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Ordenanza N° 011/1984. Dispone que las vacaciones del personal se computan en días hábiles. (CADUCA). [Borrador]

Los días de vacación anual ordinaria del personal dependiente de la Municipalidad, Consejo Deliberante y Comunas de San Javier y Cevil Redondo, fueron computados como días hábiles.

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Última actualización junio 14, 2022, 15:52 (UTC)
Creado junio 14, 2022, 15:52 (UTC)