Ordenanza N° 233. Obligatoriedad de Extintores

Se establece la instalación de extintores de incendio en las instituciones Pública y Privadas, Clubes, fábricas, radios, televisión, edificios, y comercios en general

Datos y Recursos

Información Adicional

Campo Valor
Última actualización julio 13, 2023, 12:03 (UTC)
Creado julio 13, 2023, 12:03 (UTC)