de cumplir
integralmente con la calidad exigida.
2.18.5. DEFECTOS NO CORREGIDOS
Si el Contratista no ha corregido los defectos dentro del plazo fijado, el Comitente podrá por propia decisión
encarar los trabajos, por administración o por terceros, con cargo al Contratista. Este cargo se deducirá
de cualquier crédito a favor del Contratista emergente de este contrato o de otros celebrados con el
Comitente, o de la garantía del presente contrato.
2.19. CERTIFICACIÓN Y PAGO DE LOS TRABAJOS.
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Pliego de condiciones generales.
2.19.1. PROCEDIMIENTO
Los pagos se realizarán por trabajos ejecutados a satisfacción de la Inspección, por mes calendario, y
sobre certificados mensuales extendidos en el número de copias que determinará la Inspección.
2.19.2. ACTA DE MEDICIÓN
Finalizado cada mes, la Inspección y el Contratista elaborarán el Acta de Medición que incluirá las tareas
realizadas en dicho mes. El contenido del Acta de Medición estará expresado de acuerdo al listado de
ítems de la Fórmula de la Propuesta. El Contratista deberá proveer a su exclusivo cargo todo el personal
y elementos que sean necesarios para ejecutar las mediciones mensuales de los trabajos realizados.
En los ítems cotizados por ajuste alzado se medirán las partes realizadas durante el mes, la Inspección
establecerá el porcentaje ejecutado de los mismos que se certificarán.
2.19.3. DIVERGENCIAS
En caso de divergencia en las mediciones, se aplicarán, al efecto de la certificación, los resultados que
establezca el Comitente a través de la Inspección, dejando para la medición y Certificación Final la solución
de las diferencias que no hayan podido subsanarse.
2.19.4. CERTIFICACIÓN
El Comitente, con los precios establecidos en el contrato, y en base a un informe elaborado por la
Inspección, procederá a la emisión de los certificados, dentro de los siguientes plazos:
a) Certificado Ordinario o de Obra: En un plazo no mayor a quince (15) días corridos a contar del último
día del mes que se certifica.
b) Certificado por recepción provisional: En un plazo no mayor de sesenta (60) días corridos, contados a
partir del último día del mes en que operó la recepción provisional, en un todo de acuerdo a lo establecido
por el art. 59 inc.d) de la Ley de Obras Públicas.
c) Certificado por Adicionales: Cuando el Comitente lo estime procedente.
d) Certificado Final por Recepción Definitiva: Dentro de los 60 días corridos a contar del último día del mes
en que operó la Recepción Definitiva por el total de la obra.
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Los Certificados serán extendidos a la orden del Contratista, transferibles por endoso, con los recaudos
establecidos por el art. 31 del Dcto. Reglamentario de la Ley de Obras Públicas.
Los gastos que demande la preparación de esta documentación serán a cargo del Contratista.
2.19.5. RETENCIONES POR FONDO DE REPAROS
Del total de cada Certificado emitido y aprobado por el Comitente, excepto los de intereses, gastos
improductivos y daños y perjuicios, se deducirá el 5% (cinco por ciento) en concepto de fondo de reparos.
El fondo de reparos no devengará intereses y podrá, previa autorización de la Inspección de Obras, ser
sustituido por una garantía constituida por fianza bancaria, o seguro de caución a su satisfacción.
2.19.6. OTRAS RETENCIONES
De los certificados de pago serán retenidas todas las otras sumas que el Contratista adeude al Comitente
en concepto de sanciones, o por cualquier otro concepto referente a la ejecución del Contrato, que no
hubieran sido abandonadas por el Contratista hasta el último día del mes certificado.
2.19.7. PAGO DE LOS CERTIFICADOS
El pago de los certificados deberá efectuarse dentro de los plazos que se indican a continuación:
a) Certificado Ordinario de obra: Cincuenta y cinco (55) días corridos, a contar del último día del mes por
el que se emite el mismo.
b) Certificados por recepciones provisionales: Cincuenta y cinco (55) días corridos, a contar de la fecha
efectiva de emisión o la de vencimiento para la misma, la que se produzca primero.
c) Certificados por adicionales: Cincuenta y cinco (55) días corridos, a contar de la fecha efectiva de
emisión o de vencimiento para la misma, la que se produzca primero.
d) Certificado final por recepción definitiva: Cincuenta y cinco (55) días corridos, a contar de la fecha
efectiva de emisión o de vencimiento para la misma, la que se produzca primero.
Si el día correspondiente al vencimiento del plazo de pago fuera inhábil para la Administración, el mismo
podrá hacerse el primer día hábil administrativo inmediato siguiente.
2.19.8 INTERESES POR MORA
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En caso de que los pagos sean efectuados con posterioridad al vencimiento del plazo estipulado que la
culpa del atraso recayera en el Contratista, se aplicará sobre los importes en mora el interés que
corresponda, calculado con la tasa que rige para el Descuento de Certificados de Obras Públicas en el
Banco Tucumán Grupo Macro.
Producida la mora en el pago de los certificados la Administración emitirá y pagará un Certificado por
intereses moratorios dentro de los 15 (quince) días de efectuado el pago.
2.20. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.
No habrá Redeterminación de Precios
2.21. SANCIONES.
2.21.1. GENERALIDADES
El incumplimiento por parte del Contratista, de las obligaciones contractuales o de las Órdenes de Servicio
impartidas por la Inspección, dará lugar a la aplicación de las sanciones.
Las sanciones serán cargos y penalidades, y los importes correspondientes se descontarán de los
certificados a emitir, y/o del Fondo de Reparo, y/o de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y/o de
cualquier otro crédito a favor del Contratista.
2.21.2. CARGOS
Los cargos serán la compensación en dinero por trabajos ejecutados o por obligaciones asumidas por el
Comitente y/o por terceros a pedido de éste, como consecuencia de la demora, negativa o imposibilidad
del Contratista de cumplirlos por su cuenta.
Los cargos se aplicarán al Contratista por los gastos directos que represente la ejecución de los trabajos
o el cumplimiento de las obligaciones, adicionándose el 30 % (treinta por ciento) sobre el valor de la factura
o total de gastos incurridos en concepto de gastos administrativos y punitorios.
2.21.3. PENALIDADES O MULTAS
Las penalidades se aplicarán al Contratista por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, las
que consistirán en multas.
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Pliego de condiciones generales.
Todas las multas que se apliquen serán independientes entre sí y acumulativas por daños y perjuicios
frente al Comitente o a terceros.
Las multas se aplicarán en los siguientes casos sobre el monto del Contrato:
a) Las causales que indiquen la Ley N° 5.854 y su Decreto Reglamentario.
b) Mora en la iniciación de los trabajos: 1 o/oo (Uno por mil) diario.
c) Mora en el cumplimiento de los plazos parciales del Plan de Trabajos: se considerarán periodos de
treinta días y se aplicará una multa del 3 ‰ (Tres por mil) por cada periodo en que el Contratista incurra
en un atraso respecto al Plan aprobado.
d) Mora en el cumplimiento del plazo total: En la 1ra semana: 2 ‰ (Dos por mil) diario. A partir de la 2da
semana: 3 ‰ (Tres por mil) diario.
e) Mora en el cumplimiento de las obligaciones previas a la Recepción Definitiva: 2 ‰ (Dos por mil) diario.
f) Mora en el cumplimiento de Ordenes de Servicio: 2 ‰ (Dos por mil) diario.
g) Incumplimiento en la presentación de la Declaración de Calidad de acuerdo a lo establecido en numeral
2.18.1.b.
I.- En la primera oportunidad en que corresponda la aplicación de multa por falta de declaración expresa
de calidad, o que habiendo sido presentada resulta incorrecta, la misma será de un 1 ‰ (uno por mil). Con
la aplicación de la multa la Inspección de Obra fijará un plazo para que el Contratista subsane tal situación.
II.- La reincidencia en la situación antes planteada o nuevos incumplimientos en la presentación de futuras
Declaraciones de Calidad facultará al Comitente a aplicar una multa cuyo monto será el producto del
importe de la multa fijada en apartado I. por el número de incumplimientos.
h) Otras causales que se establezcan expresamente en las Condiciones Particulares.
Si la totalidad de las multas aplicadas según el presente numeral excediera el 15% (quince por ciento) del
monto del Contrato, el Comitente tendrá derecho a rescindir el mismo.
En todos los casos, el Comitente cursará las comunicaciones que correspondan al Registro General de
Constructores de Obras Públicas de la Provincia de Tucumán, y al Consejo o Colegio Profesional donde
esté matriculado el Representante Técnico.
2.22. CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.
2.22.1. POR CULPA DEL CONTRATISTA:
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Pliego de condiciones generales.
a) Si el Contratista no tomase los seguros indicados en el numeral 2.4. previo al inicio de los trabajos o sin
causa justificada no comience los mismos en el plazo fijado en la Orden de Inicio.
b) Si el Contratista obrare con dolo o culpa grave o reiterada negligencia.
c) Si el Contratista contraviniera las obligaciones y condiciones establecidas en el contrato o las
instrucciones de la Inspección.
d) Si el Contratista transfiriere total o parcialmente el Contrato, se asociara con otro para su ejecución o
subcontratara parcialmente, sin autorización previa y por escrito del Comitente.
e) Si el Contratista modificara su constitución societaria sin autorización del Comitente.
f) Si los trabajos marcharan lentamente y, en opinión del Comitente, no pudieran terminarse dentro del
plazo establecido o si el Contratista no cumpliera con los plazos parciales.
g) Si la demora en la ejecución de los trabajos fuese equivalente a la cuarta parte del plazo fijado para su
terminación.
h) Si el total de las multas aplicadas, excediera al 15% (quince por ciento) del monto de Contrato.
i) Si vencido el plazo de la obra, ésta no estuviese terminada y no existieran causas que justifiquen una
prórroga del mismo.
j) Si la inversión en un momento dado de la obra, resultara inferior al 25 % (veinticinco por ciento) de la
prevista sin causas debidamente justificadas.
k) Si se paralizaran los trabajos durante 5 (cinco) días corridos y se venciera el plazo de intimación a
reanudarlos que fije la Orden de Servicio.
l) Cuando el Contratista en forma reiterada, infringiere o consintiere que se infrinjan por sus sub-contratistas
la legislación laboral o previsional, en relación a personal empleado en obra.
m) Cuando el Contratista abandone la obra.
2.22.2. POR CULPA DEL COMITENTE
a) Cuando no cumpliere con la entrega total o parcial del bien en que debiera realizarse la obra dentro de
los plazos y en las condiciones establecidas en el Pliego, más una tolerancia de 30 (treinta) días corridos.
Siempre que esta circunstancia impida la realización de la obra.
b) El Contratista tendrá derecho a pedir la rescisión del Contrato cuando se vea obligado, por disposición
del Comitente, a suspender los trabajos por un lapso mayor de 4 (cuatro) meses, tratándose de obras de
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plazo contractual mayor de 1 (un) año, o equivalente a 1/3 (un tercio) del mismo, cuando el plazo
contractual fuese menor de 1 (un) año.
c) Igualmente, el Contratista tendrá el mismo derecho si tuviese que paralizar los trabajos o reducir su
ritmo en más de un 50 % (cincuenta por ciento), por igual período, como consecuencia de que el Comitente
no hubiese efectuado la entrega de terrenos u otros elementos comprometidos, o no hubiese establecido
los puntos fijos necesarios para el replanteo, dentro de los plazos establecidos en las Condiciones
Particulares o, en su defecto, dentro de los 60 (sesenta) días de haberlo solicitado el Contratista.
d) El Contratista también podrá pedir la rescisión del Contrato cuando las modificaciones dispuestas por
el Comitente reduzcan el monto básico del mismo en más de un 20 % (veinte por ciento).
2.22.3. OTRAS CAUSALES:
a) CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
En caso de rescisión por causas de caso fortuito o de fuerza mayor, reconocidas por la legislación y la
jurisprudencia, que imposibilitasen al Contratista cumplir con las obligaciones del contrato, el Comitente
se hará cargo de los trabajos, del plantel y equipo que el Contratista no quiera retener y que el Comitente
considere conveniente para su continuación, y de los materiales acopiados y comprados; también tendrá
la facultad de subrogar a aquel en los contratos oportunamente suscritos por el mismo, que hubieran
merecido su previa aprobación, pero no pagar suma alguna al Contratista en concepto de indemnización,
beneficios ni utilidades.
b) QUIEBRA DEL CONTRATISTA
En caso de quiebra, liquidación sin quiebra, o concurso del Contratista, el Contrato quedará rescindido a
no ser que el síndico de la quiebra o concurso, dentro de los treinta (30) días de asumido el cargo,
manifieste voluntad de la Contratista de continuar con las obras. El Comitente podrá admitir o desechar el
ofrecimiento sin que tenga derecho el Contratista a indemnización alguna.
c) FALLECIMIENTO
En caso de muerte o incapacidad sobreviniente del Contratista dentro de los treinta (30) días corridos de
producirse alguno de los supuestos, los representantes legales o herederos, en su caso, podrán ofrecer
continuar con la obra por sí o por intermedio de terceros hasta su terminación en las condiciones
estipuladas en el contrato.
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Transcurrido el plazo señalado sin que se formulara ofrecimiento, el contrato quedará rescindido de pleno
derecho.
d) DESISTIMIENTO DEL CONTRATO POR EL COMITENTE
El Comitente se reserva el derecho de rescindir el contrato cuando por razones fundadas lo estime
conveniente mediante simple acto de decisión unilateral de su parte. Si el Comitente desistiese del
Contrato, el Contratista deberá suspender los trabajos tan pronto sea notificado por el Comitente. Al
desistimiento se le aplicará lo previsto en el numeral 2.23.2.
2.23. EFECTOS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO
2.23.1. POR CULPA DEL CONTRATISTA
a) INVENTARIO
El Comitente dará al Contratista un plazo de hasta 30 (treinta) días a partir de la fecha de notificada la
rescisión, para liquidar todos los compromisos pendientes y levantar el inventario de los elementos de
trabajo, instalaciones y materiales que el Comitente tome a su cargo, dando con ello término a su
intervención en las obras.
b) OCUPACIÓN DEL TERRENO
El Comitente ocupará la obra en el estado en que se encuentre en forma inmediata, procediendo a la
Recepción Provisoria e Inventario de la misma.
c) DAÑOS Y PERJUICIOS
El Contratista responderá por las pérdidas que pudiera sufrir el Comitente para la prosecución y
terminación de la obra, por cualquier causa. A tal efecto, los créditos que resultasen a favor del Contratista
por la liquidación de los trabajos recibidos a satisfacción del Comitente a la fecha de la rescisión y el valor
de los elementos tomados por éste a su cargo, así como el fondo de reparos y la garantía del Contrato,
serán afectados para el pago de las pérdidas y perjuicios, los que serán evaluados por el Comitente, una
vez terminada la obra, para determinar la Liquidación Final.
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d) EQUIPOS, MÁQUINAS, HERRAMIENTAS, ETC.
Los Materiales, Equipos, Herramientas, Útiles y demás enseres que el Comitente quisiere adquirir o
arrendar, lo hará a los precios reales de acuerdo al estado que se encuentren a la fecha de la ocupación.
A falta de acuerdo en el precio el Comitente podrá utilizarlos previo inventario y avalúo. En este supuesto,
el Contratista sólo podrá recurrir sobre la valuación o precio de arriendo.
Los Materiales que el Contratista hubiera contratado para esa obra, podrán ser adquiridos por el Comitente
al precio de costo de reposición.
2.23.2. POR CULPA DEL COMITENTE
a) RECEPCIÓN DE TRABAJOS EJECUTADOS Y SU PAGO
El Comitente recibirá de inmediato y en forma provisional los trabajos ejecutados y, pasado el plazo de
garantía, se procederá a la recepción definitiva de acuerdo con los procedimientos establecidos en el
numeral 2.24.4. La parte de la obra ejecutada se liquidará sobre la base de los precios contractuales y/o
convenidos con posterioridad a la firma del Contrato, reconociéndose el importe correspondiente a los
materiales acopiados y contratados, en viaje o en elaboración, de acuerdo con el valor facturado y el costo
del transporte de esos materiales que ya hubiera sido abonado por el Contratista.
b) GASTOS IMPRODUCTIVOS
Se liquidarán a favor del Contratista los gastos improductivos experimentados que demostrase
fehacientemente a satisfacción del Comitente como consecuencia de la rescisión del Contrato o
paralización de las obras. En ningún caso los montos por tal concepto podrán exceder el 5 % (cinco por
ciento) del valor de los trabajos previstos y no ejecutados.
c) LUCRO CESANTE
El Contratista no tendrá derecho a reclamar lucro cesante en caso de rescisión del Contrato por culpa del
Comitente o desistimiento del mismo.
2.24. RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
2.24.1. DOCUMENTACIÓN Y PLANOS FINALES
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Dentro de los diez días posteriores a la finalización de los trabajos o previo a la Recepción Provisoria, lo
que ocurra primero, el Contratista deberá entregar a la Inspección la documentación exigida por las
Condiciones Particulares, o por las Especificaciones Técnicas. Dicha documentación deberá incluir como
mínimo los cómputos métricos definitivos y los Planos Finales (o "Planos Conforme a Obra") de los trabajos
ejecutados; incluir también una memoria descriptiva de la forma en que se ejecutaron los trabajos,
destacando los inconvenientes de orden técnico que se hubieran presentado durante su realización, así
como las modificaciones de importancia que se hubieran efectuado con respecto al proyecto.
2.24.2. RECEPCIÓN PROVISORIA
La recepción se hará de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Particulares o Especificaciones
Técnicas. Una vez finalizados los trabajos, o cada una de sus partes si estuviesen previstas recepciones
parciales, el Contratista lo comunicará a la Inspección solicitando la Recepción Provisoria.
El Comitente conjuntamente con el Contratista, dentro de los 5 (cinco) días de solicitada la Recepción
Provisoria, iniciará la revisión del estado de los trabajos para constatar que se han ejecutado y se
encuentran completos en todos sus detalles y de acuerdo a los términos del Contrato, procediéndose a
elaborar el acta correspondiente.
No se recibirá provisionalmente ni será aceptado ninguna parte, trabajo o estructura que, a juicio del
Comitente, no cumpla con los controles de calidad y recepción establecidos en pliegos, o presente
deficiencias.
A la terminación de la revisión se labrará un acta con todos los detalles que, a juicio del Comitente, deban
completarse o ajustarse para que los trabajos cumplan con las exigencias del pliego.
Si no hubiese objeción, una vez terminados los trabajos observados se procederá a suscribir el Acta de
Recepción Provisoria. Si las observaciones del Comitente no afectaran la utilidad de los trabajos o sus
cualidades intrínsecas, o se tratase de simples observaciones accesorias, podrá suscribirse el acta
fijándose un plazo para la reparación o completamiento de las partes observadas.
Si el Contratista no cumpliera con las órdenes y plazos establecidos en el acta redactada, ésta será nula
y sin ningún efecto contractual, debiéndose en este caso proceder a redactar una nueva acta con nueva
fecha, cuando a juicio del Comitente se hayan cumplimentado todas las observaciones efectuadas.
El Comitente tendrá derecho a tomar posesión del emplazamiento y utilizar los trabajos correspondientes,
aunque éstos no estén totalmente completados. El uso y la posesión por el Comitente en ningún caso
podrán considerarse como la aceptación de los trabajos, si éstos no estuviesen terminados o presentasen
deficiencias en relación con los términos del Contrato.
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2.24.3. PERÍODO DE GARANTÍA
A partir de la fecha del acta de Recepción Provisoria empezará a correr el período de garantía cuya
duración será de 6 (seis) meses o el que fijen en las Condiciones Particulares.
Desde la fecha de la Recepción Provisoria el Comitente tendrá el uso de los bienes y trabajos ejecutados,
pero el Contratista deberá conservarlos hasta la Recepción Definitiva, corriendo por su exclusiva cuenta
los gastos de conservación, así como la reparación, reacondicionamiento o reconstrucción que no se
origine en un uso indebido, y que sea necesario ejecutar para ponerlos en condiciones de acuerdo con los
documentos del Contrato.
Comprobada la necesidad de alguna reparación, reacondicionamiento o reconstrucción, el Contratista
estará obligado a efectuarla a indicación del Comitente y en el plazo que ésta le fije. Durante dicho plazo
se considerará interrumpido el período de garantía hasta que el Contratista haya subsanado los
inconvenientes, volviendo entonces a reanudarse la cuenta del término.
Si a juicio del Comitente la reparación fuera importante, lo notificará así al Contratista fijando en la nota
correspondiente un plazo adicional de garantía por la parte afectada, el que no podrá ser mayor que el
fijado originalmente. En la misma nota se establecerá también el monto de garantía que será retenido
durante este nuevo período adicional para garantizar las reparaciones una vez efectuadas.
Si el Contratista no realizara en el plazo fijado los referidos trabajos o el levantamiento de instalaciones y
limpieza del lugar que hubiese ocupado durante la ejecución del contrato, o no cumpliese con lo estipulado
en el Acta de Recepción Provisoria, el Comitente podrá hacerlo por sí o por terceros, con cargo al
Contratista y con interrupción del período de garantía establecido.
2.24.4. RECEPCIÓN DEFINITIVA
Una vez cumplido el período de garantía, se efectuará la Recepción Definitiva con iguales requisitos y
formalidades que la provisoria; confeccionándose el acta correspondiente.
Antes de la Recepción Definitiva el Contratista deberá verificar el cumplimiento de todas las obligaciones
pendientes tales como retiro del obrador y equipo, pago de obligaciones laborales y previsionales, y
cualquier otra obligación que sea consecuencia de la ejecución del contrato.
En el Acta de Recepción Definitiva deberá dejarse constancia de la manifestación del Contratista respecto
de reclamos o reservas de derechos referidos a su relación contractual con el Comitente. En caso de
silencio, se entenderá que el Contratista renuncia a todo reclamo por hechos o situaciones acaecidas hasta
esa fecha.
2.24.5. LIQUIDACIÓN FINAL
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Dentro de los 60 (sesenta), días corridos a contar del último día del mes en que operó la Recepción
Definitiva por el total de la obra, el Comitente procederá a la liquidación final, estableciendo en forma
definitiva los débitos y créditos pertinentes.
Si la liquidación final del contrato arrojase un crédito a favor del Contratista, esta liquidación será
considerada como certificado final, y se pagará de acuerdo a lo establecido en numeral 2.19.7.
Si la liquidación final arrojase créditos a favor del Comitente, el Contratista deberá cubrirlos
inmediatamente. En caso contrario, el Comitente retendrá dichos importes del fondo de reparos y/o
ejecutará la garantía existente si fuese necesario.
Cualquier objeción que le merezca al Contratista la liquidación final, deberá ser planteada por escrito y
debidamente fundada, dentro de los 30 (treinta) días de recibida.
2.24.6. DEVOLUCIÓN DEL FONDO DE REPARO Y GARANTÍA
Conjuntamente con el pago del certificado correspondiente a la liquidación final, el Comitente devolverá al
Contratista la Garantía de Cumplimiento del Contrato y el Fondo de Reparos en los términos de los
numerales 2.3. y 2.19.5. respectivamente, en la medida en que los mismos no hubieran sido afectados
para satisfacer obligaciones eventuales del Contratista.
2.24.7. RESPONSABILIDAD ULTERIOR DEL CONTRATISTA
La Recepción Definitiva de los trabajos, la liquidación final y la devolución de la garantía y sumas retenidas
al Contratista, no liberarán a éste de las responsabilidades que establece el Código Civil de la República
Argentina.
MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES
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Formulario N° 1 – Carta Presentación
Yerba Buena,………. de……………………………… de 20…………
Sr. INTENDENTE
MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
DR. MARIANO CAMPERO
S___________/_____________D
Obra N°……………
De nuestra mayor consideración:
En representación de
Nombre de la Empresa: ……………………………………………………………………………………………………………………
Tipo de Sociedad: …………………………………………………………………………………………………………………………….
Bajo el N°……………………………………….... Fecha: ……………………/…………………………. /……………………………
Domicilio: ……………………………………………………………………………de……………………………………………………….
Los abajo firmantes
Representante Legal: ……………………………………………………………………………………………………………………….
Representante Técnico: …………………………………………………………………………………………………………………..
Titulo: …………………………………………………………………… Matricula N°……………………………………………………
Consejo Profesional: ………………………………………………………………………………………………………………………..
Ponemos a su consideración nuestra Oferta y expresamos que:
Declaramos conocer y aceptar íntegramente los documentos mencionados en el numeral 1.5 de
las Bases de Contratación Generales, para la ejecución de la obra de la referencia y nos comprometemos
a su estricto cumplimiento.
Autorizamos por la presente a los organismos nacionales, provinciales, municipales, compañías
de seguros, bancos, o cualquier persona física o jurídica; a suministrar las informaciones pertinentes que
sean solicitadas por la Secretaría de Políticas Sociales.
Renunciamos a cualquier reclamación o indemnización, en caso de error de interpretación de
los documentos del llamado, y demás documentos del contrato, leyes nacionales o provinciales y
ordenanzas municipales y/o reglamentos de las empresas prestatarias de servicios públicos vinculados a
la obras objeto del llamado.
Adjuntamos los documentos solicitados en el numeral 1.7 del BCG.
……………………………………………………… ……………………………………………………..
Rep. Técnico Rep. Legal
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Pliego de condiciones generales.
DECLARACION JURADA
OFERENTE :………………………………………………………………..
OBRA N° ……………………………………….
FORMULARIO N°2 - REFERENCIAS BANCARIAS
BANCO
CUENTA N°
FECHA
RELACION **
APERURA
BCO/OFEREN.
1.
2.
3.
4.
5.
indicar si es titular de cuenta corriente, poseedor de linea de credito, etc.
FORMULARIO N° 3 - REFERENCIAS COMERCIALES
FIRMA
RUBRO
DOMICILIO DE LA FIRMA
FECHA
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
Adjuntar las referencias y/o constancias de los Bancos y/o firmas citados
…………………………………………
Representante Legal
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PLIEGO DE
CONDICIONES
PARTICULARES
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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
Las siguientes Cláusulas particulares (PCP) complementan o modifican las disposiciones de las
Cláusulas Generales (PCG). En caso de conflicto, las disposiciones aquí contenidas prevalecerán
sobre las de las PCG.
Se modifican o complementan los siguientes Artículos:
TITULO I
BASES DE LICITACION
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
1°: Objeto y aplicación del pliego.
1.1. La Municipalidad de Yerba Buena llama a licitación para la ejecución de la obra “Red Vial con
Pavimento Intertrabado de Adoquines de Hormigon en Bº San Expedito y Otros”, ubicada en Bº San
Expedito, Bº Ampliación San Expedito y Bº Cossio - San José – Yerba Buena. - Provincia de Tucumán.
1.2. El Presupuesto Oficial establecido para la presente licitación es de $5.700.000,00 (Pesos: Cinco
Millones Setecientos Mil), valores correspondientes al mes de fecha de Apertura, con impuestos incluidos.
1.3. El Contrato NO estará sujeto a redeterminación de precios
1.4. Los interesados en formular propuestas podrán adquirir los Pliegos de la Licitación, de Lunes a Viernes
en la oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena, en el horario de 09:00 a 13:00 hs. El precio
de venta del Pliego de la licitación es de Pesos Mil ($1.000), no reembolsables.
1.5. Las Propuestas serán presentadas en OFICINA DE COMPRAS de la Municipalidad de Yerba Buena,
hasta las 09:00 horas del día 6 de Noviembre de 2018.
La apertura de las propuestas se realizará el día 06 de Noviembre de 2018 a horas 10:00 en Oficina de
Compras de Municipalidad de Yerba Buena. -
No se aceptarán, bajo ningún concepto, las Propuestas que sean presentadas o que lleguen por correo o
por cualquier otro medio, con posterioridad al día y hora de apertura, aunque se justifique por el matasellos
u otro elemento que se hubieran despachado a tiempo.
1.6. El plazo de ejecución de la obra se establece en sesenta (60) días corridos.
1.7. A los fines de la presente Licitación el Licitante y el Comitente es la Municipalidad de Yerba Buena.
1.8. El Comitente otorgará al Contratista un Anticipo Financiero del 20 % (Veinte por Ciento) del Monto
Contractual, garantizado por el Contratista mediante un Seguro de Caución.
1.9. El anticipo de obra se concretará dentro de los primeros quince (15) días de iniciada la obra.
1.10. Capacitación del Personal Municipal: El contratista deberá prever la capacitación gratuita del
personal municipal en un número no superior a 5 personas, en las técnicas de colocación de adoquines.
A tal efecto, el personal técnico del COMITENTE hará conocer a la CONTRATISTA por escrito los nombres
del personal autorizado, el que no superara el número de 5 (cinco) a lo largo de la obra. La CONTRATISTA
acordará con el COMITENTE los días y horarios que será permitido el ingreso del personal municipal. El
COMITENTE proveerá al personal designado los elementos de seguridad que al CONTRATISTA le fueran
exigidos para sus dependientes de obra y los seguros correspondientes. Se entiende por CAPACITACION
la transferencia de nociones elementales de seguridad, métodos de colocación, patrones y terminaciones
estéticas sin que esto afecte el secreto empresarial, el que conserva dicho carácter a los fines del presente
artículo.
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Pliego de condiciones generales.
1.11. Empleo de mano de obra local: El diez por ciento (10%) del total del personal empleado en la obra
por el contratista, durante el plazo de ejecución de obra, deberán ser obreros residentes en los barrios
afectados por las obras y/o del Dpto. Yerba Buena. A tal efecto la Inspección de Obra proporcionará un
listado de postulantes para la selección de los mismos por parte del contratista.
2°: Normas Supletorias
2.1 Cláusula anticorrupción.
Tanto durante el proceso licitatorio como durante la etapa de ejecución de los correspondientes contratos,
el Licitador como el licitante, así como cualquier otro participante directo o indirecto en los procesos regidos
por este procedimiento de Licitación, mantendrán los más altos niveles éticos y no participarán en ningún
tipo de corrupción con relación a dichos procesos. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas
corruptivas y que se transcriben a continuación no son exhaustivas. Por esta razón, el Comitente actuará
frente a cualquier hecho similar o reclamo que se considere como corrupto conforme al procedimiento
establecido.
(a)
“Soborno” (cohecho). Todo acto u omisión que, en función de su cargo o investidura, realice un
funcionario público o quien actúe en su lugar, contrario a sus deberes y en especial el ofrecer, dar, recibir
o solicitar cualquier cosa de valor que sea capaz de influir en las decisiones durante el proceso de licitación
o de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente. Se incluyen en esta
definición los actos de la misma naturaleza, realizados por oferentes, contratistas o terceros.
(b)
“Extorsión o coacción”. El hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su
familia, en su persona, honra o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante
el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato
correspondiente, ya sea que el objetivo se hubiese o no logrado.
(c)
“Fraude”, La tergiversación de datos o hechos, con el objeto de influir sobre el proceso de una
licitación o la fase de ejecución del contrato, en perjuicio del Comitente y de los participantes.
(d)
“Colusión” Las acciones entre oferentes destinadas a que se obtengan precios de licitación a
niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar al Prestatario de los beneficios de una competencia
libre y abierta.
Si se comprueba que un funcionario público, o quien actúe en su lugar, y/o el oferente o adjudicatario
propuesto en un proceso de adquisición o contratación efectuado con motivo de un proceso licitatorio del
Comitente, incurrió en prácticas corruptivas, el Comitente podrá:
(a) rechazar cualquier propuesta de adjudicación relacionada con ese proceso; y/o
(b) declarar a un Oferente no elegible para ser adjudicatario de contratos futuros que lleve a cabo el
Comitente. La inhibición que establezca el Comitente podrá ser temporal o permanente.
CAPITULO II
SISTEMA DE CONTRATACION
Sistemas de contratación
La Contratación de la obra se hará por el sistema de Ajuste Alzado sin presupuesto oficial detallado.
CAPITULO III
PROPONENTES
1: Capacidad legal.
Los proponentes deberán tener capacidad legal para obligarse y estar inscriptos en el Registro Nacional
de Constructores de Obras Públicas de la Nación y/o de la Provincia.
Las Empresas que no estuvieran inscriptas en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas,
podrán presentarse a la Licitación, incluyendo indefectiblemente la constancia de inicio del trámite de
inscripción al Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas de la Nación y/o Provincia.
2: Capacidad técnica y financiera.
La capacidad técnica y financiera se establecerá de acuerdo a los siguientes criterios:
2.1 Capacidad técnica
Experiencia de obra
Tener experiencia como Contratista o Subcontratista en la construcción, durante los últimos años, que
contemplen estructuras similares a las del Proyecto a construir, por un total mínimo de dos (2) veces la
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superficie del proyecto a licitar, en no más de tres (3) contratos. Si el proponente declara como
antecedentes obras en ejecución, las mismas deberán acreditar un avance superior al 50%.
En el caso en que el oferente sea una UTE o agrupación de colaboración empresaria, se considerarán los
metros cuadrados de 3 contratos entre las empresas que integran la UTE.
Para facilitar la evaluación de las ofertas, los oferentes deberán agregar a su propuesta la documentación
respaldatoria (Contrato de Obra, Certificación, Actas de Recepción Provisoria o Definitiva, etc.) que permita
verificar la experiencia de obras declaradas. La Documentación respaldatoria presentada deberá estar
certificada por escribano o autoridad competente.
Las oferentes deberán gozar de buen concepto, en las obras en que haya participado en los últimos cinco
(5) años.
El Contratante se reserva el derecho de indagar sobre los datos relativos al cumplimiento de los
compromisos contractuales oportunamente asumidos por el Oferente. El Contratante podrá rechazar la
oferta en caso de observar un mal desempeño en las obras en las que el Oferente haya participado en el
período establecido, a su exclusivo juicio.
Representante Técnico
Arquitecto, Ingeniero Civil o Ingeniero en Construcciones, matriculado y habilitado, con por lo menos 10
(diez) años de experiencia profesional en la ejecución de obras de naturaleza y magnitud similares. A tal
fin deberá presentar al Contratante para su aceptación el Curriculum Vitae respectivo. El representante
técnico deberá estar permanentemente en la obra. En caso de ausencia ocasional deberá disponer la
presencia de un profesional con al menos igual calificación, para su reemplazo, previa aceptación del
Contratante.
Equipos destinados a la obra
Se solicitará el listado de equipos propuesto para ejecutar los trabajos y su lugar de ubicación, al momento
de la cotización y debidamente identificados a través de su número de serie. El Contratante podrá verificar
el estado de los mismos.
2.2 Capacidad financiera.
Situación económico - financiera
Se realizará el análisis de la situación económica – correspondiente a los estados contables del último
ejercicio, los puntajes exigidos para cada uno de los indicadores son los siguientes:
INDICE
FORMULA
VALORES
ACEPTABLES
INDICE DE LIQUIDEZ CORRIENTE
Activo Cte. / Pasivo Cte.
Mayor o igual 1,00
INDICE DE LIQUIDEZ SECA O
PRUEBA ACIDA
Activo Corriente - Bienes de
Cambio / Total Pasivo Corriente
Igual o mayor a 0,80
INDICE DE SOLVENCIA
Total Activo / Total Pasivo
Mayor a 1,50
IMPORTANCIA DEL PASIVO
EXIGIBLE
Pasivo Corriente / Activo Total
Igual o menor a 0,35
El resultado del análisis de los índices deberá arrojar valores admisibles en por lo menos tres (3) de los
cuatro (4) indicadores, cumpliendo en forma excluyente con el índice de liquidez corriente.
En el caso en que el oferente sea una UTE o agrupación de colaboración empresaria, se calculará el
puntaje individual de cada integrante de la UTE, en función de los Estados Contables requeridos.
Posteriormente se afectará dicho puntaje con el porcentaje de participación de la empresa en la UTE. y, la
suma los valores así obtenidos será el puntaje de la U.T.E. en el rubro.
2.3 Capacidad de contratación
A los efectos del Certificado de Capacidad de Contratación Anual se define la obra como "Ingeniería y/o
Arquitectura".
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Para esta Licitación, el certificado otorgado por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas
deberá consignar un saldo de contratación igual o superior al monto del Presupuesto Oficial.
En caso de una UTE o agrupación de colaboración empresaria, el saldo de contratación anual exigido será
integrado por la suma de los saldos de capacidad de contratación anual que el Registro Nacional y/o
Provincial asigne a cada uno de los integrantes de la misma.
Además el comitente verificará la Capacidad de Contratación exigible para esta Licitación mediante la
demostración de un Volumen Anual Disponible (VAD) de: $ 6.000.000.
El V.A.D. de cada Oferente se determinará de la siguiente manera:
V.A.D. = C.E.A. - C.O., donde
V.A.D. =
Volumen anual disponible.
C.E.A. =
Capacidad de Ejecución Anualizada
C.O.
=
Compromiso de Obra
La C.E.A. se determinará de la forma siguiente:
C.E.A. = P.B. x 1,50, donde
La Producción Básica (P.B.) es la mejor facturación o certificación de obras (excluida la certificación por
anticipos o acopios), que el Oferente informe haber concretado a los fines de esta calificación, como
Contratista principal o Subcontratista en obras de construcción, en doce (12) meses consecutivos,
seleccionados dentro de los últimos ocho (8) años contados desde el mes anterior inclusive de la fecha de
apertura de la licitación.
La facturación del período de 12 meses que se considere, tiene un monto total en pesos que se actualizará
con el Índice IPIM, elaborado por el INDEC.
Para su aplicación deberán considerarse el índice del mes de la licitación (1) y el correspondiente al año
o mes, del período que la empresa considera su mejor facturación (2). El índice a aplicar para la
actualización es igual a 1 sobre 2 (1/2= índice de actualización).
En caso que el Oferente sea una Asociación de Empresas, si las obras que denuncia como antecedente
las hubiera contratado como tal y con la misma integración podrá acreditar la información como
perteneciente a ella para esta licitación; para los antecedentes aportados por los miembros de la
Asociación que hubieran sido ejecutados por otra asociación en la que él fue miembro, se computará el
valor del contrato ponderado por el porcentaje de participación del miembro en la asociación constructora
de la obra.
El Compromiso de Obra (C.O.) se determinará como el compromiso contractual remanente en los 12
(doce) meses posteriores al mes anterior a la fecha de apertura de la licitación, por obras en ejecución,
encargadas o bajo compromiso; para las obras contratadas en asociación de empresas se tomará el valor
remanente del contrato ponderado por el porcentaje de participación del miembro en la asociación. Luego,
para cada obra contratada se realizará el siguiente cálculo:
Si el plazo pendiente fuese superior a 12 meses se tomará el monto anualizado de la fracción
correspondiente a ese período. Si el plazo pendiente fuera inferior a un año, el monto pendiente se
anualizará con esta fórmula:
C.O. = M + M(12-P)/12
Donde M = Monto pendiente y P = Plazo pendiente en meses. Para las obras donde P no sea superior a
4 y se hubiera certificado más del 50%, se tomará directamente el valor M, o sea que en estos casos C.O.
= M.
Si existiesen varios procesos licitatorios cuya adjudicación deba estudiarse contemporáneamente, y un
oferente resultare posible adjudicatario en más de uno, el Contratante establecerá el orden de evaluación
de esas licitaciones que resulte más beneficioso a sus intereses, para luego incrementar sucesivamente
el Compromiso de Obra con los valores que resulten de las licitaciones anteriores.
El Oferente deberá presentar la documentación respaldatoria (Contratos de Obra, Certificación, Actas de
Recepción Provisoria o Definitiva, etc.) de la información incluida para la determinación de la Producción
Básica (PB) y el Compromiso de Obra (CO) Esta documentación deberá estar certificada por escribano o
autoridad competente ".
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En caso de empresas que se presenten como uniones transitorias, la capacidad para contratar resultará
de la suma ponderada de las capacidades individuales de cada una de las empresas, consolidada en una
única planilla con los valores resultantes.
Para la determinación del VAD los proponentes deberán completar los datos necesarios (detalle de datos
de obras en ejecución) de la planilla correspondiente del Formulario Estándar Información para la
Calificación obrante en la Sección Anexos.
3: Domicilio.
El proponente deberá constituir domicilio especial en la Provincia de Tucumán.
4: Garantía de mantenimiento de oferta.
El monto de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta es del 1% del presupuesto oficial por un período
de 60 días corridos a contar de la fecha de presentación de las propuestas.
La garantía de oferta deberá estar nominada a nombre de Municipalidad de Yerba Buena CUIT Nº 30-
67993569-7, con domicilio en Av. Aconquija 1991, Yerba Buena, Tucumán.
CAPITULO IV
LAS PROPUESTAS
1: Lugar de presentación de las propuestas.
Las propuestas se presentarán en el lugar, día y hora establecidos en el precedente art.1.5 del presente
Pliego de Cláusulas Especiales.
2: Forma de presentación de las propuestas.
Se deberá presentar toda la documentación en un original y copia (las que se identificarán como
“ORIGINAL” y “DUPLICADO”, en todas sus hojas) debidamente foliados, firmadas y selladas en todas sus
hojas por los representantes legal y técnico de los proponentes, de acuerdo a lo estipulado en la Sección
1 punto 1.7 PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS.
La presentación de la propuesta significará de parte del proponente el pleno conocimiento y aceptación de
las cláusulas que rigen el llamado a licitación.
2.1: Período de validez de las propuestas
Las propuestas serán válidas por un período de sesenta (60) días, a partir de la fecha límite estipulada
para la presentación de las propuestas.
En circunstancias excepcionales, antes de que venza el período original de validez de las propuestas, el
Licitante podrá solicitar a los proponentes la prórroga de dicho período por un plazo adicional determinado.
El pedido y las respuestas correspondientes deberán efectuarse por escrito. El Proponente podrá negarse
a acceder al pedido sin perder por ello la garantía de mantenimiento de su oferta. No se pedirá ni se
permitirá que el Proponente que acceda al pedido modifique su propuesta, pero se le solicitará que
extienda la validez de la garantía de mantenimiento de su oferta por el periodo de la prórroga.
3: Documentos que integran la propuesta.
Los documentos que deben incluirse en la propuesta, con las siguientes especificaciones:
"Las sociedades cuya duración sea superior a los dos años deberán presentar balances económicos y
financieros, y estado patrimonial de los tres (3) últimos ejercicios, certificados por Contador Público
Nacional, cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas."
La propuesta deberá contener además de los documentos exigidos en el PCG, la siguiente documentación:
A. La Propuesta debidamente inicialada y foliada, como así también todas las aclaraciones que haya
emitido la UEP. de oficio o en respuesta a consultas durante el llamado a licitación.
B. Para Los Proponentes que, a la fecha del Llamado a Licitación, no estuvieren inscriptos en el Registro
Nacional, deberán presentar la constancia de inscripción en el Registro de Constructores de Obras
Públicas de la Nación/ Provincia .
C. Declaración de aceptación de la Justicia Nacional, constituyendo domicilio legal en la provincia de
Tucumán, en caso de resultar Adjudicatario.
D. Declaración Jurada del Proponente constituyendo domicilio especial en la Provincia de Tucumán.
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E. Constancia de cumplimiento de todos los requisitos impositivos y previsionales vigentes, acreditada
mediante certificación otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General
Impositiva (Certificado Fiscal para Contratar expedido por la AFIP - DGI conforme a la Resolución General
N° 135/98, o en su defecto constancia de solicitud ante la AFIP de tal solicitud)
F. Declaración jurada del proponente acreditando la visita al lugar de emplazamiento de la obra otorgado
Al presentar la propuesta la contratista demuestra el conocimiento del lugar donde se realizarán las obras.
Lo que incluye el conocimiento de las condiciones climáticas imperantes, características del terreno,
medios de comunicación y transporte, precio y facilidad para obtener mano de obra y materiales.
Por lo que al presentar oferta demuestra el conocimiento de las obligaciones a contraer y manifiesta la
renuncia a reclamos posteriores basados en el desconocimiento del lugar.
G. La siguiente documentación en carácter de Declaración Jurada:
1) Capacidad Técnica
2) Capacidad Económica Financiera
3) Capacidad de Contratación
H. Declaración Jurada del Proponente manteniendo su oferta
I. Presentación de Proyecto Ejecutivo
La documentación del proyecto de oferta deberá estar claramente definida y debe respetar los planos y
consideraciones del presente pliego.
Si los oferentes no cumplieran con lo anteriormente mencionado se considerará como que no cumple
con las bases de la licitación
Toda la documentación deberá ser firmada por el contratista y su representante técnico, con su
correspondiente aclaración de firmas
Muestras y ensayos
El contratista deberá proporcionar muestras de cualquier material que le solicite la inspección de la obra.
Los costos que le demande a la contratista la ejecución de pruebas, ensayos, fletes, acarreos, etc., no
recibirán pagos directos debiéndose incluir en los gastos generales de la obra.
4: Desestimación de propuestas
No se considerarán las ofertas que impliquen variaciones o modificaciones al proyecto o al plazo de
ejecución.
En lo referente a la Garantía de Mantenimiento de Oferta, su falta de presentación o su presentación
deficiente, no será considerada un defecto formal subsanable.
Asimismo, la falta de presentación de la inscripción en el Registro de Constructores de Obras Públicas de
la Nación o Provincia, o certificado de inicio del trámite de inscripción, no será considerada un defecto
formal subsanable.
CAPITULO V
CLASES DE LICITACION
1: Licitación de “etapa única”.
Para la presente licitación se utilizará el tipo de “etapa única”.
CAPITULO VI
PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LAS PROPUESTAS
1: Evaluación de las propuestas.
Las propuestas serán examinadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, la cual podrá requerir de los
proponentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de defectos formales que
considere necesarias para la evaluación de las propuestas. Los proponentes deberán dar cumplimiento al
pedido de informes complementarios dentro del plazo de cinco (5) días, y si no se cumpliera en término
con dicho pedido, se dará por retirada la propuesta con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
La Comisión Evaluadora procederá al estudio de las propuestas y aconsejará el descarte de la o las
Propuestas que por deficiencias insalvables no permitan su comparación en condiciones de igualdad.
2: Sistema de Evaluación de las Propuestas.
Consideraciones Generales: La Comisión Evaluadora procederá al análisis en primer lugar, de la oferta
más baja en el orden de precios, para verificar que la misma cumple con los requerimientos de las bases,
constituyéndose en una propuesta admisible
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Pliego de condiciones generales.
Considerase Oferta admisible aquella que haya cumplido con todas las exigencias impuestas por los
pliegos y se obligue a proveer cualquier aclaración y/o justificación que el Comitente pueda solicitar y que
responde a los requisitos, condiciones y especificaciones de los documentos de la licitación, sin desviación
o condicionamiento, y que, a juicio fundado del Comitente, contenga las condiciones técnicas y
económicas para ejecutar la obra.
Para la evaluación de las propuestas se considerarán los requisitos mínimos establecidos, Capacidad
técnica y financiera, del presente PCE.
3: Dictamen de evaluación.
La máxima responsabilidad de la Comisión Evaluadora será la de aconsejar la aceptación o rechazo de
las Propuestas y emitir el Acta de Evaluación.
Dentro de los treinta (30) días corridos desde la fecha del acto de apertura, la Comisión Evaluadora,
producirá el informe de evaluación, el que constará en una acta, aconsejando se adjudique entre los
proponentes que cumplan con todos los requisitos exigidos, a la oferta de menor precio en primer lugar.
El dictamen de evaluación se notificará, en forma fehaciente a todos los proponentes, y se dará vista del
mismo, durante los tres (3) días posteriores a la comunicación.
El dictamen podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días a partir de la notificación. Junto con el escrito
de reclamo, y como requisito para la consideración del mismo, deberá acompañarse una garantía
constituida mediante certificado de depósito de dinero en efectivo, en el Banco de la Nación Argentina en
la cuenta Nº 10.105/94 a favor del licitante por un monto en pesos equivalente al 1% del Presupuesto
Oficial.
La garantía será por tiempo indeterminado, irrevocable y se perderá de pleno derecho y sin necesidad de
trámite alguno en caso que la presentación sea rechazada.
CAPITULO VII
ADJUDICACION DE LA OBRA
1: Adjudicación.
El licitante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier propuesta, así como de anular la
Licitación y rechazar todas las propuestas en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato,
sin incurrir por ello en responsabilidad alguna hacia el o los Proponentes afectados por la decisión que
tome, ni tener obligación alguna de informar las razones de tal decisión, y sin que ello dé derecho a reclamo
por parte de los proponentes. Podrá asimismo adjudicar la obra aun cuando se haya presentado una sola
propuesta.
1.2: Notificación de la Adjudicación.
El Comitente, transcurrido el plazo de impugnaciones, notificará en forma fehaciente al proponente cuya
propuesta resulte la más conveniente para la adjudicación de la obra.
CAPITULO VIII
FIRMA DEL CONTRATO
1: Garantía de cumplimiento del contrato.
Dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la adjudicación y previo a la firma del contrato, el
adjudicatario suministrará al Contratante la Garantía de cumplimiento del mismo de conformidad con lo
establecido en el punto 2.3 del PCG.
La garantía deberá estar constituida en alguna de las formas previstas en el punto1.9.2 del PCP, por el
cinco por ciento (5 %) del importe total del contrato. Si el Adjudicatario no integrara la garantía de
cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido, el comitente podrá rescindirlo, en cuyo caso el
contratista perderá la garantía de mantenimiento de oferta. En este caso el Licitante podrá, sin necesidad
de recurrir a un nuevo llamado, ofrecer la adjudicación al proponente que siga en el orden de prelación
establecido en el Dictamen de Evaluación, pudiendo repetir este procedimiento sucesivamente las veces
que sea necesario para adjudicar el contrato. El contrato quedará perfeccionado únicamente a partir de su
suscripción y de la constitución de la garantía de cumplimiento.
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1.2: Condiciones a cumplimentar previo a la firma del Contrato
Previo a la firma del Contrato, el Proponente cuya propuesta resultare adjudicada deberá presentar el
Certificado de Capacidad de Contratación Anual del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas
y el Certificado Fiscal para contratar expedido por la AFIP - DGI conforme a la Resolución General N°
135/98 AFIP, condiciones indispensable para firmar el Contrato.
1.3: Obligaciones a cargo del Contratista.
Impuestos y Tasas Nacionales, Provinciales y Municipales.
Todos los impuestos y tasas nacionales, provinciales y municipales que correspondieran por la ejecución
de las obras objeto de la presente licitación, correrán por cuenta y cargo de la Contratista.
1.4: Para que el Comitente pueda efectivizar el Anticipo Financiero Art. 1.8 del presente PCE el Contratista
deberá dentro de los diez (10) días hábiles de la firma del Contrato suministrar una Garantía a favor del
Comitente por el Anticipo Financiero otorgado.
La garantía deberá estar constituida en alguna de las formas previstas en el artículo 1.9.2 de PCG, por el
cien por ciento (100%) del importe total del Anticipo. Si el Adjudicatario no integrara la garantía mencionada
el comitente no efectivizará el Anticipo y esto no constituirá causal de mora en la iniciación de los trabajos
imputable al Comitente.
En cada pago al contratista, el descuento del anticipo financiero se hará en idéntico porcentaje del avance
de obra certificado.-
CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL
CAPITULO I
ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
1 : Orden de iniciación.
Firmado el contrato, el comitente dará la orden de iniciación de los trabajos con una antelación mínima de
diez (10) días.; durante ese lapso el contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminares.
El contratista queda obligado a comenzar los trabajos dentro del plazo fijado a partir de la fecha de esa
orden, en cuya oportunidad se labrará el Acta de Inicio.
1.2: Plan de trabajos definitivo.
El Contratista presentará al Comitente para aprobación el Plan de Trabajos definitivo en el que consten los
métodos generales, procedimientos, secuencias y tiempos de ejecución de todas las actividades relativas
a las Obras. Si no lo presentara en un plazo de diez (10) días, se hará pasible a la aplicación de una multa.
El Plan deberá tener la representación gráfica mediante diagrama de barras horizontales de los periodos
de ejecución por item, con indicación numérica de las cantidades físicas y porcentuales a ejecutar
mensualmente.
La curva de Inversiones se adecuará al nuevo Plan de Trabajos definitivo, y deberá graficar el porcentaje
del monto total de la obra a ejecutar por mes, consignando montos a valores constantes parciales y
acumulados.
El nuevo Plan de Trabajos y Curva de Inversiones no deberá alterar la estructura técnico-económica de
la oferta que resulto adjudicada.
Luego de aprobado definitivamente por el comitente, quedarán fijadas todas las fechas en que deberán
quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar.
1.3: Replanteo de la obra.
El replanteo de la obra será realizado por el Contratista y controlado por la Inspección de Obra, para lo
cual el Contratista deberá proveer todos los elementos necesarios y los gastos que se originen en las
operaciones de replanteo, así como los provenientes del empleo de aparatos, enseres, personal obrero,
etc., serán por cuenta del mismo.
Una vez establecidos los puntos fijos por el contratista y aceptados por la Inspección, aquel será
responsable de su inalterabilidad y conservación.
Las operaciones de replanteo se efectuarán con la anticipación necesaria para no causar atrasos en el
desarrollo normal de la obra, y será concordante con la orden de iniciación y con el plan de trabajos
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Pliego de condiciones generales.
aprobados. De cada operación de replanteo se labrará el acta correspondiente la que será firmada por la
Inspección y la Contratista.
1.4: Planos de obra.
El Contratista está obligado a confeccionar a su costo, toda la documentación de obra necesaria para la
ejecución de la obra (planos de replanteo, detalles constructivos, cálculos estructurales, estudio de suelos,
etc.,) que la Inspección le solicite, y deberá someter esta documentación a la aprobación de la Inspección
en los plazos que ésta establezca.
El contratista preparará todos los planos de obra necesarios y, de cada uno de ellos, entregará al comitente
dos copias para su aprobación; una vez aprobado un plano, sacará las copias que necesite para su uso y
entregará al comitente el original, en film poliéster, a fin de su preservación en perfecto estado,
acompañando además el soporte magnético.
1.5 Responsabilidad para el Cálculo de las Estructuras y Estudios de Suelos.
Todos los cálculos de las estructuras de hormigón, metálicas y estudios de suelos deberán ser verificados
por la Contratista y refrendados por un profesional con título habilitado en el Consejo Profesional de la
Ingeniería de la Provincia donde se ejecutará la obra, el cual será responsable por los cálculos y estudios,
debiendo presentarse memorias de cálculos, planos y todo otro elemento necesario para permitir el
estudio y aprobación por parte del comitente.
El Comitente no asume responsabilidad por errores de cálculos y estudios que se cometen y no sean
advertidos en la revisión subsistiendo en consecuencia la responsabilidad del profesional y de la
Contratista, que será plena por el trabajo realizado.
1.6: Planos de obrador.
Antes de iniciar los trabajos, el Contratista deberá proporcionar los Planos y Especificaciones de las Obras
Provisionales (obrador) propuestas al Inspector, y ajustará sus instalaciones a las observaciones
formuladas por éste.
El Contratista será el responsable del diseño de las Obras Provisionales y la aprobación del Inspector no
alterará la responsabilidad del Contratista al respecto. El Contratista deberá obtener las aprobaciones de
terceros y permisos que sean necesarios respecto del diseño y ejecución de las Obras Provisionales.
1.7: Cierre de obra.
El Contratista ejecutará el cierre de las obras cuando corresponda, de acuerdo con las reglamentaciones
municipales en vigor o en su defecto en la forma y extensión que determine el Pliego de Especificaciones
Técnicas, Condiciones Particulares.
El obrador u obradores deberán estar cercados con empalizadas de madera o material aprobado por la
Inspección, que impidan la salida de los materiales al exterior. Las puertas que se coloquen abrirán al
interior y estarán provistas de los medios para cerrarlas perfectamente.
La ubicación de los accesos al obrador u obradores deberán ser aprobados por la Inspección y serán
controlados de acuerdo con las medidas de seguridad que se adopten para la obra.
Estos accesos permanecerán cerrados fuera del horario de trabajo.
En caso de incumplimiento de las disposiciones municipales vigentes para el caso de obras en la vía
pública, la Administración podrá aplicar multas.
1.8 Cartel de obra.
Al comenzar los trabajos la Contratista colocará por su cuenta y cargo un (1) cartel indicador de la Obra,
objeto de esta Licitación, con las medida y leyendas indicadas que proporcione el Comitente
correspondiente y en el lugar que indique la Inspección de obra, obligándose a mantenerlo en buenas
condiciones hasta la Recepción Definitiva de la obra.
1.9: Vigilancia, seguridad e higiene.
El Contratista será responsable de la seguridad de todas las actividades que se desarrollen en la Zona de
Obras. Adoptará todas las medidas necesarias para prevenir daños a las personas o a los bienes, sean
de las partes contratantes o de terceros, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u
otros bienes propios o ajenos, se extiende a todo lo relativo al servicio de prevención de accidentes que
puedan afectar a personas o a bienes
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La adopción de las medidas a las que se alude precedentemente no eximirá al contratista de la
responsabilidad por la consecuencia de los hechos referidos.
1.10: Oficina para la Inspección.
Dentro de las construcciones provisionales a cargo de la Contratista, éste deberá instalar en lugar próximo
a sus propias oficinas de obra, los locales para oficinas de la Inspección.
Este local deberá hallarse al pie de las obras y podrá utilizarse edificaciones existentes que llenen los
requisitos de higiene y seguridad necesaria, o bien, el Contratista los construirá ex - profeso. Podrán
preverse casas del tipo desmontable.
La misma deberá constar como mínimo de una oficina, un sanitario y un office. En todos los casos el
Contratista someterá a la aprobación de la Inspección el local que ofrece, debiendo atender las
observaciones que ésta le haga respecto a su capacidad, ubicación y condiciones generales.
Deberá contar con el mobiliario necesario para su funcionamiento como tal y mantendrá condiciones
ambientales y de confort adecuadas a la zona en que se realiza la obra.
Las instalaciones destinadas a la Inspección de la Obra deberán contar con personal de seguridad las
24hs con el objeto de preservar la documentación y el equipamiento de las mismas hasta la Recepción
Provisional de la Obra.
Las instalaciones destinadas a la Inspección de la Obra deberán permanecer hasta la Recepción
Provisional de la Obra.
Estas instalaciones serán retiradas cuando lo disponga la Inspección, siempre antes de la Recepción
Definitiva de la obra, y todos los elementos de ellas son de propiedad del contratista salvo aclaración
correspondiente por parte del comitente. El contratista mantendrá la limpieza permanente y conservación
de las oficinas de la Inspección hasta la Recepción Provisional.
Cuando la Inspección disponga que sus oficinas se mantengan en servicio después de la Recepción
Provisional, su conservación, limpieza, suministro de energía eléctrica y servicio telefónico quedarán a
cargo del comitente hasta que el contratista reciba la orden de retirar esas instalaciones.
En caso de que exista una oficina de inspección de obra instalada en el polígono de intervención, el
comitente podrá solicitar a cargo del contratista, insumos informáticos y de librería, equipamiento,
mobiliario y mejoras para dicha oficina.
1.11: Equipamiento para Oficina para la Inspección.
El Contratista proveerá para ser utilizado por la Inspección y la supervisión de obra a cargo, el
equipamiento informático, necesario para el procesamiento de los trabajos.
A la Recepción Definitiva de la Obra, el equipo de computación, impresora, mobiliario y demás accesorios,
quedarán en poder del Comitente.
Las instalaciones y el equipamiento descripto serán sometidos a la aprobación de la Inspección.
El Contratista proveerá para ser utilizado por la Inspección, toda la papelería, útiles de oficina e insumos
informáticos necesarios para el correcto desempeño de sus funciones.
El Contratista proveerá a su exclusiva cuenta un botiquín con material sanitario mínimo para satisfacer las
necesidades de una emergencia sanitaria, de acuerdo con las especificaciones normalizadas por los
organismos de Salud Pública de la Provincia.
1.12: Instrumental de Medición
La Contratista facilitará a la Inspección mientras dure la obra y hasta la recepción definitiva, todo el
instrumental necesario para el replanteo, mediciones de obra, verificaciones y/o pruebas estructurales,
hidráulicas o las que esta estime necesaria realizar.
El Contratista proveerá al Comitente a los efectos de las tareas de Inspección de Obra:
•
Dos (2) Cintas Metricas profesionales marca Stanley de 5 metros, nuevas.
•
Dos (2) Cintas Metricas profesionales marca Stanley de 8 metros, nuevas.
•
Un (1) Odometro Profesional Rueda Crossmaster 4 Digitos (9999mts.)
Las que serán utilizadas exclusivamente para el seguimiento y control de la obra hasta su
finalización.
Las unidades se entregarán dentro de los 5 (Cinco) días hábiles posteriores a la firma del
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Pliego de condiciones generales.
Contrato y previo al inicio de los trabajos, lo que ocurra primero.
Las provisiones quedarán en propiedad de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento
Urbano, quien dispondrá de los equipos y definirá su ubicación definitiva.
Serán a cargo del Contratista los gastos de reparación, que fueren necesarios, durante el
periodo de provisión; razón por la cual deberá incorporarlos en el presupuesto general de la
obra, no recibiendo en tales conceptos pago directo alguno.
En caso de incumplimiento en el plazo de entrega se aplicarán las sanciones previstas en el
numeral 2.21.2. CARGOS.
1.13: Movilidad.
-
El Contratista deberá hacer entrega de un (1) vehículo para movilidad de la Inspección de Obra,
de acuerdo a las especificaciones y condiciones que se detallan a continuación.
Camioneta Cabina Doble, tipo Ranger – S10 – Hilux - Amarok, en perfectas condiciones de uso,
con no más de 3 años de antigüedad a partir de la fecha de firma de contrato, para uso full time
del equipo territorial e Inspección de obra, sin chofer, en comodato hasta la firma de la recepción
provisoria de obra.
La inspección de obra proporcionará al contratista los datos de el o los conductores designados al
vehículo, para la confección de la tarjeta azul y/o autorización legal necesaria para el libre tránsito
de dicha unidad de acuerdo a ley nacional de tránsito.
El vehículo que fuera provisto en la condición de comodato estará en poder del Comitente hasta
la recepción provisoria de las obras, en cuya oportunidad será devuelto al Contratista en buenas
condiciones y en el estado en que se encuentre.
La disponibilidad del vehículo será full time, (24hs.), teniendo en cuenta que eventualmente se
podrán efectuar actividades por parte del equipo territorial en el sector de obra fuera del horario
normal de trabajo.
El seguro automotor, patente, verificación técnica vehicular y gastos generales relativos a la
manutención de el o los vehículos, como así también el combustible necesario, estarán a cargo
del contratista hasta la recepción provisoria de obra.
El Contratista se compromete a:
1. Realizar las tareas de mantenimiento que demande el vehículo.
2. Renovar las cubiertas cada 40.000 km.
3. Mantener los vehículos asegurado/s contra todo riesgo.
4. Proveer el combustible necesario para el normal funcionamiento.
5. Proveer el Lavado semanal del vehículo.
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Pliego de condiciones generales.
6. El incumplimiento en la provisión del vehículo en el plazo indicado hará pasible al
Contratista de la aplicación de las multas previstas, así como también el cargo de los gastos que
demande al Contratante el alquiler de la movilidad equivalente a la solicitada hasta su efectiva
provisión.
Los gastos por lo aquí establecido serán por cuenta exclusiva del Contratista, por lo cual deberá incluirlos
en el presupuesto general de la obra, no recibiendo por lo tanto pago adicional alguno.
En caso de incumplimiento o prestación no satisfactoria de tales servicios, se aplicarán las sanciones
previstas en el numeral 2.21.2 CARGOS.
El CONTRATISTA deberá hacer entrega de un (1) vehículo para movilidad de la Inspección de Obra,
dentro de los 10 (diez) días de notificada la orden de iniciación de los trabajos, el Contratista entregará él
vehículo que se solicite de acuerdo a las especificaciones y condiciones que se detallan a continuación.
-
Camioneta Cabina Doble, 4x2, usada, tipo Ranger – S10 – Hilux - Amarok, en perfectas
condiciones de uso, con no más de 3 años de antigüedad para uso full time del equipo territorial
e Inspección de obra, sin chofer, en comodato hasta la firma de la recepción provisoria de obra.-
La inspección de obra proporcionará al contratista los datos de el o los conductores designados al vehículo,
para la confección de la tarjeta azul y/o autorización legal necesaria para el libre tránsito de dicha unidad
de acuerdo a ley nacional de tránsito.
El vehículo que fuera provisto en la condición de comodato estará en poder del Comitente hasta la
recepción provisoria de las obras, en cuya oportunidad será devuelto al Contratista en buenas condiciones
y en el estado en que se encuentre.
La disponibilidad del vehículo será full time, (24hs.), teniendo en cuenta que eventualmente se podrán
efectuar actividades por parte del equipo territorial en el sector de obra fuera del horario normal de trabajo.
El seguro automotor, patente, verificación técnica vehicular y gastos generales relativos a la manutención
de los vehículos, como así también el combustible necesario, estarán a cargo del contratista hasta la
recepción provisoria de obra.
El Contratista se compromete a:
1.
Realizar las tareas de mantenimiento que demande el vehículo.
2.
Renovar las cubiertas cada 40.000 km.
3.
Mantener los vehículos asegurado/s contra todo riesgo.
4.
Proveer el combustible necesario para el normal funcionamiento.
5. Proveer el Lavado semanal del vehículo.
6.
El incumplimiento en la provisión del vehículo en el plazo indicado hará pasible al
Contratista de la aplicación de las multas previstas, así como también el cargo de los gastos que demande
al Contratante el alquiler de la movilidad equivalente a la solicitada hasta su efectiva provisión.
1.14: Daños a personas y bienes.
La cobertura mínima del seguro por responsabilidad civil extracontractual a terceros y a su patrimonio
será de pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00) por daños al patrimonio y será de pesos UN MILLON
QUINIENTOS MIL ($1.500.000,00) la cobertura mínima del seguro de lesiones a otras personas o
fallecimiento.
CAPITULO II
DIRECCION DE OBRA
1: Representante Técnico.
El contratista designará en calidad de Representante Técnico, con permanencia en obra, a un profesional
en un todo de acuerdo con lo expresado en el Capítulo III Artículo 2.1 (Capacidad Técnica) del presente
P.C.P.
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Pliego de condiciones generales.
El Representante Técnico deberá estar permanentemente en obra. En caso de ausencia ocasional deberá
disponer la presencia de un Profesional con al menos igual calificación, para su reemplazo, previa
aceptación del Contratante.
En caso de reiteración de ausencia injustificada del Representante Técnico y de su reemplazo, la
Contratista será pasible de una sanción.
CAPITULO III
DESARROLLO DE LA OBRA
1: Plazo.
El Plazo de ejecución es el establecido en el art. 1.6 del presente Pliego de PCP. La obra debe ser
totalmente realizada en el plazo fijado en la documentación del contrato y considerando las prórrogas al
plazo de ejecución que hubieran sido otorgadas.
CAPITULO IV
MODIFICACIONES DE OBRA
Modificaciones de obra.
Suspensión de los Trabajos debido a Imprevistos o Modificaciones
El Contratista podrá pedir la suspensión de los trabajos, siempre que presente su pedido debidamente
fundamentado, con una anticipación no menor a cinco (5) días hábiles del momento que estime deban
suspenderse los trabajos. La inspección tendrá un plazo de dos (2) días hábiles para responder a esa
solicitud. Vencido ese plazo sin que medie objeción por parte de la Inspección, el Contratista estará
facultado a suspender los trabajos.
De no acceder la Inspección a lo solicitado por el Contratista, éste no podrá suspender los trabajos, si así
lo hiciera será pasible de la aplicación de una multa.
CAPITULO V
LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO DE LAS OBRAS.
1: Medición. Certificación.
Al final de cada mes calendario, el contratista en colaboración y bajo la supervisión de la Inspección,
efectuará la medición asentándola en la planilla de medición establecida a tal efecto, de acuerdo con los
modelos que serán provistos por la Inspección de Obra oportunamente.
La planilla de medición será conformada por la Inspección, y el contratista preparará, de acuerdo con ella,
los certificados de obra y de desacopio, en caso de corresponder.
En la certificación deberá descontarse del monto correspondiente al mes de ejecución el porcentaje de
anticipo que fuera otorgado. En caso de reajustes de precios se efectuará el certificado de reajuste
correspondiente al período asentado.
Será de responsabilidad de la contratista el traslado efectivo de la Inspección, destinándose para tal fin un
vehículo diariamente y en los horarios que disponga la Inspección.
2: Retenciones sobre los certificados.
De cada certificado se efectuarán las retenciones establecidas en: a) la Resolución General N° 1439 de la
AFIP (retención IVA), b) Resolución General N° 830 de la AFIP (Ganancias), y c) Resolución General N°
4052 de la AFIP (SUSS sistema Único de Seguridad Social).
Del importe total de cada certificado, ya sean de valores básicos de contrato o los de reajuste de precios
se retendrá el importe del cinco (5) %, en concepto de Fondo de Reparo.
En caso de ser afectado este fondo al pago de multas o devoluciones que por cualquier concepto debiera
efectuar el Contratista, corresponderá al mismo reponer la suma afectada en el plazo de diez (10) días
hábiles, bajo apercibimiento de rescisión del contrato, sobre la base de lo estipulado por el Capítulo X –
Rescisión de Contrato.
3: Pago de los certificados.
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Pliego de condiciones generales.
El Contratista deberá presentar el certificado debidamente firmado por su representante Técnico y por la
Inspección con las correspondientes fojas de medición en la Mesa de Entradas y Salidas de la oficina del
Comitente para su trámite de aprobación y pago.
Junto con el certificado de obra, el contratista deberá presentar la factura correspondiente, la que se
ajustará a la legislación vigente, con fecha coincidente a la consignada en el certificado.
El pago de cada certificado se efectuará dentro de los quince (15) días corridos de la fecha de
presentación, en forma completa, de la documentación pertinente.
Dentro de los cinco (5) días posteriores a la fecha de presentación del certificado firmado por parte de la
Contratista, el Comitente deberá aprobar el mismo mediante Resolución. Si dentro de este último plazo el
certificado fuese observado, el plazo para el pago comenzará en el momento de la presentación del
certificado corregido. Si el pago se efectuara transcurrido el término indicado en el primer párrafo del
presente, por causa no imputable al contratista, será de aplicación lo previsto en el artículo 48 de la Ley
N° 13.064.
CAPITULO VI
RECEPCION DE OBRA
1: Recepción Provisoria.
Una vez terminada la ejecución de los trabajos el Contratista solicitará a la Inspección la Recepción
Provisoria de la Obra.
Se entenderá por fecha de efectiva terminación de los trabajos aquella en la que el Contratista comunique
por Nota de Pedido a la Inspección que la obra está terminada de acuerdo a su fin y al contrato, que han
sido aprobados por esta última los resultados de las pruebas y ensayos realizados según especificaciones
contractuales y solicita por lo tanto la recepción provisional, siempre y cuando la Inspección verifique que
realmente es así y que esa solicitud es procedente por ser las obras ejecutadas de recibo.
La fecha de efectiva terminación de los trabajos representa la finalización del periodo de ejecución de la
obra. Sí éste período supera el plazo contractual incluyendo todas las prórrogas aprobadas corresponde
la aplicación de la multa.
Si la Inspección, luego de recibida la solicitud, verifica que las obras no son de recibo, suspenderá la
recepción provisional y ordenará los trabajos necesarios. En ese caso continuará computándose el período
de ejecución, no computándose el lapso transcurrido entre la fecha de en qué se solicitó la recepción
provisional y la fecha de notificación por parte del Contratista de la Orden de Servicio en la que la
Inspección comunica la no terminación de los trabajos.
Sí la recepción provisional se efectúa de oficio por negligencia del Contratista, por requerir el Comitente la
habilitación de las obras o por cualquier causa, la fecha de terminación efectiva de los trabajos será la
fecha del acta o del instrumento que acredite dicha recepción.
Se efectuará una única recepción provisional de las obras, aun cuando para su ejecución hubieran regido
plazos parciales.
La obra será recibida provisionalmente por la Inspección ad referéndum de la autoridad competente
cuando se encuentre terminada de acuerdo con el contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las
pruebas y procedimientos establecidas en el P.C.P. y en el P.E.T.
La recepción de las Obras por el Comitente no liberan al Contratista de las responsabilidades que
determinan los artículos 1646, 1647 bis y concordantes del Código Civil.
Se labrará un acta en presencia del contratista o de su representante debidamente autorizado, prestando
conformidad con el resultado de la operación. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva
terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía.
En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el
contratista, estableciéndose el plazo que se otorgue para la corrección de los mismos.
1.2. Manual de Operación y Mantenimiento
Con no menos de treinta (30) días de antelación respecto de la fecha prevista para las pruebas de
recepción provisional de las obras, el Contratista presentará a la Inspección un Manual de Operación y
Mantenimiento de las obras e instalaciones.
El mismo será definido por la Inspección. Dicho contenido deberá asegurar la información suficiente y de
una claridad tal que permita guiar paso a paso la operación de las instalaciones para las distintas
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maniobras de rutina y de emergencia, así como brindar todas las especificaciones técnicas y los datos
necesarios para el mantenimiento de los equipos e instalaciones, incluyendo el programa de
mantenimiento preventivo a aplicar, los planos de despiece para desarme de equipos, los manuales de
mantenimiento de cada uno, las listas de repuestos, tipo de lubricantes, etc.
1.3. Pruebas para la Recepción Provisoria
Una vez terminadas las obras y comprobada su correcta ejecución por la Inspección, se procederá a
efectuar las siguientes pruebas: hidráulicas y eléctricas de conducciones, de estanqueidad de estructuras,
cerramientos y recipientes, de funcionamiento de equipos, instalaciones y procesos y en general, todas
aquellas destinadas a verificar la adecuada construcción y correcto funcionamiento de la obra ejecutada y
los datos garantizados por el contratista en su oferta.
Los resultados de las pruebas se volcarán en un Acta que se labrará al efecto, la cual se adjuntará al Acta
de Recepción Provisoria.
Si los resultados no fueran satisfactorios, el Contratista deberá repetir las pruebas la cantidad de veces
que resulte necesario, efectuando las modificaciones, cambios y/o reparaciones que se requieran, previa
aprobación de la Inspección, hasta obtener resultados satisfactorios, todo esto a su exclusivo cargo y sin
neutralización de plazo de terminación de la obra.
1.4. Recepción Provisional Automática por Inacción del Comitente
Pasados los treinta (30) días sin que la inspección se expida sobre la solicitud de recepción provisional, el
Contratista tendrá derecho a intimar al Comitente para que se expida en el término de los siguiente
TREINTA (30) días.
Vencido el plazo se producirá la recepción provisional automática por inacción del Comitente, con fecha
efectiva de terminación de los trabajos coincidente con la de la primera solicitud de recepción provisional.
1.5. Documentación a entregar por el Contratista previo a la Recepción Provisoria.
Es condición indispensable para efectuar la Recepción Provisoria de los trabajos contratados que la
Contratista haga entrega a la Inspección de Obra de la siguiente documentación:
a. Planos conforme a obra: DOS (2) copias de la totalidad de la documentación técnica conforme con la
obra ejecutada.
b. Planos municipales conformes a obra de acuerdo a lo exigido por cada municipio (la Contratista debe
realizar los trámites correspondientes para su aprobación por el Organismo competente antes de la
finalización del plazo de ejecución de la obra)
La documentación será verificada por el personal del Comitente que participe o supervise la operación de
las obras, a los efectos de detectar las eventuales faltas de concordancia con la realidad, para luego ser
devuelto a la Contratista para su corrección.
La documentación conforme a obra estará integrada por planos y memorias descriptivas de las obras
ejecutadas, incluyendo todos los estudios técnicos realizados por el Contratista (geotécnicos, hidrológicos,
estructurales, etc.).
Todas las medidas se expresarán en el sistema métrico decimal.
Los planos consignarán con toda exactitud las posiciones planialtimétricas de conductos y estructuras, así
como la ubicación, plantas, elevaciones y cortes de las obras civiles y de todas las instalaciones
electromecánicas.
Se incluirán planos constructivos y de detalle de fundaciones, de estructuras de hormigón armado con sus
armaduras, de interiores y exteriores de tableros, de interconexión eléctrica de fuerza motriz y comando y
en general, toda la información gráfica necesaria para identificar y ubicar físicamente cualquier elemento
de la obra.
Queda entendido que los planos conforme a obra no guardan relación alguna en cantidad ni en grado de
detalle, con los planos de la licitación, sino que se trata de documentación con un grado de detalle mucho
mayor y con fidelidad verificada respecto de lo construido.
1.6: Plazo de garantía.
El plazo de garantía será de doce (12) meses. Durante ese plazo el contratista es responsable de las
reparaciones requeridas por los defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución
deficiente de los trabajos, o vicios ocultos, siempre que ellos no sean consecuencia del uso indebido de
las obras, para ello mantendrá en la obra el personal y los equipos necesarios.
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Pliego de condiciones generales.
La finalización del plazo de conservación sin observaciones determinará la recepción definitiva de las
obras.
Si durante el período de garantía el Contratista no solucionará a satisfacción de la Inspección los vicios
ocultos, las observaciones a los trabajos ejecutados consignadas en el Acta de Recepción Provisoria, los
desperfectos ocurridos durante el período de garantía, el Comitente este podrá subsanar las deficiencias
contratando los trabajos con terceros o realizándolos por administración, con cargo al fondo de reparos
del contrato
1.7: Recepción Definitiva.
Transcurrido el plazo de garantía provisorio establecido con anterioridad, se podrá realizar la recepción
definitiva de las obras.
Para efectivizarla, la inspección verificará el buen estado y correcto funcionamiento de las obras, la
ausencia de vicios aparentes, los posibles defectos originados en vicios ocultos, así como se hayan
subsanado las deficiencias consignadas en el acta de recepción provisoria y se hayan entregado y
aprobado la documentación conforme a obra debidamente aprobada y la totalidad de los Manuales de
Operación y Mantenimiento (de acuerdo a lo establecido en los artículos 91.1 y 91.4 de las presentes
cláusulas especiales). Asimismo, de considerarlo conveniente la Inspección, se ejecutarán las pruebas y
ensayos necesarios para demostrar el buen estado y correcto funcionamiento de las obras, pudiendo
repetirse, con ese fin, parcial o totalmente las establecidas para la recepción provisional.
De verificarse deficiencias o defectos la inspección intimará al Contratista para que un plazo perentorio los
subsane. Vencido dicho plazo sin que el Contratista haya dado cumplimiento a lo ordenado, el Comitente
podrá hacerse cargo de oficio de la obra, dejando constancia del estado en que se encuentra, y efectuar
por sí o por medio de terceros los trabajos y provisiones necesarios para que la obra resulte de recibo,
cargando los importes que esto insuma al Contratista, en la liquidación final.
Si las deficiencias verificadas son subsanadas por el Contratista, el plazo de garantía de las partes
afectadas de la obra podrá llevarse hasta una fecha que no excederá el doble del plazo de garantía original,
todo esto a exclusivo juicio del Comitente.
La recepción se formalizará con el “Acta de Recepción Definitiva” de acuerdo a lo establecido por “Las
Normas Generales de Ejecución”, que será labrada en presencia de un representante de la Licitante. y la
Contratista o su representante técnico.
La recepción definitiva de la obra extinguirá de pleno derecho las garantías otorgadas por el Contratista
por la parte recibida y lo liberará de las responsabilidades contractuales, con excepción de las prescritas
en el Código Civil. Al respecto, el plazo de DIEZ (10) años que establece el Artículo específico del mismo,
comenzará a regir desde la fecha de recepción definitiva.
1.8: Recepciones parciales.
No se prevén recepciones parciales de obra
No obstante, el comitente podrá efectuar recepciones parciales cuando lo considere conveniente para el
desarrollo de la obra.
1.9: Devolución de garantías y fondo de reparos.
En términos generales no se modifica. Se agrega:
95.1.- Liquidación Final de la obra
Una vez establecida la precedencia de la recepción definitiva y antes de liberar los fondos retenidos, se
efectuará la liquidación final de la obra.
Esta liquidación final se efectuará computando, mediante una medición final, la obra total autorizada
ejecutada por el Contratista, con lo que se corregirán los eventuales errores u omisiones que pudieran
contener los certificados parciales mensuales.
Para la liquidación final se tomarán en cuenta los reclamos no resueltos efectuados por el Contratista sobre
las mediciones y certificaciones mensuales.
Además de la liquidación de la obra total autorizada ejecutada, en esta liquidación final se incluirán todos
los créditos y cargos que correspondan efectuar al contratista en forma tal que el resultado de la misma
refleje el saldo total y definitivo resultante de la vinculación contractual entre el Comitente y el Contratista.
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Licitación Pública Nº 35/2018.
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INTERTRABADO DE ADOQUINES DE
HORMIGON BARRIO SAN EXPEDITO Y
OTROS”.
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Pliego de condiciones generales.
Esta liquidación final, una vez aprobada por el Comitente adquirirá el carácter de liquidación definitiva por
la ejecución de la obra contratada.
Si resultara de esta liquidación un saldo a favor del Contratista, se le abonará el mismo dentro del plazo
fijado para los Certificados mensuales a contar desde la fecha de aprobación de la liquidación final.
Si resultara un saldo a favor del Comitente, se notificará al Contratista e intimará a su pago en el término
de diez (10) días hábiles administrativos.
Vencido ese término se procederá a afectar en primer lugar el fondo de reparos. De no resultar suficiente,
el Comitente procederá al cobro de la misma por la vía legal que corresponda.
CAPITULO VII
DISPOSICIONES VARIAS
1: Seguros.
El Contratista deberá contar, previo a la iniciación de los trabajos, con los seguros que se detallan en el
2.4 Garantía de cumplimiento de contrato del P.C.G.
El seguro contra accidentes cubrirá al personal de todo tipo y categoría que utilice el Contratista en la
ejecución de los trabajos, así como en las oficinas u otras dependencias integradas a la obra.
Con respecto al Personal del Comitente:
El personal permanente y/o eventual de la inspección de obra deberá ser asegurado por el Contratista a
su cargo, contra accidentes. Las pólizas serán individuales y transferibles y deberán cumplir los riesgos de
incapacidad transitoria, incapacidad permanente y muerte.
Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, ampliaciones de plazos
motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al comitente o al Estado, que demande el
seguro para el personal de la Inspección.
Cuando el Comitente introduzca cambios en su personal, el Contratista deberá entregar las pólizas
correspondientes a los nuevos agentes incorporados a la Inspección, dentro de los tres (3) días de la fecha
en que se lo notifique del cambio.
El atraso en la entrega de las pólizas correspondientes a los nuevos agentes del Comitente dará lugar a
la aplicación de una multa diaria equivalente a UN DECIMO POR MIL (0,10/00) del monto total del contrato.
Todas las pólizas de seguros o bien sus copias legalizadas, serán entregadas al Comitente, el que dará
su aprobación, antes de iniciarse las obras. Sin este requisito no se procederá ni al replanteo ni a la
iniciación de obra, como así tampoco se abonará al Contratista ningún importe en concepto de certificados,
sin que esto exima al Contratista de su responsabilidad civil por los daños y perjuicios emergentes de la
falta de cobertura así como del retraso que sufra la iniciación de los trabajos.
En los casos en que se produzcan vencimientos de las pólizas, el Comitente podrá renovarlas a costa del
Contratista, si este no lo hiciera oportunamente.
1.2: Cotizaciones en moneda extranjera.
No se aceptaran cotizaciones en moneda extranjera.
1.3: Manejo de las instalaciones.
El contratista deberá suministrar instrucciones escritas acerca del manejo de las instalaciones
incorporadas a las obras y de los inconvenientes que con más frecuencia pueden presentarse en ellas, e
instruir directamente al personal que el comitente destine a su cuidado, para lo cual debe cumplimentar
con la entrega de lo establecido en el art. 91.2 ("Manual de uso y mantenimiento") de este PCE.
CAPITULO VIII
SANCIONES
1: Hechos que pueden originar sanciones.
Todo incumplimiento de las condiciones previstas en la documentación contractual o de órdenes de
servicio dará lugar a la aplicación de sanciones, debiéndose tener en cuenta que las multas deberán ser
progresivas y acumulativas en proporción a los incumplimientos producidos y al monto del contrato.
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Licitación Pública Nº 35/2018.
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Pliego de condiciones generales.
A tal efecto, podrá habilitarse una cuenta de deméritos en la que se asentará el puntaje que reflejará las
faltas cometidas por el contratista, a partir del cual se medirá el grado de incumplimiento registrado por
éste.
A los efectos del cálculo de las multas, se entenderá por monto del contrato al monto original del mismo
más los importes de las modificaciones aprobadas.
La acumulación de multas por un valor del diez (10) por ciento del monto del contrato, podrá ser
considerado por el Comitente como causa para la rescisión del contrato.
1.2: Multas
Se impondrán multas por las causas especificadas en los artículos siguientes.
La imposición de las penalidades establecidas en este Artículo, no impide la aplicación de otras que
estuvieran en el mismo o en otro documento del contrato.
1.2.1 Multas por Mora en la Iniciación de los Trabajos
Si el Contratista no iniciare los trabajos dentro del plazo establecido, se le aplicará una multa de cinco
décimos por mil (0,5/00) del monto total del contrato por cada día de demora en iniciar las obras.
La multa que se aplique por demora en la iniciación de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por
prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se incluirán en el
cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por el Comitente.
1.1.2 Multas por Mora en Finalización de los Trabajos
Si el Contratista no diera total y correcta terminación a los trabajos dentro del plazo contractual, se le
aplicará una multa equivalente a cinco décimos por mil (0,5/00) del monto total del contrato por cada día
de atraso en la terminación de la obra.
La multa que se aplique por demora en la finalización de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por
prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se incluirán en el
cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por el Comitente.
1.1.3 Multas por Paralización de los Trabajos sin causa justificada
Si el Contratista paralizara los trabajos sin causa justificada, se le aplicará una multa equivalente a UN
DECIMO POR MIL (0,10/00) del monto total del contrato por cada día de paralización
1.1.4 Multas por faltas o incumplimiento de Ordenes de Servicio
Si el Contratista cometiera faltas o infracciones a lo dispuesto contractualmente, o incumpliera las Ordenes
de Servicio emanadas de la Inspección de Obra, se hará pasible de la aplicación de multas que podrán
variar del 0.5 al 10 por mil del monto del contrato de obra, según la importancia de la infracción o
incumplimiento. Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción o
incumplimiento.
Las infracciones y la cuantificación de su sanción son las siguientes:
a. Ausencia injustificada del Representante Técnico: 0,10 por mil del monto contractual por cada día de
ausencia injustificada.
b. Negativa a notificarse de una Orden de Servicio: 0,25 por mil del monto contractual.
c. Atraso en la entrega de las pólizas de los seguros obligatorios: 0,10 por mil del monto contractual.
d. Incumplimiento de disposiciones municipales vigentes para el cierre de obras y seguridad en la vía
pública: 0,10 por mil del monto contractual.
e. Incumplimiento de una Orden de Servicio: 0,5 por mil del monto contractual por cada día de
incumplimiento contado a partir de su notificación.
f. Paralización de trabajos (total o parcial) por divergencias no resueltas: 0,5 por mil del monto contractual
por cada día de paralización.
1.2: Procedimiento para la aplicación de Multas.
Producido un caso de aplicación de multas, la Inspección de Obra notificará a la Contratista de tal situación
mediante una Orden de Servicio. La Inspección comunicará al Comitente los fundamentos de la
procedencia de la aplicación de la multa , a lo cual el Comitente dictará la correspondiente Resolución
sobre el particular , previa vista del Contratista.
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Pliego de condiciones generales.
Las multas por incumplimiento del plazo de ejecución así como las establecidas por infracción a las
disposiciones de este pliego o en cualquiera de los instrumentos que integran el contrato, serán aplicadas
directamente por el Comitente (resolución mediante), a requerimiento de la Inspección o en forma directa,
cuando así corresponda.
El importe de las multas podrá ser percibido por el Comitente o bien deducido de créditos y fondos
retenidos que éste posea. En este último caso la deducción o afectación se hará en el siguiente orden:
1.
Deducción del importe de la multa del primer certificado que el Contratista debe cobrar después
de la aplicación de ésta.
2.
Afectación del fondo de reparos en el monto de la multa, el que deberá ser repuesto por el
Contratista de inmediato ante la intimación del Comitente.
La afectación del fondo de reparos significará la transferencia a favor del Comitente del monto de la multa.
Los montos afectados deberán ser repuestos por el Contratista en los términos establecidos en el Artículo
88 – Retenciones sobre los certificados (Fondo de Reparo), del presente Pliego, bajo apercibimiento de
rescisión del contrato
.ANEXO I - Oferta del Contratista
Notas al Formulario de Oferta del Contratista
El Oferente deberá completar y entregar este Formulario de Oferta junto con su Oferta.
[Fecha]
Nombre:
[Nombre del Contratante]
Dirección:
[Insertar la dirección]
Declaramos conocer y aceptar los documentos que sirven de base a la licitación:
[Nombre o identificación de la Licitación]
y, con sujeción a ellos, ofrecemos ejecutar
[Nombre o identificación del Contrato]
De acuerdo con las condiciones establecidas en la documentación licitatoria que se adjuntan a esta
oferta y establecemos que el precio Total de la Oferta es:
[Cantidad en números] [Cantidad en palabras] .
El Contrato se ejecutará en el plazo estipulado en el Pliego de Cláusulas Especiales -PCE.
Esta Propuesta, junto con la aceptación por escrito del Contratante, constituirá un Contrato obligatorio
entre ambas partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar ni la oferta más baja ni ninguna
otra que puedan recibir.
Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez y con la Garantía de Oferta
requerida por los Documentos de Licitación y especificados en el Pliego de Cláusulas Especiales -PCE.
Firma Autorizada:
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Nombre y Cargo del Firmante:
Nombre del Oferente:
Dirección real:
Dirección postal: [calle y n°]
[Ciudad]
[Provincia]
[Código postal]
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ANEXO II – Calificación Financiera
1. Información para Calificación
Notas al Formulario de Información para Calificación
La información que debe indicar el Oferente en las páginas siguientes se utilizará a los fines de la calificación posterior, según lo dispuesto en las PCE.
Esta información no se incorporará al Contrato. Podrán incluirse páginas adicionales si es necesario.
Para Oferentes Individuales o para cada Miembro de un Grupo o Asociación de Empresas.
1.1 Volumen total anual de trabajos de construcción
Realizados en los últimos ocho (8) años, expresado en pesos.
19..
19
1.2 Desempeño como Contratista principal o Subcontratista
en obras de construcción. Indicar la mejor facturación o certificación de obras, que el Oferente haya concretado en doce (12) meses consecutivos,
seleccionados dentro de los últimos ocho (8) años anteriores al mes anterior inclusive de la fecha original de apertura de la licitación.
1
2
3
4
5
Nombre del proyecto
Nombre del Contratante y
persona o quien contactar
Tipo de trabajos realizados y
fechas de inicio y terminación
Valor
del
Contrato
Monto certificado en el lapso de 12
meses del ___/__/___ al ___/__/___ (*)
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1)
.............................................
2)
.............................................
3)
.............................................
4)
.............................................
5)
.............................................
6)
.............................................
7)
.............................................
8)
.............................................
n)....
(*) excluidos acopios y anticipos. Los valores deberán ser expresados en pesos.
Total
El lapso indicado en la columna 5 va desde el............ de........................... de.................. hasta el............. de........................de..........
1.3 Detalle de obras en ejecución o encargadas
o bajo compromiso, incluyendo fechas previstas de terminación y monto pendiente de certificación al cierre del mes anterior a la fecha de apertura de
la licitación.
1
2
3
4
5
6
Datos del Contratante y persona a
quien contactar
Tipo de trabajos y fechas
de
inicio
y
de
terminación
Valor
del
Contrato
Monto
de
certificación
pendiente (*)
Plazo
pendiente
al
cierre
mes
anterior
apertura
Monto
pendiente
anualizado (**)
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Pliego de condiciones generales.
1) .............................................
2) .............................................
3) .............................................
4) .............................................
5) .............................................
6) .............................................
7) .............................................
8) .............................................
9) .............................................
n)....
(*) sin acopios ni anticipos. Se deberá explicitar en pesos.
Total
(**) si el plazo pendiente fuera inferior a un año, el monto pendiente se anualizará según lo indicado en el PCE. (art.13.3)
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1.4 Cálculo del Volumen Anual Disponible
de trabajos de construcción según el método estipulado según el método establecido en el artículo 13.3 ("Capacidad de Contratación") del Pliego de
Cláusulas Especiales".
1
2
3
4
5
P.B.
(total col. 5 cuadro 1.2)
Coeficiente
estipulado
C.E.A.
(col. 1 por col. 2)
C.O.
(total col. 6 cuadro 1.3)
V.A.D.
(col. 3 menos col. 4)
.....................................................
.....
1,50
...................................................
.....
...................................................
.....
...................................................
.....
V.A.D. mínimo requerido en el PCE: (ver Art. 13.3 del PCE) (el V.A.D. de la Col. 5 debe ser igual o superior).
Los valores deberán ser expresados en pesos.
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94
ANEXO IV - Presentación de los Estados Financieros
ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL (BALANCE GENERAL) AL.... DE... DE... COMPARATIVO
CON LOS DOS EJERCICIOS ANTERIORES
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Caja y bancos (Nota...)
Inversiones (Nota...)
Créditos (Nota...)
Bienes para consumo o comercialización (Nota...)
Otros activos (Nota...)
Total del activo corriente
ACTIVO NO CORRIENTE
Inversiones (Anexo...)
Bienes de uso (Anexo...)
Activos intangibles (Nota...)
Otros activos (Nota...)
Total del activo no corriente
TOTAL DEL ACTIVO
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Deudas (Nota...)
Previsiones (Nota...)
Fondos específicos (Nota...)
Total del pasivo corriente
PASIVO NO CORRIENTE
(VER EJEMPLIFICACION PASIVO CORRIENTE)
TOTAL DEL PASIVO
PARTICIPACION DE TERCEROS EN SOCIEDADES CONTROLADAS
SUBTOTAL
PATRIMONIO NETO
(Según estado respectivo)
TOTAL
COMPONENTES FINANCIEROS IMPLICITOS SIGNIFICATIVOS
Segregados adecuadamente
RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIAS
Informados en detalle
Denominación:
ESTADO DE RESULTADOS
Por el ejercicio anual finalizado el .../.../... comparativo con los dos anteriores
Ventas netas (Anexo...)
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95
Costo de las mercaderías (servicios) vendidas (Anexo...)
Ganancia (pérdida) bruta
Gastos de comercialización (Anexo...)
Gastos de administración (Anexo...)
Resultado de inversiones permanentes
Otros ingresos y egresos
Resultados financieros y por tenencia (a)
Generados por activos
Intereses
Diferencias de cambio
Resultado por exposición a la inflación
Otros resultados por tenencia
Generados por pasivos
Intereses
Diferencias de cambio
Resultados por exposición a la inflación
Otros resultados por tenencia
Impuesto a las ganancias
Participación de terceros en sociedades controladas
Ganancia (pérdida) ordinaria
Resultados extraordinarios (Nota...)
Ganancia (pérdida) del ejercicio
(a) Al segregar, debe considerarse el criterio de síntesis en la exposición que debe imperar en los
estados básicos.
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96
ANEXO V – Análisis de Precios Unitarios
El Oferente deberá presentar el detalle de conformación del COEFICIENTE DE RESUMEN y el
análisis detallado de la MANO DE OBRA, MATERIALES, y de los PRECIOS UNITARIOS según los
modelos adjuntos, para todos los ítems de la obra, debiendo reflejar un uso correcto de cantidades
y rendimientos de los materiales, mano de obra y equipos a utilizar. Queda a cargo del Oferente
reflejar en dichos análisis las alícuotas e impuestos vigentes según lo establece el PCG.
La eventual inadecuación de los datos contenidos en los Análisis de Precios elaborados según lo
que se establece a continuación, con respecto a las cantidades o proporciones de mano de obra,
materiales, equipos, etc., que demande la ejecución de los trabajos conforme a las especificaciones
del proyecto, no justificarán modificación alguna en los precios unitarios del contrato. Los análisis
de precios deberán ser confeccionados respondiendo a las normas modelo que se indican a
continuación:
COEFICIENTE DE RESUMEN
Ejemplo de cálculo de Coeficiente resumen a aplicar en los análisis de precios unitarios
PLANILLA GENERACION DE COEFICIENTE DE APLICACIÓN DE MATERIALES, MANO DE
OBRA Y EQUIPOS
Detalles
Porcentajes %
Valores
Costo
1
Subtotal 1
1
Gastos Generales
15,00%
0,15
Subtotal 2
1,15
Beneficios
10,00%
0,115
Subtotal 3
1,265
IMPUESTOS
21,00%
0,266
Coeficiente
1,531
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97
ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ejemplo: Hormigón armado para bases (unidad=m3)
DESCRIPCION
Cantidad
Unidad
Precio
Unid
Subtotal Unid
Materiales:
▪
cemento
▪
piedra
▪
arena
▪
acero
300,00
0,75
0,65
50,00
Kg/m3
m3/m3
m3/m3
kg/m3
0.12
28.00
9.00
0.55
$/Kg
$/m3
$/m3
$/Kg
36.00
21.00
5.85
27.50
$/m3
$/m3
$/m3
$/m3
SUBTOTAL MATERIALES (A)
$/m3
Mano de Obra(inc. cargas sociales)
Oficial
Medio Oficial
1,20
1,80
Día/m3
Día/m3
25.17
23.50
$/día
$/día
30.20
42.30
$/m3
$/m3
SUBTOTAL MANO DE OBRA (B)
$/m3
Equipos:
▪
Hormigonera
Herramientas manuales
1,00
1,00
Gl/m3
Gl/m3
7.00
3.00
$/gl
$/gl
7.00
3.00
$/m3
$/m3
SUBTOTAL EQUIPOS (C)
$/m3
COSTO NETO TOTAL (D) :
(A+B+C)
$/m3
PRECIO DEL ITEM: COSTO NETO TOTAL (D) x CR = $/m3 x 1.531 $/m3
PRECIO DEL ITEM: $/m3
4. DESGLOSE DE OFERTA
En este Título, deberá incorporarse la Planilla de Oferta, con el desarrollo de los Rubros e Ítems de
obra, unidad de medida y cómputo. La planilla deberá consignar los precios (costo x CR) de cada
ítem que resulten de cada uno de los análisis de precios.
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98
PLIEGO DE
ESPECIFICACIONES
TECNICAS
GENERALES
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99
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES
PAVIMENTOS INTERTRABADOS DE ADOQUINES DE HORMIGON.
1. OBJETO:
El propósito de este Pliego es el de establecer un procedimiento que garantice la calidad
en la ejecución de la actividad de construcción conocida como pavimentos articulados o de
adoquines. El procedimiento que aquí se define debe ser controlado minuciosamente para
asegurar la calidad el producto.
2. GENERALIDADES:
2.1. SINÓNIMOS:
Pavimentos intertrabados, articulados, adoquinados, pavimentos de adoquines.
2.2. DEFINICIÓN:
Se entiende por pavimento la estructura superficial compuesta generalmente por varias
capas de diferentes materiales que sirve de acabado a una vía, ya sea vehicular o peatonal,
cuyo fin es el dar resistencia estructural para atender el paso de los vehículos o peatones,
y por medio de su capa superior, controlar la erosión por acción del agua o el viento de los
materiales que conforman la base de dicha vía, complementando su estructura.
Los pavimentos articulados son aquellos en los cuales la capa superior o acabado del
pavimento está constituida por elementos prefabricados de hormigón, piezas de arcilla |que
empalman entre si sin emplear materiales cementantes para fijarlos. Su origen se
encuentra en los antiguos empedrados. En este documento nos referiremos a los
pavimentos
articulados
que
empleen
adoquines
de
hormigón
prefabricados
específicamente.
2.3. ALCANCE:
El alcance de este Pliego se limita a los procesos constructivos de los pavimentos
articulados, en todas sus capas, y siempre que se empleen adoquines prefabricados de
hormigón, y se apoyen en terreno natural. No incluye el diseño ni el cálculo de los
pavimentos, labor reservada a profesionales idóneos especializados en el tema. Tampoco
se incluyen los trabajos de movimientos de tierra para conformar la rasante de la vía, ni los
estudios desuelo pertinentes que determinarán las tareas de mejoramiento de suelos, etc.,
cuyos procedimientos para asegurar la calidad en su construcción son tratados en otro
Pliego. Tampoco se incluyen aquí las tareas de diseño vial ni de espacio público, ni obras
complementarias como desagües, terraplenes, reforestación, etc., que no son objetos
específicos del presente Pliego.
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100
2.4. TERMINOLOGIA:
a. Sub-rasante: Terreno natural adecuadamente compactado hasta alcanzar una
capacidad portante mínima. Sirve como fundación del pavimento. La sub-rasante está
formada por el suelo natural, o por rellenos o terraplenes.
b. Sub-rasante mejorada: Es la sub-rasante en la cual la calidad estructural del terreno
natural ha sido aumentada mediante el procesamiento de parte del material estructural, o
su reemplazo por material de mejor calidad, sin que se tome como una de las capas
estructurales del pavimento.
c. Sub-base: Conjunto de capas naturales, de material granular seleccionado, estabilizado
y compactado, situadas directamente sobre la sub-rasante o sub-rasante mejorada.
Normalmente esta capa es de menores especificaciones que la de la base.
d. Base: Principal elemento portante de la estructura, situada sobre la sub-base. Puede ser
construida con material granular, con un mayor grado de compactación que el alcanzado
en la sub-base o con hormigón pobre. Hace parte integral del pavimento distribuyendo las
cargas concentradas que se actúan sobre el pavimento. c. Cama de asiento: Base de
apoyo de los adoquines, destinada a absorber sus diferencias de espesor debidas a la
tolerancia de fabricación, de manera que éstos una vez compactados se obtenga una
superficie homogénea.
d. Adoquines: Elementos prefabricados de hormigón, con planta poligonal con un diseño
tal que ajustan bien unos con otros formando una superficie continua y dejando una
pequeña junta entre ellos. Su cara exterior, una vez colocados sobre la cama de asiento y
sus juntas selladas y finalmente compactados, forman la capa de rodadura de la superficie
a pavimentar. Funciona de forma articulada junto con la capa de arena de soporte.
e. Capa de rodadura: Es la capa superior de la estructura del pavimento que está en
contacto directo con el tránsito. En el caso de pavimentos de adoquines, está conformada
por adoquines de hormigón confinados en una caja conformada por elementos de
confinamiento, colocados sobre una capa de arena gruesa y sus juntas verticales rellenas
con arena fina. Para lograr que todas las piezas estén en un mismo plano, se pasa una
placa vibro-compactadora dos veces: la primera luego de colocados los adoquines y sus
cortes en contra de los cordones de confinamiento y la segunda y última, al momento de
barrer la arena de sellado. Los cordones de confinamiento son una parte fundamental del
sistema y pueden ser de hormigón colado in situ o premoldeados en planta.
e. Drenaje: Obras que sirven para manejar las aguas que puedan afectar la estabilidad del
pavimento. El drenaje busca el manejo controlado del agua que cae y corre sobre la
superficie del pavimento, así como la que se infiltra en sus capas subyacentes o en el
terreno natural.
2.5. NORMATIVA DE APLICACIÓN:
El presente Pliego General de Especificaciones técnicas debe entenderse como un
compendio general para la realización de pavimentos de adoquines, que ha sido realizado
en base a la normativa argentina para este tipo de pavimentos. Sin embargo, debe tenerse
en cuenta que ante cualquier omisión u diferencia conceptual se deberá seguir la normativa
vigente en la República Argentina al momento de la ejecución del proyecto, incluyendo la
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documentación que a tal fin disponga la Dirección Nacional de Vialidad y/o la Dirección
Provincial de Vialidad.
La normativa consultada para la realización de este Pliego es la siguiente:
IRAM 11656: Adoquines de hormigón para pavimentos inter trabados. Requisitos y
métodos de ensayo.
IRAM 11657: Adoquines de hormigón para pavimentos. Requisitos para su colocación y
recomendaciones sobre la estructura básica.
IRAM 11627: Adoquines de hormigón para pavimentos. Inspección y recepción.
IRAM 1666-1: Hormigón de cemento portland. Hormigón elaborado. Requisitos,
inspección, recepción y métodos de ensayo.
IRAM 1647: Agregados para hormigón de cemento portland. Métodos de ensayo.
El anterior enunciado es a modo indicativo y no de carácter delimitativo. Deben tenerse en
cuenta todas aquellas normas que con posterioridad a la realización del presente
Pliego modifiquen o amplíen las anteriormente citadas.
2.6. UNIDADES:
Las unidades utilizadas en este Reglamento corresponden al Sistema Métrico Legal
Argentino (SIMELA) según Ley 19511/72.
3. MATERIALES:
Los pavimentos articulados se construyen empleando básicamente tres tipos de materiales
a saber: los adoquines con los cuales se construye la capa de rodadura y la capa de arena
gruesa sobre la cual se apoyan, arena fina para llenar las juntas entre adoquines, material
granular de buenas especificaciones para construir la base, y material granular de menor
especificación para construir la sub-base, en caso de que ésta sea necesaria.
Ocasionalmente la base y/o la sub-base podrán realizarse con suelo-cemento o suelo-cal,
de acuerdo a las especificaciones del proyecto.
3.1. LOS ADOQUINES:
Los adoquines son elementos macizos de hormigón, arcilla cocida o piedras cortadas de
forma que encajen unos con otros para poder formar una superficie continua que sirva de
superficie de rodadura a un pavimento. En este Pliego General de Especificaciones
Técnicas nos referiremos únicamente a los adoquines prefabricados de hormigón. Estos
adoquines cumplirán en su totalidad la norma IRAM 11626: Adoquines de hormigón para
pavimentos articulados. Requisitos y métodos de ensayo. ISO9001
Los adoquines prefabricados de hormigón se fabrican en hormigón simple, en piezas cuyas
dimensiones en planta no superan los 20cm. en los sentidos principales y con espesores
variables entre 6 y 10cm. Su forma y dimensiones están condicionadas con la posibilidad
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de ser manejados con la mano del operario. La forma y dimensión en planta puede
presentar diferentes diseños que deben tener la característica común de que al colocar las
piezas sobre una superficie continua adosando unas con otras, éstos se acoplen
perfectamente.
En un adoquín se distinguen los siguientes elementos:
a. Cara superior (o superficie de desgaste) sobre la cual circula el tránsito y que define la
forma del adoquín.
b. Cara inferior, igual a la superior, sobre la que se apoya el adoquín en la capa de arena
c. Caras laterales o paredes, curvas o rectas, pero verticales y sin llaves, que conforman
el volumen y determinan el espesor.
d. Aristas o bordes donde empalman dos caras o los quiebres de la cara lateral.
e. Bisel. Es un chaflán o plano inclinado en las aristas o bordes de la cara superior que se
puede o no hacer en el momento de la fabricación. No debe tener más de 1 cm de ancho
y no es indispensable, pero mejora la apariencia de los adoquines, facilita su manejo y
contribuye al llenado de la junta.
f. Espesor. Los adoquines se fabrican en espesores de 6cm. para tránsito peatonal y
vehicular liviano; de 8cm. para vías de tránsito medio y pesado (inclusive aeropuertos) y
de 10cm. para tránsito muy pesado (patios de carga y puertos, etc.)
Entre las formas más comúnmente empleadas están los adoquines rectos con planta en
forma de rectángulo, los ondulados en los cuales las superficies laterales presentan
curvatura, o angulados en los cuales las caras laterales presentan quiebres siempre
encajando unos con otros. En esta última categoría son más comunes los de forma en “L“
y en “cruz”. Las caras laterales o paredes, ya sean de formas curvas, rectas o quebradas,
siempre son verticales y sin llaves. Pueden tener un bisel o chaflán en plano inclinado en
las aristas o bordes de la cara superior de no más de 1cm. de ancho que sirve para mejorar
la apariencia del pavimento, facilitar el manejo de la pieza y llenar la junta entre ellas. Las
caras laterales también pueden tener una nervadura saliente que sirve de separador en el
momento de colocar los adoquines.
Los adoquines de hormigón de espesor de 6cm. se emplean para tránsito peatonal y
vehicular liviano. Los de 8cm. de espesor se usan en vías de tránsito medio y pesado.
Los de 10cm. actualmente en desuso se utilizan ocasionalmente para tránsito muy
pesado. En general se puede decir que los pavimentos en adoquín prefabricado de
hormigón se construyen con piezas de 8cm. de espesor, dejando los espesores
superiores e inferiores para casos muy específicos. Con esto se logra un mejor
comportamiento de pavimento y para manejar una menor cantidad de piezas diferentes en
la obra, lo que acelera el proceso de distribución y colocación.
Si tienen menos de 6cm. las piezas se consideran tabletas o baldosas, las cuales se
instalan pegándolas con un mortero de cemento. En este Pliego General de
Especificaciones Técnicas nos referiremos a los adoquines prefabricados de hormigón
producidos en planta industrial, y suministrados a la obra listos para su uso. No incluimos
los procedimientos de producción que aseguren la calidad del adoquín. La producción
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industrializada de los adoquines se hace empleando maquinaria que compacta la mezcla
por vibroprensado. Se emplean moldes metálicos que garantizan una buena uniformidad
en el tamaño de los adoquines. Los adoquines prefabricados de hormigón pueden ser
fabricados con colorante integral, a pedido del cliente.
3.1.1. Requisitos de calidad:
Definiremos aquí los procedimientos para verificar la calidad de los adoquines recibidos en
obra. La calidad de los adoquines producidos en planta para utilizar en una obra se verifica
según las recomendaciones de la norma IRAM 11626: Adoquines de hormigón para
pavimentos articulados. Requisitos y métodos de ensayo. Los requerimientos básicos para
los adoquines son:
a. Materiales:
Cemento: Se deben utilizar cementos de marca y procedencia aprobada por los
organismos nacionales habilitados. El cemento a utilizar debe cumplir con los requisitos
especificados, para su tipo, en la norma IRAM 50000:2000, es decir Cemento Portland
normal (CPN).
Agregados pétreos: Los agregados para emplear en la ejecución de hormigones, no deben
contener sustancias que afecten la resistencia y durabilidad del hormigón, en cantidades
mayores a las establecidas en la normativa vigente.
Agua: El agua empleada para lavar los agregados y mezclar y curar el hormigón, cumplirá
con los requisitos establecidos en la norma IRAM 1601:1986, y la Sección C1 del Pliego
general de Especificaciones Técnicas de la Dirección Nacional de Vialidad (Ed. 1998). El
agua que proviene de la red de agua potable se considera apta.
b. Dimensiones:
En esta categoría lo más importante es la uniformidad dimensional frente a los diferentes
adoquines para que empalmen bien entre sí y en conjunto produzcan una superficie plana,
las tolerancias serán de más o menos 1.5mm. en las dimensiones en planta y de más o
menos 2mm. para el espesor. La dimensión mayor en planta del adoquín debe estar entre
50 y 250mm., y la dimensión menor no debe ser inferior a 50mm. La relación entre el largo
y el ancho en planta del adoquín debe ser menor de 4. Se pueden fabricar adoquines con
nervaduras en sus caras verticales que sirvan de separadores entre ellos. Además, por
facilidad para su producción, transporte y colocación, se prefieren adoquines pequeños,
que se pueden tomar con una sola mano, que no tengan más de 25cm. de longitud, para
manejarlos con facilidad y para que no se partan bajo las cargas del tránsito.
c. Bordes:
Los bordes o aristas no podrán presentar desbordamientos, ni rebabas. Ésto se debe
cumplir también en los bordes biselados. No se admiten esquinas averiadas.
d. Acabado superficial:
La superficie expuesta de los adoquines debe presentar color uniforme para todas las
unidades de un lote. No se admiten grietas, fisura, hormigueros, descascaramientos o
presencia de material deleznable. Se permite la fabricación de adoquines con acabado
superficial texturizado, con falsas juntas y con capa a la vista coloreada. Estos acabados
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especiales requieren un acuerdo previo entre el productor y la Dirección técnica, en lo
referente a sus características.
3.1.2. Tipos de adoquines:
Se definen tres tipos de adoquines:
a. Tipo 1: Son los adoquines rectangulares, los más prácticos y populares en todo el mundo
por su facilidad para su fabricación y colocación, y porque permiten elaborar más detalles
en el pavimento. Tiene 20cm. de largo por 10cm. De ancho. Los hay con paredes rectas,
onduladas o anguladas. Los adoquines rectangulares se pueden colocar en patrón de
espina de pescado, en hileras trabadas, tejido de canasto, etc. Para tráfico vehicular, sólo
se pueden colocar en espina de pescado o en hileras trabadas, atravesadas a la dirección
de circulación de los vehículos.
b. Tipo 2: Son los adoquines que se pueden tomar con una sola mano pero que no se
pueden colocar en patrón de espina de pescado, como los adoquines en forma de “I”. Estos
se colocan en hileras trabadas y se debe tratar que éstas queden atravesadas a la dirección
de circulación de los vehículos.
c. Tipo 3: Son los adoquines que, por su peso y su tamaño, no se pueden tomar con una
sola mano (pues miden unos 20cm. x 20cm. ó más) y sólo se pueden colocar en hileras.
También se debe tratar de que las hileras queden atravesadas a la dirección de circulación
de los vehículos. A este tipo pertenecen los adoquines con forma de cruz, trébol, etc.
3.1.3. Ensayos:
a. Se recomienda efectuar el ensayo de resistencia a los adoquines. Ésta se determina por
medio de ensayo a flexión que consiste en la aplicación de una carga concentrada a una
pieza libremente apoyada en dos puntos hasta llegar a la rotura. La resistencia individual
de cada adoquín no debe ser menor que 3,6 MPa; y la resistencia promedio de los 5
adoquines de la muestra, que no debe ser menor que 4,5 MPa. Si la resistencia viene dada
en kilogramos por centímetros cuadrados, el valor individual mínimo deberá ser de 36,7; y
el promedio de 45,9.
b. También se debe evaluar el grado de absorción de agua. El porcentaje máximo de
absorción debe ser 7% como promedio y de 8% en adoquines individuales. Este requisito
es aplicable en zonas donde se producen ciclos de hielo-deshielo.
c. Se debe evaluar la resistencia a la abrasión producida por el tránsito del tráfico normal.
Esta característica es importante aún para pavimentos usados como vías peatonales ya
que el desgaste para este tipo de tráfico es tan alto como el del tráfico vehicular. Se
aceptará un desgaste de 15 cm3 / 50 cm2, correspondiente a una pérdida de espesor
inferior a 3 mm.
d. El tamaño y la forma de los adoquines serán lo más uniformes posibles, para que traben
unos con otros y la superficie final sea plana. Para esto, la diferencia máxima en las
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dimensiones con respecto a las dadas por el productor, no será de más de 2mm. Para el
largo y ancho, y de 3mm. para el espesor.
e. Es importante evaluar también el peso de los adoquines. El peso unitario de los
adoquines, secados al horno, no debe ser inferior a 2200 kg / m3
Estos ensayos se hacen de acuerdo a lo establecido en la norma IRAM 11656 ya
mencionada, partiendo de una muestra compuesta por cinco adoquines por cada lote de
5.000 unidades escogidas al azar pero buscando quesean representativas de la calidad
del lote. Todos los adoquines de una muestra serán de un mismo lote de producción y no
se mezclarán diferentes formas y tamaños, y se marcan con pintura, identificando la obra,
el lote y el orden de la muestra
3.1.4. Transporte:
El transporte y el manejo de los adoquines, desde la planta y dentro de la obra, se hará de
la manera más ordenada posible, para evitar que se deterioren y para evitar los retrasos
debidos al desorden y poder alcanzar el máximo rendimiento en la construcción del
pavimento.
Para preservar la calidad y el buen estado de los adoquines durante el transporte de la
planta a la obra se deben transportar en camiones con plataforma, perfectamente
entibados y sujetados. Si no es posible el transporte del material entibado y empacado, el
cargue y descargue debe hacerse a mano colocando cada pieza individualmente. No se
debe permitir el descargue por volteo desde una volqueta pues pueden producir
desbordamientos y roturas en las piezas. El material se debe descargar en el sitio más
cercano al de su colocación definitivo para evitar exceso de acarreos internos.
El transporte interno dentro de la obra se debe hacer empleando coches o carretillas de
mano.
3.1.5. Recibo de los adoquines en la obra:
Al llegar los materiales a la obra, el personal designado a tal fin por la dirección Técnica
debe verificar antes de descargar el material su procedencia, fabricante, fecha de
fabricación o tiempo de fraguado, cantidad de material a recibir. Verificado lo anterior se
debe revisar que el adoquín haya sido adecuadamente transportado, tipo de adoquín, que
esté limpio, que presente color y aspecto uniforme, que no presente grietas, roturas o
desbordamientos ni material deleznable expuesto. Únicamente cuando se haya verificado
todo lo anterior se puede autorizar la descarga del material para lo cual se seleccionará el
sitio adecuado lo más cercano al punto de uso.
3.1.6. Almacenamiento:
El almacenamiento de los adoquines en la obra se hará sobre una superficie plana
horizontal y limpia para evitar la contaminación del material con el suelo. Las cargas de
adoquines en la obra no tendrán más de 1,5m. de altura, para que no se derrumben.
Estas cargas no se harán en torres, sino con alguna traba en cada capa. Tampoco se harán
cargas contra muros porque se pueden recostar sobre ellos y tumbarlos. Se controlará que
queden libres por todo su perímetro.
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3.2. ARENAS:
Para la construcción de un pavimento de adoquines se utilizan dos tipos de arenas: una
para la capa de arena debajo de los adoquines, que es de arena gruesa, y otra para el
sellado de las juntas, que es una arena fina. El zarandeo, lavado y almacenamiento de las
arenas, se hace sobre un piso duro, preferiblemente de hormigón, para que ellas no se
contaminen con el material del suelo o terreno natural. La arena para el sello estará lo más
seca posible en el momento de utilizarla, para que penetre en las juntas, por lo cual se
debe almacenar bajo techo (si se esperan lluvias) y revolverla con frecuencia para seque.
La arena gruesa no tendrá que estar seca, pero mientras menos humedad tenga, más fácil
será su manejo.
a. Arena gruesa para apoyo de los adoquines:
Para construir la capa sobre la cual se apoyan directamente los adoquines se emplea arena
gruesa y limpia. Son aptas para este uso las arenas que se emplean para producir mezclas
de hormigón o para morteros para el tomado de juntas en mampostería. Se recomienda el
empleo de arenas de río, evitando el uso de arenas de peña o trituradas. Debe rechazarse
la arena que presente arcillas o partículas excesivamente finas en gran proporción. Se
deben evitar también material vegetal, hojas, madera y basuras en general. Deben tener,
además, una granulometría continua, comprendida dentro de los límites requeridos según
su uso.
b. Arena fina para sellado entre adoquines:
La arena que se emplea en el sellado de los espacios entre los adoquines debe tener las
mismas características de la arena que se emplea en los revoques. Debe cumplir los
mismos requisitos que la arena para el apoyo de los adoquines. Deben tener, además, una
granulometría continua, con un tamaño máximo de partículas de 2,5mm. Transporte, recibo
y almacenamiento:
Las arenas tanto para apoyo como para el relleno de juntas se deben transportar en
volquetas protegidas con carpa o lona. Al recibirlas en obra se debe verificar su volumen,
grado de humedad (no excesivo), uniformidad en el color y ausencia de material orgánico
y basuras. El almacenamiento se debe hacer en un sitio limpio, bien drenado y protegido
del suelo para evitar la contaminación del material. La arena empleada para base, si va a
estar expuesta a la intemperie por mucho tiempo, debe ser cubierta para evitar lavado por
lluvia o por viento. La arena fina para relleno de juntas se recomienda, sea almacenada en
áreas bajo techo, pues es indispensable que esté bastante seca en el momento de
utilizarla.
3.3. MATERIALES PARA LAS BASES:
Cuando el diseño del pavimento articulado requiera el empleo de una capa de base entre
la sub-rasante y la base de arena de apoyo, para repartir las cargas de diseño, se construye
una base de material granular compactado. Si las cargas de diseño son altas, o el suelo de
soporte tiene baja capacidad, se pueden requerir bases muy gruesas. En estos casos la
base se parte en dos capas diferentes, siendo la primera una sub-base con material de
menor especificación, con el fin de disminuir los costos.
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a. Base de suelo cemento:
El suelo cemento es una mezcla homogénea de suelo (no vegetal) pulverizado, cemento y
agua, que se compacta y se cura, con lo cual adquiere una rigidez mayor que la del suelo
natural. Por esto es que, cuando se tienen suelos adecuados, se puede remover una cierta
profundidad del terreno natural (sub-rasante) o traer suelo de algún corte vecino, para
producir suelo cemento y utilizarlo como base para el pavimento. En el suelo cemento es
fundamental el tipo, homogeneidad, compactación y curado. El suelo a utilizar deberá
cumplimentar las siguientes condiciones:
Sales totales: no mayor del 1%
Sulfatos solubles: no mayor al 0,5%
Límite líquido: no mayor de 30
Índice plástico: no mayor de 12
No contener material vegetal ni sustancias orgánicas perjudiciales.
El suelo de la sub-rasante, o el del préstamo, se tritura (o pulveriza). Luego se demarcan
rectángulos de 2,5 m de ancho y, en cada uno, se vacía un saco de 50 kg de cemento, por
cada 15 cm de espesor de base que se va a construir. Se mezcla el cemento y el suelo (a
pala o con un arado agrícola), hasta que el color sea homogéneo. Luego se agregan,
lentamente, 25 l de agua a cada rectángulo, mezclando hasta que su color vuelva a ser
homogéneo. Si tomando un puñado de mezcla se puede formar una bola con las manos,
no se echa más agua, si la bola se deshace, se le agrega más agua al suelo cemento hasta
poder darle forma a la bola de muestra.
La mezcla de suelo cemento se compacta utilizando compactadores de rodillos “pata de
cabra” (si el suelo es arcilloso), o de rodillos “lisos” (si el suelo es arenoso);
vibrocompactadores de pala (ranitas) o pisones manuales. La compactación se hace por
capas, hasta el espesor indicado en la Tabla 2.
Terminada la compactación, se cura el suelo cemento durante 3 d como mínimo,
colocándole unas películas de plástico o lonas impermeables bien pesadas, que cubran
toda el área y no dejen escapar la humedad, o colocándoles sacos de papel o de
fique,también pisados, que permanezcan húmedos por riego constante de agua.
b. Base granular:
Para estas bases se debe emplear material granular de origen pétreo ya sea de río o
triturado en cantera. El material debe estar limpio, sin arcillas ni basuras, de granulometría
continua y un diámetro mayor de las partículas menor a 5cm. Si el material presenta polvo
o arcilla debe ser lavado aplicando agua por la parte superior del arrume. No se requieren
ensayos especiales para este tipo de material. Para las subbases se emplean materiales
similares pero de menor exigencia.
En cuanto al transporte, recibo y almacenamiento de los materiales a emplear, se debe
cumplir con los requisitos establecidos para las arenas de apoyo.
3.4. AGUA A UTILIZAR EN LA OBRA:
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El agua empleada para lavar los agregados y de ser necesario humedecerlos, cumplirá con
los requisitos establecidos en la norma IRAM 1601:1986, y la Sección C1 del Pliego general
de Especificaciones Técnicas de la Dirección Nacional de Vialidad (Ed. 1998). El agua que
proviene de la red de agua potable se considera apta.
3.5. BARRAS DE ACERO A UTILIZAR EN ELEMENTOS DE HORMIGÓN ARMADO
Todas las barras de acero que deban agregarse según proyecto para reforzar los cordones
de confinamiento y cualquier elemento de hormigón armado que se incluya en el proyecto,
deberán seguir las normas IRAM - IAS U 500-528 para barras de acero conformadas de
dureza natural, para armadura en estructuras de hormigón, IRAM – IAS U 500-528 para
barras de acero conformadas de dureza natural, para armadura en estructuras de hormigón
y cualquier otra normativa pertinente.
4. EJECUCIÓN DEL TRABAJO:
4.1. PLANEACIÓN:
Antes de iniciar la ejecución de la actividad es indispensable realizar las labores previas de
planeación y estudio cuidadoso acerca de las características propias del pavimento de
adoquines. Esta etapa debe incluir la distribución del espacio físico en la obra para la
recepción y almacenamiento de los materiales previendo la descarga de los materiales y
optimizando el transporte interno de los materiales. Cuando se está adoquinando una vía
de extremo cerrado o ciega, se debe planear el ingreso de los materiales, y su descarga,
previendo el avance de la obra sin que se presenten conflictos de circulación de vehículos,
no haya necesidad de hacer acarreos múltiples de los mismos materiales, y no se afecte
el normal avance de los trabajos.
4.1.1. Estudio de planos:
Se deben estudiar detalladamente los planos y las especificaciones propias del proyecto
observando los tipos de adoquines a emplear, definiendo sus dimensiones y
especificaciones.
4.1.2. Cómputo de materiales:
Del estudio de los planos se hará el cálculo de las cómputo de materiales discriminando
según las distintas etapas de ejecución del proyecto y los diferentes tipos de adoquines.
Estas cantidades servirán de base para la negociación del suministro de los insumos
necesarios, las herramientas, la compra o alquiler del equipo y la contratación de la mano
de obra.
4.1.3. Programación:
Con el cómputo de materiales calculado se analiza el programa de trabajo general para el
proyecto, con el fin de determinar la rata de suministro de materiales, el número de
cuadrillas básicas necesarias para ejecutar la actividad en el tiempo programado, y la
cantidad de herramienta y equipo correspondiente.
4.2. COTIZACIONES:
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Con toda la información recopilada se preparan las solicitudes de cotización definiendo por
escrito
muy
claramente
las
cantidades,
características,
plazos
de
entrega,
responsabilidades acerca de la calidad del suministro y certificaciones si son necesarias.
Para el caso de la mano de obra, normalmente subcontratada por unidad de medida de
actividad realizada, se debe aclarar el alcance de las actividades incluidas en el precio
ofrecido, las condiciones de seguridad social, seguridad industrial y salud ocupacional que
regirán en la obra, las certificaciones de idoneidad del personal, y el aseguramiento de que
se cumplirá completamente con la legislación laboral vigente.
4.3. PRESUPUESTO:
Conocidas las cotizaciones, se deben rehacer los análisis de precios unitarios para los
distintos tipos de adoquinados con los precios ofrecidos, los consumos reales, los reajustes
de precios si los hay, y los cómputos de materiales recalculados. El resultado de este
estudio se compara con el presupuesto vigente para el proyecto. Si no se acomoda a lo
esperado, se debe informar al superior responsable de la ejecución presupuestal para
encontrar una solución al sobrecosto, o para buscar su aprobación. En estos casos se debe
avisar al responsable de la ejecución de los presupuestos para que tenga en cuenta el
hecho en futuros presupuestos.
4.4. CONTRATACIÓN:
Superada esta etapa se adjudicarán los distintos contratos, tanto de suministro como
demano de obra, plasmándolos por escrito, dejando claramente establecidas las
condiciones de contratación estipuladas en la solicitud de contratación, además de las
correspondientes a la forma de pago, garantías, multas, pólizas, responsabilidades
yarbitramentos necesarios.
4.5. SEGURIDAD E HIGIENE:
Se debe cumplir para esta actividad con el programa general de seguridad e higiene de la
obra ejecutado por el profesional habilitado a tal fin, y que deberá cumplimentar lo dispuesto
por la Ley 19587 de Higiene y Seguridad Laboral, y sus modificatorias, asícomo cualquier
otra reglamentación pertinente vigente en el momento de ejecutar el proyecto. Se debe
tener en cuenta que los principales riesgos de enfermedad profesionaly accidente de
trabajo relacionados con esta actividad son:
•Sobreesfuerzos por posición incorrecta al levantar cargas pesadas, o exceso de carga.
•Respiratorios por manejo de cementos y polvo. Se debe obligar el uso de filtrosprotectores
en la nariz.
•Peladura en las manos por falta de protección. Se debe hacer obligatorio el uso de guantes
de caucho al albañil que maneja mezcla con las manos.
•Como todo ambiente de construcción es de por sí peligroso, es obligatorio el uso delcasco
protector para golpes en la cabeza. En general se debe mantener permanentemente
en operación un programa general de seguridad e higiene de la obra dirigido porpersonal
experto en estas materias. Se debe mantener una campaña educativa continuada por
medio de instrucción verbal, reforzada con carteles recordatorios distribuidos en el frente
de trabajo.
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4.6. ASPECTOS AMBIENTALES:
Las obras deberán ejecutarse de acuerdo con las disposiciones legales vigentes para
proteger el medio ambiente. Específicamente deben cumplir con el plan de manejo
ambiental establecido en estudio previo a la ejecución de ésta, el cual es de obligatorio
cumplimiento por el constructor durante la ejecución de la obra.
4.7. REGISTROS:
Durante la realización de la obra, el Director de Obra debe registrar, o hacer registrar, en
forma continua, toda información o dato importante relacionado con su ejecución en el Libro
de Obra correspondiente. Las actas estarán suscriptas por el Director de la Obra, el
Inspector de la Obra, el Representante Técnico de la Empresa Constructora principal, el
Representante Técnico de la Contratista (si hubiere). Todos los registros deben ser
realizados por triplicado, siendo el original conservado por el Director de Obra. Todos los
registros se deben mantener en obra durante el proceso constructivo y la información
acumulada en los diferentes registros debe ser permanentemente analizada por el Director
de Obra.
4.8. EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD:
Para la ejecución propiamente dicha de la actividad se debe seguir el siguiente
procedimiento:
4.8.1. Verificación y preparación de la sub-rasante:
Antes de iniciar la construcción de los pavimentos en adoquín, se debe hacer una
minuciosa inspección y verificación de la sub-rasante que va a servir de superficie de apoyo
para la estructura del pavimento, de acuerdo a los resultados arrojados por los estudios de
suelo realizados oportunamente para cada proyecto. La sub-rasante debe ser lo
suficientemente resistente para soportar el pavimento y el tránsito que circulará sobre éste.
La sub-rasante debe estar completa y uniformemente compactada según los diseños y
especificaciones del proyecto. Se debe retirar completamente la capa vegetal del terreno
natural (prof. Mínima de 20cm.), o el pavimento preexistente en caso de que no esté
considerado en el diseño del nuevo pavimento. En la inspección previa deben buscarse
áreas con suelos blandos que puedan ser demasiado débiles, situación en la cual deberán
ser reemplazados por llenos compactados hechos con material de mejor calidad. Otra
solución para estos suelos blandos puede ser su mejoramiento mediante el empleo de la
técnica del suelo cemento, la cual consiste en escarificar el terreno deficiente y mezclarlo
en el sitio con cemento Portland tipo I en proporciones del orden del 5% de cemento sobre
el peso del material escarificado. El material mezclado, con la adición de medio litro de
agua por bulto de cemento empleado se esparce y se compacta para obtener una sub-
rasante mejorada.
La sub-rasante debe estar perfectamente drenada. Si se presentan encharcamientos o
cursos de agua o desagües de origen pluvial, etc., se deben construir las obras de drenaje
necesarias para asegurar la evacuación de las aguas. Verificada la calidad del suelo de
lasub-rasante, debe hacerse una revisión topográfica de sus perfiles transversal y
longitudinal. El nivel de la sub-rasante debe ser el mismo del pavimento definitivo
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rebajándole el espesor del pavimento. Si la nivelación no está dentro de los límites
aceptables, más o menos 2 cm. del nivel teórico, deberá hacerse la corrección, ya sea
removiendo material o añadiendo y compactando el suelo similar al natural. Antes de iniciar
la construcción del pavimento en sus diferentes capas se debe verificar el cumplimiento de
los requisitos para las actividades previas como son el movimiento de tierra y los
terraplenes, los cuales son tratados en sus respectivas Prácticas Recomendadas. También
se debe verificar la correcta ejecución de los taludes que garantizan la estabilidad de la
banca.
Una vez aprobado por la Dirección técnica el estado de la sub-rasante, se procederá a su
compactación al 100% del Ensayo Proctor Estándar (25 golpes). La verificación se realizará
con muestras extraídas en los momentos previos a la compactación y que se encuentren
con la humedad óptima.
La determinación de las densidades de obra se efectuarán el mismo día de ejecutado el
tramo, y se efectuará mediante el método de la arena (AASHO-T-147) con embudo gigante
y frasco de 4 litros (VNE-8-66). Se deberá ejecutar un espesor tal que una vez perfilado se
obtenga el espesor proyectado (mínimo 20cm.) y la pendiente de las capas superiores
proyectadas.
4.8.2. Diseño y ejecución de la base:
El proceso constructivo de los pavimentos articulados o en adoquín comprende la
construcción de las diferentes capas que considera el diseño del pavimento. Para el cálculo
correcto de la base, sub-base y la elección del adoquinado debe tenerse en cuenta:
a. Propiedades de suelos, materiales y mezclas : Definen el comportamiento y espesores
de las capas. Determinación de sus características según los principios y criterios de la
Mecánica de Suelos
b. Condiciones ambientales y drenajes (lluvia - incidencia sobre sub-rasantes, bases y
subbases- , nivel Freático, temperatura - incidencia sobre la capa de rodadura y heladas -
afectación de la sub-rasante y la base-)
c. Tránsito (magnitud de cargas, presión de inflado de neumáticos, área de contacto de los
neumáticos –impronta-, frecuencia y número de repeticiones de las cargas, velocidades de
aplicación de cargas)
El cálculo en base a estos datos podrá realizarse por medio de un profesional idóneo, en
base a los siguientes métodos:
a. Método del espesor equivalente
b. Diseño por tablas ó “catálogos”
c. Métodos basados en resultados de investigaciones y ensayos
d. Métodos mecanísticos
A fines prácticos, en este Pliego se detalla el método por tablas, pero es importante
destacar que el mismo es aproximado, conduciendo a un diseño no optimizado de la
estructura del pavimento.
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Se debe determinar el diseño de la base teniendo en cuenta la calidad de la sub-rasante y
el tipo de tránsito de la vía a pavimentar.
Para poder considerar el suelo en el diseño, se clasifica en tres categorías de acuerdo con
su dureza y su estabilidad ante la humedad.
a. Suelo categoría 1 (S1): Es de mala calidad, es decir cuando está húmedo se deforma
con el paso de unos pocos vehículos pesados y se hace muy difícil la circulación sobre él.
b. Suelo categoría 2 (S2): Es de calidad intermedia; por lo cual, cuando está húmedo,
permite el paso de los vehículos pesados con poca deformación.
c. Suelo categoría 3 (S3): Es de buena calidad y, aun cuando está húmedo, permite el paso
de vehículos pesados sin deformarse.
El Tipo de Tránsito que tiene la vía se determina sumando los vehículos pesados que pasan
por ésta, en un día y en ambas direcciones. Se recomienda sumar los que asan durante
una semana y dividir los resultados por siete, para tener un promedio diario. Se considera
como vehículos pesados los que tienen 6 o más llantas (camionetas, camiones, buses,
etc.), los tractores y los cargadores de equipos de obras públicas.
En la Tabla 1 Tipos de Tránsito según el Número de Vehículos Pesados por Día.
Tabla 1: Tipos de tránsito según el número de vehículos pesados por día
Nº de vehículos pesados por día
1 a 5
6 a 20 21 a 50
51 a 200
Tipo de tránsito
T1
T2
T3
T4
Después de definir la Categoría del Suelo y el Tipo de Tránsito, se utilizan las tablas 2 y 3
para encontrar el Espesor de la Base, según el material que se tenga o que se pueda
conseguir para construir bases para pavimentos; y que a la vez resulte el más económico,
como : Suelo cemento (Tabla 2) y Granular (Tabla 3).
Tabla 2: Espesor de la base de suelo-cemento en centímetros.
Categoría
del suelo
Tipo de tránsito
T1
T2
T3
T4
S1
20
25
30
35
S2
10
12
15
20
S3
8
8
8
10
Tabla 3: Espesor de la base granular en centímetros.
Categoría
del suelo
Tipo de tránsito
T1
T2
T3
T4
S1
30
35
40
45
S2
15
18
20
30
S3
10
10
10
15
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El espesor de la base que se encuentra en estas tablas es el espesor que va a
tener,después de compactada. Nunca se deberán colocar menos de 8 cm de base de suelo
cemento, ni menos de 10 cm de base granular.
El material de base se esparce sobre el terreno encapas de espesor uniforme para
proceder a compactarlas. El espesor de cada capa depende de la capacidad del equipo
empleado en la compactación, de acuerdo a la energía que éste sea capaz de transmitir.
Al esparcir las capas se debe tener en cuenta que el espesor del material disminuye a
medida que se compacta. El equipo de compactación depende de la magnitud del trabajo.
Así, para trabajos pequeños se puede emplear placas vibrocompactadoras motorizadas
con planchas con superficie de contacto entre 0.25 y 0.5m2, con las cuales e pueden
trabajar capas de máximo 10 cm. de espesor. No se deben utilizar placas más grandes
porque pueden fisurar los adoquines, especialmente si éstos tienen 6 cm de espesor. En
trabajos mayores se deben emplear rodillos compactadores de 10 toneladas, que
compactan adecuadamente capas de hasta 20 cm. de espesor. Para trabajos muy
pequeños se pueden emplear pisones de mano, capas de máximo 5 cm. de espesor. Para
proceder a compactar el material éste debe tener una humedad moderada. En obras con
tráfico muy importante se hace necesario alcanzar densidades preestablecidas en las
especificaciones del proyecto de acuerdo a ensayos Proctor, nunca menores al 95%. En
estos casos se deben emplear materiales con granulometrías definidas, plasticidad por
debajo del 6% y humedad controlada. El espesor de cada debe ser uniforme a través de
todo el trabajo, y se debe haber alcanzado la compactación de cada capa antes de empezar
la siguiente.
Si el diseño del pavimento contempla la construcción sobre un pavimento preexistente en
mal estado, considerado como parte del diseño definitivo, éste debe ser reparado en los
baches o huecos con suelo-cemento o hormigón pobre con muy poco agua. Si la
construcción se hace sobre un pavimento de hormigón deteriorado cuyas placas se
muevan con el tránsito de vehículos, éstas deben ser removidas y reemplazadas como ya
se explicó. De la misma forma, si se tienen pavimentos con capas de escombros o basura,
que se ablandan con facilidad, se debe investigar para conocer la naturaleza de este
sustrato. De ser necesario, se removerá totalmente el mismo y se colocará el pavimento
nuevo sobre el terreno natural en vez de sobre el existente.
4.8.3. Construcción de la capa de arena de apoyo.
a. Confinamientos:
Antes de empezar a construir la capa de rodadura del pavimento articulado, conformado
por la capa de arena de apoyo, los adoquines y la arena para el sello entre ellos, es
necesario tener construidas todas las estructuras de confinamiento y de drenaje. Las
estructuras de confinamiento son un cordón en hormigón que marcan todos los límites del
pavimento de tal modo que conforman una caja dentro de la cual se construye la capa de
rodadura. Como la capa de arena que sirve de apoyo a los adoquines no puede ser pisada
ni revolcada durante de la ejecución del trabajo, se hace indispensable en una obra
continua abastecer los materiales por dos frentes. Los materiales para la base granular
junto con los equipos para su construcción deben entrar por el extremo hacia donde avanza
el pavimento. Por el contrario, las arenas para el apoyo de los adoquines, los mismos
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adoquines y la arena para el sello deben entrar por el frente ya pavimentado. Cuando se
trabaja en vías longitudinales y estrechas, se debe trabajar en franjas de todo el ancho de
la vía. Para extender la capa de arena que sirve de apoyo a los adoquines se usan como
guías rieles metálicos o de madera, que colocados longitudinalmente en el sentido en que
se pavimenta sirven de guía a una regla metálica que corre entre ellos usualmente de tres
metros de longitud que sirve para esparcir la arena con un espesor uniforme, igual a la
altura de los rieles. Se recomienda que los rieles que sirven de guía tengan una longitud
de tres metros y colocarse separados entre sí, también tres metros, que es la longitud de
la regla. Esta área de tres por tres metros constituye el módulo básico de trabajo. No se
debe empezar el trabajo en un nuevo módulo antes de terminar completamente el anterior.
Se recomienda trabajar organizando cuadrillas para cada una de las sub-actividades, las
cuales funcionan una detrás de otra en las actividades de riego y compactación de la base,
riego de la capa de arena de apoyo, instalación de los adoquines, sello y compactación de
los adoquines y finalmente la cuadrilla de acabado y aseo. Se debe tener cuidado de no
adelantar mucho trabajo en el riego de la capa de arena de apoyo sin instalar los adoquines,
ya que la lluvia o el tráfico imprudente pueden alterarla y hacerla inútil para su función.
Cuando se trabaja en una vía en la que hay que mantener el tráfico durante la
pavimentación, se hace necesario avanzar en el trabajo por carriles continuos, siendo
obligatoria la construcción de un confinamiento longitudinal hacia el centro de la vía, para
poder dejar en servicio un carril mientras se trabaja en el otro. Para que el pavimento en
adoquines sea estable en el tiempo, se requiere que tenga un buen confinamiento, el cual
evita que bajo las cargas producidas por el tránsito los adoquines sufran desplazamientos
desvinculando las piezas entre ellas, lo cual produce una rápida degradación y destrucción
del pavimento. Podemos hablar de dos tipos de confinamientos: El externo que demarca
los límites exteriores de la superficie a pavimentar rodeando el pavimento, y el interno que
rodea las estructuras que se encuentran dentro de éste como cámaras de inspección,
jardineras e imbornales.
El confinamiento externo normalmente está constituido por el cordón de un andén, un
bordillo contra una zona verde, una viga con su cara superior a ras con el pavimento contra
otro tipo de pavimento. Estos confinamientos normalmente expuestos a la acción de las
ruedas de los vehículos deben ser construidos de hormigón de muy buena calidad y bien
terminados. Los bordillos o cordones deben ser vaciados en hormigón, formaleteados,
vibrados y bien acabados; deben tener un espesor de 10 cm. para tránsito peatonal y 15cm.
para tránsito vehicular. Su altura debe ser tal que penetre al menos 15cm. dentro de la
capa de base. Se pueden emplear cordones prefabricados siempre y cuando éstos tengan
de respaldo un andén de hormigón o contrafuertes de este mismo material. Los
confinamientos internos deben ser construidos antes de instalar los adoquines y la capa de
arena que le sirve de apoyo. Se debe evitar la construcción de losconfinamientos internos
haciendo un vaciado de hormigón entre los adoquines ya instalados y la estructura
existente al interior del pavimento.
Parte del confinamiento interno son las estructuras que están dentro del pavimento
(sumideros, cámaras de inspección, cunetas, etc.) Sus paredes serán de hormigón,
prefabricadas o vaciadas, con un espesor de 15 cm para tránsito vehicular, 10 cm para
peatonal y con oídos de ø15mm., cada 25 cm, a nivel de la capa de arena, si son de
drenaje.
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Los espacios entre los confinamientos y los adoquines se deben llenar con piezas de
adoquín partidas. No es necesario construir cordones de confinamiento transversales al
eje de la vía. Se recomienda construir cordones transversales únicamente cuando haya
cambios fuertes en la pendiente de la vía o uno en cada cuadra en las calles o cada 100 m
en las carreteras. Si los cordones de confinamiento son vaciados, tendrán como refuerzo
dos barras de acero conformado de 16mm. de diámetro, con un recubrimiento mínimo de
5 cm. de hormigón. También se les debe dejar oídos de ø15mm. cada 40 cm. a nivel de la
capa de arena.
Cuando se construye el pavimento de adoquines por carriles vecinos, se debe construir un
cordón longitudinal de confinamiento, similar a los transversales, o uno provisional
conformado por una sección de madera de 8cm. x 8cm., clavada en la base con varillas de
refuerzo de 16mm. de diámetro de 40 cm de largo, cada 40 cm.
Nunca se vacían confinamientos a ras, contra adoquines ya colocados, sino que la capa
de adoquines es la que se debe ajustar, con piezas partidas, contra el confinamiento
construido con anterioridad, para evitar fisuras y descascaramientos en los cordones e
confinamiento.
c. Drenajes:
Las pendientes del pavimento buscan evacuar el agua de su superficie para mantenerla
seca, reducir la penetración de agua por las juntas y conducirla a las estructuras de drenaje.
Los niveles y la uniformidad de la superficie de adoquines se pueden considerar como parte
de los requisitos de drenaje, porque sin éstos las pendientes o las estructuras de drenaje
no funcionan adecuadamente. Este pliego tratará exclusivamente del drenaje superficial, y
no de las obras necesarias para producir desagües subterráneos u otras situaciones
específicas.
Cuando la pendiente longitudinal de la vía es de, al menos, el 2,5 %, su pendiente
transversal, será de, mínimo, el 3 % y no es necesario construirle cunetas a los lados. Si la
pendiente longitudinal de la vía es menor del 2,5 %, se construyen cunetas a uno o ambos
lados de la vía, según las pendientes transversales. Estas cunetas se pueden hacer
con adoquines colocados sobre mortero, o de hormigón. Si la pendiente longitudinal es
menor del 1 %, la cuneta tendrá que ser hormigón y de, como mínimo, 15 cm de espesor.
Cuando se tiene tránsito peatonal o T1, las cunetas se pueden hacer escalonadas hasta
3cm., con respecto a la superficie del pavimento. En áreas pavimentadas con adoquines,
diferentes a vías, como plazas, parqueaderos, patios, etc., la pendiente mínima será del
2%.
Se dejan oídos (perforaciones) en las paredes de los sumideros, cárcamos o cordones
transversales, introduciendo, durante el vaciado tubos de PVC de ø15mm., cada 40 cm,a
nivel de la parte de la capa de arena. El lado del tubo que está en contacto con la arena se
cubre con un parche de geotextil no tejido para que no se pierda la arena.
La superficie de adoquines, después de terminado el pavimento, quedará 1,5cm. Por
encima de cualquier estructura de drenaje o confinamiento interno. Por esto es necesario
tener en cuenta que los 4cm. de arena se reducen a unos 3cm. con la compactación, por
lo cual la base tendrá que quedar a 9,5cm. por debajo de las estructuras.
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Para que el agua corra fácilmente sobre el pavimento de adoquines, su superficie debe
quedar pareja. Si se coloca un codal o regla de 3m., ningún punto de la superficie de los
adoquines (no en las juntas) puede quedar a una separación de más de 1 cm. Si así ocurre,
se debe corregir el proceso de construcción hasta alcanzar esta calidad.
Si el nivel del agua del terreno está muy alto y ablanda la sub-rasante o aparece durante
la construcción, se construye un filtro debajo de la base, consistente en una zanja llena con
grava u cubierta con ésta. Si hay mucha agua, se coloca un tubo de hormigón perforado
en la parte inferior de la zanja, para sacar esta agua hacia un alcantarillado. Si el suelo del
lugar es muy fino se aconseja, una vez que se ha abierto la zanja, forrar las paredes con
geotextil, colocar un poco de grava, se cierra el geotextil y se coloca encima del suelo
necesario o la base, bien compactados.
d. La capa de arena:
La capa de arena de apoyo de los adoquines actúa como filtro y coadyuva a que éstos se
amarren entre sí. Antes de regar la capa, y después de pasar la arena por la zaranda, ésta
se repalea varias veces con el fin de uniformizar su humedad. La arena debe estar algo
húmeda pero nunca saturada o empapada de agua. Es indispensable para asegurar que
el
pavimento quede uniforme que la calidad de la arena, su humedad, el espesor en que se
coloca y su nivelación sean parejos y uniformes. Antes de colocar la capa de arena se debe
verificar la uniformidad y continuidad del acabado de la capa de base. Los defectos de
nivelación no se pueden corregir con la capa de arena, pues aparecerían
después bajo las cargas del tránsito. La capa de arena debe tener un espesor suelto de
5cm. el cual debe ser parejo en todos los puntos del pavimento. Para esparcirla se deben
emplear guías de madera o metal que deben tener 4 cm. de altura y 3 m. de largo, éstas
se colocarán paralelas a ambos lados del área en la que se trabaja y sobre ellos corre la
regla de nivelación, también de 3 m de longitud. Cuando se pavimenta una vía estrecha se
pueden usar dos guías en los laterales de la vía, y una tercera central para cubrir toda la
sección en un solo frente. Las guías se colocan sobre la base ya nivelada y compactada.
Entre ellas se riega arena que sobrepase un poco la altura de enrase de los rieles. Una vez
llena el área entre rieles se enrasa con la regla manejada por dos operarios desde afuera
de los rieles, deslizando la regla una o dos veces a lo largo de los rieles sin hacer zigzag.
Si después de recorrida la superficie y antes de colocar los adoquines, la capa de arena
sufre compactaciones por tránsito no autorizado, la zona dañada se debe soltar con rastrillo
de jardinería y enrasar con regla o llana. Al retirar las guías, el espacio donde estaban se
llena con arena suelta y se enrasa con llana. Si antes de instalar los adoquines se
presentase lluvia fuerte, la capa de arena mojada se debe retirar y reemplazar por arena
seca.
La capa de arena de apoyo no se compacta antes de colocar los adoquines sobre ella.4.8.4.
Instalación de los adoquines:
a. Colocación:
Antes de iniciar la instalación de los adoquines se debe revisar el patrón de colocación,
que es la manera como éstos van distribuidos en la superficie de acuerdo a su forma,
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formando una traba perfecta entre ellos. También se debe verificar el alineamiento, que es
la orientación del patrón respecto a los ejes de la vía o zona que se pavimenta.
Existe una gran cantidad de formas de adoquines, algunos de ellos, como los
rectangulares, se pueden colocar en una variedad, casi infinita, de patrones de colocación.
Todos ellos se pueden emplear cuando se tenga sólo tránsito peatonal, sin importar su
alineamiento. Pero para el tráfico vehicular se debe tener cuidado que el patrón no deje
juntas longitudinales paralelas al eje de circulación. Siempre deben existir trabas que
eliminen la continuidad en este sentido. Para ello se recomienda que los adoquines
rectangulares se coloquen trabados en hiladas transversales al eje de la vía o en espina
de pescado. En las curvas se debe hacer girar la orientación del patrón de colocación por
medio de ajustes bien partidos o con un cordón transversal. Para los patrones en L, en cruz
o en trébol, las hiladas deberán colocarse atravesadas al eje de la vía, pero en este caso
no es tan importante hacer girar el patrón de colocación en las curvas a no ser que lo exijan
motivos estéticos. Para el tráfico peatonal no existe esta limitación respecto el alineamiento
del patrón. Para optimizar el rendimiento de la mano de obra en la colocación de los
adoquines, se debe realizar el trabajo de tal manera que puedan trabajar simultáneamente
varios operarios sin que ninguno de ellos tenga que llenar huecos. La mejor manera de
hacer esto es hacer que los instaladores avancen colocando dos adoquines
simultáneamente contra los ya instalados de un solo lado, dejando los laterales del otro
lado para otro operario que avanza un poco retrasado respecto a éste. La forma de
organizar el trabajo depende de la forma de los adoquines y del patrón y su alineamiento.
Se recomienda hacer un tramo de ensayo de 2 o 3 metros para corregir alineamientos y
hacer aprendizaje de la secuencia entre los operarios. El trabajo se debe iniciar haciendo
una guía paralela o adosada a uno de los bordes del área
de trabajo o a un hilo paralelo por el eje de la vía con unos 25 adoquines que conformen el
patrón. Si se sigue el hilo o eje de la vía, se debe avanzar con el patrón a lo largo del eje
mientras los otros operarios avanzan simétricamente a lado y lado de los ya instalados con
un retraso respecto a ellos. Cada franja de avance por operario debe tener un ancho de
dos piezas formando una punta de lana que avanza por el eje de la vía. En este sistema
siempre van a quedar huecos contra los confinamientos laterales, que se llenan
posteriormente con piezas cortadas.
Si el patrón es en espina de pescado, se debe escoger hacia qué lado se quiere que vaya
la diagonal que ésta forma. Si se quiere que avance de izquierda a derecha, se deben
colocar unos 18 adoquines partiendo de la izquierda, formando un triángulo al cual cada
uno de los2 operarios agrega una hilada en escalera. Si se desea que avance de derecha
a izquierda solo lo puede hacer un operario que va avanzando por la diagonal colocando
una sola hilera hacia delante y luego otra hacia atrás. Este es el mejor procedimiento para
colocar adoquines en espina de pescada en ángulos diferentes, pero darán más ajustes.
Cualquiera que sea el patrón de colocación de los adoquines, es indispensable conservar
un adecuado alineamiento. Visual y estéticamente, esto es muy importante.
Para lograrlo se deben emplear hilos en los sentidos principales del patrón de colocación,
templados entre estacas de madera o puntas de varillas de acero, o adoquines
cuidadosamente alineados. Estos se deben alinear al menos cada 2.50m. en ambos
sentidos. La corrección se puede hacer sin levantar los adoquines instalados, corriéndolos
con un palustre, destornillador o barra pequeña, sin desportillar las piezas.
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Cuando se tengan interrupciones en el pavimento, como sumideros, cámaras de
inspección, jardineras, etc., se deben colocar hilos alrededor de éstas, para asegurar que
los adoquines conserven su alineamiento cuando se avance con el adoquinamiento por
ambos lados del obstáculo y se encuentren, nuevamente, al otro lado.
Los adoquines se colocan a mano, para lo cual se deben emplear guantes protectores. El
operario trabaja al nivel del suelo, lo cual hace tomar posiciones incómodas y que causan
cansancio prematuro. Para compensar este efecto, se recomienda cambiar sucesivamente
entre las diferentes posiciones posibles, como de rodillas, en cuclillas,doblados o
combinación de ellas. También es recomendable alternar los oficios dentro
de la cuadrilla para evitar tiempos prolongados en posiciones difíciles. Los adoquines se
instalan sobre la capa de arena de apoyo sin compactar. Esto hace necesario que la
cuadrilla de colocación avance sobre los adoquines ya instalados poniendo pasarelas de
madera para evitar la compactación parcial bajo los sitios de trabajo o de avance de las
carretas que alimentan los adoquines. El adoquín se instala adosado a los ya instalados,
sin presionar contra la capa de arena de apoyo. Después de ajustarlo contra las piezas
vecinas se separa presionando hacia abajo y se suelta cuando se ha asentado sobre la
arena. Esta operación hace que a causa de las irregularidades del adoquín se generen
juntas abiertas de entre 2 y 3 mm. entre las piezas. Nunca deben ser mayores de 5 mm.,
caso en el cual se deben cerrar empleando un martillo de caucho. Si se cierran del todo,
se deben separar empleando un destornillador o herramienta parecida. No se debe
arrastrar el adoquín sobre la arena para ajustarlo a los vecinos, pues esta operación
acumula arena entre las piezas afectando la separación recomendada entre adoquines.
En vías con pendiente, se recomienda instalar los adoquines avanzando hacia arriba.
Antes de proceder a compactar una zona ya adoquinada, es necesario llenar los huecos
que quedan contra los confinamientos internos o externos. Para ello se hace necesario
emplear piezas partidas de los mismos adoquines. Para partir las piezas existen varios
métodos aceptables. Los mencionamos en orden creciente de costo, pero también de
calidad del corte: Cincel de punta ancha, de 8 a 12 cm., el cual se golpea con golpe seco
de maza sobre superficie dura. Cizallas de impacto, mecánicas o hidráulicas que parten
los adoquines por medio de dos cuchillas de acero. Finalmente con el empleo de sierras
circulares con disco metálico apropiado. Las piezas se deben cortas unos 2 mm. Más cortas
que el espacio a llenar. Los espacios muy pequeños, de menos de una cuarta parte
de la dimensión del adoquín, es mejor llenarlos con mortero muy seco en proporción 1:4.
Esta operación se debe hacer protegiendo los adoquines vecinos de ensuciarlos con el
mortero, por medio de plásticos u hojas de papel grueso. Se debe acabar el relleno imitando
las juntas normales entre los adoquines, y los chaflanes o biselados, si existieren.
c. Compactación inicial:
Terminada la instalación de los adoquines y fraguados los remiendos hechos con mortero,
se debe proceder a hacer la compactación inicial del pavimento, con el fin de enrasar la
capa de adoquines, corregir cualquier error en su colocación e iniciar la compactación de
la capa de arena de apoyo. Esta compactación, así como la que se hace
al final, se puede hacer empleando placas vibrocompactadoras o cilindros
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compactadores autopropulsados. Se debe tener cuidado de no emplear equipo muy
pesado cuando se trata de adoquines de 6 cm. de espesor. Durante la compactación inicial
se deben dar al menos dos pasadas una en cada dirección principal, haciendo traslapos
en el recorrido hasta completar toda el área. Se debe evitar la compactación del último
metro más cercano al frente de avance de colocación de los adoquines para no dañar el
sector no confinado. Al terminar la compactación inicial se debe hacer una inspección del
área compactada con el fin de localizar y retirar los adoquines que hayan sufrido roturas
durante este proceso. Se deben retirar los adoquines rotos con la ayuda de dos palustres
o destornilladores, y reemplazarlos por adoquines en buen estado. Debe tenerse en cuenta
que después desellada la junta y hecha la compactación final es prácticamente imposible
remplazar los adoquines dañados.
d. Sellado de las juntas:
Este proceso tiene como objeto fijar los adoquines en su sitio y evitar que el pavimento se
deteriore con el uso. También busca impermeabilizar el acabado del pavimento evitando
que penetre el agua dañando el apoyo de los adoquines y la base. El sellado se hace con
arena fina. Debe estar limpia, seca y no tener granos de más de 2.5 mm. De diámetro. Es
absolutamente inapropiado agregarle cemento o cal a esta arena o reemplazarla por
mortero. La arena se debe pasar por una zaranda con malla cuadrada conocida como
angeocuadrado 8 x 8, para eliminar los granos mayores a 2.5 mm., y otros materiales
contaminantes. Este proceso también sirve para hacer que la arena quede suelta y facilitar
su secado. El secado se hace esparciendo la arena en capas delgadas al sol, o bajotecho
si se preve lluvia, sobre un piso duro que no contamine la arena re-paleando
frecuentemente. El consumo de arena es del orden de 3.5 dm3 por m2 de pavimento, o
sea, que con 1 m3 de arena se pueden sellar aproximadamente 285 m2 de pavimento
adoquinado. La operación del sellamiento de las juntas se hace esparciendo la arena sobre
los adoquines en una capa delgada sin que alcance a taparlos.
Con escobas o cepillos de cerdas duras se hace el barrido de la arena, repitiéndolo hasta
que la arena llene las juntas, este barrido se puede hacer alternándolo con la compactación
final o simultáneamente con ésta, siempre y cuando la plancha vibratoria no circule sobre
arrumes o empastes de arena. Se recomienda dejar la arena sobrante sobre los adoquines
para que el tráfico acabe de hacerla penetrar entre las juntas mientras se consolida el
pavimento. Esta operación se puede hacer siempre y cuando esta arena sobrante no cause
polvo que afecte a los vecinos ni dificulte la frenada de los vehículos en pendiente fuertes,
caso en el cual se debe hacer el barrido de la superficie antes de dar al servicio el
pavimento, y repetir la operación de sellamiento dos veces más con separación en el
tiempo de una semana cada una, terminando todo con un aseo del pavimento. No se
permite limpiar el pavimento con chorro de agua con manguera antes de un mes.
e. Compactación final y limpieza:
El fin de esta operación es el de darle firmeza al pavimento. La compactación final se puede
hacer con el miso equipo y de la misma manera empleados en la compactación inicial. Se
puede hacer simultáneamente con el sellado de las juntas o con posterioridad a éste. Se
recomienda dar, al menos, cuatro pasadas cambiando las direcciones y traslapando los
recorridos entre ellas. Aunque esta operación de compactación final se ejecute
correctamente, se espera que el tráfico siga compactando y acomodando tanto los
adoquines como el sello de arena de las juntas.
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4.9. MANTENIMIENTO DEL PAVIMENTO:
Como toda obra, es indispensable hacer mantenimiento y reparaciones durante su vida útil
para preservarla. Por fortuna el mantenimiento de los pavimentos en adoquín es fácil y de
poco costo. La parte el pavimento que más mantenimiento requiere es el sello de arena
entre los adoquines, el cual debe ser repuesto en caso de pérdida, previa solución de la
causa de su disminución. Es normal que entre las juntas crezca grama o vegetación. Esto
no hace daño al pavimento, pero si puede afectar su apariencia. La vegetación se puede
retirar con un punzón metálico para luego rellenar la junta con arena fina. Si se presentan
hundimientos en el pavimento por rotura de tuberías o brechas mal compactadas, se deben
retirar los adoquines, hacer la reparación y reinstalar el pavimento. Se recomienda que este
pavimento reinstalado se deje unos 2 cm. Más alto para que al consolidarse la reparación
se empareje el nivel del pavimento. También pueden ocurrir hundimientos en el pavimento
por insuficiencia en el espesor, la calidad o falta de compactación en la base o que el tráfico
actual sea mayor que el previsto en el diseño, en este caso de debe ajustar el diseño y
hacer la reparación completa de pavimento. El aseo del pavimento en adoquines se debe
hacer solo con barrido de escobas o cepillos. Se debe evitar la limpieza con chorro de agua
con manguera.
5. ACEPTACIÓN Y RECIBO DE LOS PAVIMENTOS ARTICULADOS:
El proceso de aceptación y recibo de los pavimentos articulados o en adoquines, debe
hacerse por separado para cada una de las capas que conforman la estructura del
pavimento, a saber: base, capa de arena de soporte y adoquines. La Dirección Técnica
deberá dejar sentado en el Libro de obra cada una de las etapas aprobadas y recibidas
antes de que La Contratista comience las tareas de la siguiente.
5.1. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN:
A continuación describimos los criterios de aceptación para cada uno de los componentes
de la estructura del pavimento.
a. Base:
Para el recibo de la base, y la sub-base, si existe en el diseño del pavimento, se deben
adelantar las siguientes revisiones:
•Los materiales empleados en su construcción deben cumplir con los requisitos
establecidos.
•El alineamiento horizontal y vertical, incluyendo bombeos y peraltes, deben ajustarse a lo
indicado en los planos y diseños.
•El espesor promedio de la capa, medido por medio de perforaciones aleatorias debe tener
en promedio, al menos el 95% del espesor del diseño. No se aceptan espesores
individuales menores al 90%. Las zonas defectuosas se corregirán escarificando y
rellenando lo faltante con material similar, dando la misma compactación del resto de la
base.
•La compactación debe someterse a lo definido en el diseño.
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•Las cotas de la superficie terminada de la base no deben diferir en más de 3 cm. de las
teóricas del diseño, restados el espesor de los adoquines y 4 cm. para la capa de apoyo
de arena. La regularidad de la superficie se verificará con una regla o codal de 3 m. Cuando
se presenten diferencias mayores de 1.5 cm., se hará el correctivo necesario, antes de dar
aprobación a la base.
b. Capa de arena de apoyo:
Para dar aceptación a la capa de arena de apoyo de los adoquines se harán los siguientes
chequeos: Se verificará que la arena sea gruesa, de río, limpia y suelta. Debe colocarse en
estado seco o casi seco. Su espesor debe ser constante de 4 a 5cm. No debe estar
compactada, ni pisada por tráfico de obra o del público. Las zonas que presenten este
problema deben ser removidas y remplazadas por material similar, antes de dar aprobación
a la capa.
c. Adoquinado:
El pavimento en adoquines debe ser revisado en su acabado verificando lo siguiente: La
superficie del pavimento debe ser continua, sin quiebres, resaltos o hundimientos. Debe
seguir con tolerancia menor a 1cm. las cotas del diseño en lo referente a pendiente y
bombeos.
La retícula de los adoquines debe ser uniforme. Los ejes principales deben mostrar
paralelismo en todos los sectores, a no ser que se haga a propósito para adecuarse a las
curvas de la vía. La separación entre piezas debe ser pareja. No deben existir piezas de
adoquín sueltas, deterioradas, con filetes incompletos, partidas o de aspecto diferente al
de la mayoría de ellas. Las juntas entre adoquines deben estar completamente llenas con
la arena fina de sellamiento. Se entiende que durante los períodos iniciales de la vida del
pavimento es necesario complementar el sellamiento de las juntas agregando arena fina
para remplazar la que se pueda haber perdido.
5.2. RECIBO Y ACEPTACIÓN:
Una vez realizadas todas estas pruebas y criterios, se debe dar recibo aceptado a los
pavimentos articulados que cumplan dentro de las tolerancias definidas todos los requisitos
enunciados. Este recibo será realizado por la Dirección Técnica y debe constar en un
documento escrito en el Libro de Obra para posterior verificación en caso de problemas
futuros, y debe servir para avalar el pago de la actividad.
5.3. RECHAZO Y RETROALIMENTACIÓN:
En el caso de que no se cumpla con alguna de las condiciones de aceptabilidad, debe
procederse inmediatamente a ejecutar la reparación necesaria, previa elaboración de un
informe describiendo el problema presentado, analizando sus causas y definiendo la
corrección y reparación necesaria. Este informe debe servir de retroalimentación a las
personas involucradas en el proyecto para prevenir repeticiones futuras de la misma
anomalía. Una vez corregida las fallas se debe repetir el proceso de verificación, hasta
lograrse el recibo y aceptación definitivos.
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6. PROBLEMAS MÁS FRECUENTES, SUS CAUSAS Y SOLUCIONES:
Los problemas que más frecuentemente se presentan en los pavimentos articulados o en
adoquines, después de terminados y recibidos son los siguientes:
a. Deformaciones en la superficie de acabado del pavimento:
Una vez el pavimento de adoquines es dado al uso para el tráfico de vehículos, se pueden
presentar deformaciones en la superficie acabada del pavimento.
Las causas de estas deformaciones pueden ser varias. Casi siempre están relacionadas
con deficiencias en la base del pavimento, o a la existencia de tuberías enterradas bajo el
pavimento que pueden estar rotas o sus brechas mal compactadas. Como soluciones
preventivas a este problema podemos plantear las siguientes: Siempre construir el
pavimento en adoquines basado en un diseño que tenga en cuenta las condiciones del
terreno y el tráfico a que estará sometido, verificar la sub-rasante en su drenaje y la
compactación de las zanjas que se hubieran construido sobre ella, y finalmente, asegurarse
de que la base está construida de acuerdo al diseño en sus materiales, espesor y grado de
compactación. Como solución correctiva se debe levantar el pavimento y la base en la zona
deformada preparando la sub-base y reconstruyendo la base y el pavimento siguiendo en
detalle las recomendaciones dadas en este Pliego General de Especificaciones Técnicas.
b. Pérdida del sellamiento entre adoquines:
Si durante la vida útil de un pavimento en adoquines se presenta pérdida de la arena fina
que hace el sellamiento entre ellos, debe hacerse su reposición para evitar que el agua
penetre entre los adoquines y pueda dañar la capa de arena de apoyo y la base. La
operación de reposición de la arena de sellamiento no debe ser considerada como una
reparación sino más bien como una operación de mantenimiento preventivo del pavimento.
Entre las principales causas de este problema podemos mencionar: El lavado del
pavimento con chorro de manguera y una excesiva escorrentía superficial por deficiencias
en el drenaje superficial del pavimento. Como medidas preventivas para evitar este
problema podemos mencionar la corrección de los drenajes superficiales, y tratar de no
emplear el lavado con manguera de la superficie del pavimento. La solución correctiva
consiste en repetir la operación del sellamiento con arena fina tal como se definió en el
numeral 4.8.4(d) de este Pliego General de Especificaciones Técnicas. c. Crecimiento de
vegetales entre los adoquines:
En las zonas del pavimento en adoquines que presenten tráfico muy bajo, es común que
aparezca el crecimiento de material vegetal entre los adoquines. Este material vegetal no
afecta para nada la estabilidad del pavimento pero si daña su aspecto estético.
La principal causa de este problema es el poco tráfico sobre la zona, lo cual permite el
crecimiento natural de hierbas o maleza sobre la arena de sellamiento entre los adoquines,
y la falta de mantenimiento estético del pavimento. La solución consiste en retirar el material
vegetal empleando una herramienta puntiaguda, y rellenando con la arena fina de
sellamiento tal como se definió en el numeral 4.8.4(d) arriba mencionado.
Esta operación debe ser considerada como mantenimiento normal del pavimento.
d. Rotura de los adoquines:
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Si durante la vida útil del pavimento en adoquines se presentan roturas exageradas de las
piezas, es signo de que existe un problema grave en él.
La causa de este problema puede ser un error en la selección del tipo de adoquín de
acuerdo al tráfico esperado en el pavimento, una deficiencia en la calidad de los adoquines,
o finalmente, extraño pero ocurre con frecuencia, que se tiene un tráfico sobre el pavimento
superior en exigencia al considerado en el diseño. Como solución preventiva se debe
considerar lo ya mencionado en el sentido de construir los pavimentos articulados basados
en un diseño hecho por un profesional idóneo responsable. También se debe verificar la
calidad de fabricación de los adoquines mediante el ensayo de rotura descrito en el numeral
respectivo. Se debe proveer de barreras que impidan la circulación de vehículos pesados
para pavimentos en adoquín diseñados para tráfico liviano o peatonal.
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PLIEGO DE
ESPECIFICACIONES
TECNICAS
PARTICULARES
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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES
PAVIMENTOS INTERTRABADOS DE ADOQUINES DE HORMIGON.
CALCULO DE REFERENCIA:
Pavimentación: Para una superficie de 5000 m2 de trabajo.
Cordón cuneta y badenes: Existentes
PAVIMENTACION
1. PREPARACION DE SUBRASANTE
A través del estudio topográfico y los niveles de Hormigón de losas y cunetas ejecutadas,
se propone realizar la excavación para formación de caja de alrededor de 30 cm, en donde
se alojará el paquete estructural formado por la base granular, cama de arena y el
adoquinado.
Los parámetros más importantes a cumplir en función del tipo de tránsito previsto, son Valor
Soporte mayor a 70%, Densidad mayor al 98%, granulometría según pliego para bases
granulares, con un aporte de 50% de piedra, 40% de arena y el 10% de suelo. Se deberá
considerar la existencia presente y/o futura de servicios que deban atravesar dichas
calzadas, para prever las acciones conducentes para no deteriorar las existentes, y dejar
pasantes para las futuras cañerías.
En caso de rotura de cañerías existentes de servicios de agua/cloacas/gas será
responsabilidad y a cargo del contratista la correcta reparación de las mismas con
materiales de iguales características a los existentes.
2. BASE ESTABILIZADA GRANULAR H= 15CM. INCLUIDA COMPACTACIÓN.
Con material granular de cantera nuevo aportado, se construirá una capa de base granular
de acuerdo a la altura del cajón y anchos según proyecto y/o anchos entre cordones cuneta.
Se ejecutarán los trabajos de aporte, mezclado, humedecimiento, distribución,
compactación y perfilado.
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3. PAVIMENTACION ADOQUINADO
Previo a la pavimentación se nivelará y realizará una cama de arena gruesa de 4 cm de
espesor mínimo.
La pavimentación será con la colocación de los adoquines de Hormigón vibrado de 8 cm
de espesor para el tránsito pesado, con la toma de las juntas con arena fina seca. Este
ítem comprende la totalidad de los trabajos necesarios para ejecutar en obra, de acuerdo
con éstas especificaciones, el pavimento articulado de 0,08 m de espesor y anchos de
calles indicados en el proyecto.
El contratista deberá presentar una rasante de proyecto para cada una de las calles a
pavimentar, con el correspondiente estudio de drenaje de las aguas, forma de captarlas,
conducirlas y receptor final de las mismas. Esta rasante será consensuada y aprobada por
la inspección al momento de ejecutarse el ítem.
Las especificaciones técnicas que se deberán cumplir, son las siguientes:
1) Materiales a emplear: Capa de rodamiento conformada por elementos uniformes
macizos de hormigón de alta resistencia denominados "bloques", que se colocan en
yuxtaposición adosados y que debido al contacto lateral permiten una transferencia de
cargas por fricción desde el elemento que la recibe hacia todos sus adyacentes, trabajando
solidariamente y con posibilidad de desmontaje individual.
Cantidad p/m2: 40 unidades
Adoquín: Hormigón vibrado
Modelo: UNISTONE/UNI Gris h: 8 cm.
2) Extendido y nivelación de la capa de arena
El objetivo básico de esta capa es servir de base para la colocación de los adoquines y
proveer material para el llenado de las juntas. Debe extenderse y nivelarse de forma
cuidadosa, con el fin de conseguir una capa de espesor uniforme, puesto que el pavimento
solamente se compacta una vez que los adoquines se colocaron. Para ello se puede utilizar
una regla de nivelación con guías longitudinales. No debe pisarse la arena ya nivelada, por
lo que la colocación de los adoquines se realiza desde el pavimento ya terminado. El
espesor final de esta capa, una vez colocados y vibrados los adoquines,debe estar
comprendido entre 3 y 5 cm.
3) Colocación de los adoquines
Los adoquines deben colocarse en seco sin ningún tipo de cementante entre las juntas y
Aproximadamente entre 1 y 1,5 cm. Sobre la cota del proyecto pues la compactación
posterior llevará el pavimento al nivel deseado. La superficie del pavimento debe nivelarse
correctamente. Los huecos de forma irregular entre los adoquines y los bordes de
confinamiento deben rellenarse utilizando trozos de adoquín obtenidos mediante corte ó
mortero de cemento portland, según sea el tamaño del hueco.
4) Compactación y Vibrado
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Una vez colocados los adoquines es necesario compactar el pavimento, bien con una
placa vibradora ó con un rodillo vibrador.
5) Relleno de las juntas con arena
Esta operación es muy importante para garantizar un correcto comportamiento del
pavimento. Se realiza extendiendo sobre el pavimento arena fina, que debe estar seca en
el momento de su colocación.
Posteriormente, con una escoba dura ó un cepillo se barre para que la arena penetre en
los espacios entre adoquines a la vez que se realiza un vibrado final que asegura un mejor
llenado de las juntas. La arena sobrante debe retirarse mediante un barrido y no por lavado
con agua.
CÓMPUTO Y CERTIFICACION
Se computará y certificará por metro cuadrado (m2) terminado, de pavimento articulado
ejecutado conforme con estas especificaciones y ordenes que imparta la Inspección de
Obra.
4. CORDONES DE CONFINAMIENTO EXTERNOS E INTERNOS
El confinamiento es parte fundamental del pavimento de adoquines, porque evita que el
tránsito, desbarate la capa de rodadura que va unida por compactación. Se puede hablar
de dos tipos de confinamiento: externo, que rodea el pavimento, e interno que rodea las
estructuras que se encuentran dentro de éste, bocas de registros, cajas o tapas de
servicios, etc. Es indispensable construir el confinamiento antes de esparcir la capa de
arena, para poder colocar ésta y los adoquines dentro de una caja, cuyo fondo sea la base
compactada y sus paredes las estructuras de confinamiento.
El confinamiento externo está conformado, en general, por: el cordón de un andén, un
bordillo contra una zona verde o un cordón, a ras, contra otro tipo de pavimento. Como
estos elementos están en contacto directo con las llantas de los vehículos, serán de
Hormigón tipo H21 y muy bien terminados.
Los bordillos llenados en obra se harán con encofrados metálicos, vibrados y bien
acabados, nunca de mortero tirado como revoque. Tienen un espesor de 10 cm para
tránsito peatonal, 18 cm para vehicular y 35 cm de profundidad, para que penetren 15 cm
en la base y llevaran en su interior una armadura longitudinal de 2 hierros Ø10mm. Si son
prefabricados, necesitan un respaldo firme (andén) o un contrafuerte de hormigón.
Cuando se empalma un pavimento de adoquines con uno de otra clase y que tenga bordes
irregulares o con un destapado, se construye un cordón, como los de confinamiento interno
pero sin oídos, que marque el cambio de tipo de pavimento. Si el borde de las losas de
hormigón está en buen estado, sirve como confinamiento.
La sección mínima del cordón de confinamiento interno será de 15cm de ancho por 30cm
de altura y llevaran en su interior una armadura longitudinal de 2 hierros Ø10mm.
CÓMPUTO Y CERTIFICACION
Se computará y certificará por metro lineal (ml.), de cordón de confinamiento ejecutado
conforme con estas especificaciones y ordenes que imparta la Inspección de Obra.
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