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Subsecretaría de Hacienda

Departamento Compras

Licitación Pública N° 05/2024

“SEGUNDO LLAMADO”

ADQUISICIÓN DE 150

UNIFORMES PARA LA

GUARDIA URBANA

MUNICIPAL

Expte.2064(M17I)-D-2024

Pliego de condiciones generales.

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MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA

LICITACION PÚBLICA Nº 05/2024

“SEGUNDO LLAMADO”

ADQUISICIÓN DE 150 UNIFORMES PARA LA GUARDIA URBANA MUNICIPAL

ANEXO I

REFERENCIAS:

1)

Repartición: SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA.

2)

Expediente Nº 2064-(M17I)-D-24

3)

Decreto Nº: 729/2024

4)

Plazo de fecha para compra del pliego: hasta el.20 de Agosto de 2.024

5)

Forma de Presentación: por escrito, en sobre cerrado, sin inscripción que

individualice al proponente.

6)

Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras Municipalidad de

Yerba Buena. Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av. Aconquija 1.799

7)

Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta el 23 de Agosto de 2.024

8)

Lugar de Apertura de las Ofertas: Oficina de Compras Municipalidad de

Yerba Buena. Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av. Aconquija 1.799

9)

Fecha de Apertura y Hora: 23 de Agosto de 2.024

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10)

Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de

apertura.-

11)

Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compras

Municipalidad de Yerba Buena .Av. Aconquija 1799 -1° Piso

12)

Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras

Municipalidad de Yerba Buena.- Primer piso del Shopping Yerba Buena, Av.

Aconquija 1.799

13)

Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.

14)

Pliego de Bases y Condiciones: $5000 (pesos Cinco mil)

15)

Presupuesto Oficial: $52.327.890,00(Pesos Cincuenta y Dos Millones

Trecientos Veintisiete Mil Ochocientos Noventa 00/ 100).

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ANEXO II

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº05/2024

SEGUNDO LLAMADO

ARTÍCULO 1°: El presente Pliego establece las condiciones generales que regirán La

Licitación Pública N°05/2024 SEGUNDO LLAMADO, ADQUISICIÓN DE 150

UNIFORMES PARA LA GUARDIA URBANA MUNICIPAL,

items

Requerimientos

Ctd

Especificaciones

1

Borcego Tácticos

150

ver Anexo III

2

Remera manga corta

150

ver Anexo III

3

Remera manga larga

150

ver Anexo III

4

Pantalon y chaqueta tácticos

150

ver Anexo III

5

Bermuda Táctica

150

ver Anexo III

6

Rompeviento negro

150

ver Anexo III

7

Equipo de lluvia

150

ver Anexo III

8

Tricota negro Táctico

150

ver Anexo III

ARTÍCULO 2°: Objeto.

El llamado a Licitación Pública tiene por objeto la contratación de 150 (Ciento Cincuenta)

uniformes completos para el personal de la Guardia Urbana Municipal. Los mismos deberán

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cumplir con los requisitos solicitados. Deberá presentarse muestra de cada una de las prendas

cotizadas.

Características a tener en cuenta: Estos son los 5 (cinco) puntos que deberá satisfacer

la indumentaria. Por lo que recomendamos tenerlos en cuenta al presentar su propuesta.

1. Resistencia.

2. Movilidad y confort.

3. Camuflaje.

4. Resistencia a la intemperie.

5. Durabilidad del color

ARTÍCULO 3°: Terminología

A los efectos de la aplicación del Pliego y todo documento contractual de la contratación se

emplearán las siguientes denominaciones: “MUNICIPALIDAD” por el Comitente,

“Organismo Contratante” por la Secretaría de Seguridad Ciudadana, encargada del Controlar y

“CONTRATISTA” por la Empresa obligada a prestar el servicio.

ARTÍCULO 4°: Presupuesto Oficial.

16) El presupuesto oficial se fija en el importe de $52.327.890,00(Pesos Cincuenta y Dos

Millones Trecientos Veintisiete Mil Ochocientos Noventa 00/ 100).

ARTÍCULO 5°: Normativa aplicable.

La presente contratación se rige por las disposiciones de la Ordenanza Nº 1299/2003,

modificada por el Decreto Nº 072 del 23/01/2008, Decreto Nº 268 del 05/08/2013 y Decreto

Nº 274 que regula el Régimen de contrataciones del Municipio, por el presente Pliego de

Bases y Condiciones generales, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de

Especificaciones Técnicas.

La presentación de la oferta por el proponente, implica que conoce todo el régimen legal

indicado y que lo acepta lisa y llanamente en todas sus partes. Todo agregado, condición,

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modificación, sustitución, alteración, salvedad o cláusula que el oferente consigne en la

formulación de su propuesta, será de ningún valor y se tendrá por no escrita, manteniéndose

inalterada la regulación normativa.

ARTÍCULO 6°: Publicaciones.

Los avisos serán publicados durante 4 (cuatro) días en el Boletín Oficial de la Provincia de

Tucumán, y por lo menos en un diario, de mayor circulación de la Provincia de Tucumán,

reduciéndose la cantidad de avisos a 2 (Dos) días en caso de nuevo llamado. Cuando para el

éxito de la licitación se lo estime conveniente, el Municipio podrá ordenar la publicación de

los llamados licitatorios en otros órganos o medios de publicidad, de circulación Provincial, o

en cualquier otra forma de difusión. Igualmente podrá ampliar los términos y plazos

establecidos.

ARTÍCULO 7°: Adquisición/Consultas sobre el Pliego.

La compra de pliegos, apertura de sobres y exhibición de resultados, se realizarán en la

Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena.

Hasta cuatro (02) días corridos anteriores a la fecha fijada en el Llamado para la Apertura de

las Ofertas, se podrá realizar la compra de pliegos, efectuar consultas y pedidos de aclaración.

Si se prorrogase la fecha de Apertura de las Ofertas, dichos plazos quedarán automáticamente

prorrogados.

Para su adquisición deberán abonar la suma de $5000 (pesos cinco mil)

ARTÍCULO 8°: Lugar y fecha de apertura.

En la Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba Buena., el día … a las diez (10:00)

horas, o el primer día hábil siguiente si aquel resultara feriado en la Administración, se

recibirán las propuestas firmadas para la prestación del servicio licitado.

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ARTÍCULO 9°: Domicilio y Jurisdicción.

El Comitente fija su domicilio en Av. Aconquija 1991, Yerba Buena, Provincia de Tucumán.

Al comprar el Pliego el Interesado deberá constituir domicilio especial en una casilla de correo

electrónico donde serán válidas todas las notificaciones y el cual producirá los efectos de

domicilio legalmente constituido en el ámbito administrativo.

Las notificaciones electrónicas se considerarán perfeccionadas dentro de los dos días hábiles

contados a partir del momento en que se encontraron disponibles, es decir en momento de ser

visualizadas en el correo electrónico aún cuando el destinatario no haya accedido al mismo

para tomar conocimiento. En todos los casos los plazos comenzarán a computarse el día

siguiente en que la notificación fue recibida.

La existencia de impedimentos que obstaculicen la posibilidad de enviar o recibir una

notificación electrónica, podrán ser acreditados por quien los invoque salvo que fueran de

público conocimiento o producto de fallas en los equipos o sistemas informáticos, lo cual será

evaluado en el caso concreto.

Asimismo el Oferente deberá constituir domicilio real en la Provincia de Tucumán.

La constitución de domicilio al presentar la oferta deberá efectivizarse de acuerdo al

Formulario 1 que se adjunta el presente Pliego como ANEXO IV.

Todo cambio del domicilio deberá ser notificado fehacientemente al Comitente. Asimismo

ARTÍCULO 10°: Consultas:

Hasta 2 (dos) días antes de la fecha de apertura, la Municipalidad evacuará las consultas que

formulen los interesados. La correspondencia deberá ser dirigida al Dpto de Compras a la

dirección de correo electrónico licitaciones@yerbabuena.gob.ar. Las aclaraciones con

respecto a la licitación, se llevarán a conocimiento de todos los adquirentes de los Pliegos

licitatorios en el domicilio electrónico declarado al momento de adquisición del mismo, en

consecuencia, el Oferente no podrá alegar ninguna causa basada en el desconocimiento de

aquellos antecedentes y condiciones.

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DE LA OFERTA

ARTÍCULO 11°: Precio.

La cotización deberá hacerse en moneda de curso legal, por unidad en los ítems

correspondientes completando la planilla de Cotización adjunta. El precio consignado deber

ser precio final (sin discriminar IVA)

ARTÍCULO 12°: Forma de Cotizar.

La propuesta se formalizará en el Formulario Oficial de Pedido de Cotización que forma parte

del presente, escrito con letra tipo imprenta, consignando la cotización en números y la

cotización total en números y en letras. Dicho formulario, como requisito esencial, deberá

estar debidamente firmado por el oferente, su representante legal o su mandatario en los

términos de la ley.

Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras

consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras. Cuando no se

correspondan los precios totales con los unitarios o aquellos estén enmendados sin salvar, los

unitarios se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la propuesta.

Cuando el oferente decidiere presentar su propuesta en formulario propio, se entiende que los

productos que se cotizan se ajustan en un todo a las características requeridas en el Pedido de

Cotización, cuando la descripción de los ítems cotizados no incluya la totalidad de las prendas

que se describen en el formulario oficial.

Se podrá cotizar en forma parcial.

ARTÍCULO 13°: De los impuestos.

Municipalidad de Yerba Buena reviste el carácter de sujeto EXENTO en el IVA, por lo tanto

el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que incluye el citado impuesto.

ARTÍCULO 14°: Mantenimiento de la Oferta.

La oferta deberá ser mantenida por un plazo mínimo de TREINTA (30) días hábiles. Se

considerará automáticamente prorrogado por igual período el mantenimiento de la oferta,

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salvo expresa manifestación en contrario por parte del oferente en el momento de formular su

propuesta.

ARTÍCULO 15°: Las ofertas se presentarán en un sobre cubierta que deberá contener en su

parte externa al frente del mismo, una leyenda que diga ¨Licitación Pública 05/2024

SEGUNDO LLAMADO Municipalidad de Yerba Buena” sin inscripción alguna que

individualice al proponente y que contenga a su vez dos sobres:

SOBRE Nº 1: Deberá contener la siguiente documentación

a.

Certificado de Libre Deuda de impuestos provinciales otorgado por la

Dirección General de Rentas de la Provincia.

b.

Certificado de Libre Deuda de contribuciones Municipales otorgado por

Dirección de Rentas de la Municipalidad de Yerba Buena. Este requisito no será

exigido a los oferentes que tengan domicilio comercial fuera de la jurisdicción y no

registren inscripción comercial alguna en este Municipio.

c.

Constancia de Inscripción en AFIP y Rentas de la Provincia de Tucumán y

Convenio Multilateral si corresponde.

d.

Copia de Contrato Societario (Personas jurídicas).

e.

Especificaciones del bien

f.

Garantía de la Oferta

g.

Sellado Municipal

h.

Recibo de compra del Pliego

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i.

Declaración Jurada de Renuncia al Fuero Federal y Constitución de Domicilio

en la provincia de Tucumán conforme Formulario 1, ANEXO IV.

SOBRE Nº 2: la oferta económica, con Formulario 2 ANEXO V.

ARTÍCULO 16°: Toda la documentación deberá estar firmada en todas sus hojas por el

Proponente o Representante Legal. Si el Proponente actúa por intermedio de Apoderado, éste

deberá acreditar su condición de tal con documentación idónea (Poder otorgado ante

Escribano Publico, designación de las autoridades societarias o del propietario de la empresa

oferente, en todos los casos la documentación de designación deberá estar certificada ante

Escribano Público).

ARTÍCULO 17°: La presentación de la oferta debidamente firmada será motivo suficiente

para considerar que el Proponente conoce y acepta las condiciones establecidas en el presente

Pliego, por lo cual NO SE DEBE adjuntar copia de los Pliegos.

ARTÍCULO 18°: Los Oferentes deberán acompañar a su propuesta nota en la cual manifiesta

su expresa renuncia al Fuero Federal, allanándose a la Jurisdicción Ordinaria de los Tribunales

Locales, fijando para ello domicilio legal en la Provincia de Tucumán. ANEXO IV

ARTÍCULO 19°: Toda documentación que deba adjuntarse de acuerdo a lo exigido en el

presente Pliego, cuando las mismas sean copias o fotocopias, deberán estar legalizadas por

funcionario competente, caso contrario deberán acompañarse los originales, para que una vez

constatada la autenticidad de las mismas, le sean restituidas.

ARTÍCULO 20°: Sellado. La propuesta llevará sellado municipal por el importe establecido

en la Ordenanza Fiscal Anual (Ver Referencia 13).

ARTÍCULO 21°: Garantía de la Oferta. Los proponentes deberán garantizar su oferta con

el 4% (cuatro por ciento) sobre el valor del PRESUPUESTO OFICIAL, la que deberá

acompañarse con la propuesta.

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ARTÍCULO 22°: Constitución de Garantías.

Las garantías de la Oferta y del Contrato, que deben ser extendidas a favor de la

Municipalidad de Yerba Buena, podrán constituirse en algunas de las siguientes formas:

a) En efectivo, mediante depósito en Banco Macro Sucursal Yerba Buena en la

Cuenta Corriente de la Municipalidad de Yerba Buena Nº 3-609-20000071/0,

acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará, y o

mediante transferencia bancaria a cuenta de titularidad de Municipalidad de Yerba

Buena,CBU.2850609430002000007105-ALIAS-MUNI.CIUDAD.JARDIN.

Acompañando la boleta respectiva y con referencia a la Licitación que se acreditará.

b)

En Títulos de la Deuda Pública Nacional, Bonos del Tesoro emitidos por el

Estado Nacional o cualquier otro valor similar, Nacional o Provincial, aforados a su

valor nominal o de última cotización.

c)

Con Aval Bancario debidamente sellado e intervenido por la Dirección General

de Rentas de la Provincia, cuando correspondiere, constituyéndose el fiador como

deudor solidario, liso y llano y principal pagador en renuncia a los beneficios de

división y exclusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil.

d)

Mediante póliza de Seguro de Caución, debidamente sellada e intervenida por

la Dirección General de Rentas de la Provincia o Certificada ante Escribano Público.

e)

Mediante Hipoteca en Primer Grado, o Prenda Preferencial sobre bienes

registrables, quedando su aceptación o rechazo a criterio del órgano competente para

efectuar la adjudicación.

f)

Mediante la afectación de Créditos que el proponente o Adjudicatario tenga

liquidados y al cobro en la Administración Municipal, a cuyos efectos los interesados

deberán presentar al momento de constituir la garantía constancia oficial de la

existencia de dicho crédito.

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g)

Mediante Certificados de Depósitos a Plazo Fijo, siempre que el Capital no sea

inferior al monto de la garantía y que su plazo de vencimiento no supere el término de

60 (sesenta) días a contar de la fecha del Acto de Apertura.

Todas las garantías se constituirán por el término que duren las obligaciones de los

Oferentes o Adjudicatarios, garantizando el fiel cumplimiento de las mismas.

DE LA APERTURA

ARTÍCULO 23°:

En el lugar, día y hora determinado para celebrar el acto, se procederá a abrir las propuestas en

presencia de los funcionarios designados por la Municipalidad y de todos aquellos que deseen

presenciar. A partir de la hora fijada para la Apertura del Acto no podrá, bajo ningún

concepto, aceptarse otras ofertas, aun cuando el Acto de Apertura no se haya iniciado. Del

resultado obtenido se procederá a labrar acta, la cual deberá ser absolutamente objetiva y

contendrá:

a)

Número de Orden asignado a cada Oferta.

b)

Nombre del Proponente.

c)

Monto de la Oferta.

d)

Monto y Forma de la Garantía.

e)

Observaciones y/o impugnaciones que se hicieran en el Acto de Apertura.

El Acta de Apertura será firmada por los funcionarios intervinientes y por los asistentes que

deseen hacerlo.

ARTÍCULO 24º: Serán objeto de Rechazo Inmediato de las Ofertas:

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a) La existencia de enmiendas, interlíneas, testaciones y/o raspaduras que no hayan sido

debidamente salvadas en la propuesta económica, que versen sobre cuestiones de fondo y no

de forma, quedando esta interpretación a cargo de la comisión de preadjudicación.

b) La falta total de la presentación de la garantía de mantenimiento de la oferta o insuficiencia de

la garantía constituida. Sólo será subsanable cuando la constituida parcialmente cubra por lo

menos el 80% del monto que correspondiera, en cuyo caso, el oferente deberá completada en

el plazo de 48 horas a partir de su notificación.

c) La falta total del 100% del pago del sellado.

d) Falta de recibo de pago del Pliego.

e) La falta de firma del oferente o su representante legal en la propuesta económica.

f) Falta de las muestras solicitadas.

ARTÍCULO 25°: La Comisión de Pre adjudicación evaluará las demás observaciones que consten

en el acta de apertura, observará la omisión de cualquier otro requisito necesario para la presentación

de las propuestas, y notificará a los oferentes cuyas propuestas hayan sido observadas para que

subsanen las deficiencias en el plazo de 48 horas. Vencido el plazo, si no se hubiera subsanado la

deficiencia, la propuesta será declarada inadmisible.

ARTÍCULO 26°: Toda la documentación de las propuestas admitidas en el Acto de Apertura,

quedará agregada a las actuaciones como prueba de su legitimidad, a excepción de la garantía

de la oferta que se restituirá de oficio a los titulares que no resulten adjudicatarios.

ARTÍCULO 27°: Las autoridades presentes en el Acto de Apertura podrán disponer la

suspensión del mismo para resolver alguna cuestión que así lo requiera, fijándose en ese

mismo momento, lugar, día y hora de su continuación.

La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las propuestas más

convenientes o rechazar todas sin derecho a reclamo por parte de los oferentes.

ARTÍCULO 28°:En caso de igualdad de dos o más ofertas en precio, calidad y plazo de pago

para la cancelación, se invitará a los oferentes en forma fehaciente a mejorar su oferta, para lo

cual dispondrá de 3 (tres) días hábiles a partir de su notificación. En dicha notificación se

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indicará lugar, fecha y hora en que se procederá a la apertura de las nuevas ofertas, labrándose

el Acta pertinente.

La no presentación de alguno de los oferentes invitados se entenderá como que no modifica su

oferta, procediéndose en consecuencia.

De mantenerse la igualdad de las ofertas, se realizará un sorteo ante la presencia de la

Comisión de Pre adjudicación, Asesores, Técnicos, Oferentes (Titulares Apoderados) y

observadores.

La Pre adjudicación no implica la total aceptación de la oferta propuesta por el Pre adjudicado

DE LA PREADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 29°: La Comisión de Pre adjudicación tendrá a su cargo el análisis y evaluación

de las propuestas de conformidad a lo indicado en los presentes pliegos de bases y condiciones

generales y particulares y los de especificaciones técnicas, debiendo expedirse oportunamente

sobre su conveniencia, dentro de las que, ajustadas a dichas condiciones y especificaciones,

resulten ser las ofertas más convenientes a los intereses del Municipio de acuerdo a lo

dispuesto por la Ordenanza 1299/03 y sus modificatorias; pudiendo proponer rechazar una o

todas las propuestas, parcial o totalmente, no generando por ello responsabilidad alguna.

Asimismo previo expedirse sobre la preadjudicación solicitará dictamen al Organismo

contratante, a fin de que el mismo emita evaluación e informe sobre las propuestas

presentadas.

Es facultativo de la Comisión el solicitar en cualquier instancia las aclaraciones que estimare

pertinentes acerca de las propuestas presentadas, pudiendo requerir mayor información,

documentación, muestras y/o todo aquello que considere necesario a los efectos de ampliar los

elementos de juicio; así como solicitar que se subsanen los defectos formales de que adolezcan

las ofertas, sin que ello implique modificar la propuesta original; todo lo que deberá ser

notificado al domicilio administrativo electrónico del oferente, en los términos del artículo 9

del presente Pliego.

Toda la información/documentación que el oferente deba presentar en cumplimiento de los

requerimientos que la Comisión solicite, deberá ser presentada en Departamento de Compras

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o será remitida al correo electrónico licitaciones@yerbabuena.gob.ar de acuerdo a lo indicado

por la Comisión. (a criterio del organismo contratante, deberá detallar lugar de presentación

de la documentación).

La negativa o la presentación fuera del término que se estipule para la presentación de la

información adicional que se requiera, así como el incumplimiento de los requisitos exigidos

en los pliegos, implicará el rechazo de la oferta. La Comisión queda facultada asimismo a

solicitar informes y/o asesoramiento a Entidades y Organismos en temas que así lo requieran.

ARTÍCULO 30°: Impugnación a la preselección/pre adjudicación. Los interesados

podrán formular impugnaciones a la preselección o pre adjudicación dentro del plazo de 24

horas a partir del día siguiente al de su notificación y publicación. La autoridad competente

resolverá las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos

del Municipio.

Las observaciones a que se hacen referencia, deberán afianzarse con un depósito del 1% (Uno

por mil) del presupuesto oficial.

ARTÍCULO 31°: Prerrogativa del Municipio. La Administración podrá solicitar una

mejora en el precio de oferta a todos los oferentes, a los fines de conseguir la más conveniente

a los intereses del Gobierno. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y

economía previstos en la ley, ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a

criterio de la Comisión de Pre adjudicación proseguir con la pre adjudicación, debiendo

justificar tal situación.

DE LA ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 32°: La adjudicación podrá recaer sobre todos, algunos o uno de los renglones o

ítems licitados. Si ninguna oferta es conveniente, se declarará fracasada la Licitación por tal

motivo y se decidirá lo que corresponde en relación al trámite a seguir (nuevo llamado o

Contratación Directa). La adjudicación será resuelta, previo dictamen del Organismo

Contratante, y de la Comisión de Pre adjudicación, mediante acto administrativo, por la

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autoridad competente para aprobar la contratación y será notificada fehacientemente al

adjudicatario.

Vencido el plazo precedente sin haberse formulado impugnaciones, o resueltas éstas, deberá

perfeccionarse el contrato con el adjudicatario.

ARTÍCULO 33°: La autoridad que apruebe el procedimiento podrá incrementar las

cantidades a adjudicar hasta un 20% de las solicitadas, siempre que no varíen los precios

unitarios y demás condiciones establecidas y que exista saldo disponible en las partidas

presupuestarias correspondientes.

ARTÍCULO 34°: Decisión de dejar sin efecto el procedimiento.

Los Organismos Contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en

cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a

indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.

DE LA GARANTÍA DEL CONTRATO.

ARTÍCULO 35°: Garantía del Contrato.

El Adjudicatario integrará la Garantía del Contrato, que consistirá en el 10% (diez por ciento)

sobre el valor total de la adjudicación, dentro de los 2 (dos) días hábiles posteriores de quedar

firme el Acto Administrativo de la Adjudicación. En su defecto, se le intimará en forma

fehaciente a hacerlo en un plazo de 2 (dos) días hábiles, vencido el cual se rescindirá el

contrato de pleno derecho con la pérdida de la Garantía de Oferta, pudiéndose contratar con el

segundo en orden de mérito, según dictamen de la Comisión de Pre adjudicación.

Asimismo, la Municipalidad quedará facultada a proceder por la vía de apremio para percibir

la diferencia correspondiente hasta completar la garantía del Contrato.

Debe entenderse que el 10% (diez por ciento) es garantía total, integrándose con el 4% (cuatro

por ciento) de la garantía de la oferta.

La garantía será devuelta a los 5 (cinco) días de recibidos los bienes, previo informe del

Departamento Patrimonio respecto de las condiciones de funcionamiento de los mismos.

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DE LA ORDEN DE COMPRA O PROVISIÓN

ARTÍCULO 36º: Una vez recibida la Garantía de Contrato, se emitirá la respectiva Orden de

Compra al Adjudicatario que contendrá las estipulaciones básicas de contratación. En caso de

discordancia con las provisiones contractuales prevalecerán éstas y se interpretará que se trata

de errores de omisiones deslizados en la Orden, sin perjuicio de ello, los que se salvarán en la

oportunidad que se los advierta.

DE LA ENTREGA DE LOS ARTÍCULOS ADJUDICADOS

ARTÍCULO 37º: Los bienes adjudicados serán provistos libres de flete y otros gastos en el

lugar indicado en la Orden de Compra, dentro del plazo señalado en la misma, a contar del día

siguiente de la fecha de su recepción. Vencido este plazo sin que los bienes fueran entregados,

el contrato quedará rescindido de pleno derecho, sin necesidad de intimación o interpelación

alguna, judicial o extrajudicial, quedando la Municipalidad facultada a dictar la declaración

formal de rescisión y aplicar las penalidades correspondientes, ejecutando la Garantía de

Contrato.

Recibidos de conformidad los bienes y/o servicios adjudicados, se

procederá a la devolución de la Garantía del Contrato.

DE LAS MUESTRAS

ARTÍCULO 38º: Los artículos presentados como muestra quedarán a disposición del

proponente para su retiro hasta un mes después de realizada la adjudicación, pasando a ser

propiedad de la Municipalidad, sin cargo, las que no fueran retiradas en este plazo, la que

queda facultada para resolver sobre su uso, venta o destrucción, si en este último caso, no

tuviera aplicación alguna.

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DE LOS PAGOS

ARTÍCULO 39°: Los pagos se concretarán mediante libramiento que se extenderá contra la

tesorería General de la Municipalidad de Yerba Buena, una vez provistos los bienes

adjudicados y recibidos de conformidad por la secretaria correspondiente. Forma de pago 1

cheque a 30 días contra la entrega total de los bienes. La Municipalidad podrá, a su solo

criterio, efectuar pagos anticipados cuando por razones económicas y/o financieras resulte

conveniente a sus intereses.

ARTÍCULO 40°: Tesorería y/o la repartición actuante efectuará las retenciones vigentes

establecidas a nivel nacional, provincial y municipal.

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ANEXO III

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES:

BORCEGO TACTICO

*Color Negro

*Borceguí manufacturado con cuero vacuno de primera calidad, de 1.8-2 mm. de

espesor.

* Parte de la caña está confeccionada con tela Ripstop antidesgarro, impermeable con

hilado de Dupont, acolchado con placas de gomaespuma de alta densidad.

* Forrado en tela no tejida con una base de espuma de latex. Refuerzo de cuero en

talón para mayor estabilidad. Diseño anatómico en el área trasera para confort y

cuidado de los tendones posteriores de la pierna.

* Cierre a Cordón cilíndrico enhebrado con material de alto impacto de 1,5 metros.

Ganchos y ojalillos metálicos bañados en laca antioxidante.

* Doble Puntera de tela no tejida con líquido endurecedor calidad 300 y contrafuerte de

mismo material de calidad 100.

* Plantilla de armado a base de celulosa pura más plantilla anatómica de

etilvinilacetato de 3mm. de espesor, termoconformada, acolchada antimicótica y

antisudorífica.

* Base compuesta por una goma de caucho pegada con adhesivo de alta potencia y

cosida en todo su contorno.

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REMERA MANGA CORTA

Tela: Piqué o algodón

Color: negro

Modelo manga: corta

Tipo de cuello: media polera con cierre en el medio

3 Abrojos (velcro) para insignias o identificación en ambas mangas y en pecho

izquierdo. (No incluye Insignias)

REMERA MANGA LARGA

Tela: Piqué o algodón

Color: negro

Modelo manga: larga

Tipo de cuello: media polera con cierre en el medio.

3 Abrojos (velcro) para insignias o identificación en ambas mangas y en pecho

izquierdo. (No incluye Insignias)

Velcro

Velcro

Velcro

Velcro

Velcro

Velcro

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CHAQUETILLA DE COMBATE

Sin Logo

Tela: Rip Stop (anti desgarro)

Color: Camuflado, pixelado urbano gris. (El gráfico a muestra de modelo)

Sistema de cierre: con cierre y velcro

Cuello: tipo mao ajustable con velcro

Bolsillos: 2 bolsillos frontales y 2 bolsillos en mangas

Puños: regulables con velcro

Porta lapicera en (manga izquierda)

Fuelle en espalda

Costura doble reforzada

Velcro: ambos bolsillos de manga. Frente según foto(institución, grado, nombre) (No

incluye Insignias)

NOTA: las ilustraciones son a modo ilustrativo al modelo de la chaquetilla, la tela

deber ser como dice la descripción.

VELCRO

VELCRO

VELCRO

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PANTALON DE COMBATE

PANTALÓN DE COMBATE

Tela: Rip Stop (anti desgarro)

Color: camuflado. Pixelado urbano gris.

Cierre de cremallera de 1° calidad con ojal y botón,

Refuerzo en rodilla y entrepiernas.

Tiro largo.

Costura doble reforzada.

Puños ajustables con abrojos.

Bolsillos 8 (ocho)

Dos bolsillos laterales: ojal clásico

Dos bolsillos laterales: plaqué con costura a la vista y prende con cierre.

Dos bolsillos traseros: bolsillo interno con tapa externa y costura superior con

abrojo resistente.

Un bolsillo lateral: bolsillo aplice con cierre oculto y costura a la vista.

Un bolsillo lateral: alargado con solapa hacia arriba y abrojo

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BERMUDAS GRIS PIXELADA

Color: Pixelado gris urbano.

Tela: Rip stop.

Bolsillos traseros con tapa y abrojo.

Bolsillos laterales con tapa y abrojo.

Bolsillos delanteros comunes.

Pasa cinto de 7 cm.

ROMPEVIENTO NEGRO

Color negro.

Tela de avión.

Cierre.

Bolsillos delanteros 2 comunes.

Puños con elástico.

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Pliego de condiciones generales.

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Cintura con cordón.

Interior forrado con red.

Leyenda “GUARDIA URBANA MUNICIPAL” (tamaño aproximado 26x15 cm) en la

espalda.

EQUIPO DE LLUVIA

Material PVC.

Campera.

Con cierre y abrojo.

Puños con abrojo.

Pantalón.

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Sin capucha.

Sin botas.

Sin logos ni leyendas referidas a la Guardia.

TRICOTA TACTICA O PULLOVER

Tela: Lana.

Color: Negro.

Cuello: Alto con cierre (tipo palera).

Interior forrado.

Cuello, puño y cintura reforzados.

Parche de refuerzo en codos y hombros.

Porta lapicera en brazo izquierdo.

Charretera para colocar jerarquía.

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CUADRO DE TALLES REQUERIDOS

BORCEGOS

REMERAS M/C

REMERAS M/L

PANTALON Y

CHAQUETA

TALLES CANTIDAD TALLES CANTIDAD TALLES CANTIDAD TALLES CANTIDAD

35

3

S

47

S

47

S

47

36

5

M

29

M

29

M

29

37

18

L

45

L

45

L

45

38

14

XL

17

XL

17

XL

17

39

14

XXL

10

XXL

10

XXL

10

40

24

XXXL

2

XXXL

2

XXXL

2

41

29

42

23

43

10

44

4

45

6

BERMUDAS GRIS

PIXELADA

ROMPEVIENTO

NEGRO

EQUIPO DE LLUVIA

TRICOTA NEGRO

TALLES CANTIDAD TALLES CANTIDAD TALLES CANTIDAD TALLES CANTIDAD

S

25

S

47

S

4

S

47

M

52

M

29

M

25

M

29

L

40

L

45

L

48

L

45

XL

19

XL

17

XL

41

XL

17

XXL

9

XXL

10

XXL

25

XXL

10

XXXL

5

XXXL

2

XXXL

7

XXXL

2

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ANEXO IV

FORMULARIO Nº 1: DECLARACION JURADA:

1.- CONOCIMIENTO Y ACEPTACION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

2.- CONSTITUCION DOMICILIO LEGAL (FISICO Y ELECTRONICO)

3.- Por medio de la presente el OFERENTE ______________________________________, a

la LICITACION PÚBLICA Nº 05/2024 SEGUNDO LLAMADO, declara bajo juramento:

1) Haber tomado conocimiento de las bases y condiciones del llamado, y aceptar en todos sus

términos el Pliego de Bases y Condiciones que la rige, cuyo objeto es la “ADQUISICIÓN

DE 150 UNIFORMES PARA LA GUARDIA URBANA MUNICIPAL

convocada por la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Yerba Buena y cuyas cláusulas

generales y particulares aceptamos sin condicionamiento alguno. Asimismo, declara

expresamente conocer y aceptar el procedimiento establecido, y que todos los actos del

procedimiento licitatorio sean notificados al domicilio electrónico denunciado en el presente, y

por ello se someten voluntariamente.

2) Por la presente declaro bajo juramento la renuncia de manera expresa al fuero federal o a

cualquier otra excepción que nos pudiere corresponder y nuestro sometimiento a la

jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tucumán.

3) Constituye DOMICILIO LEGAL:

FISICO: en la ciudad de Provincia de Tucumán, en calle

_________________________________________ Nº _____ Piso __ Dpto./Oficina __

DOMICILIO ELECTRONICO en: __________________________________-.

Firma/s: Aclaración de firma/s

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ANEXO V

FORMULARIO 2: PROPUESTA ECONÓMICA.

Visto la Licitación para la ADQUISICIÓN DE 150 UNIFORMES PARA LA GUARDIA

URBANA MUNICIPAL” en el Municipio de Yerba Buena, la firma se presenta a la misma

cotizando:

TOTAL: (pesos.............................................................. ) $...............................................

Dicho monto corresponde a la provisión de indumentaria, según el siguiente detalle:

Item

DESCRIPCIÓN

MARCA

IMPORTE

UNITACIO

IMPORTE

TOTAL

1

$

$

2

$

$

3

$

$

4

$

$

5

$

$

6

$

$

7

$

$

8

$

$

9

$

$

10

$

$

TOTAL PROPUESTA ECONÓMICA

$

FIRMA:___________________________________________________________________

DNI:______________________________________________________________________

ACLARACIÓN: ____________________________________________________________