Ordenanza N° 011/1984. Vacaciones del personal se computan en días hábiles.

Los días de vacación anual ordinaria del personal dependiente de la Municipalidad, Concejo Deliberante y Comunas de San Javier y Cevil Redondo, fueron computados como días hábiles. (CADUCA)

Datos y Recursos

Información Adicional

Campo Valor
Última actualización abril 24, 2024, 11:35 (UTC)
Creado junio 14, 2022, 15:52 (UTC)