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Licitación Pública N° 14/2022

ELIMINACIÓN DE ROTONDA EN LA

INTERSECCIÓN AV. BELGRANO - AV.

PRESIDENTE PERÓN - CAMINO DEL

PERÚ

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Pliego de condiciones generales

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MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA

SECCIÓN COMPRAS

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

ANEXO I

LICITACION PÚBLICA Nº 14/2022

“ELIMINACIÓN DE ROTONDA EN LA INTERSECCIÓN AV. BELGRANO -

AV. PRESIDENTE PERÓN - CAMINO DEL PERÚ”

REFERENCIAS:

1.

Repartición: Secretaría de Planificación y Gestión de Infraestructura Pública y

Servicios Urbanos.

2.

Expediente Nº 7305(M17I)-S-22

3.

Decreto Nº: 593/2022.

4.

Forma de Presentación: por escrito y duplicado, en sobre cerrado, sin

inscripción, que individualice al proponente.

5.

Lugar de Presentación de las Ofertas: Oficina de Compras Municipalidad de

Yerba Buena.-

6.

Plazo de Presentación de las Ofertas: hasta el 19 de agosto de 2022 a las 10:00

hs.

7.

Lugar de Apertura de las Ofertas: Sala de Reuniones - Intendencia Av.

Aconquija 1991 Yerba Buena. - Municipalidad de Yerba Buena.-

8.

Fecha de Apertura y Hora: 19 de agosto de 2022 a las 10:00 hs.-

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9.

Tiempo de Mantenimientos de las Ofertas: 30 (treinta) días desde la fecha de

apertura.-

10.

Lugar de Publicación del Acta de Pre adjudicación: Oficina de Compras

Municipalidad de Yerba Buena.-

11.

Lugar de Presentación de la Documentación: Oficina de Compras

Municipalidad de Yerba Buena.-

12.

Consultas, aclaraciones y comunicaciones: licitaciones@yerbabuena.gob.ar

13.

Sellado de Actuación Municipal: 1‰ (uno por mil) del Presupuesto Oficial.

14.

Pliego de Bases y Condiciones: $5000 (pesos cinco mil).

15.

Presupuesto Oficial: $54.675.457,72 - PESOS CINCUENTA Y CUATRO

MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS

CINCUENTA Y SIETE CON 72/100.

ANEXO II

SECCIÓN 1 CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA

1.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y LLAMADO

El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales (PByCG) y, los de Condiciones

Particulares, Especificaciones Técnicas Generales y Especificaciones Técnicas

Particulares, serán aplicables a la contratación por parte de la Municipalidad de Yerba

Buena, de la ejecución de obras, la provisión, instalación o montaje de elementos,

materiales y otros servicios de la industria necesarios en las mismas, y todo

emprendimiento previsto en la Ley de Obras Públicas, que ésta encare a través de la

Secretaría de Planificación y Gestión de Infraestructura Pública y Servicios Urbanos,

convocado en LICITACIÓN PÚBLICA.

En la presente documentación el término "Llamado" designa el aviso publicado por el

Comitente para convocar a la licitación pública.

1.2.1. PUBLICACIONES

Los avisos serán publicados durante 4 (cuatro) días en el Boletín Oficial de la Provincia

de Tucumán, y por lo menos en un diario, de mayor circulación de la Provincia de

Tucumán, reduciéndose la cantidad de avisos a 2 (dos) días en caso de nuevo llamado.

Cuando para el éxito de la licitación se lo estime conveniente, el Municipio podrá

ordenar la publicación de los llamados licitatorios en otros órganos o medios de

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publicidad, de circulación Provincial y/o Nacional, o en cualquier otra forma de

difusión. Igualmente podrá ampliar los términos y plazos establecidos.

Cuando el llamado sea de carácter Nacional se procederá a realizar las publicaciones en

diarios de tiraje nacional en los términos y plazos establecidos en el primer párrafo.

La última publicación no podrá ser posterior a 10 (diez) días corridos antes del fijado

para la apertura, no computándose en ningún caso el día de la misma.

1.2.2. COMPRA DE PLIEGOS, CONSULTAS Y NOTAS ACLARATORIAS

La compra de pliegos, apertura de sobres y exhibición de resultados, se realizarán en la

Dirección de Administración, Oficina de Compras de la Municipalidad de Yerba

Buena.

Hasta cuatro (04) días corridos anteriores a la fecha fijada en el Llamado para la

Apertura de las Ofertas, se podrá realizar la compra de pliegos, efectuar consultas y

pedidos de aclaración. Si se prorrogase la fecha de Apertura de las Ofertas, dichos

plazos quedarán automáticamente prorrogados.

Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las comunicaciones entre

el organismo contratante y los interesados oferentes o adjudicatarios deberán efectuarse

vía mail ante el Organismo contratante o en el lugar que se indique en el citado pliego.

No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten

fuera de término.

El Comitente podrá emitir circulares numeradas para aclarar cualquiera de los

elementos que componen la Documentación del Llamado, hasta Dos (02) días corridos

anteriores al de la fecha fijada para el Acto de Apertura.

Dichas circulares serán entregadas en el domicilio electrónico constituido por el

Interesado y las mismas se tendrán por conocidas y aceptadas por todos los Oferentes al

momento de presentar sus Ofertas. En consecuencia, el Oferente no podrá alegar

ninguna causa basada en el desconocimiento de aquellos antecedentes y condiciones.

1.3. CARÁCTER DE LAS PARTES

Las partes intervinientes son:

a) Comitente: La Municipalidad de Yerba Buena, representada por la Secretaría de

Planificación y Gestión de Infraestructura Pública y Servicios Urbanos, la que adoptará

las decisiones inherentes a la realización del Llamado y ejecución del Contrato.

b) Interesado: La persona física o jurídica que se presenta, en respuesta al Llamado, y

compra el pliego correspondiente.

c) Oferente: El interesado cuya Oferta es recibida por el Comitente en las condiciones

estipuladas.

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d) Adjudicatario: Es el Oferente que ha sido notificado por el Comitente de la

Adjudicación del Contrato.

e) Contratista: Es el Adjudicatario que ha firmado el Contrato u Orden de Ejecución de

la Obra.

1.4. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

El Comitente fija su domicilio en Av. Aconquija 1991, Yerba Buena, Provincia de

Tucumán.

Al comprar el Pliego, el Interesado deberá constituir domicilio especial en una casilla de

correo electrónico donde serán válidas todas las notificaciones y el cual producirá los

efectos de domicilio legalmente constituido en el ámbito administrativo.

Las notificaciones electrónicas se considerarán perfeccionadas dentro de los dos días

hábiles contados a partir del momento en que se encontraran disponibles, es decir en

momento de ser recibidas en el correo electrónico aún cuando el destinatario no haya

accedido al mismo para tomar conocimiento. En todos los casos los plazos comenzarán

a computarse el día siguiente en que la notificación fue recibida.

La existencia de impedimentos que obstaculicen la posibilidad de enviar o recibir una

notificación electrónica, podrán ser acreditados por quien los invoque salvo que

fueran de público conocimiento o producto de fallas en los equipos o sistemas

informáticos, lo cual será evaluado en el caso concreto.

Todo cambio del domicilio deberá ser notificado fehacientemente al Comitente.

A los efectos de resolver las diferencias que se planteasen, las partes se someterán a la

jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Provinciales, renunciando a todo otro fuero o

jurisdicción que pudiera corresponderles.

1.5.

NORMATIVA

Y

DOCUMENTACIÓN

QUE

RIGE

PRESENTE

LICITACIÓN

a).- Ley Nº 5.854 de Obras Públicas de la Provincia de Tucumán y el Decreto Nº

1.534/3-SO Reglamentario de la misma.

b).- Pliego de Condiciones y Especificaciones Técnicas Particulares.

c).- Memoria Descriptiva.

d).- Planos de Detalles.

e).- Pliego de Bases y Condiciones Generales

f).- Pliego de Especificaciones Técnicas Generales

g).- Presupuesto Oficial y cómputo métrico

h) - Nota de DPV número 1826 de fecha 28-06-2022 adjunta en pliego

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i).- Notas Aclaratorias y/o Anexos emitidos por la Secretaría de Planificación y Gestión

de Infraestructura Pública y Servicios Urbanos.

j).- Formulario de Propuesta, que será completado con los precios del Oferente y los

Análisis de Precios correspondientes.

En caso de discrepancia, la Ley de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario

prevalecerán sobre los restantes documentos, las condiciones particulares prevalecerán

sobre las generales, los planos sobre las especificaciones y los planos de detalles sobre

los generales.

Los Oferentes reconocen por el sólo Acto de presentar sus Ofertas, que estos

documentos son suficientes para apreciar la naturaleza e importancia de los trabajos que

se contratan, y definen perfectamente sus obligaciones respecto al Comitente y a

Terceros.

1.6. IMPEDIMENTOS PARA OFERTAR

No podrán resultar Oferentes quienes:

a).- Estén sometidos a proceso de quiebra.

b).- No hayan cumplido satisfactoriamente con anterioridad contratos con reparticiones

Nacionales, Provinciales o Municipales, a sólo juicio de la Secretaría de Planificación y

Gestión de Infraestructura Pública y Servicios Urbanos.

c).- Desempeñen cargos rentados u honorarios en la administración municipal,

provincial o nacional, que por su jerarquía y funciones puedan desvirtuar los principios

de la contratación pública.

d).- No sean contribuyentes de la AFIP.

e).- No estén habilitados por el Registro General de Constructores de Obras Públicas de

la Provincia de Tucumán.

f).- No hayan adquirido el Pliego Licitatorio.

g).- Los Oferentes que carezcan de Representante Técnico, o teniéndolo no estuviere

inscripto en el Consejo o Colegio Profesional respectivo de la Provincia de Tucumán.

h).- Los deudores morosos de la Municipalidad que no hubieren cancelado su deuda,

antes de la presentación de las Ofertas.

i).- Estén inhabilitados con condena judicial.

Si algún Oferente concurriese al Llamado en tales condiciones, su Oferta será rechazada

automáticamente, sin derecho a reclamo alguno; quedando a criterio del Comitente la

ejecución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.

Los Oferentes deberán presentar junto con su Oferta una Declaración Jurada en la que

expresen que no se encuentran incursos en los casos a), c), d), h) e i).

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1.7. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La propuesta económica se presentará junto con el resto de la documentación en un

Paquete o Sobre Cubierta, cerrado y lacrado, cuya portada tendrá como leyenda

obligatoria:

OBRA: ELIMINACIÓN DE ROTONDA EN LA INTERSECCIÓN AV.

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Apertura. Fecha: ----------- - Horas: --------".

Nota Importante: Cualquier otra inscripción o leyenda en el Sobre Cubierta fuera

de la indicada, que permita identificar al Oferente, será motivo de devolución del

Sobre sin abrir, en el Acto de Apertura de Ofertas.

Dentro del Sobre Cubierta se presentará la Documentación General y Propuesta

Económica conforme al siguiente detalle:

I - DOCUMENTACIÓN GENERAL

En UNA carpeta rotulada: "Documentación General” contendrá:

1) CARTA DE PRESENTACIÓN. Formulario Nº 1 Anexo III.

2) RECIBO COMPRA PLIEGO.

3) SELLADO MUNICIPAL. Constancia que el Oferente ha efectuado el Depósito por

Derechos de Oficina (Sellado Municipal).

4) ACREDITACIÓN DE LA PERSONERÍA LEGAL. (Numeral 1.8).

5) ACEPTACIÓN de jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de S.M. Tucumán,

renuncia a todo otro fuero. Constitución de domicilio especial en Yerba Buena

(numeral 1.4.).

6) GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. (Numeral 1.9).

7) DECLARACIÓN jurada requerida en 1.6. Impedimentos para Ofertar.

8) ANTECEDENTES ECONÓMICOS-FINANCIEROS.

a. REFERENCIAS BANCARIAS. (Formulario Nº 2 Anexo III).

b. REFERENCIAS COMERCIALES. (Formulario Nº 3 Anexo III).

9) CONSTANCIAS DE INSCRIPCIÓN.

a.

CONSTANCIA

DE

INSCRIPCIÓN,

CERTIFICADO

DE

HABILITACIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN ANUAL

EXPEDIDOS POR EL REGISTRO GENERAL DE CONSTRUCTORES

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DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN. (Numeral

1.10).

b.

CONSTANCIA

DE

INSCRIPCIÓN,

CERTIFICADO

DE

HABILITACIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN ANUAL

EXPEDIDOS POR EL REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES

DE OBRAS PÚBLICAS. En los casos que el Pliego de Condiciones

Particulares lo prevea.

c. CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE

LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (Artículo 32 de la Ley Nº

22.250 „Régimen del Personal de la Industria de la Construcción).

d.

DECLARACIÓN

JURADA

DE

APORTES

PREVISIONALES,

correspondientes a los 6 (seis) últimos períodos fiscales vencidos al

momento de la apertura.

e. INSCRIPCIÓN DEL REPRESENTANTE TÉCNICO EN EL CONSEJO

O COLEGIO PROFESIONAL CORRESPONDIENTE.

f. CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL expedido por: Dirección

General de Rentas de la Provincia de Tucumán; AFIP-DGI, y Dirección de

Ingresos Municipales.

10) DOCUMENTOS TÉCNICOS:

a. MEMORIA TÉCNICA. (Numeral 1.11.1).

b. PLAN DE TRABAJOS. (Numeral 1.11.2).

c. CURVA DE INVERSIONES. (Numeral 1.11.3).

d. NÓMINA DE OBRAS. (Formulario Nº 4 Anexo III).

e. LISTADO DE SUB-CONTRATISTAS. Si tuviere, listado y antecedentes

de los mismos.

f. EQUIPAMIENTO AFECTADO A LA OBRA. (Formulario Nº 5 Anexo

III, numeral 1.11.4).

g. PERSONAL AFECTADO A LA OBRA. (Formulario Nº 6 Anexo III,

numeral 1.11.4).

11) DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES

PARTICULARES y ANEXO A METODOLOGÍA DE PRECALIFICACIÓN, si es

que el llamado es con PRESELECCIÓN.

12) Las sociedades cuya duración sea mayor a 2 (DOS) años, deberán presentar

BALANCES ECONÓMICOS FINANCIEROS y PATRIMONIAL certificados por el

Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán o Consejo Profesional del

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lugar donde la firma tenga fijado su Domicilio Legal. Para aquellas sociedades con una

duración de hasta 2 (DOS) años, deberán presentar ESTADO PATRIMONIAL o

MANIFESTACIÓN DE BIENES, indicándose la LIQUIDEZ de su ACTIVO y la

EXIGIBILIDAD de su PASIVO a la fecha de la Licitación, debidamente certificado por

el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán o Consejo Profesional

del lugar donde la firma tenga fijado su Domicilio Legal. Para el caso de Uniones

Transitorias de Empresas de deberá presentar BALANCES ECONÓMICOS

FINANCIEROS

Y

PATRIMONIALES,

o

ESTADO

PATRIMONIAL

o

MANIFESTACIÓN DE BIENES de cada una de las Empresas integradas de la UTE

correspondiente a los dos últimos ejercicios económicos.

II - PROPUESTA

Un Sobre Propuesta, cerrado y lacrado con la siguiente leyenda en su portada:

“SOBRE PROPUESTA

OBRA: ELIMINACIÓN DE ROTONDA EN LA INTERSECCIÓN AV.

BELGRANO - AV. PRESIDENTE PERÓN - CAMINO DEL PERÚ”

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OFERENTE: ........................................................ "

Dicho sobre contendrá una carpeta rotulada: "Propuesta". Cada una de ellas contendrá:

13) PROPUESTA. (Numeral 1.12.3).

14) ANÁLISIS DE PRECIOS. (Numeral 1.12.4).

III - PLIEGO DEL LLAMADO

NO se agregarán dentro del Sobre Cubierta, el Pliego del Llamado pero SI se agregarán

las Notas Aclaratorias que sirvieron de base para este, firmada y sellada por los

Representantes Legal y Técnico del Oferente.

1.8. PERSONERÍA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL OFERENTE.

Si la Oferta estuviera formulada por personas jurídicas, deberán acompañar copia

autenticada por Escribano Público o Autoridad Competentes del/los contrato/s social/es

y sus eventuales modificaciones.

Cuando la Oferta fuese presentada por Uniones Transitorias de Empresas, deberán

presentar el Contrato de Constitución conforme a la Ley 19.550, firmado ante Escribano

Publico acompañando copia certificada por dicho profesional actuante, pudiendo

únicamente no acreditar la Inscripción en el Registro Público de Comercio, requisito

que por lo demás deberá acreditarse al momento de la firma del contrato, en caso de

resultar Adjudicatario.

La documentación que presente el Oferente, deberá estar firmada por el Representante

Legal del mismo; éste deberá acreditar la condición de tal, mediante instrumento válido

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para obligar a su mandante en el proceso de presentación de la Oferta, contratación e

inclusive firmar el Contrato respectivo.

El Oferente deberá extremar cuidados para que los Contratos Sociales, Actas de

Directorios, Poderes, Contratos de Unión Empresaria, Representaciones, etc., sean

legalmente válidos. El Comitente, rechazará la Oferta si considerase que existen errores

insalvables en estos documentos.

1.9. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.

1.9.1. MONTO DE LA GARANTÍA

Los Oferentes deberán garantizar sus propuestas con una garantía por el 1 % (Uno por

ciento) del Presupuesto Oficial.

1.9.2. MODALIDAD DE LA GARANTÍA

La Garantía de Oferta se podrá constituir en:

a) Efectivo, mediante depósito en la cuenta Nº 20000071/0 del Banco MACRO S.A.,

acompañando la boleta correspondiente. O en la cuenta que el Municipio disponga a ese

efecto.

b) Títulos de la Nación, Provincial o Municipal, con Cotización Oficial en un mercado

o bolsa de valores al valor de cotización en plaza al día anterior más próximo al de la

Oferta.

c) Aval Bancario o Fianza Bancaria de entidad autorizada por el Banco Central de la

República Argentina o Seguro de Caución otorgado por compañía autorizada por el

organismo nacional competente. El Avalista o Asegurador se constituirá en deudor

solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia de los beneficios de división y

excusión en los términos del Artículo Nº 2.005 del Código Civil. El Avalista o

Asegurador deberá constituir domicilio en la ciudad de San Miguel de Tucumán, con

renuncia expresa a los Tribunales Federales y sometimiento de toda Acción Legal a los

Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tucumán.

d) Afectación de certificación de crédito líquido y exigible que tuviere el Oferente en

contra del Comitente.

e) Letras de Tesorería y demás títulos públicos, cuando las amortizaciones, rescates,

etc., previstas en los mismos, resulten compatibles con la existencia de la garantía.

Las garantías, se otorgarán a la orden del Comitente. Las entidades bancarias y

aseguradoras, serán aquellas constituidas y autorizadas legalmente a funcionar en la

República Argentina, con domicilio constituido en la Ciudad de San Miguel de

Tucumán.

Las garantías constituidas conforme a los incisos c) y e), estarán selladas e intervenidas

por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán, con anterioridad al

Acto de Apertura, deberán ser a satisfacción del Comitente y no podrán contener

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ninguna cláusula, condición o mención que permita a la entidad garante o al Oferente,

directa o indirectamente, cancelar la garantía o hacerla caducar antes del plazo

estipulado en ella, que disminuya su responsabilidad, o que atribuya competencia a

tribunales que no sean los ordinarios de la Ciudad de San Miguel de Tucumán.

Cuando la garantía se constituya mediante Póliza de Seguro de Caución, se entenderá

por cumplido el requisito de Intervención de la Dirección General de Rentas de la

Provincia o ante Escribano Público, cuando la Póliza de Seguro de Caución lleve inserta

el sello de pago por Declaración Jurada Mensual u otro similar en cumplimiento con lo

normado por Res. Gral. 188/02.-

A los Oferentes que no presenten la Garantía de mantenimiento de la Oferta, tal lo

exigido en 1.9., según las modalidades establecidas en los apartados a), b), c), d), y e)

del Numeral 1.9.2, les será rechazada la oferta en el Acto de Apertura.

1.9.3. EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA

A los Oferentes que no hayan cumplimentado con sus obligaciones, en relación a los

documentos, condiciones y/o plazos, que deben presentar o cumplimentar, les podrán

ser ejecutadas las garantías a sólo juicio del Comitente, si éste considerase que existe

una negligencia o negativa dolosa a sus intereses.

A los Oferentes que retirasen sus Ofertas o que se negaren a suscribir el Contrato u

Orden de Ejecución, les serán ejecutadas las Garantías de Mantenimiento de la Oferta y

se comunicará el hecho al Registro de Contratistas de Obras Públicas para la aplicación

de la sanción correspondiente.

En tal supuesto, la Administración podrá adjudicar la licitación a la mejor oferta que se

encuentre en orden de mérito y condiciones para ello y manifieste la voluntad de

mantener la vigencia de su oferta.

1.9.4. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS

Producida la Adjudicación, les serán devueltas las garantías a los Oferentes que no

hayan resultado adjudicatarios. Al que resultare adjudicatario se le devolverá la garantía

al momento de presentar la Garantía de Cumplimiento del Contrato, o en su defecto y a

los fines de alcanzar el 5% (cinco por ciento) del monto del contrato exigido como

garantía de éste, podrá hacerse uso de la Garantía de Oferta adicionándola al porcentaje

faltante, teniendo en cuenta el plazo de vigencia de la misma.

Las garantías cualquiera sea su modo, no generarán ningún tipo de interés o

actualización a favor del Oferente y se devolverán a su valor original.

1.10. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

El Oferente deberá presentar conjuntamente con su propuesta la Constancia de

Inscripción, Certificado de Habilitación y Certificado de Capacidad de Contratación

Anual de Obras Públicas, emitidos por el Registro General de Constructores de Obras

Públicas de la Provincia de Tucumán.

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Deberá disponer de una capacidad de contratación anual, conforme al siguiente detalle:

Si el plazo de ejecución fuese menor o igual a 12 (doce) meses:

PO

CCR = PO + -------- x (12 - PE)

12

Si el Plazo de Ejecución fuere mayor de 12 (doce) meses:

PO

CCR = ------- x 12

PE

Dónde: CCR - Capacidad de Contratación Requerida.

PO - Presupuesto Oficial.

PE - Plazo de ejecución en meses.

Nota Importante: Al Oferente que no presente este documento en el Acto de Apertura,

le será rechazada automáticamente la Oferta (Artículo Nº 21 de la Ley Nº 5.854).

En los casos que el Pliego de Condiciones Particulares lo prevea, a los efectos de la

oferta, se podrá presentar la Constancia de Inscripción, Certificado de Habilitación y

Capacidad de Contratación Anual expedidos por el Registro Nacional de

Construcciones de Obras Públicas.

1.11. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

La Documentación Técnica, estará constituida por la Memoria Técnica, el Plan de

Trabajos, la Curva de Inversiones, el Listado de Equipos, el Listado de Personal.

Dichos documentos, deberán estar firmados y sellados por los Representantes Legal y

Técnico.

En los mismos el Oferente deberá reflejar el estudio técnico realizado para formular su

Oferta, de manera tal que el Comitente valore cualitativamente el mismo.

Todos estos documentos serán especialmente evaluados para proceder a la Preselección

y Adjudicación de las Obras.

El Comitente podrá rechazar las propuestas que no contengan la Documentación

Técnica solicitada, o que presentada, los documentos resulten insatisfactorios o

incoherentes entre sí o no guarden correlación con los insumos y rendimientos de los

Análisis de Precios. Por lo tanto, la correcta formulación de la documentación técnica

será considerada excluyente.

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Si en un mismo Llamado se licitase más de una obra, y el Oferente se presente a más de

una de ellas, todos los documentos serán independientes para cada obra.

1.11.1. MEMORIA TÉCNICA

La Memoria Técnica, describirá la metodología que aplicará para organizar y ejecutar la

obra. En la misma describirá los aspectos importantes relativos a la Mano de Obra,

Equipos y Vehículos, Técnica Constructiva, de Fabricación o Montaje, Organización

General, y cualquier otra información que el Oferente considere necesario o la requieran

las Condiciones Particulares, como características de los materiales, equipos e

instrumental, diagramas de conexiones, sistemas de seguridad, etc.

1.11.2. PLAN DE TRABAJOS

El Plan de Trabajos -gráfico de barras-, lo realizará respetando las fechas y plazos

establecidos en las condiciones particulares. A los fines de su mejor interpretación se

podrán efectuar los desagregados o agrupamientos de ítems, que resulten necesarios

para juzgar la corrección de secuencias de tareas y la posibilidad de cumplimiento de los

plazos fijados.

1.11.3. CURVA DE INVERSIONES

La Curva de Inversiones, expresada gráficamente con las certificaciones mensuales

parciales y acumuladas expresadas en porcentajes.

1.11.4. LISTADO DE EQUIPO Y PERSONAL AFECTADO A LA OBRA

Complementariamente, el Oferente presentará los Formularios adjuntos al presente

pliego, conforme a lo siguiente:

a) Listado de Equipos Afectados a la Obra (Formulario Nº 5 Anexo III) Indicando

tipo, marca, capacidad o potencia, modelo, estado, cantidad y propietario de cada

uno. En caso de equipos a alquilar deberá presentar el compromiso de alquiler

correspondiente.

b) Listado de Personal Afectado a la Obra (Formulario No 6 Anexo III) Indicando el

nombre del Representante Técnico y Jefe de Obra (adjuntará los Curriculums Vitae de

cada uno de ellos y Constancia de Inscripción, del Representante Técnico, en el Consejo

o Colegio Profesional correspondiente de la Provincia de Tucumán) y la función,

categoría, especialidad y cantidad del personal a afectar en la obra (podrá agruparlos por

especialidad, función o rubro de obra).

1.12. COTIZACIÓN DE LOS TRABAJOS.

1.12.1. CONOCIMIENTO DE LOS TRABAJOS

Con la presentación de la Oferta se considerará, sin admitir prueba en contrario, que el

Oferente se halla plenamente informado de todo lo que se relacione con la naturaleza y

situación de los trabajos, sus condiciones generales y locales; las condiciones que

atañen a la adquisición, transporte, manejo, y almacenamiento de materiales;

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disponibilidad de los transportes; condiciones climáticas; régimen de cauces naturales y

artificiales; posición y fluctuación de las napas de agua; características del terreno tanto

superficiales como en profundidad; naturaleza de las plantas operativas y equipos

necesarios; condiciones laborales y disponibilidad de mano de obra; así como las

necesidades requeridas antes y durante la ejecución de los trabajos; y cualquier otra

circunstancia que pueda afectar a las mismas, a su ejecución, conservación y costo.

Esta información puede ser obtenida de los documentos y/o elementos que se

encuentran a disposición del Oferente y por los estudios, investigaciones e inspecciones

que él debe realizar.

Cualquier negligencia, error u omisión de parte del Oferente en la obtención de la

información pertinente, que pueda de alguna manera afectar la realización de los

trabajos, lo hará plenamente responsable por las consecuencias que se puedan originar

o derivar.

1.12.2. ALCANCES DE LA COTIZACIÓN

Los Oferentes deberán cotizar los trabajos objeto del Llamado, ajustándose

estrictamente al Proyecto, materiales, plazos y demás condiciones especificadas en la

documentación.

A los efectos de establecer la cotización de cada ítem y confeccionar el Análisis de

Precios correspondiente, el Oferente deberá tener en cuenta el alcance de los trabajos y

el sistema de medición y de pago establecido.

El Contratista no podrá alegar ninguna circunstancia derivada del listado de ítems o de

cualquier índole para eludir el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la

documentación. En consecuencia, el Oferente deberá considerar el conjunto de ítems

indicados en la Fórmula de la Propuesta, como representativos de la totalidad del/los

trabajo/s objeto/s del Contrato, por lo que al estudiar los precios, deberá incluir en los

mismos no sólo la incidencia directa de las partes que representan la ejecución del ítem,

tales como materiales, mano de obra, herramientas, equipos, transportes y servicios,

sino también la incidencia de los costos de aquellos trabajos y servicios exigidos en la

documentación y que no estén específicamente detallados como ítems en el Formulario

de la Propuesta.

Deberá considerar además que las obras, provisiones e instalaciones y/o servicios

contratados deben ser entregados terminados, probados, ensayados, listos para ser

puestos en funcionamiento y completos de acuerdo a sus fines, así como las

obligaciones que se deriven del período de garantía. Sólo deberá excluir aquellos gastos

y riesgos que el Comitente tome expresamente a su cargo.

1.12.3. FORMA DE CONTRATACIÓN

El Oferente cotizará la Obra según el FORMULARIO DE LA PROPUESTA

(Formulario N° 7 Anexo III), aplicando los precios unitarios o globales a cada uno de

los ítems establecidos en la misma.

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El sistema de contratación de cada ítem será por Unidad de Medida.

1.12.4. ANÁLISIS DE PRECIOS

El Oferente deberá presentar con su Oferta, los Análisis de Precios de cada ítem.

Los Análisis de Precios, deberán detallar los costos directos, gastos generales,

beneficios e Impuesto al Valor Agregado (IVA). A tal fin considerará al Comitente

como Contribuyente Exento.

Los Análisis de Precios, deberán ser acompañados de los Análisis de Precios Auxiliares

de:

Mano de Obra, con las cargas sociales y seguros.

Vehículos o Equipos, con detalle de amortización, intereses, repuestos y reparaciones,

combustibles y lubricantes.

En tales documentos, deberán indicarse para cada especialidad de mano de obra y tipo

de equipo o vehículo, el rendimiento; para cada material el coeficiente de aporte; de

cada insumo indicará el costo unitario correspondiente.

Solamente podrá agrupar como varios como costo global, aquellos insumos que incidan

hasta el 10 % (diez por ciento) del costo directo.

El porcentaje de gastos generales y beneficios será fijado libremente por el Oferente, de

manera tal que los Análisis de Precios, reflejen fielmente la estructura de costos sin

distorsiones.

Los Análisis de Precios serán evaluados conjuntamente con su oferta; sin embargo no

podrán ser utilizados para eludir total o parcialmente ningún tipo de responsabilidad que

corresponda al Contratista conforme a los Alcances de los Trabajos asumidos y lo

expresamente indicado en el numeral 1.12.1 y 1.12.2.

1.12.5. TRABAJOS NO GARANTIZADOS.

Se llaman Trabajos No Garantizados a aquellos que el Oferente debe cotizar como

alternativas técnico-económicas, según se indique en las Especificaciones Particulares.

Su cotización será obligatoria, pero su ejecución deberá ser ordenada oportunamente por

el Comitente. Tales trabajos no se considerarán incluidos en el monto del contrato,

mientras el Comitente no imparta la Orden de Inicio correspondiente.

1.13. IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES.

1.13.1. GENERALIDADES

Queda establecido que en los precios de la Oferta quedan incluidos todos los impuestos,

derechos, tasas, contribuciones -nacionales, provinciales y municipales- que el Oferente

directa o indirectamente, ya sea por el objeto del Contrato o por su actividad,

corresponda considerar.

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En cuanto a los Análisis de Precios de la Oferta, tal lo dispuesto en numeral 1.12.4.,

solo deberá detallarse en estos conceptos el Impuesto al Valor Agregado, considerando

a tal efecto al Comitente como Contribuyente Exento.

1.13.2. CARGAS SOCIALES

El Contratista, será el único responsable por el pago de todas las cargas sociales

impuestas por leyes laborales, previsionales o de cualquier tipo sobre la mano de obra

directa o indirecta que emplee; por lo que en su Oferta deberá incluir tales incidencias.

1.14. USO DE PATENTES

Si la ejecución de los trabajos requiriese sistemas, marcas, equipos, productos o

procedimientos patentados, el Oferente en su oportunidad deberá demostrar, a

satisfacción del Comitente, que posee los títulos respectivos o las licencias que lo

autoricen para emplear dichos sistemas, marcas o procedimientos patentados.

Todo gasto que el Oferente o el Contratista tuviere que realizar para hacer uso de una o

más patentes, o marcas patentadas o registradas, será a su exclusivo cargo.

1.15. IDIOMA Y SISTEMA DE UNIDADES

Los Oferentes deberán presentar toda la documentación en el idioma castellano y

expresar las unidades en el Sistema de Unidades correspondiente a las especificaciones

técnicas utilizadas en cada caso.

1.16. MODALIDAD DEL LLAMADO

El Pliego de Condiciones Particulares, fijará la modalidad del llamado que podrá ser:

1.16.1. DE APERTURA ÚNICA

En el que se efectúa la Apertura de los Sobres Cubierta de presentación y posterior

apertura de los Sobres Propuesta en el mismo Acto.

1.16.2. CON PRESELECCIÓN

El que se desarrolla en dos Actos de Apertura:

a) En el primero se procede a la apertura de los Sobres Cubierta y se reservan los Sobres

Propuestas.

b) En el segundo Acto de Apertura se abren los Sobres Propuesta de los Oferentes

Preseleccionados.

A los fines de la preselección, el Comitente evaluará y calificará a cada Oferta según la

Metodología de Precalificación incorporada como Anexo del Pliego de Condiciones

Particulares.

Una vez realizada la Preselección, se comunicará por escrito el resultado de la misma a

todos los Oferentes e invitará a los preseleccionados a concurrir al Acto de Apertura de

los Sobres Propuesta, fijando lugar, día y hora de apertura.

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Los Sobres Propuesta de los Oferentes no Preseleccionados estarán a disposición de

éstos hasta el día hábil anterior al fijado para la apertura; posteriormente los sobres no

retirados serán destruidos.

1.17. APERTURA DE SOBRES

La apertura de sobres o paquetes se realizará en el lugar, día y hora que establezcan el

Llamado o que eventualmente indiquen las circulares aclaratorias, por funcionarios

autorizados por el Comitente, ante el Auditor Fiscal designado por Contaduría General

de la Municipalidad y en presencia de los Oferentes e interesados que deseen asistir al

Acto.

1.17.1. DEL LLAMADO DE APERTURA ÚNICA

Antes de proceder a la apertura de los Sobres Cubierta, los interesados podrán pedir o

formular aclaraciones relacionadas con el Acto, pero iniciada dicha apertura, no se

admitirán nuevas propuestas ni interrupción alguna.

Se procederá a abrir los Sobres Cubierta de presentación y se controlará el estricto

cumplimiento en la presentación de los documentos siguientes:

a) Garantía de Mantenimiento de la Oferta.

b) Certificado de Inscripción, Habilitación y Capacidad de Contratación Anual expedido

por el Registro General de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de Tucumán

o el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas si correspondiere.

c) Comprobante de pago por Derechos de Oficina (Sellado Municipal).

d) Recibo de Compra de Pliegos.

e) Sobre Propuesta, conteniendo el Formulario de la Propuesta, los Análisis de Precios y

la Propuesta Financiada - si correspondiere-.

f) Otros documentos de presentación obligatoria en el Acto de Apertura exigidos en

Pliegos.

Los restantes documentos solicitados podrán presentarse hasta TRES (3) días hábiles

posteriores al Acto de Apertura.

Las presentaciones que no cumplan íntegramente los recaudos exigidos, serán agregadas

como simple constancia de la presentación y los Sobres Propuestas serán devueltos en el

Acto y sin abrir al Representante Legal del Oferente, si éste no estuviere estará a su

disposición para ser retirado dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores al Acto de

Apertura, transcurrido dicho plazo, los mismos serán destruidos.

La presentación de todos los requisitos no implica su aceptación por parte del

Comitente. Cualquier requisito que pasare inadvertido en el Acto de Apertura surtirá

efectos con posterioridad.

1.17.2. DEL LLAMADO CON PRESELECCIÓN

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Se seguirá similar procedimiento al indicado en el numeral 1.17.1. Los Sobres

Propuesta, serán firmados por los funcionarios e interesados presentes y reservados sin

abrir.

Una vez operada la Preselección, se abrirán los Sobres Propuesta de los Oferentes

preseleccionados, controlándose la documentación correspondiente.

1.17.3. ACTA DE APERTURA

De lo actuado se labrará un Acta de Apertura de Ofertas, que será firmada por los

funcionarios actuantes y las personas que deseen hacerlo sin que esta circunstancia

implique conformidad alguna sobre el contenido de las Ofertas.

Las personas que deseen dejar asentada alguna observación al Acto de Apertura, podrán

hacerlo libremente.

1.18. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA.

Serán causales de rechazo de la Oferta, las siguientes.

1.18.1. AUTOMÁTICA EN EL ACTO DE APERTURA:

a) Que llegase pasada la hora indicada para la Apertura de Sobres, establecida por la

autoridad que preside el Acto.

b) Que el Sobre Cubierta tuviere cualquier marca o leyenda que permita identificar al

Oferente.

c) Que no presente la Garantía de Mantenimiento de la Oferta en las condiciones

indicadas en el numeral 1.9.

d) Que no presente el comprobante de pago por Derechos de Oficina (Sellado

Municipal).

e) Que no presente la Constancia de Inscripción, Habilitación y Certificado de

Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro General de Constructores de

Obras Públicas de Tucumán, legalmente válido con la capacidad de contratación

requerida para la obra; o expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras

Públicas si correspondiere.

f) Que no haya adquirido el Pliego.

g) Que no presente el Sobre Propuesta.

h) Que no presente el Formulario de la Propuesta debidamente completado, firmado y

sellado por el Representante Legal y Representante Técnico, o que teniéndolo, no esté

escrito con tinta indeleble.

i) Que no presente los Análisis de Precios.

j) Que no cumpla con aquellos requisitos exigidos en las Condiciones Particulares de

presentación excluyente en el Acto de Apertura.

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En caso de faltar alguna de la documentación indicada precedentemente la oferta será

desestimada y con la consiguiente devolución de la misma bajo constancia de estilo.

Las causas de rechazo que pasaran inadvertidas en el Acto de Apertura serán

consideradas durante el estudio posterior de las propuestas, pudiendo originar rechazos

por parte de los organismo municipales y nacionales competentes.

1.18.2. OTRAS CAUSAS DE RECHAZO DE LAS OFERTAS

a) Cuando la Oferta sea condicionada o se aparte de las bases de la contratación.

b) Cuando la Oferta presente raspaduras, enmiendas, testaciones y/o interlíneas sobre

frases o cifras fundamentales como: precios, cantidades o alguna otra que haga a la

esencia del Contrato y no hayan sido debidamente salvadas.

c) Cuando las condiciones de la contratación hubiesen exigido la presentación de

proyectos, muestras, listado de materiales, memorias descriptivas o algún otro elemento

y éstos no sean presentados en los plazos previstos, o resulten insatisfactorios al

Comitente.

d) Cuando el Comitente compruebe que los datos y/o cualquier información

suministrada por el Oferente sean falsos o tergiversados.

e) Cuando el Oferente no cumpla con la presentación de la documentación en los plazos

y forma exigida, también le podrá ser rechazada la Oferta, a sólo juicio del Comitente.

f) Cuando el Oferente incurra en causales establecidas en las Condiciones Particulares o

Especificaciones Técnicas.

1.19. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.

El Comitente podrá requerir de los Oferentes, o de los organismos, instituciones,

bancos, comercios, compañías de seguros, etc. que hubiese citado en su documentación,

la información complementaria que juzgue necesaria, siempre que tal requerimiento no

altere las condiciones básicas del Llamado o de las Ofertas.

Si el Oferente se negase a cumplimentar con la información en el tiempo y forma

solicitado, o se comprueba que los datos suministrados sean falsos o tergiversados se

rechazará la solicitud y se procederá a ejecutar la garantía de mantenimiento de la

oferta.

1.20. ERRORES Y DIFERENCIAS.

El Oferente, será responsable por los errores formales que pudieran existir en las cifras

que detalle en su Oferta. Sin perjuicio de ello, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Cuando existan discrepancias entre valores en números y letras, se tomarán como

correctos los indicados en letras.

b) Si se comprobare en el Formulario de la Oferta, la existencia de errores aritméticos

de productos o sumas, parciales o totales, se corregirán los importes dando validez a los

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precios unitarios cotizados, aplicándolos a las cantidades indicadas de cada ítem. El

valor de la Oferta será el que resulte de las correcciones practicadas.

c) La omisión de cotizar algún ítem será causal de rechazo de la Oferta.

d) Si omitiere indicar el precio unitario de un ítem, se lo establecerá dividiendo el valor

global del ítem por la cantidad correspondiente.

e) Los errores aritméticos que tuvieren los Análisis de Precios, no serán salvados,

respetándose los precios unitarios detallados en la Propuesta.

1.21. MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS

Las Ofertas se mantendrán durante 30 (treinta) días corridos. Dicho plazo de

mantenimiento será considerado automáticamente ampliado en períodos iguales, salvo

que el Oferente notifique fehacientemente al Comitente, 10 (diez) días hábiles antes de

su vencimiento, que no mantendrá la Oferta por un nuevo período.

El retiro de la Oferta antes de vencido el plazo de Garantía, así como la negativa a

aceptar la adjudicación o a firmar el Contrato correspondiente, tendrá como

consecuencia la ejecución de la garantía.

1.22. IMPUGNACIONES Y/O RECLAMACIONES DE LOS OFERENTES

Los Oferentes podrán tomar vista de la documentación y formular impugnaciones,

reclamos, y/u observaciones dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores al Acto de

Apertura; vencido dicho plazo no se admitirá impugnación alguna.

Para ser considerada, cualquier impugnación, reclamo u observación que formulasen los

Oferentes deberá ser afianzado con un depósito en efectivo por un monto igual al

1/1000 (uno por mil) del Presupuesto Oficial, en el Banco Macro S.A., en la cuenta que

el Comitente disponga al momento de la licitación. Sin este requisito ninguna

presentación será considerada.

De toda impugnación formulada, se correrá vista al Oferente cuya propuesta haya sido

observada para que la conteste en el improrrogable término de 5 (cinco) días hábiles

administrativos de haber sido notificado, vencido el cual no se admitirán nuevas

presentaciones de ninguna naturaleza.

Dichos reclamos serán resueltos por el Comitente en el momento de Adjudicación y las

decisiones que recaigan sobre los mismos, les serán comunicadas a los recurrentes al

domicilio constituido en dirección de correo electrónico.

Los depósitos para afianzar las presentaciones citadas, sólo serán reintegrados a los

Oferentes cuyas impugnaciones, reclamos u observaciones sean considerados total o

parcialmente válidos y procedentes.

1.23. ADJUDICACIÓN

Las Ofertas serán evaluadas por una Comisión de Preadjudicación, que designará el

Comitente, sobre la base de las condiciones legales, técnicas, económicas y financieras

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establecidas en las mismas. De la evaluación de las Ofertas, la Comisión de Pre

adjudicación se expedirá estableciendo un Orden de Mérito para la Adjudicación. Una

vez notificado, el Municipio deberá preadjudicar en el plazo de TRES (03) días hábiles

al oferente que haya resultado con la oferta más conveniente. Luego de notificados los

demás oferentes, por un plazo de TRES (03) días hábiles podrán formular

impugnaciones a la preadjudicación, transcurrido el plazo indicado precedentemente se

deberá proceder a la adjudicación mediante el dictado del instrumento respectivo;

dejándose claramente establecido que la Preadjudicación como la Adjudicación no

causarán estado, ni derecho, ni acreencia alguna a favor del oferente en virtud de la

presente licitación pública.

El Comitente, adjudicará el Contrato a la Oferta más conveniente, calificada de acuerdo

a lo que disponga la reglamentación siempre que se ajuste a las Bases y Condiciones de

la Licitación y no estará obligado a adjudicar a la de menor precio.

Rige aquí lo exigido en el artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.534/3 de la Ley

de Obras Públicas Nº 5.854 en cuanto a la obligatoriedad de las empresas de acreditar

capacidad para contratar, en las formas y plazos allí establecidos, a los efectos de la

adjudicación.

La Adjudicación será fehacientemente notificada a todos los Oferentes y al Registro

General Constructores de Obras Públicas.

En caso que el Adjudicatario no se presentare, no afianzare, o se negare a firmar el

Contrato en tiempo y forma, previa intimación fehaciente por el término de Cinco (05)

días hábiles, perderá el importe de la Garantía de Mantenimiento de Oferta en beneficio

de la Administración y se notificará del hecho al Registro General de Constructores de

Obras Públicas. En tal supuesto el Comitente podrá adjudicar la Licitación a la mejor

oferta que se encuentre en orden de méritos y condiciones para ello.

La Licitación podrá adjudicarse aunque exista una sola Oferta válida, siempre y cuando

dicha Oferta sea conveniente a los intereses del Comitente.

1.24. MEJORA DE OFERTAS

El Comitente podrá llamar a una mejora de ofertas en caso de considerarlo necesario,

mediante nota indicando lugar, fecha y hora en que se recibirán las propuestas. Las

mismas se presentarán en sobre cerrado y lacrado, sin identificación del proponente. El

Comitente resolverá sobre las mismas dentro de los tres (3) días hábiles posteriores.

1.25. FIRMA DEL CONTRATO

El Comitente fijará el día en que se procederá a la firma del Contrato dentro de un plazo

de quince (15) días hábiles administrativos de notificada la Adjudicación al

Adjudicatario.

Si el Adjudicatario no estuviere en condiciones o no concurriese a firmar dichos

documentos en el plazo fijado, perderá la Garantía de Mantenimiento de la Oferta y el

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Comitente podrá adjudicar el Contrato al Oferente que sigue en orden de conveniencia o

proceder a un nuevo Llamado.

Si el Comitente no firmase el Contrato por causas no imputables al Adjudicatario, el

Adjudicatario podrá renunciar a la adjudicación, para lo cual deberá conminar en forma

fehaciente al Comitente en el plazo de 5 (cinco) días hábiles administrativos, a contar de

la fecha en que el contrato debió firmarse, el que tendrá un plazo de 10 (días) hábiles

administrativos, transcurridos los cuales sin su pronunciamiento se considerará aceptada

la renuncia. En este caso el Adjudicatario solo tendrá derecho a la devolución de la

Garantía de Contrato y al resarcimiento de los gastos que pruebe haber incurrido para

constituir la misma. No tendrá derecho a ningún otro reconocimiento ni indemnización

alguna.

SECCIÓN 2 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

2.1. PRELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO.

Los documentos que forman parte del Contrato son los que se indican a continuación y

prevalecen el uno sobre el otro en el siguiente orden:

1. Los documentos detallados en el numeral 1.5. con la prelación establecida en dicho

numeral.

2. La resolución de Adjudicación del Comitente.

3. La Orden de Ejecución de Obra y Contrato Suscrito.

4. Las Resoluciones de la Secretaría de Planificación, Gestión de Infraestructura

Pública y Servicios Urbanos y Órdenes de Servicio emitidas durante la ejecución de las

obras y hasta la Recepción Definitiva.

Todos los documentos que integran el Contrato deberán ser considerados

recíprocamente explicativos, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas

serán aclaradas y resueltas por el Comitente.

2.2. ALCANCES DEL CONTRATO.

Los trabajos y servicios objeto del contrato comprenden la ejecución y mantenimiento

de los mismos hasta su Recepción Definitiva; la provisión total de mano de obra,

materiales, equipos, obras temporarias, y todo elemento, ya sea de naturaleza

permanente o provisoria, requerido para su ejecución, terminación y mantenimiento,

incluyendo todos los transportes necesarios en la medida que la necesidad de proveerlos

esté especificada en el contrato, o pueda razonablemente deducirse del mismo.

La nómina de los trabajos y servicios que se consigna en la Fórmula de la Propuesta es

enunciativa y no limitativa. El Contratista estará obligado a ejecutar no sólo los trabajos

y servicios expresamente previstos, sino todo otro que, aunque no esté expresamente

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detallado, sea imprescindible o complementario según las reglas del arte, para obtener

una obra completa en sí misma y apta para los fines previstos. Por consiguiente, si los

Documentos del Contrato omitieran alguna parte necesaria a tal fin, ésta deberá ser

ejecutada y dicha omisión no autorizará al Contratista a reclamar pagos adicionales.

2.3. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

2.3.1. ALCANCE DE LA GARANTÍA

El Contratista deberá constituir, previo a la firma del contrato, una garantía de

cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato, por una suma

equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto del mismo, o el que indique las

Condiciones Particulares.

La Garantía podrá ser ejecutada en las situaciones siguientes y por los motivos que se

detallan:

1. Para cubrir el costo adicional que deba realizar el Comitente para proseguir los

trabajos, como consecuencia de la falta de cumplimiento por parte del Contratista de sus

obligaciones.

2. Para compensar al Comitente de las pérdidas ocasionadas por la no observancia de

las cláusulas contractuales.

3. Para cubrir los pagos, no abonados en término, de: salarios, trabajos ejecutados por

subcontratistas, provisión de materiales y equipos, cargas sociales, derechos aduaneros,

etc.

4. Para garantizar el pago de las penalidades en que incurra el Contratista y, en

definitiva, para salvaguardar al Comitente de cualquier perjuicio o daño imputable al

Contratista.

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con respecto a la

garantía podrá ser causa de rescisión del contrato por culpa del Contratista. El plazo de

validez de la garantía se extenderá desde la fecha de su constitución hasta la liquidación

final del contrato.

2.3.2. FORMA DE LA GARANTÍA

La Garantía de Cumplimiento del Contrato se ajustará a lo exigido en el numeral 1.9.2.

2.3.3. EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA

En caso de producirse alguna de las situaciones previstas en el numeral 2.3.1, el

Comitente procederá a ejecutar la garantía hasta cubrir los montos reclamados. Si los

montos reclamados superasen los de la garantía, el Contratista procederá a cubrir la

diferencia haciéndose cargo de los gastos adicionales que pudieran resultar.

El monto de la garantía ejecutada parcial o totalmente deberá ser repuesto por el

Contratista dentro de los 5 (cinco) días de notificado.

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Si el garante o fiador no cumpliere con las obligaciones que hubiere contraído, el

Contratista deberá hacerse cargo de los gastos que esta circunstancia acarree, y

presentar una garantía subsidiaria a satisfacción del Comitente.

2.4. SEGUROS A TOMAR POR EL CONTRATISTA

Previo a la firma del Acta de Replanteo, el Contratista deberá tomar los seguros que

cubran las responsabilidades emergentes de la ejecución de las obras, por accidentes de

su personal, tanto obrero como de administración y conducción; del personal del

Comitente afectado a la inspección de la obra, de los vehículos y equipos; y de

responsabilidad civil frente a terceros y/o cosas de terceros.

Los seguros que se contraten deberán proveer indemnizaciones por cualquier reclamo,

juicio, costos y costas, o cualquier otro gasto emergente o relacionado con cualquier

accidente o lesión del personal del Contratista o de la Inspección, causados por los

vehículos, equipos y herramientas o cualquier otro daño que por motivo de las obras se

causen a terceros y/o cosas de terceros.

Estos seguros cubrirán todas las indemnizaciones que puedan corresponder, conforme a

las leyes, decretos u otras reglamentaciones vigentes incluidas las acciones basadas en

el derecho común.

Las pólizas de los seguros deberán ser emitidas por compañías aseguradoras autorizadas

a operar, con delegación en la ciudad de San Miguel de Tucumán, y sus cláusulas y

condiciones deberán ser sometidas a la aprobación del Comitente con anterioridad a la

contratación en firme de los seguros.

Las pólizas definitivas se presentarán acompañadas de los recibos de pago de las primas

correspondientes; los costos correspondientes deberán estar previstos por el Oferente en

sus precios.

Deberá establecerse específicamente que las pólizas se mantendrán vigentes durante

todo el período de ejecución del contrato hasta la recepción definitiva. Los aseguradores

deberán hacer renuncia específica a su derecho de cancelación.

El contratista deberá presentar, antes de la suscripción del Acta de Replanteo, la

documentación correspondiente a la contratación de los seguros que a continuación se

detallan y en cada uno de ellos se deberá indicar expresamente el nombre de la obra

objeto del presente contrato:

I. SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

El Contratista tomará los seguros correspondientes de RESPONSABILIDAD CIVIL

para cubrir DAÑOS A TERCEROS Y/O A BIENES DE TERCEROS.

La póliza deberá contener la siguiente cláusula obligatoria:

CLÁUSULA ESPECIAL: "Se deja expresa constancia que la Municipalidad de

Yerba Buena será considerado tercero en casos donde sean dañadas instalaciones o

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bienes de su propiedad, cuando el causante sea el Contratista y/o Subcontratista

amparados por esta póliza".

II. ACCIDENTES DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA

Póliza de los seguros correspondientes del personal a su cargo, discriminando

especialidades y con mención del tipo de obra y cantidad de niveles.

Será de aplicación lo establecido en la Ley Nº 24.557 - Riesgo de Trabajo - y sus

Decretos Reglamentarios y Modificatorios.

El Contratista deberá presentar Certificado de Cobertura de la A.R.T. y Certificados de

Movimientos del Personal.

La póliza y/o contrato entre la A.R.T. y el Contratista deberá contener la siguiente

cláusula:

"(Indicar nombre de la A.R.T.) A.R.T. renuncia en forma expresa a iniciar toda

acción de repetición o regreso contra la Municipalidad de Yerba Buena, sus

funcionarios, empleados y obreros, bien sea con fundamento el artículo 39.5. de la

Ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en

especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o

ex - dependiente de (indicar nombre de la empresa contratista) alcanzados por la

cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedad profesional

sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el

domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa. (Indicar nombre de la

A.R.T.) A.R.T. se obliga a comunicar a la Municipalidad de Yerba Buena, en forma

fehaciente, los incumplimientos a la póliza en que incurra el asegurado, y

especialmente en la falta de pago en término de la misma, dentro de los DIEZ (10)

días de verificados”.

III. SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL DE LA INSPECCIÓN Y DEL

PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA

Para la cobertura del personal que integra la Inspección de la Obra y el personal

asignado a la misma por el Comitente, el Contratista tomará un seguro de

ACCIDENTES PERSONALES COLECTIVO.

Los montos por los que se deben tomar los seguros exigidos se definen en el Pliego de

Condiciones Particulares.

Queda expresamente establecido que de sustanciarse demandas en donde la Justicia

determine montos de indemnizaciones y/o resarcimientos mayores a las coberturas

tomadas por el Contratista para cualquiera de los casos, serán a su exclusivo cargo las

diferencias que surgieran.

2.5. INICIO DE LOS TRABAJOS

El Contratista deberá iniciar los trabajos dentro de los quince días de firmado el

Contrato, tal lo establecido en el numeral 2.8.14. REPLANTEOS.

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Se labrará el Acta de Replanteo, determinándose como fecha cierta de Inicio de Obra la

fecha de firma de esta acta. Se establece que el plan de trabajo, como así también todos

los plazos fijados en el presente Pliego de Licitación y en el resto de la documentación

que integra el Contrato de Obra tienen vigencia, y se contarán, a partir de la fecha de

firma de dicha acta.

Si el Contratista demorase la iniciación de los trabajos más allá del tiempo fijado, o

fuera de la ampliación del plazo que por razones atendibles acuerde el Comitente, éste

podrá dar por rescindido el Contrato.

2.6. REPRESENTACIÓN DEL COMITENTE Y DEL CONTRATISTA

2.6.1. LA INSPECCIÓN DE OBRA

El Comitente estará representado en el lugar de los trabajos por la Inspección de Obra.

Los nombres, cargos y autoridad de cada uno de los componentes de la Inspección serán

comunicados oportunamente al Contratista. Toda comunicación entre el Comitente y el

Contratista se formalizará a través de la Inspección.

2.6.2. ATRIBUCIONES DE LA INSPECCIÓN DE OBRA

La Inspección ejerce la supervisión general de los trabajos y coordina la labor de las

distintas tareas necesarias para completar los mismos; vigila e inspecciona la marcha de

los trabajos a los efectos de establecer si el Contratista cumple con las obligaciones

contractuales que hubiere contraído para su ejecución. Todos los trabajos que ejecute el

Contratista deberán ser aprobados por la Inspección, dándose cumplimiento a lo

establecido en el numeral 2.18. CONTROL DE CALIDAD, teniendo en cuenta la

cantidad, calidad y especificaciones contractuales. En materia de medición y

cumplimiento de exigencias técnicas, el Contratista se atendrá a lo que resuelva la

Inspección, sin perjuicio de los derechos a reclamación que se establecen en el Pliego.

El Contratista deberá solicitar con la debida anticipación todas las inspecciones que sean

necesarias. La intervención de la Inspección no relevará al Contratista de ninguna de las

responsabilidades establecidas en los documentos del Contrato. En relación con todos

los trabajos cuya correcta ejecución no pudiera ser verificada después de ejecutados,

regirán las disposiciones del numeral 2.8.21.

El Contratista brindará a la Inspección todas las facilidades para cumplir su cometido

sin restricción alguna y le asegurará, en todo momento, derecho de acceso a todos los

lugares donde se ejecuten trabajos, se acopien materiales y se preparen o acondicionen

equipos destinados a la ejecución de las tareas, dentro y fuera del recinto de las mismas.

Igualmente, la Inspección tendrá a su cargo verificar el cumplimiento de las

obligaciones del Contratista en lo referente al funcionamiento de los obradores y

campamentos.

La Inspección estará facultada para verificar el cumplimiento de todas las obligaciones

del Contratista emergentes de los documentos del contrato, incluyendo la observancia

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de todas las leyes, decretos, ordenanzas y toda otra norma a cuyo acatamiento

está obligado el Contratista en virtud de las disposiciones de este Pliego.

2.6.3. EL REPRESENTANTE LEGAL

El Contratista deberá designar un Representante Legal debidamente facultado, en los

términos del numeral 1.8., quien mantendrá las relaciones con el Comitente en todo lo

que se refiere al cumplimiento general del Contrato.

2.6.4. EL REPRESENTANTE TÉCNICO

El Representante Técnico será el responsable directo de los aspectos técnicos

relacionados con el Contrato y de suscribir los planos y documentos pertinentes;

deberá ser un profesional con experiencia, con incumbencia y deberá acreditar su

inscripción en el Consejo o Colegio Profesional correspondiente de la Provincia de

Tucumán. Estará facultado por el Contratista para representarlo previa aceptación por

parte del Comitente.

El Representante Técnico deberá permanecer en la obra. Si por alguna razón debiera

alejarse transitoriamente, deberá contar con autorización previa de la Inspección y en

ese caso el Contratista deberá designar en su reemplazo, con aprobación de la

Inspección, otro profesional de la misma idoneidad y con las mismas atribuciones.

Si el Representante Técnico se ausentare sin autorización, la Inspección podrá ordenar

la suspensión de los trabajos en ejecución y se hará responsable al Contratista por los

perjuicios que originase la demora de los mismos. Dicha suspensión no dará lugar a la

ampliación del plazo convenido para la ejecución de los trabajos.

2.6.5. ATRIBUCIONES DEL REPRESENTANTE TÉCNICO

El Representante Técnico estará autorizado para suscribir el acta y las planillas de

medición, la Declaración de Calidad de los Trabajos ejecutados y Materiales empleados,

los certificados de pago, las notas de pedido y recibir las órdenes de servicio. Todas las

comunicaciones correspondientes a la marcha de los trabajos efectuadas al

Representante Técnico tendrán validez a todos los efectos contractuales y, por

consiguiente, tendrán el mismo valor que si se hubieran efectuado al Contratista.

La actuación del Representante Técnico obligará al Contratista, quien asumirá la

responsabilidad por los actos y hechos de su aquel.

2.6.6. ÓRDENES DE SERVICIO Y NOTAS DE PEDIDO

Todas las Órdenes y comunicaciones de cualquier naturaleza entre el Contratista y la

Inspección se harán únicamente por escrito. Por consiguiente, toda vez que en los

documentos del contrato se exprese "comunique", "informe", "indique", o similares,

deberá entenderse por escrito. Las comunicaciones verbales no tendrán valor con

respecto al Contrato.

Todas las Órdenes y comunicaciones de la Inspección referentes al cumplimiento del

contrato serán cursadas al Contratista mediante Órdenes de Servicio numeradas

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correlativamente. El original de la orden de servicio permanecerá en poder de la

Inspección. Las Órdenes de Servicios entrarán en vigencia a partir del momento de su

notificación al Contratista.

Las Órdenes de Servicio serán de ejecución obligatoria para el Contratista dentro de los

alcances del contrato.

Toda Orden de Servicio no observada dentro de los 2 (dos) días hábiles de notificada, se

dará por aceptada y formará parte del Contrato sin implicar retribución adicional, salvo

expresa indicación en contrario. Cuando en una Orden de Servicio se fije plazo para su

cumplimiento, el atraso en su comienzo o finalización hará incurrir al Contratista en

mora en el cumplimiento de la Orden de Servicio.

Todas las comunicaciones del Contratista a la Inspección serán cursadas mediante Nota

de Pedido numeradas correlativamente. El original de la Nota de Pedido será entregado

por el Contratista a la Inspección. Las notas de pedido entrarán en vigencia a partir del

momento de su notificación a la Inspección.

2.6.8. DIVERGENCIAS

En caso que el Contratista considerase que las órdenes recibidas no se encuadran dentro

de los términos del Contrato o son inconvenientes o peligrosas para la correcta marcha

de los trabajos, deberá formular sus observaciones dentro de los 2 (dos) días hábiles de

asentada la orden. Dichas observaciones deberán ser debidamente fundadas y no se

considerarán como observadas las órdenes de servicios cuando al hacerlo el Contratista

no asentare los fundamentos de su observación. En cualquier caso, si la Inspección

ratificara la orden observada, el Contratista deberá cumplirla según lo instruido,

pudiendo reservarse los derechos que le asistan por los gastos y perjuicios que estime

producidos por la Orden. El Contratista será responsable de todo cuestionamiento

indebido.

2.6.9. RECLAMACIONES DEL CONTRATISTA

Todas las reclamaciones del Contratista motivadas por hechos ocurridos en la obra que

no se refieran a cuestionamientos de Ordenes de Servicios, deberán presentarse

debidamente fundadas dentro de los 2 (dos) días hábiles de ocurrido el hecho. Fuera de

estos plazos, la Inspección no dará curso a ninguna reclamación del Contratista.

2.7. OBLIGACIONES DEL COMITENTE

2.7.1. ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL

El Comitente entregará al Contratista, a su pedido, 1 (una) copia de los documentos que

integran el contrato.

2.7.2. ENTREGA DE TERRENOS, MATERIALES Y EQUIPOS

Cuando así lo prevean los documentos del contrato, el Comitente pondrá a disposición

del Contratista, libres de ocupantes, los terrenos indicados en los planos

correspondientes que estén determinados como superficies destinadas a la ejecución de

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los trabajos; en forma similar se procederá con los materiales y/o equipos que el

Comitente se hubiera comprometido a proveer.

Los terrenos adicionales para la instalación de obradores y campamentos, si resultaren

necesarios, deberán ser procurados por el Contratista a su exclusivo costo en los lugares

que estime conveniente, previa aprobación del Comitente.

2.7.3. PAGO DE LOS TRABAJOS

El Comitente abonará al Contratista los trabajos y servicios emergentes del Contrato en

la forma y tiempo indicados en el numeral 2.19, o el que establezcan las Condiciones

Particulares

2.8. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

2.8.1. CONOCIMIENTO DEL PROYECTO

Se presume, sin admitir prueba en contrario, que el Contratista por el hecho de haber

presentado su Oferta y en cumplimiento del numeral 1.12.1, se ha informado de:

a) Todas las condiciones y circunstancias previstas en los Pliegos que afectan y

componen el precio ofertado y el Plan de Trabajos.

b) Las circunstancias generales existentes en el sitio de localización de los trabajos.

c) La situación laboral imperante en el emplazamiento.

d) Toda otra circunstancia que afecte el trabajo en sí, su ejecución, mantenimiento y

costo.

En consecuencia, se presume que los precios cubren todos los gastos y pérdidas que

tenga que soportar el Contratista por cualquier motivo, causa o circunstancia, para la

ejecución de los trabajos de acuerdo con los documentos del Contrato. Por consiguiente,

dichos precios cubrirán todos los conceptos que como contraprestación debe pagar el

Comitente por la ejecución de los trabajos tal como se los exhibe y describe en los

documentos del Contrato y con los alcances establecidos en el numeral 1.12.

El Contratista no podrá eludir su responsabilidad si ha sido negligente al no solicitar

oportunamente las instrucciones o aclaraciones necesarias, en caso de dudas o incorrecta

interpretación de los documentos del contrato.

2.8.2. PLAN DE TRABAJOS

En base al Plan de Trabajos y Memoria Técnica presentados en su Oferta y a las

aclaraciones y/o ajustes aprobados, el Contratista deberá elaborar el Plan de Trabajos

definitivo, el que una vez aprobado por el Comitente formará parte del Contrato. Si el

Comitente considerase necesario, podrá exigir que dicho plan sea confeccionado por el

Método del Camino Crítico para su aprobación.

El Contratista deberá adjuntar también la Curva de Certificaciones y la Curva de

Inversiones resultantes.

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El Plan de Trabajos, Curva de Certificaciones y la Curva de Inversiones serán

estudiados por la Inspección, que hará sus observaciones o los aprobará dentro de un

plazo no mayor de 5 (cinco) días y, una vez aprobados, formarán parte de los

documentos del Contrato.

Cuando el Comitente acuerde modificaciones de los plazos parciales y/o del plazo total

de la obra, el Contratista deberá presentar, dentro de los 5 (cinco) días corridos, el

nuevo Plan de Trabajos, Curva de Certificaciones y Curva de Inversiones, los que una

vez aprobados, formarán parte de los documentos del Contrato. De no presentar el

Contratista dicha documentación en el plazo establecido, las penalidades que pudiesen

estar pendientes a la espera de la referida adecuación, serán aplicadas hasta tanto el

Contratista cumpla con esta obligación.

2.8.3. PLANOS, PLANILLAS, CÁLCULOS ESTRUCTURALES Y MEMORIAS

TÉCNICAS

A los efectos de llevar a cabo los trabajos encomendados, el Contratista deberá verificar

el proyecto, calcular o recalcular las estructuras y preparar todos los planos generales,

de detalle, de taller, de montaje, etc. que sean necesarios para la prosecución de los

trabajos, así como los exigidos por organismos oficiales, nacionales, provinciales y

municipales, entes autónomos y privados (carpetas técnicas para las aprobaciones de los

proyectos correspondientes). Dichos planos incluirán todos los dibujos, descripciones,

especificaciones, mediciones, cálculos y datos necesarios para la aprobación de las

documentaciones técnicas y correcta ejecución de las obras a exclusivo criterio de la

Secretaría de Planificación, Infraestructura y

Para la presentación de documentos comprendidos en este numeral, deberán ser

presentados en original o copia transparente reproducible y 5 (cinco) copias

heliográficas para la aprobación de la Inspección.

El Contratista antes de iniciar cualquier trabajo deberá solicitar la aprobación previa de

la documentación correspondiente. Para la aprobación, observación o rechazo de la

documentación a que se refiere el presente numeral, la Inspección dispondrá de 10

(diez) días a partir de la presentación por parte del Contratista. En caso de no recibir

respuesta de la Inspección dentro de dicho plazo, el Contratista podrá considerar

aprobada su presentación debiendo, previo al inicio de los trabajos, comunicarlo por

escrito a la Inspección.

En caso de que algún plano requiera modificaciones a juicio de la Inspección, le será

devuelto al Contratista para su corrección; una vez corregido, será nuevamente

presentado a ésta. El tiempo adicional empleado en las correcciones de dichos planos no

autorizará al Contratista a pedir ampliación de los plazos contractuales.

La aprobación de los planos por parte de la Inspección no relevará al Contratista de sus

responsabilidades.

Si el Contratista tuviera que modificar planos ya aprobados, deberá pedir autorización

previa a la Inspección.

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2.8.4. POZOS DE SONDEO, EXPLORACIÓN INSTALACIONES DE

SERVICIOS PÚBLICOS

El Contratista deberá ejecutar por su cuenta todos los trabajos de exploración previstos

en las Especificaciones Técnicas, o que resulten necesarios para la ejecución de los

trabajos contratados.

En lo atinente a las Instalaciones de Servicios Público, deberá solicitar a las empresas

administradoras información respecto a la existencia de instalaciones de servicios en la

zona de los trabajos a fin de tomar los recaudos correspondientes para no afectar las

mismas por efecto de la ejecución de las obras objeto del presente Contrato. En caso de

ser necesario deberá efectuar los sondeos correspondientes para este propósito.

El contar con las respuestas a estos pedidos de informes o los resultados de las

introspecciones será condición indispensable para que sea autorizado el inicio de las

obras; dejándose expresamente aclarado que en cualquier caso de roturas o deterioros de

las instalaciones, correrá por cuenta exclusiva del Contratista su reparación y nueva

puesta en funcionamiento, de acuerdo a las pautas y exigencias que disponga la empresa

prestadora del servicio afectado. Asimismo será único responsable por los daños y

perjuicios ocasionados a terceros, bienes de terceros y a los usuarios de los servicios.

Esto cobra especial importancia en el caso de los servicios de energía eléctrica y de gas

pues si en el sector se contare con la presencia de líneas subterráneas de media o alta

tensión y/o conductos de gas que se vieren afectados esto implicaría un riesgo de muerte

a quienes se encuentren en las proximidades y severos daños a las propiedades y bienes

de terceros.

En todos los casos el Contratista deberá informar a las empresas prestadoras de

servicios, con una antelación mínima de Setenta y Dos (72) horas, el cronograma de los

trabajos a ejecutar en los lugares donde se realizarán las excavaciones y solicitar la

colaboración de personal de aquellas empresas para la detección de las instalaciones.

Por lo tanto, al formular su Oferta deberá incluir en la misma los costos que

demandaren los estudios y sondeos de las instalaciones de servicios en los lugares de

emplazamiento de las obras.

En caso de que no exista en el presupuesto un ítem especial que contemple la

realización de los trabajos y tareas aquí enunciadas, los mismos no recibirán pago

directo alguno, debiendo ser incluidos sus costos en el presupuesto general de la obra.

2.8.5. CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS

El Contratista será plenamente responsable desde la iniciación de los trabajos hasta su

terminación y recepción definitiva, por el cuidado de obras, estructuras temporarias,

materiales, equipos y demás elementos llevados al emplazamiento a los fines del

cumplimiento del contrato; será responsable de todas las pérdidas o deterioros de dichos

elementos los que, en caso de daño o destrucción, deberán ser reemplazados o puestos

en orden y en buenas condiciones por su cuenta, en forma tal que, a la terminación de

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los trabajos, éstos queden en un todo de acuerdo con el Contrato y con las órdenes

impartidas por la Inspección.

2.8.6. ERRORES U OMISIONES

Si durante la marcha de los trabajos el Contratista encontrara errores, omisiones o

discrepancias entre los diversos documentos del Contrato, tendrá la obligación de

notificarlos a la Inspección en forma inmediata. Cualquiera de los trabajos involucrados

que se ejecuten con posterioridad a esa notificación y antes de que la Inspección se

hubiera expedido sobre los errores, omisiones o discrepancias, serán de exclusiva

responsabilidad y a cargo del Contratista.

2.8.7. FÓSILES, MINAS Y ARTÍCULOS DE VALOR

Si durante la ejecución de sus tareas el Contratista hallara material fósil, de interés

científico o arqueológico, o algún objeto de valor intrínseco, deberá informar

inmediatamente a la Inspección.

El Contratista está obligado a preservar los citados objetos hallados, en los lugares en

los que fueron descubiertos, hasta que la Inspección establezca su destino. Queda

entendido que el Contratista no puede apropiarse de ninguno de dichos objetos,

considerando que en todos los casos son de propiedad del Comitente o del Estado,

según corresponda.

2.8.8. SEGURIDAD FÍSICA EN LOS LUGARES DE TRABAJO

El Contratista deberá ajustar su desempeño a las normas y reglamentaciones nacionales,

provinciales y municipales aplicables a trabajos de esta naturaleza. Será responsable por

los daños y perjuicios que la ejecución de los trabajos provoque a su personal o a

terceros, independientemente de las normas de seguridad aplicadas. Tampoco liberará al

Contratista de la responsabilidad emergente, el hecho de que la Inspección haya

consentido tácita o expresamente las medidas de seguridad adoptadas.

Si las medidas de seguridad adoptadas en cada caso son consideradas insuficientes por

la Inspección, ésta podrá disponer la paralización total o parcial de los trabajos hasta

que se adopten las medidas y precauciones que estime necesarias, en cuyo caso las

demoras no serán justificadas a los fines del plazo de ejecución de los trabajos.

2.8.9. CUMPLIMIENTO DE LEYES Y NORMAS

En todas las operaciones relacionadas con los trabajos contratados, el Contratista

cumplirá y hará cumplir las leyes, decretos nacionales y provinciales, ordenanzas

municipales y de policía, y demás disposiciones vigentes. El Contratista será legalmente

responsable de las infracciones de cualquier naturaleza que cometa, al igual que las que

cometa el personal bajo sus órdenes.

2.8.10. CONSERVACIÓN DE LA VEGETACIÓN

El Contratista tendrá la obligación de mantener, en la medida que no afecte los trabajos

toda vegetación y suelo vegetal existentes.

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El Contratista deberá reponer a su costo toda la vegetación que resulte afectada por la

ejecución de la obra. Si la misma fuere dañada por la ejecución de tareas en forma

inadecuada o negligente, será considerada negligencia grave a los fines del Contrato,

pasible de las penalidades correspondientes, además de reponer el triple en cantidad de

las especies y/o vegetación dañada.

2.8.11. PROVISIÓN DE AGUA Y ENERGÍA

El Contratista tomará a su cargo y costo la provisión del agua y la energía para la

normal ejecución de los trabajos.

2.8.12. CARTELES DE SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO

El Contratista proveerá e instalará a su costo los carteles, construcciones provisorias

para alojar producto de las excavaciones, señalizaciones, balizamiento, etc. de las

características técnicas constructivas a satisfacción del Comitente y conforme a los

planos tipo de Señalizaciones adjuntos al presente pliego.

Como mínimo proveerá, instalará y mantendrá permanentemente en obra:

a) Cartel de Obra: 2 (dos) de 2,00 x 1,50 metros aproximadamente, como medidas

mínimas.

b) Carteles de Señalizaciones Verticales: De desvío de tránsito, seguridad de las obras,

obreros, personas o cosas, etc., en la cantidad necesaria a criterio de la Inspección de la

Obra.

c) Para demarcación de recintos, zanjas y contención de materiales producto de las

excavaciones: Cajones, cintas de seguridad, pasarelas peatonales, etc. en todo el

perímetro del área de trabajos y los lugares de tránsito peatonal necesarios a criterio de

la Inspección de la Obra.

El Contratista no podrá colocar otros carteles o letreros sin previa autorización del

Comitente.

El Contratista dispondrá en el lugar de las obras, cuando éstas se realicen en la vía

pública, del balizamiento nocturno a los fines de señalizar adecuadamente las mismas.

Las balizas serán luminosas a energía eléctrica, estáticas e intermitentes color rojo,

garantizando el correcto funcionamiento del sistema.

En caso de incumplimiento total o parcial de lo indicado en el presente numeral, el

Comitente podrá disponer la colocación de carteles y la señalización por cuenta del

Contratista, deduciendo los costos incurridos incrementados hasta un 50 % (cincuenta

por ciento) en concepto de gastos administrativos y punitorios de los créditos o

garantías que el mismo tuviere.

El incumplimiento de este numeral será considerado falta grave y facultará al Comitente

a rescindir el Contrato por causas imputables al Contratista, sin derecho a reclamo

alguno.

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2.8.13. MANTENIMIENTO DE LA LIMPIEZA

El Contratista deberá mantener todos los lugares de trabajo y áreas anexas libres de

escombros y de toda clase de residuos.

Antes de la Recepción Definitiva, el Contratista deberá colocar y mantener en forma

ordenada todos los elementos y materiales sobrantes, propiedad del Comitente, en forma

satisfactoria a juicio de la Inspección.

Si el Contratista no cumpliera con estas obligaciones, el Comitente podrá encararlas a

través de su personal o de terceros, y cargar los gastos que demanden estas tareas al

Contratista.

2.8.14. REPLANTEOS

El replanteo de la obra deberá iniciarse dentro de los quince días corridos de firmado el

Contrato. A este fin se labrará entre las partes el Acta de Replanteo respectiva.

El replanteo se llevará a cabo por el Inspector de la Obra con asistencia del

Representante Técnico del Contratista y consistirá en el establecimiento de señales o

puntos fijos de referencia, que el Contratista queda obligado a conservar por su cuenta.

Si en el terreno ya estuviesen colocadas las señales necesarias para la ubicación de las

obras, el replanteo consistirá en el reconocimiento y entrega de estos testigos al

Contratista. Esas referencias determinarán el eje longitudinal de la obra, progresivas y

niveles. En base a estas, el Contratista completará el replanteo de detalles de acuerdo

con los planos generales y detalles del proyecto y conforme a las modificaciones que el

Comitente introduzca durante el curso de los trabajos.

Los gastos en concepto de jornales, movilidad, útiles y materiales que ocasionen el

replanteo, así como los de revisión del replanteo de detalles que el Comitente considere

conveniente realizar, son por cuenta exclusiva del Contratista.

Terminado el Replanteo se extenderá por duplicado un acta en la que conste haberlo

efectuado conforme al proyecto y a las instrucciones impartidas por la Inspección de

Obra, que será firmada por el Inspector de Obra y por el Representante Técnico del

Contratista. Con el Replanteo el Contratista deberá cotejar las mediciones realizadas con

los cómputos contractuales adjuntando su planilla de resultados.

Cualquier observación que deseare formular, relacionada con el replanteo y que pudiera

dar lugar a reclamos, deberá constar al pie del acta en forma de reserva, sin cuyo

requisito no se considerará válido ningún reclamo.

Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas en esta acta deberá ser presentado

con expresión de fundamento dentro de los treinta días posteriores a la firma de dicha

acta. Vencido este plazo el Contratista perderá los derechos respectivos y se tendrá por

no efectuada la reserva.

Si el Contratista no concurriese al replanteo, se fijará una nueva fecha con diez días de

anticipación. Si tampoco concurriese a esta segunda citación sin que exista, a exclusivo

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juicio del Comitente, causas justificadas que le hayan impedido asistir o si habiendo

concurrido, se negase a firmar el acta que se labrará con tal motivo, con la certificación

de testigos o autoridad competente, se considerará que el Contratista hace abandono de

la obra contratada, pudiendo, en ese caso el Comitente declarar rescindido el contrato

con las penalidades consiguientes.

El replanteo comprenderá la entrega al Contratista de los terrenos necesarios para las

obras a ejecutar, es decir, el Emplazamiento.

Cuando para la ejecución de las obras se requiera la remoción de algún punto fijo de

amojonamiento o marcaciones oficiales, el Contratista deberá comunicarlo con la

antelación debida al Comitente, a efectos de que éste imparta las instrucciones a fin de

que el Contratista tome las precauciones necesarias para que los mismos no sufran

alteración alguna durante la construcción de las obras.

2.8.15. DEMOLICIONES

Si fuera necesario efectuar extracciones o demoliciones para llevar a cabo los trabajos

contratados, los gastos que demanden éstas tareas estarán a cargo del Contratista.

El Contratista deberá dar al material proveniente de las demoliciones el destino que

determine el Comitente.

2.8.16. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS

El Contratista será responsable por los daños que ocasione a terceros, con motivo de las

operaciones que realice en cumplimiento de los trabajos que son objeto del Contrato.

2.8.17. INTERRUPCIONES EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS

En la medida de las posibilidades, el Contratista está obligado a que la ejecución de los

trabajos produzcan un mínimo de interrupciones del tránsito vehicular y peatonal y

garantizar la normal prestación de los servicios públicos y el escurrimiento de las

aguas. Correrán por su cuenta, sin derecho a reclamación alguna, con todos los gastos

de reparación y/o reposición de los bienes que afecte, dañe o deteriore.

2.8.18. TRÁMITES Y GASTOS CONEXOS

El Contratista deberá obtener de las autoridades competentes todos los permisos y

autorizaciones que sean necesarios para la ejecución de los trabajos; tendrá a su cargo

todas las gestiones y trámites ante las autoridades nacionales, provinciales y

municipales, entes autónomos y privados para solicitar inspecciones y/o habilitaciones.

Los gastos que originen los permisos y autorizaciones, así como todos los trámites y

gestiones, estarán incluidos en el precio de la obra.

2.8.19. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

El Contratista no podrá ceder total o parcialmente el Contrato sin el previo

consentimiento escrito del Comitente.

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El Contratista no podrá subcontratar la totalidad de los trabajos. Podrá sin embargo

subcontratarlos parcialmente previa autorización expresa del Comitente.

La Subcontratación no relevará al Contratista de ninguna de las obligaciones

emergentes del contrato; ser responsable de los actos, errores o negligencias del

subcontratista, tanto como de los ocasionados por sus representantes, empleados u

obreros.

El Comitente, en cualquier momento durante la ejecución de los trabajos, podrá ordenar

el retiro del subcontratista. En este caso se notificará al Contratista, el que cancelará el

correspondiente subcontrato, sin cargo alguno al Comitente.

2.8.20. RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS

El Comitente se reserva el derecho de ejecutar trabajos adicionales o complementarios,

ya sea por sus propios medios o por otros contratistas. El Contratista tendrá la

obligación de cooperar ampliamente, y facilitar la ejecución y continuidad de dichos

trabajos.

Si el Contratista considerase que la ejecución de estos trabajos interfiere en alguna

medida con los que son objeto de su Contrato, ya sea por actos deliberados,

impedimentos, descuidos o errores por parte de otros, deberá comunicarlo en forma

inmediata a la Inspección, la que tomará las medidas necesarias para su coordinación.

2.8.21. OBRAS CUBIERTAS

El Contratista deberá solicitar la aprobación previa de la Inspección y otorgar amplias

facilidades

a

la

misma,

para

controlar

y

revisar todas las partes que deban quedar cubiertas y ocultas. Los pedidos de

Inspección serán realizados con 2 (dos) días hábiles de anticipación salvo causas

debidamente justificadas.

La Inspección podrá ordenar que sea descubierta toda parte oculta, cuando exista duda

debidamente justificada de su calidad o ajuste a los términos del Contrato. Si de la

investigación efectuada se llegase a establecer que la tarea ha sido ejecutada de acuerdo

a Contrato o que las imperfecciones observadas no son imputables al Contratista, los

gastos hechos para el descubrimiento de las partes y su posterior reparación serán por

cuenta del Comitente; en caso contrario, los gastos ocasionados estarán a cargo del

Contratista. Si no hubiera habido comunicación oportuna antes del cubrimiento, los

gastos de inspección estarán a cargo del Contratista aunque el trabajo esté bien hecho.

2.9. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

2.9.1. ESTABLECIMIENTO DE LOS PLAZOS

El plazo total de ejecución del Contrato se establece en ciento cincuenta (150) días a

contar desde el Acta de Replanteo.

2.9.2. RITMO DE INVERSIONES

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Durante la ejecución de los trabajos se llevará un gráfico de inversión real, superpuesto

al plan de certificación presentado en la Oferta o corregido por prórrogas, si las hubiera.

El Comitente podrá exigir aumento de actividad cada vez que la inversión esté por

debajo de lo previsto, sin perjuicio de aplicar las penalidades correspondientes.

El Contratista no podrá adelantarse al Plan de Trabajos e Inversiones sin requerir el

consentimiento expreso del Comitente. En caso contrario, el Comitente podrá adecuar

los pagos a lo previsto en el Plan de Certificación, sin que ello de lugar a reclamación

por parte del Contratista.

2.9.3. AMPLIACIONES DE PLAZOS

Los plazos establecidos en el Plan de Trabajos podrán ser modificados por las siguientes

causas:

a) Ampliación de tareas a solicitud del Comitente.

b) Suspensión de trabajos por orden o causa del Comitente.

c) Por causas previstas en el numeral 2.18.3. TRABAJOS DUDOSOS.

d) Causas de caso fortuito o de fuerza mayor y toda otra causa que, a juicio exclusivo

del Comitente, justifique la modificación de los plazos.

El Contratista deberá solicitar la ampliación del plazo dentro de los 15 (quince) días

hábiles de producida la causa de la demora. Los pedidos efectuados con posterioridad a

dicho plazo sólo serán considerados a exclusivo criterio del Comitente, ante causas

justificadas.

2.9.4. INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS

El Contratista deberá cumplir con el Plan de Trabajos contractual y con el

correspondiente Plan de Certificaciones y la Curva de Inversiones resultante. En caso de

incumplimiento, será responsable por las demoras ocasionadas y se le aplicarán las

penalidades establecidas en el numeral 2.21.3. Dichas penalidades se aplicarán

automáticamente a los certificados y, en caso que las mismas superen el monto del

certificado, el excedente será aplicado a cualquier otro crédito que por cualquier

concepto tuviese el Contratista ante el Comitente, o éste podrá exigirle el pago directo,

bajo pena de ejecución de la garantía del contrato.

Las referidas penalidades quedarán en suspenso, en caso de encontrarse en tramitación

la adecuación del Plan de Trabajos y/o de los plazos parciales y/o del plazo total del

contrato.

2.9.5. SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS POR EL CONTRATISTA

El Contratista podrá suspender los trabajos cuando acredite la configuración de los

causales de caso fortuito, o de fuerza mayor reconocida por la Ley de Obras Públicas y

su Decreto Reglamentario de la Provincia de Tucumán.

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2.9.6. PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS

Cuando el Contratista proceda a la paralización de los trabajos sin mediar causal alguna

de suspensión y autorización del Comitente, éste podrá rescindir el contrato.

2.9.7. SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS POR EL COMITENTE

El Comitente se reserva el derecho de ordenar la suspensión de cualquier tarea objeto de

este Contrato, o la paralización temporal de los trabajos, avisando al Contratista con una

anticipación razonable.

2.9.8. GASTOS IMPRODUCTIVOS

Cuando se produzca, por causa del Comitente una suspensión o una disminución en el

ritmo de los trabajos respecto de la programación aprobada, el Contratista podrá pedir

indemnización

por

los

gastos

improductivos que demostrare fehacientemente haber tenido provenientes de esta

circunstancia, salvo que la suspensión o disminución del ritmo de los trabajos sean

consecuencia de actos o negligencia del Contratista.

Dicha indemnización será determinada conforme al criterio indicado en la Ley de Obras

Públicas y su Decreto Reglamentario de la Provincia de Tucumán.

Se deja expresamente establecido que no darán lugar a percibir la indemnización

prevista en el presente numeral, las ampliaciones de plazos concedidas por aplicación de

las causales establecidas en el numeral 2.9.3. a), c) y d).

2.9.9. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA SI SE SUSPENDEN LOS

TRABAJOS

Cuando se produjera una suspensión parcial o total de los trabajos durante un plazo

determinado, el Contratista deberá mantener la vigilancia y el cuidado del

emplazamiento durante el tiempo de suspensión establecido.

2.10. PERSONAL EMPLEADO POR EL CONTRATISTA

2.10.1. CONDICIONES Y REQUISITOS DEL PERSONAL

En sus relaciones con el personal, el Contratista deberá observar las disposiciones de

las leyes laborales vigentes. El Contratista empleará solamente personal competente,

idóneo y capacitado, en número suficiente para asegurar la correcta marcha de los

trabajos y su terminación dentro de los plazos estipulados. El personal contará con

uniformes de trabajo en buen estado, los capataces portarán en lugar visible credencial

identificatoria del Contratista con nombre, función y fotografía.

El Contratista hará conocer periódicamente a la Inspección la nómina del personal

ocupado, clasificado según tareas y especialidades, a fin de establecer el debido control.

A los efectos de la confección de este registro deberá ceñirse a la calificación

profesional que corresponda por aplicación de la legislación argentina y convenciones

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colectivas de trabajo homologados. La Inspección fijará la frecuencia con que deberá

presentarse esta información.

Durante la vigencia del Contrato, el Contratista no podrá contratar, sin consentimiento

previo y por escrito del Comitente, a ninguna persona que trabaje para el Comitente.

2.10.2. SUSTITUCIÓN Y RETIRO DEL PERSONAL

El Contratista no podrá sustituir al personal profesional o técnico que haya indicado en

la Oferta (Formulario Nº 6) sin autorización expresa y aceptación del sustituto por parte

del Comitente.

La Inspección tendrá facultades para exigir el retiro inmediato de cualquier empleado,

profesional, técnico u obrero que, a su juicio, observase mala conducta o fuera

incompetente o negligente en el desempeño de sus funciones.

Tales personas deberán ser reemplazadas a la mayor brevedad por sustitutos

competentes aprobados por la Inspección y no podrán ser empleados nuevamente en

tareas del contrato sin autorización expresa de la Inspección. Las consecuencias

emergentes de los despidos a que dieran lugar las prescritas disposiciones estarán a

cargo del Contratista.

2.10.3. MANTENIMIENTO DE LA DISCIPLINA

El Contratista y todo su personal, así como los subcontratistas y el personal de los

mismos, deberán acatar las órdenes de la Inspección.

El Contratista queda obligado a mantener en todo momento el orden en los lugares de

trabajo, a cuyo fin adoptará las medidas tendientes a lograr una adecuada disciplina. El

Contratista deberá alejar de las áreas de trabajo a toda persona indeseable que la

Inspección indique a su exclusivo juicio.

2.10.4. PAGO DE SALARIOS

El Contratista no podrá pagar salarios inferiores al mínimo establecido por la ley;

deberá observar todas las leyes y convenios laborales en lo que respecta a los aportes

jubilatorios y demás cargas sociales.

El Contratista mantendrá al día el pago al personal empleado en la obra de acuerdo a la

legislación vigente. La Inspección comprobará el cumplimiento del pago de jornales

antes de la aprobación y elevación del correspondiente certificado. El Contratista

presentará periódicamente al Comitente las planillas de jornales abonados, reservándose

el Comitente el derecho de solicitar los comprobantes respectivos. Dentro de estas

obligaciones se encontrarán también los subcontratistas.

El pago de las remuneraciones del Personal bajo relación de dependencia tendrá

prioridad y el Contratista deberá hacerlo previamente a la cancelación de cualquier otra

obligación.

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La falta de pago, o el pago fuera de término de los salarios, paralizará automáticamente

el pago de los certificados y serán causa suficiente de rescisión del contrato.

2.10.5. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES SOCIALES

El Contratista está obligado a dar cumplimiento a la legislación social vigente en

materia contribuciones, aportes y retenciones para los distintos destinos fijados en tales

normas. Bajo ninguna circunstancia el Contratista podrá distraer sumas destinadas a

estas obligaciones o emplearlas para cualquier otro propósito.

A los efectos del control del cumplimiento de estas obligaciones legales, el Contratista

deberá presentar en forma conjunta a cada certificado (según la calificación enunciada

en el numeral 2.19.7) copia del Formulario 931 (DDJJ al Sistema Único de Seguridad

Social) con la correspondiente copia de los comprobantes de pago de los Aportes y

Contribuciones a la Seguridad Social y demás retenciones efectuadas al personal del

último mes vencido a la fecha de presentación. Dicha obligación regirá también para los

subcontratistas, si los hubiere.

La falta de presentación de la DDJJ al SUSS, como la falta de depósito de

las contribuciones, aportes y retenciones, será causal de paralización del pago de los

certificados.

El Comitente podrá requerir, cuando lo considere pertinente, una constancia fehaciente

expedida por la autoridad competente que demuestre que no adeuda suma alguna

relativa a obligaciones por cargas sociales.

2.11. SERVICIOS SOCIALES: SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDICINA DEL

TRABAJO.

2.11.1. GENERALIDADES

El Contratista deberá proveer y mantener durante el desarrollo de los trabajos desde la

firma del contrato y hasta la recepción definitiva de aquellos, los servicios de seguridad,

higiene y medicina del trabajo que establecen las leyes, disposiciones vigentes y/o

considere conveniente la Inspección de la Obra.

La prestación de estos servicios será en todo momento responsabilidad del Contratista,

pero podrá eventualmente y previa autorización del Comitente, transferirla a

terceros. La transferencia autorizada no liberará al Contratista de las responsabilidades

por la eficiencia y continuidad de la prestación de todos los servicios aquí especificados.

El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones referentes a la prestación de estos

servicios, facultará a la Inspección a disponer la paralización de los trabajos por culpa

del Contratista, sin perjuicio de otras sanciones económicas que puedan corresponder.

2.11.2. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES E INCENDIOS

El Contratista deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar la ocurrencia de

accidentes, incendios o enfermedades originadas en las condiciones del ambiente de

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trabajo y deberá cumplir las exigencias de la Inspección sobre los aspectos de

seguridad enunciados.

2.11.3. HIGIENE

El Contratista deberá asegurar la limpieza permanente de locales y lugares de tránsito y

permanencia de personal en todas las áreas de trabajo donde no existan servicios de

recolección, los residuos deberán ser incinerados y enterrados en zonas sanitariamente

dispuestas para ello.

El Contratista deberá asegurar también la provisión de agua potable para el personal, en

el lugar y durante todo el tiempo de ejecución del contrato.

El Contratista construirá y mantendrá baños, duchas y vestuarios para su personal en

número suficiente a la dotación asegurada en las distintas áreas de trabajo y de acuerdo

con las reglamentaciones vigentes nacionales, provinciales y municipales; la Inspección

vigilará el cumplimiento de estas disposiciones.

2.12. MATERIALES Y EQUIPOS.

2.12.1. GENERALIDADES

El Contratista tendrá siempre disponible las cantidades de materiales y equipos que a

juicio de la Inspección sean necesarios para la buena marcha de los trabajos. Las

demoras y paralizaciones ocasionadas por escasez o falta de materiales o elementos, por

incumplimiento de proveedores, no serán tenidas en cuenta para prórrogas de plazos.

2.12.2. EQUIPOS

El equipo declarado en la Oferta (Formulario Nº 5 Anexo III) es parte integrante del

Contrato y está destinado exclusivamente a la realización de los trabajos. El Contratista

no podrá retirarlo, total o parcialmente, sin el consentimiento escrito de la Inspección.

Cualquier equipo que se retire deberá ser previamente reemplazado por otro de

características similares en cuanto a rendimiento y capacidad, a juicio de la Inspección.

El Contratista deberá usar equipos apropiados para la correcta ejecución de los trabajos.

La Inspección podrá exigir cambio o refuerzo del equipo cuando el previsto, sea por su

estado o por sus características, no permita o haga peligrar la correcta ejecución de los

trabajos de acuerdo con las exigencias contractuales, o cuando no se ajuste a los

documentos del contrato.

2.12.3. MATERIALES

a) El Contratista está obligado a emplear materiales nuevos en todas las obras, salvo en

los casos en que a juicio del Comitente se estime aceptable la utilización de materiales

usados, para lo cual el Contratista deberá ser previamente autorizado por escrito,

efectuándose en cada caso la reducción que corresponda del precio contractual.

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b) Cuando una obra deba realizarse con materiales provistos por el Comitente, ello

constará en las Condiciones Particulares indicándose los alcances y modalidad de la

provisión.

Aún cuando nada se hubiere previsto en las Condiciones Particulares, siempre podrá el

Comitente disponer se empleen, total o parcialmente, materiales provistos por él. En tal

caso se indemnizará al Contratista por los perjuicios que demuestre fehacientemente le

ocasiona el cambio de provisión. A requerimiento de la Inspección de Obra, el

Contratista deberá presupuestar el monto de estos perjuicios aún antes de haberse

dispuesto el cambio.

c) Los materiales deberán recibirse y almacenarse de acuerdo con las instrucciones del

fabricante o proveedor, y las indicaciones de la Inspección. Todos los materiales

deberán ser de calidad estipulada en las Especificaciones Técnicas y, cuando no hubiese

especificaciones, de la mejor calidad y adecuados al trabajo a ejecutar, a juicio de la

Inspección; en cualquier momento ésta podrá disponer la extracción de muestras o la

ejecución de ensayos para determinar la calidad y características de los materiales

empleados o a emplear. Esta cláusula se complementa con las normas nacionales o

internacionales de procedimientos y materiales que sean aplicables.

2.12.4. ACOPIO DE MATERIALES

El Contratista deberá acopiar como mínimo las cantidades de materiales que a juicio de

la Inspección sean necesarios para la correcta marcha de los trabajos, de acuerdo al

programa aprobado.

En caso de considerarlo necesario el Comitente podrá ordenar Acopio de materiales y

reconocer los mismos económicamente, certificándolos y labrando las actas

correspondientes.

El Contratista dispondrá de áreas adecuadas para el acopio de los materiales destinados

al Contrato. Los materiales serán almacenados de forma tal que permita su fácil control

y remoción. El deterioro que puedan sufrir los materiales durante su estadía en los

depósitos, ya sea debido a las malas condiciones de almacenamiento o por traslado de

los mismos, serán responsabilidad exclusiva del Contratista quien deberá en tal caso

reponerlos de inmediato.

2.12.5. EQUIPOS Y MATERIALES INADECUADOS

Durante la ejecución de la Obra, la Inspección tendrá facultades para ordenar el retiro de

cualquier material o equipo que en su opinión no estuviera de acuerdo con las

especificaciones, y su reemplazo por otros adecuados y convenientes, en cualquier

momento y en el plazo que indique.

Todo material o equipo rechazado por la Inspección deberá ser retirado por el

Contratista dentro del plazo que aquella le fije. En caso contrario, la Inspección podrá

disponer el retiro con su personal o por terceros, cargando los gastos correspondientes al

Contratista. No responsabilizándose el Comitente por pérdidas, sustracciones u otros

perjuicios que esta medida pudiere causar al Contratista.

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2.13. MUESTRAS, ENSAYOS Y PRUEBAS

A los efectos de posibilitar los controles que normalmente deba practicar la Inspección,

como también el autocontrol que debe realizar el Contratista a fin de la Declaración de

Calidad, sean para los trabajos ejecutados como para los materiales a usarse, el

Contratista equipará correctamente el laboratorio de campaña. El equipamiento del

laboratorio como así también los gastos necesarios para su funcionamiento correrán por

cuenta del Contratista. Asimismo cuando tales controles requieran la intervención de

laboratorios de terceros, los gastos de provisión, extracción, envase, transporte de las

muestras hasta donde deban realizarse los ensayos, y realización de los ensayos, serán

por cuenta exclusiva del Contratista.

Todos estos gastos antes detallados se considerarán incluidos en los precios del

contrato.

Los tipos de ensayos y su metodología se realizarán de acuerdo a lo establecido en las

Especificaciones Técnicas Particulares, Especificaciones Técnicas Generales, y/o

cualquier otra norma de reconocida validez nacional o internacional que determine la

Inspección de Obra.

2.14. TRABAJOS NO ORDENADOS

Los trabajos ejecutados que se aparten de las órdenes impartidas, o que no cumplan con

las especificaciones, aunque sean de mejor calidad que los especificados, podrán ser

rechazados a juicio exclusivo de la Inspección y el Contratista podrá ser obligado a

demolerlos y reconstruirlos, corriendo los gastos por su exclusiva cuenta.

2.15. VARIACIÓN DE LAS CANTIDADES CONTRATADAS

Los ítems contratados por unidad de medida se pagarán de acuerdo con la medición de

lo realmente ejecutado. Las cantidades fijadas para tales ítems en los documentos

contractuales están sujetas a cambios, en más o en menos, de acuerdo con las

condiciones reales de ejecución de los mismos, las exigencias de los planos de detalle y

los ajustes del proyecto que se produzcan durante la ejecución del Contrato.

Cuando las cantidades ejecutadas de un ítem contratado por unidad de medida se

modifiquen con respecto al cómputo que figura en la Fórmula de la Propuesta para el

ítem correspondiente, se establece lo siguiente:

a) Si el exceso o disminución sobre las cantidades contratadas no supera el 20% (veinte

por ciento) del monto contratado del ítem correspondiente, los precios unitarios

contratados no se modifican, liquidándose en ambos casos las cantidades realmente

ejecutadas.

b) Si el exceso sobre las cantidades contratadas supera el 20% (veinte por ciento) del

monto contratado del ítem correspondiente, se liquidará dicho excedente a un nuevo

precio, que se fijará de común acuerdo en base al precio que para dicho ítem figura en el

Contrato.

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c) Si la disminución sobre las cantidades contratadas supera el 20% (veinte por ciento)

del monto contratado del ítem correspondiente, se liquidarán las cantidades realmente

ejecutadas a un nuevo precio que se fijará de común acuerdo en base al precio que

figura en Contrato para dicho ítem.

Cuando el Comitente ordenase la modificación del proyecto en los ítems contratados

por ajuste alzado, se deberá convenir un nuevo precio con la modalidad establecida en

el numeral 2.16.3. si no existen tareas análogas o semejantes en el contrato.

2.16. TRABAJOS IMPREVISTOS.

2.16.1. DEFINICIÓN

Trabajo imprevisto será todo trabajo no previsto en los documentos del Contrato y, por

lo tanto, que no sea consecuencia directa y necesaria de ellos, pero que en el curso de

los trabajos el Comitente considere necesario ejecutar.

2.16.2. PROCEDIMIENTO A SEGUIR

Todo trabajo imprevisto deberá ser ordenado por la Inspección con expresa autorización

del Comitente. Cuando medien razones de urgencia, debidamente justificadas, la

Inspección podrá ordenar la ejecución de los trabajos, requiriendo la aprobación del

Comitente a la brevedad.

El Contratista realizará los trabajos imprevistos empleando los materiales, mano de

obra y demás elementos necesarios, y el precio de aplicación a estos trabajos será

calculado sobre la base de precios de tareas análogas o semejantes del Contrato.

Los trabajos imprevistos se certificarán mensualmente por separado, con la modalidad

establecida para los comprendidos en el Contrato.

2.16.3. ESTABLECIMIENTO DE PRECIOS NUEVOS

Cuando la Inspección ordene la ejecución de trabajos para los que no sean aplicables

ninguno de los precios contractuales detallados en la Fórmula de la Propuesta, por no

existir tareas análogas o semejantes en el Contrato, el Comitente y el Contratista fijarán

precios nuevos en función de los costos directos que representen: el valor de los

materiales, de la mano de obra que realmente se emplee en su ejecución, de la

amortización del equipo que deba emplearse en dichas tareas y de los gastos indirectos,

gastos generales, beneficios y gastos de financiación si los hubiere.

Los porcentajes correspondientes a los conceptos citados en último término serán los

que figuren en los Análisis de Precios de la Oferta.

Ningún trabajo será pagado bajo más de un ítem ni más de una vez en cualquier ítem.

En caso de no llegar a un acuerdo en cuanto al precio propuesto por el Contratista, el

Comitente se reserva el derecho de realizar estos trabajos por terceros, o por

administración, sin derecho a reclamo alguno por parte del Contratista.

2.17. MODIFICACIONES DEL PROYECTO.

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2.17.1. ORDENADAS POR EL COMITENTE

En cualquier momento durante la vigencia del Contrato, el Comitente podrá ordenar por

escrito al Contratista que ejecute modificaciones parciales en la forma, calidad o

cantidad de los trabajos en cualquiera de sus partes, si lo considera necesario. Dichas

modificaciones, serán obligatorias para el Contratista mientras no alteren el monto del

Contrato en un (20%) veinte por ciento en más o menos.

En caso que para los trabajos modificados no existan precios, o que los establecidos no

sean aplicables por analogía, se procederá a establecer nuevos precios. Estos se fijarán

con arreglo al procedimiento establecido en el numeral 2.16.3.

2.17.2. REALIZADAS POR EL CONTRATISTA

El Contratista no podrá, sin la expresa autorización del Comitente, modificar los

trabajos especificados en la documentación contractual.

Si el Contratista considerase conveniente la modificación de alguno de los detalles o

especificaciones del Contrato, deberá solicitar a la Inspección la correspondiente

autorización.

2.18. CONTROL DE CALIDAD.

2.18.1. DECLARACIÓN DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS Y DE LOS

MATERIALES A EMPLEAR EN LAS OBRAS

a) El Contratista queda obligado a realizar el control de obra y declarar, en oportunidad

de la elaboración de cada Acta de Medición (numeral 2.19.2.), por escrito y en forma

indubitable, que todos los trabajos realizados se ajustan a todos los requerimientos de

calidad explícita o implícitamente requeridos en la documentación que integra el

contrato, interpretados según las reglas del arte y, en su caso, a las órdenes de servicio

emanadas de la Inspección de Obra. La declaración deberá incluir los valores y toda

documentación pertinente obtenida del control por él realizado. Es decir que con la

Declaración de Calidad deberán adjuntarse los resultados de los ensayos realizados por

el Contratista. El tipo y número de ensayos a realizar serán propuestos por el

Contratista de forma tal de garantizar con los mismos la exigida calidad de los trabajos

ejecutados. Todo esto a entera satisfacción de la Inspección de Obra, de no ser así esta

exigirá que se agreguen ensayos, tanto en tipo como en número, hasta lograr el objeto

del control de calidad.

La Declaración de Calidad presentada será considerada como declaración jurada.

Todos los gastos que demanden los estudios, análisis, valoraciones y ensayos que se

deban realizar a los efectos del Control de Calidad serán bajo exclusivo costo del

Contratista.

La Declaración de Calidad se hace bajo la responsabilidad exclusiva y solidaria del

Contratista y del Representante Técnico. El pedido de medición de trabajos ejecutados,

formulado por el Contratista, lleva implícita su Declaración de Calidad, sin admitirse

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prueba en contrario, independientemente de las sanciones que pudiere corresponderle

por la omisión de la declaración expresa requerida en el párrafo inicial.

b) La omisión de la Declaración de Calidad, la persistencia en esta conducta y las

Declaraciones de Calidad que no se ajusten a la realidad de las obras, de acuerdo con los

controles que practique la Inspección de Obra, facultará a la Secretaría de Planificación

y Gestión de Infraestructura Pública y Servicios Urbanos, a suspender los trabajos hasta

tanto se regularice la situación y/o a la aplicación de sanciones de acuerdo a lo

establecido en el numeral 2.21. SANCIONES, sin perjuicio de las responsabilidades

emergentes de la inadecuada calidad de los trabajos.

En todos los casos, suspensión de trabajos y/o aplicación de sanciones, el Comitente

cursará las comunicaciones que correspondan al Registro General de Constructores de

Obras Públicas de la Provincia de Tucumán, y al Consejo o Colegio Profesional donde

esté matriculado el Representante Técnico.

c) El control de calidad establecido en los apartados anteriores se hace extensivo en su

plenitud a los materiales a emplear en la ejecución de los trabajos. El Contratista queda

obligado a declarar, en oportunidad del ingreso de los materiales al obrador, acopio,

depósito o lugar de destino provisorio de aquellos y previo a su empleo en la ejecución

de los trabajos, por escrito y en forma indubitable, que los mismos se ajustan a todos los

requerimientos de calidad explícita o implícitamente especificados en la documentación

que integra el contrato, interpretados según la normativa vigente y, en su caso, a las

aclaraciones efectuadas mediante órdenes de servicio extendidas por la Inspección de

Obra. La Declaración de Calidad de los materiales deberá incluir los valores

identificatorios de los parámetros con los que se evalúa el concepto en cuestión.

d) Los controles que realice la Inspección de Obra, y las disposiciones que los prevén,

deben interpretarse y aplicarse bajo el criterio básico que, en ningún caso alteran,

disminuyen o anulan las responsabilidades que, en virtud del contrato, le incumben

exclusivamente al Contratista.

2.18.2. TRABAJOS MAL EJECUTADOS

Cuando la Inspección de Obra considere fundadamente un trabajo como defectuoso,

ordenará su corrección, demolición o reconstrucción, a exclusivo cargo del Contratista.

2.18.3. TRABAJOS DUDOSOS

La Inspección de Obra también podrá ordenar el ensayo de cualquier parte de la obra

que considere necesario, por las dudas debidamente fundadas que genere la calidad

alcanzada de los trabajos ejecutados por el Contratista. Si la calidad alcanzada no es la

establecida por las Normas Técnicas, la Inspección de Obra podrá ordenar la

reconstrucción de los trabajos y el Contratista correrá con los gastos de los ensayos

realizados. Si no existieran defectos o fallas, los ensayos se considerarán como causal

de una ampliación del plazo de los trabajos, y los costos del ensayo quedarán a cargo

del Comitente.

2.18.4. CORRECCIÓN DE DEFECTOS

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a) El contratista debe corregir todos los defectos que se detecten durante la vigencia del

plazo de ejecución de las obras o bien en el período de garantía. A tal efecto la

Inspección de Obra fijará un plazo para corregir los defectos, que empezará a regir a

partir de la fecha de recepción de la correspondiente Orden de Servicio.

En el supuesto que el defecto se evidenciara durante el período de garantía, éste período

se extenderá por igual lapso que el que demande la corrección del defecto. Esta

ampliación comprenderá el total o parte de la obra, según se haya previsto o no

recepciones definitivas parciales.

b) La Inspección de Obra certificará que todos los defectos han sido corregidos cuando

todos los defectos conocidos lo han sido. Si la Inspección de Obra considera que la

corrección de un defecto no es esencial, solicitará al Contratista una cotización para la

correspondiente reducción en el Precio de Contrato. Si la Inspección de Obra considera

aceptable la cotización la someterá a la decisión definitiva del Comitente, a la que

deberá ajustarse el Contratista.

c) Si la corrección de los defectos con el fin de cumplimentar la calidad requerida,

obliga al Contratista a la alteración, remoción, destrucción y/o reconstrucción parcial o

total de cualquier otra etapa constructiva previa o posterior a la que se trata, el costo de

los trabajos quedará a su exclusivo cargo y no recibirá pago adicional alguno toda vez

que el Contratista realizó el autocontrol respectivo y la declaración de cumplir

integralmente con la calidad exigida.

2.18.5. DEFECTOS NO CORREGIDOS

Si el Contratista no ha corregido los defectos dentro del plazo fijado, el Comitente podrá

por propia decisión encarar los trabajos, por administración o por terceros, con cargo al

Contratista. Este cargo se deducirá de cualquier crédito a favor del Contratista

emergente de este contrato o de otros celebrados con el Comitente, o de la garantía del

presente contrato.

2.19. CERTIFICACIÓN Y PAGO DE LOS TRABAJOS.

2.19.1. PROCEDIMIENTO

Los pagos se realizarán por trabajos ejecutados a satisfacción de la Inspección, por mes

calendario, y sobre certificados mensuales extendidos en el número de copias que

determinará la Inspección.

2.19.2. ACTA DE MEDICIÓN

Finalizado cada mes, la Inspección y el Contratista elaborarán el Acta de Medición que

incluirá las tareas realizadas en dicho mes. El contenido del Acta de Medición estará

expresado de acuerdo al listado de ítems de la Fórmula de la Propuesta. El Contratista

deberá proveer a su exclusivo cargo todo el personal y elementos que sean necesarios

para ejecutar las mediciones mensuales de los trabajos realizados.

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La medición de los trabajos que se hayan cotizado por unidad de medida se hará por el

número de unidades realizadas durante el mes a entera satisfacción de la Inspección.

En los ítems cotizados por ajuste alzado se medirán las partes realizadas durante el mes,

la Inspección establecerá el porcentaje ejecutado de los mismos que se certificarán.

2.19.3. DIVERGENCIAS

En caso de divergencia en las mediciones, se aplicarán, al efecto de la certificación, los

resultados que establezca el Comitente a través de la Inspección, dejando para la

medición y Certificación Final la solución de las diferencias que no hayan podido

subsanarse.

2.19.4. CERTIFICACIÓN

El Comitente, con los precios establecidos en el contrato, y en base a un informe

elaborado por la Inspección, procederá a la emisión de los certificados, dentro de los

siguientes plazos:

a) Certificado Ordinario o de Obra: En un plazo no mayor a quince (15) días corridos a

contar del último día del mes que se certifica.

b) Certificado por recepción provisional: En un plazo no mayor de sesenta (60) días

corridos, contados a partir del último día del mes en que operó la recepción provisional,

en un todo de acuerdo a lo establecido por el art. 59 inc.d) de la Ley de Obras Públicas.

c) Certificado por Adicionales: Cuando el Comitente lo estime procedente.

d) Certificado Final por Recepción Definitiva: Dentro de los 60 días corridos a contar

del último día del mes en que operó la Recepción Definitiva por el total de la obra.

Los Certificados serán extendidos a la orden del Contratista, transferibles por endoso,

con los recaudos establecidos por el art. 31 del Dcto. Reglamentario de la Ley de Obras

Públicas.

Los gastos que demande la preparación de esta documentación, estarán a cargo del

Contratista.

2.19.5. RETENCIONES POR FONDO DE REPAROS

Del total de cada Certificado emitido y aprobado por el Comitente, excepto los de

intereses, gastos improductivos y daños y perjuicios, se deducirá el 5% (cinco por

ciento) en concepto de fondo de reparo.

El fondo de reparo no devengará intereses y podrá, previa autorización de la Inspección

de Obras, ser sustituido por una garantía constituida por fianza bancaria, o seguro de

caución a su satisfacción.

2.19.6. OTRAS RETENCIONES

De los certificados de pago serán retenidas todas las otras sumas que el Contratista

adeude al Comitente en concepto de sanciones, o por cualquier otro concepto referente a

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la ejecución del Contrato, que no hubieran sido abandonadas por el Contratista hasta el

último día del mes certificado.

2.19.7. PAGO DE LOS CERTIFICADOS

El pago de los certificados deberá efectuarse dentro de los plazos que se indican a

continuación:

a) Certificado Ordinario de Obra: Cincuenta y cinco (55) días corridos, a contar del

último día del mes por el que se emite el mismo.

b) Certificados por recepciones provisionales: Cincuenta y cinco (55) días corridos, a

contar de la fecha efectiva de emisión o la de vencimiento para la misma, la que se

produzca primero.

c) Certificados por adicionales: Cincuenta y cinco (55) días corridos, a contar de la

fecha efectiva de emisión o de vencimiento para la misma, la que se produzca primero.

d) Certificado final por recepción definitiva: Cincuenta y cinco (55) días corridos, a

contar de la fecha efectiva de emisión o de vencimiento para la misma, la que se

produzca primero.

Si el día correspondiente al vencimiento del plazo de pago fuera inhábil para la

Administración, el mismo podrá hacerse el primer día hábil administrativo inmediato

siguiente.

2.20. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.

La redeterminación de precio se hará conforme el Decreto-Acuerdo 23/3 Op de la

Provincia de Tucumán y Acta 4/2022 de la Comisión Permanente de Encuesta y de

Seguimiento de Precios de fecha 4 de Junio de 2022 con la Planilla de Insumos Testigos

y sus Anexos correspondientes al mes de Abril del 2022, aprobada por Resolución

636/3 de fecha 22 de Junio de 2022 por la Secretaría de Estado de Obras Públicas de la

Provincia de Tucumán.

2.21. SANCIONES.

2.21.1. GENERALIDADES

El incumplimiento por parte del Contratista, de las obligaciones contractuales o de las

Órdenes de Servicio impartidas por la Inspección, dará lugar a la aplicación de las

sanciones.

Las sanciones serán cargos y penalidades, y los importes correspondientes se

descontarán de los certificados a emitir, y/o del Fondo de Reparo, y/o de la Garantía de

Cumplimiento de Contrato y/o de cualquier otro crédito a favor del Contratista.

2.21.2. CARGOS

Los cargos serán la compensación en dinero por trabajos ejecutados o por obligaciones

asumidas por el Comitente y/o por terceros a pedido de éste, como consecuencia de la

demora, negativa o imposibilidad del Contratista de cumplirlos por su cuenta.

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Los cargos se aplicarán al Contratista por los gastos directos que represente la ejecución

de los trabajos o el cumplimiento de las obligaciones, adicionándose el 30 % (treinta por

ciento) sobre el valor de la factura o total de gastos incurridos en concepto de gastos

administrativos y punitorios.

2.21.3. PENALIDADES O MULTAS

Las penalidades se aplicarán al Contratista por el incumplimiento de sus obligaciones

contractuales, las que consistirán en multas.

Todas las multas que se apliquen serán independientes entre sí y acumulativas por daños

y perjuicios frente al Comitente o a terceros.

Las multas se aplicarán en los siguientes casos sobre el monto del Contrato:

a) Las causales que indiquen la Ley N° 5.854 y su Decreto Reglamentario.

b) Mora en la iniciación de los trabajos: 1 o/oo (Uno por mil) diario.

c) Mora en el cumplimiento de los plazos parciales del Plan de Trabajos: se

considerarán períodos de treinta días y se aplicará una multa del 3 ‰ (Tres por mil) por

cada periodo en que el Contratista incurra en un atraso respecto al Plan aprobado.

d) Mora en el cumplimiento del plazo total: En la 1ra semana: 2 ‰ (Dos por mil) diario.

A partir de la 2da semana: 3 ‰ (Tres por mil) diario.

e) Mora en el cumplimiento de las obligaciones previas a la Recepción Definitiva: 2 ‰

(Dos por mil) diario.

f) Mora en el cumplimiento de Órdenes de Servicio: 2 ‰ (Dos por mil) diario.

g) Incumplimiento en la presentación de la Declaración de Calidad de acuerdo a lo

establecido en el numeral 2.18.1.b.

I.- En la primera oportunidad en que corresponda la aplicación de multa por falta de

declaración expresa de calidad, o que habiendo sido presentada resulte incorrecta, la

misma será de un 1 ‰ (uno por mil). Con la aplicación de la multa la Inspección de

Obra fijará un plazo para que el Contratista subsane tal situación.

II.- La reincidencia en la situación antes planteada o nuevos incumplimientos en la

presentación de futuras Declaraciones de Calidad facultará al Comitente a aplicar una

multa cuyo monto será el producto del importe de la multa fijada en apartado I. por el

número de incumplimientos.

h) Otras causales que se establezcan expresamente en las Condiciones Particulares.

Si la totalidad de las multas aplicadas según el presente numeral excediera el 15%

(quince por ciento) del monto del Contrato, el Comitente tendrá derecho a rescindir el

mismo.

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En todos los casos, el Comitente cursará las comunicaciones que correspondan al

Registro General de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de Tucumán, y al

Consejo o Colegio Profesional donde esté matriculado el Representante Técnico.

2.22. CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

2.22.1. POR CULPA DEL CONTRATISTA:

a) Si el Contratista no tomase los seguros indicados en el numeral 2.4. previo al inicio

de los trabajos o sin causa justificada no comience los mismos en el plazo fijado en la

Orden de Inicio.

b) Si el Contratista obrare con dolo o culpa grave o reiterada negligencia.

c) Si el Contratista contraviniera las obligaciones y condiciones establecidas en el

contrato o las instrucciones de la Inspección.

d) Si el Contratista transfiriere total o parcialmente el Contrato, se asociara con otro

para su ejecución o subcontratara parcialmente, sin autorización previa y por escrito del

Comitente.

e) Si el Contratista modificara su constitución societaria sin autorización del Comitente.

f) Si los trabajos marcharan lentamente y, en opinión del Comitente, no pudieran

terminarse dentro del plazo establecido o si el Contratista no cumpliera con los plazos

parciales.

g) Si la demora en la ejecución de los trabajos fuese equivalente a la cuarta parte del

plazo fijado para su terminación.

h) Si el total de las multas aplicadas, excediera al 15% (quince por ciento) del monto de

Contrato.

i) Si vencido el plazo de la obra, ésta no estuviese terminada y no existieran causas que

justifiquen una prórroga del mismo.

j) Si la inversión en un momento dado de la obra, resultara inferior al 25 % (veinticinco

por ciento) de la prevista sin causas debidamente justificadas.

k) Si se paralizaran los trabajos durante 5 (cinco) días corridos y se venciera el plazo de

intimación a reanudarlos que fije la Orden de Servicio.

l) Cuando el Contratista en forma reiterada, infringiere o consintiere que se infrinja por

sus sub-contratistas la legislación laboral o previsional, en relación a personal empleado

en obra.

m) Cuando el Contratista abandone la obra.

2.22.2. POR CULPA DEL COMITENTE

a) Cuando no cumpliere con la entrega total o parcial del bien en que debiera realizarse

la obra dentro de los plazos y en las condiciones establecidas en el Pliego, más una

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tolerancia de 30 (treinta) días corridos. Siempre que esta circunstancia impida la

realización de la obra.

b) El Contratista tendrá derecho a pedir la rescisión del Contrato cuando se vea

obligado, por disposición del Comitente, a suspender los trabajos por un lapso mayor de

4 (cuatro) meses, tratándose de obras de plazo contractual mayor de 1 (un) año, o

equivalente a 1/3 (un tercio) del mismo, cuando el plazo contractual fuese menor de 1

(un) año.

c) Igualmente, el Contratista tendrá el mismo derecho si tuviese que paralizar los

trabajos o reducir su ritmo en más de un 50 % (cincuenta por ciento), por igual período,

como consecuencia de que el Comitente no hubiese efectuado la entrega de terrenos u

otros elementos comprometidos, o no hubiese establecido los puntos fijos necesarios

para el replanteo, dentro de los plazos establecidos en las Condiciones Particulares o, en

su defecto, dentro de los 60 (sesenta) días de haberlo solicitado el Contratista.

d) El Contratista también podrá pedir la rescisión del Contrato cuando las

modificaciones dispuestas por el Comitente reduzcan el monto básico del mismo en más

de un 20 % (veinte por ciento).

2.22.3. OTRAS CAUSALES:

a) CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

En caso de rescisión por causas de caso fortuito o de fuerza mayor, reconocidas por la

legislación y la jurisprudencia, que imposibilitasen al Contratista cumplir con las

obligaciones del contrato, el Comitente se hará cargo de los trabajos, del plantel y

equipo que el Contratista no quiera retener y que el Comitente considere conveniente

para su continuación, y de los materiales acopiados y comprados; también tendrá la

facultad de subrogar a aquel en los contratos oportunamente suscriptos por el mismo,

que hubieran merecido su previa aprobación, pero no pagar suma alguna al Contratista

en concepto de indemnización, beneficios ni utilidades.

b) QUIEBRA DEL CONTRATISTA

En caso de quiebra, liquidación sin quiebra, o concurso del Contratista, el Contrato

quedará rescindido a no ser que el síndico de la quiebra o concurso, dentro de los treinta

(30) días de asumido el cargo, manifieste voluntad de la Contratista de continuar con las

obras. El Comitente podrá admitir o desechar el ofrecimiento sin que tenga derecho el

Contratista a indemnización alguna.

c) FALLECIMIENTO

En caso de muerte o incapacidad sobreviniente del Contratista dentro de los treinta (30)

días corridos de producirse alguno de los supuestos, los representantes legales o

herederos, en su caso, podrán ofrecer continuar con la obra por sí o por intermedio de

terceros hasta su terminación en las condiciones estipuladas en el contrato.

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Transcurrido el plazo señalado sin que se formulara ofrecimiento, el contrato quedará

rescindido de pleno derecho.

d) DESISTIMIENTO DEL CONTRATO POR EL COMITENTE

El Comitente se reserva el derecho de rescindir el contrato cuando por razones fundadas

lo estime conveniente mediante simple acto de decisión unilateral de su parte. Si el

Comitente desistiese del Contrato, el Contratista deberá suspender los trabajos tan

pronto sea notificado por el Comitente. Al desistimiento se le aplicará lo previsto en el

numeral 2.23.2.

2.23. EFECTOS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO

2.23.1. POR CULPA DEL CONTRATISTA

a) INVENTARIO

El Comitente dará al Contratista un plazo de hasta 30 (treinta) días a partir de la fecha

de notificada la rescisión, para liquidar todos los compromisos pendientes y levantar el

inventario de los elementos de trabajo, instalaciones y materiales que el Comitente tome

a su cargo, dando con ello término a su intervención en las obras.

b) OCUPACIÓN DEL TERRENO

El Comitente ocupará la obra en el estado en que se encuentre en forma inmediata,

procediendo a la Recepción Provisoria e Inventario de la misma.

c) DAÑOS Y PERJUICIOS

El Contratista responderá por las pérdidas que pudiera sufrir el Comitente para la

prosecución y terminación de la obra, por cualquier causa. A tal efecto, los créditos que

resultasen a favor del Contratista por la liquidación de los trabajos recibidos a

satisfacción del Comitente a la fecha de la rescisión y el valor de los elementos tomados

por éste a su cargo, así como el fondo de reparos y la garantía del Contrato, serán

afectados para el pago de las pérdidas y perjuicios, los que serán evaluados por el

Comitente, una vez terminada la obra, para determinar la Liquidación Final.

d) EQUIPOS, MÁQUINAS, HERRAMIENTAS, ETC.

Los materiales, equipos, herramientas, útiles y demás enseres que el Comitente quisiere

adquirir o arrendar, lo hará a los precios reales de acuerdo al estado que se encuentren a

la fecha de la ocupación. A falta de acuerdo en el precio el Comitente podrá utilizarlos

previo inventario y avalúo. En este supuesto, el Contratista sólo podrá recurrir sobre la

valuación o precio de arriendo.

Los Materiales que el Contratista hubiera contratado para esa obra, podrán ser

adquiridos por el Comitente al precio de costo de reposición.

2.23.2. POR CULPA DEL COMITENTE

a) RECEPCIÓN DE TRABAJOS EJECUTADOS Y SU PAGO

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El Comitente recibirá de inmediato y en forma provisional los trabajos ejecutados y,

pasado el plazo de garantía, se procederá a la recepción definitiva de acuerdo con los

procedimientos establecidos en el numeral 2.24.4. La parte de la obra ejecutada se

liquidará sobre la base de los precios contractuales y/o convenidos con posterioridad a

la firma del Contrato, reconociéndose el importe correspondiente a los materiales

acopiados y contratados, en viaje o en elaboración, de acuerdo con el valor facturado y

el costo del transporte de esos materiales que ya hubiera sido abonado por el

Contratista.

b) GASTOS IMPRODUCTIVOS

Se liquidarán a favor del Contratista los gastos improductivos experimentados que

demostrase fehacientemente, a satisfacción del Comitente, como consecuencia de la

rescisión del Contrato o paralización de las obras. En ningún caso los montos por tal

concepto podrán exceder el 5 % (cinco por ciento) del valor de los trabajos previstos y

no ejecutados.

c) LUCRO CESANTE

El Contratista no tendrá derecho a reclamar lucro cesante en caso de rescisión del

Contrato por culpa del Comitente o desistimiento del mismo.

2.24. RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS

2.24.1. DOCUMENTACIÓN Y PLANOS FINALES

Dentro de los diez días posteriores a la finalización de los trabajos o previo a la

Recepción Provisoria, lo que ocurra primero, el Contratista deberá entregar a la

Inspección la documentación exigida por las Condiciones Particulares, o por las

Especificaciones Técnicas. Dicha documentación deberá incluir como mínimo los

cómputos métricos definitivos y los Planos Finales (o "Planos Conforme a Obra") de los

trabajos ejecutados; incluir también una memoria descriptiva de la forma en que se

ejecutaron los trabajos, destacando los inconvenientes de orden técnico que se hubieran

presentado durante su realización, así como las modificaciones de importancia que se

hubieran efectuado con respecto al proyecto.

2.24.2. RECEPCIÓN PROVISORIA

La recepción se hará de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Particulares o

Especificaciones Técnicas. Una vez finalizados los trabajos, o cada una de sus partes si

estuviesen previstas recepciones parciales, el Contratista lo comunicará a la Inspección

solicitando la Recepción Provisoria.

El Comitente conjuntamente con el Contratista, dentro de los 5 (cinco) días de solicitada

la Recepción Provisoria, iniciará la revisión del estado de los trabajos para constatar que

se han ejecutado y se encuentran completos en todos sus detalles y de acuerdo a los

términos del Contrato, procediéndose a elaborar el acta correspondiente.

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No se recibirá provisionalmente, ni será aceptada, ninguna parte, trabajo o estructura

que, a juicio del Comitente, no cumpla con los controles de calidad y recepción

establecidos en pliegos, o presente deficiencias.

A la terminación de la revisión se labrará un acta con todos los detalles que, a juicio del

Comitente, deban completarse o ajustarse para que los trabajos cumplan con las

exigencias del pliego.

Si no hubiese objeción, una vez terminados los trabajos observados se procederá a

suscribir el Acta de Recepción Provisoria. Si las observaciones del Comitente no

afectaran la utilidad de los trabajos o sus cualidades intrínsecas, o se tratase de simples

observaciones accesorias, podrá suscribirse el acta fijándose un plazo para la reparación

o completamiento de las partes observadas.

Si el Contratista no cumpliera con las órdenes y plazos establecidos en el acta redactada,

ésta será nula y sin ningún efecto contractual, debiéndose en este caso proceder a

redactar una nueva acta con nueva fecha, cuando a juicio del Comitente se hayan

cumplimentado todas las observaciones efectuadas.

El Comitente tendrá derecho a tomar posesión del emplazamiento y utilizar los trabajos

correspondientes, aunque éstos no estén totalmente completados. El uso y la posesión

por el Comitente en ningún caso podrán considerarse como la aceptación de los

trabajos, si éstos no estuviesen terminados o presentasen deficiencias en relación con los

términos del Contrato.

2.24.3. PERÍODO DE GARANTÍA

A partir de la fecha del acta de Recepción Provisoria empezará a correr el período de

garantía cuya duración será de 6 (seis) meses o el que fijen en las Condiciones

Particulares.

Desde la fecha de la Recepción Provisoria el Comitente tendrá el uso de los bienes y

trabajos ejecutados, pero el Contratista deberá conservarlos hasta la Recepción

Definitiva, corriendo por su exclusiva cuenta los gastos de conservación, así como la

reparación, reacondicionamiento o reconstrucción que no se origine en un uso indebido,

y que sea necesario ejecutar para ponerlos en condiciones de acuerdo con los

documentos del Contrato.

Comprobada la necesidad de alguna reparación, reacondicionamiento o reconstrucción,

el Contratista estará obligado a efectuarla, a indicación del Comitente y en el plazo que

ésta le fije. Durante dicho plazo se considerará interrumpido el período de garantía

hasta que el Contratista haya subsanado los inconvenientes, volviendo entonces a

reanudarse la cuenta del término.

Si a juicio del Comitente la reparación fuera importante, lo notificará así al Contratista

fijando en la nota correspondiente un plazo adicional de garantía por la parte afectada,

el que no podrá ser mayor que el fijado originalmente. En la misma nota se

establecerá también el monto de garantía que será retenido durante este nuevo período

adicional para garantizar las reparaciones una vez efectuadas.

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Si el Contratista no realizara en el plazo fijado los referidos trabajos o el levantamiento

de instalaciones y limpieza del lugar que hubiese ocupado durante la ejecución del

contrato, o no cumpliese con lo estipulado en el Acta de Recepción Provisoria, el

Comitente podrá hacerlo por sí o por terceros, con cargo al Contratista y con

interrupción del período de garantía establecido.

2.24.4. RECEPCIÓN DEFINITIVA

Una vez cumplido el período de garantía, se efectuará la Recepción Definitiva con

iguales requisitos y formalidades que la provisoria; confeccionándose el acta

correspondiente.

Antes de la Recepción Definitiva el Contratista deberá verificar el cumplimiento de

todas las obligaciones pendientes tales como retiro del obrador y equipo, pago de

obligaciones laborales y previsionales, y cualquier otra obligación que sea consecuencia

de la ejecución del contrato.

En el Acta de Recepción Definitiva deberá dejarse constancia de la manifestación del

Contratista respecto de reclamos o reservas de derechos referidos a su relación

contractual con el Comitente. En caso de silencio, se entenderá que el Contratista

renuncia a todo reclamo por hechos o situaciones acaecidas hasta esa fecha.

2.24.5. LIQUIDACIÓN FINAL

Dentro de los 60 (sesenta), días corridos a contar del último día del mes en que operó la

Recepción Definitiva por el total de la obra, el Comitente procederá a la liquidación

final, estableciendo en forma definitiva los débitos y créditos pertinentes.

Si la liquidación final del contrato arrojase un crédito a favor del Contratista, esta

liquidación será considerada como certificado final, y se pagará de acuerdo a lo

establecido en numeral 2.19.7.

Si la liquidación final arrojase créditos a favor del Comitente, el Contratista

deberá cubrirlos inmediatamente. En caso contrario, el Comitente retendrá dichos

importes del fondo de reparo y/o ejecutará la garantía existente si fuese necesario.

Cualquier objeción que le merezca al Contratista la liquidación final, deberá ser

planteada por escrito y debidamente fundada, dentro de los 30 (treinta) días de recibida.

2.24.6. DEVOLUCIÓN DEL FONDO DE REPARO Y GARANTÍA

Conjuntamente con el pago del certificado correspondiente a la liquidación final, el

Comitente devolverá al Contratista la Garantía de Cumplimiento del Contrato y el

Fondo de Reparos en los términos de los numerales 2.3. y 2.19.5. respectivamente, en la

medida en que los mismos no hubieran sido afectados para satisfacer obligaciones

eventuales del Contratista.

2.24.7. RESPONSABILIDAD ULTERIOR DEL CONTRATISTA

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La Recepción Definitiva de los trabajos, la liquidación final y la devolución de la

garantía y sumas retenidas al Contratista, no liberarán a éste de las responsabilidades

que establece el Código Civil de la República Argentina.

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

1. CONDICIONES PARTICULARES.

El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PBCP) tiene por objeto

establecer las condiciones para llevar a cabo la Licitación Pública de la obra

denominada “ELIMINACIÓN DE ROTONDA EN LA INTERSECCIÓN

AVENIDA BELGRANO - AVENIDA PRESIDENTE PERÓN - CAMINO DEL

PERÚ”. Este PCP y la demás Documentación Licitatoria, aclaran y perfeccionan las

estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales (PCG) correspondiente a la

Licitación, formando parte integrante del presente llamado a licitación. Salvo expresa

indicación en contrario en este PCP, los términos utilizados en el presente tendrán el

mismo sentido que les fuera asignado en el PCG-

2.

MODALIDAD DEL LLAMADO.

Se realizará por el sistema denominado "Llamado DE APERTURA ÚNICA" conforme al

numeral 1.21.4 del PBCG.

La apertura de sobres se efectuará conforme al numeral 1.161. En consecuencia se deberá

presentar en la Oferta toda la documentación para tal efecto, en las formas y condiciones allí

establecidas.

3.

ORGANISMO CONTRATANTE

El Organismo Contratante es la Secretaría de Planificación, Gestión de Infraestructura Pública y

Servicios Urbanos de la Municipalidad de Yerba Buena.

4.

OBJETO:

La presente contratación tiene por objeto llevar a cabo la realización de las obras

necesarias para la remoción total de la rotonda que se encuentra emplazada en la

intersección de las Avenida Belgrano, Avenida Perón y Camino del Perú, y la

adquisición e instalación de un complejo semaforizado adecuado para la organización

vehicular de dicha intersección, debiendo ajustarse estrictamente a los Pliegos de

Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas.

5.

PRESUPUESTO OFICIAL.

El presupuesto oficial de la presente licitación pública es de PESOS CINCUENTA Y CUATRO

MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y

SIETE CON 72/100 ($54-675.457,72).

6.

PRECIO DEL PLIEGO

El Valor del Pliego será de $ 5000.- (Pesos cinco MIL)

7.

MONEDA DE COTIZACIÓN Y PAGO

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Los Oferentes deberán cotizar su oferta únicamente en Pesos, moneda de curso legal en la

República Argentina. Asimismo, el pago de la obra se realizará solamente por esta moneda.

8.

PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.

Las propuestas serán presentadas por los interesados conforme al numeral 1.2.2 del PCG., hasta

el día de y a la hora indicada en la publicación y en el boletín oficial, en Dirección General de

Compras y Contrataciones sita en Av. Aconquija 1799 (Paseo Shopping), 1er. Piso, de la

Ciudad de Yerba Buena, Pcia. de Tucumán.

Las Propuestas se presentarán conforme lo previsto numeral 1.7 del Pliego de Condiciones

Generales: Sobre Cubierta, con la documentación general y el Sobre Propuesta con la Oferta.

El Oferente deberá formular su Oferta en la Planilla Modelo FORMULARIO PROPUESTA

(Formulario N°7 Anexo III). La misma deberá realizarse con precios vigentes a la fecha fijada

para el Acto de Apertura.

La cotización deberá ser por ítems y por la totalidad de los mismos, indicándose cantidades,

precios unitarios, totales y precio total de la provisión requerida.

9.

PLAZO DE OBRA - PRÓRROGA DE LOS PLAZOS CONTRACTUALES

El Plazo Total de Ejecución de la presente obra se fija en 150 días a partir del Acta de

Replanteo.

El adjudicatario podrá solicitar la prórroga del plazo por causas debidamente acreditadas que

justifiquen la demora, la cual podrá ser aceptada siempre que las necesidades de la Secretaría de

Planificación y Gestión de Infraestructura Pública y Servicios Urbanos admitan la

finalización fuera de término. La solicitud de prórroga deberá hacerse antes del vencimiento del

plazo de vencimiento del contrato exponiendo los motivos de la demora; la Secretaría de

Planificación y Gestión de Infraestructura Pública y Servicios Urbanos, deberá resolver el

pedido dentro de los cinco (5) días de presentado el mismo. En caso de vencimiento del plazo

contractual y no habiéndose expedido la autoridad competente respecto de una solicitud de

prórroga cursada por el adjudicatario, se tendrá por concedida la prórroga. La aceptación de la

prórroga por parte del organismo podrá determinar la aplicación de las penalidades por mora

establecidas en el pliego de Condiciones Generales . El adjudicatario sólo podrá hacer uso de

este derecho por única vez y el total de la prórroga que se le otorgue

10.

ANTICIPO.

A los efectos de incentivar la presentación de potenciales oferentes para la ejecución de la obra,

generar una mejora en la cotización y garantizar la ejecución de la misma, el Comitente otorgará

al Contratista un Anticipo Financiero del 20 % (Veinte por Ciento) del monto contractual,

garantizado por el Contratista mediante un Seguro de Caución en las formas establecidas en el

numeral 1.9.2. Forma de la Garantía, de igual importe a nombre de la Municipalidad de Yerba

Buena.

El Contratista devolverá el Anticipo mediante un descuento del 20 % (Veinte por Ciento)

aplicado a cada certificado de obra liquidado, hasta cubrir el total del anticipo otorgado.

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11.

REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

La redeterminación de precio se hará conforme el Decreto-Acuerdo 23/3 Op de la

Provincia de Tucumán y Acta 4/2022 de la Comisión Permanente de Encuesta y de

Seguimiento de Precios de fecha 4 de Junio de 2022 con la Planilla de Insumos Testigos

y sus Anexos correspondientes al mes de Abril del 2022, aprobada por Resolución

636/3 de fecha 22 de Junio de 2022 por la Secretaría de Estado de Obras Públicas de la

Provincia de Tucumán.

12.

DOCUMENTACIÓN POSTERIOR A LA ADJUDICACIÓN: Junto a toda la

documentación exigida en el PByCG. el Adjudicatario, antes del inicio de la obra, deberá

presentar a los fines de poder tramitar ante la Dirección Provincial de Vialidad Tucumán,

autorización para el uso Zona del Camino correspondiente a la obra la documentación que se

detalla a continuación:

a.

Plan de trabajo mediante diagrama de barras, Cómputos Métricos y Presupuesto

b.

Plano de Señalización

c.

Plan de Seguridad previsto por las obras a ejecutar

d.

Plano de Señalización Transitoria.

La documentación indicada deberá presentarse en original más dos copias papel y en soporte

digital.

13.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

La contratación comprende la provisión de todos los materiales, mano de obra, herramientas,

equipos y/o cualquier otro insumo, tarea o servicio que resulten necesarios para la obra objeto

de la presente licitación, especificada en las Especificaciones Técnicas Particulares adjuntas en

este pliego y cualquier otro menester a los fines previstos por la presente documentación y a

criterio de la Inspección de la Obra.

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ANEXO III

Formulario N° 1 Carta Presentación

Yerba Buena,………. de……………………………… de 20…………

Sr. INTENDENTE

MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA

DR. MARIANO CAMPERO

S___________/_____________D

Obra

N°……………

De nuestra mayor consideración:

En representación de

Nombre de la Empresa:

……………………………………………………………………………………………………………………

Tipo de Sociedad:

…………………………………………………………………………………………………………………………….

Bajo el N°……………………………………….... Fecha: ……………………/………………………….

/……………………………

Domicilio:

……………………………………………………………………………de……………………………………………………….

Los abajo firmantes

Representante Legal:

……………………………………………………………………………………………………………………….

Representante Técnico:

…………………………………………………………………………………………………………………..

Titulo: …………………………………………………………………… Matricula

N°……………………………………………………

Consejo Profesional:

………………………………………………………………………………………………………………………..

Ponemos a su consideración nuestra Oferta y expresamos que:

Declaramos conocer y aceptar íntegramente los documentos mencionados en el

numeral 1.5 de las Bases de Contratación Generales, para la ejecución de la obra de la

referencia y nos comprometemos a su estricto cumplimiento.

Autorizamos por la presente a los organismos nacionales, provinciales, municipales,

compañías de seguros, bancos, o cualquier persona física o jurídica; a suministrar las

informaciones pertinentes que sean solicitadas por la Secretaría de Políticas Sociales.

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Renunciamos a cualquier reclamación o indemnización, en caso de error de

interpretación de los documentos del llamado, y demás documentos del contrato, leyes

nacionales o provinciales y ordenanzas municipales y/o reglamentos de las empresas

prestatarias de servicios públicos vinculados a la obras objeto del llamado.

Adjuntamos los documentos solicitados en el numeral 1.7 del BCG.

………………………………………………………

……………………………………………………..

Rep. Técnico Rep. Legal

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DECLARACION JURADA

OFERENTE :………………………………………………………………..

OBRA N° ……………………………………….

FORMULARIO N°2 - REFERENCIAS BANCARIAS

BANCO

CUENTA N°

FECHA

RELACION **

APERURA

BCO/OFEREN.

1.

2.

3.

4.

5.

**

indicar si es titular de cuenta corriente, poseedor de linea de credito, etc.

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FORMULARIO N° 3 - REFERENCIAS COMERCIALES

FIRMA

RUBRO

DOMICILIO DE LA FIRMA

FECHA

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

11.

12.

13.

14.

15.

Adjuntar las referencias y/o constancias de los Bancos y/o firmas citados

…………………………………………

Representante Legal

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FORMULARIO N° 4 NOMINA DE OBRAS (EJECUTADAS - EN EJECUCION - ADJUDICADAS)

N° COMITENTE

NOMBRE DE LA OBRA

LUGAR

MONTO CONTRATO

PLAZOS (MESES)

AÑO/S

OBSERVACIONES

ORIGINAL

FINAL

CONTRATO

REAL

.Indicar OBRAS ASIMILABLES Y NO ASIMILARES.

. Indicar Ejecuatada,En Ejecucion , Contratada, Adjudicada.

. Adjuntar Memoria Descriptiva de cada una de las obras.

. Indicar Personeria Legal del Contratista en cada Obra. Si actuo como Empresa Individual o integrado una U.T.E. En este ultimo caso indicar % de participácion

. Indicar si la Obra ha sido declarada en el Registro Gral. De Constructores de Obras Publicas de la Prov. De Tucuman o donde haya correspondido. Documentar.

. Adjuntar Certificado de Comitentes que califiquen la actuacion del contratista en las Obras mencionadas

……………………………

Rep. Legal

………………………..

Rep. Tecnico

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FORMULARIO N° 5- EQUIPAMIENTO AFECTADO A LA OBRA N° ………………………

Oferente

TIPO

MARCA

CAPACIDAD

O POTENCIA

MODELO

AÑO

ESTADO

CANTIDAD

PROPIETARIO

OBSERVACIONES

……………………………………

……………………………………

Rep. Legal

Rep. Tecnico

Adjuntar informacion complementaria su fuere necesario

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FORMULARIO N° 6 - PERSONAL AFECTADO A LA OBRA N°………………….

OFERENTE

……………………………………………………

CANTIDAD

FUNCION

NOMBRE Y APELLIDO

CATEGORIA

ESPECIALIDAD

OBSERVACIONES

Representante tecnico

jefe de obra

…………………………………….

……………………………………….

REP LEGAL

REP TECNICO

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OBRA : Intersección Av. M. Belgrano - Av. Presidente Perón - Camino del Perú

Formulario N° 7 Formulario de Propuesta

ITEMS

UNIDAD CANTIDAD

PRECIO

UNITARIO

PRECIO

TOTAL

1

OBRA VIAL

1.1

ROTURA Y EXTRACCIÓN DE VEREDAS Y CONTRAPISOS EXISTENTES

M2

552.00

1.2

ROTURA Y EXTRACCIÓN DE CARPETA ASFÁLTICA

M2

153.00

1.3

DEMOLICIÓN GENERAL

M2

275.00

1.4

ROTURA Y EXTRACCIÓN DE PAVIMENTOS EXISTENTES

M2

1230.00

1.5

MOVIMIENTO DE SUELOS

M2

509

1.6

PREPARACIÓN DE LA SUBRASANTE

M2

1820

1.7

BASE ESTABILIZADA GRANULAR DE ESPESOR 0,20 M

1820.00

1.8

CALZADA DE HORMIGÓN SIMPLE H-30 DE ESPESOR 0,18 M

M2

1820.00

1.9

CORDÓN DE HORMIGÓN SIMPLE H-25 CON CONECTORES

M

604.00

1.10 RELLENO DE ISLETAS Y PLATABANDAS CON SUELO Y CONTRAPISO

M2

309.00

1.11 VEREDA DE CONTRAPISO DE 10 CM DE ESPESOR

M2

355.00

1.12 RAMPA DE ACCESO PARA DISCAPACITADOS

UN

16.00

1.13 SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL - TERMOPLÁSTICA DE 3 MM E ESPESOR

M2

69.00

1.14 SEÑALIZACIÓN VERTICAL

1-

14.1 TIPO N°1 SEGÚN PLANO

UN

4.00

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1-

14.2 TIPO N°2 SEGÚN PLANO

UN

4.00

1-

14.3 TIPO N°2 SEGÚN PLANO

UN

2.00

1-

14.4 TIPO N°2 SEGÚN PLANO

UN

4.00

1.15 INTERVENSIÓN EN DEFENSA CAMINERA (GUARDARAIL)

1-

15.1 PROVISION Y COLOCACIÓN DE DEFENSA CAMINERA (GUARDARAIL)

UN

10.00

1-

15.2 MOVIMIENTO DE DEFENSA CAMINERA (GUARDARAIL)

UN

9.00

1.16 INTERVENSION EN BARANDA METÁLICA PEATONAL

1-

16.1 REPINTADO DE BARANDAS METÁLICAS PEATONALES SOBRE CANAL SAN JOSÉ

M

59.00

1-

16.2 REPINTADO DE BARANDAS METÁLICAS PEATONALES SOBRE VEREDAS

UN

69.00

1-

16.3 REPINTADO DE BARANDAS METÁLICAS PEATONALES SOBRE CANAL CAINZO

M

46.00

1-

16.4 PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE BARANDAS METÁLICAS PEATONALES SOBRE VEREDAS

UN

10.00

1-

16.5 PROVISIÓN Y COLOCADO DE REJAS EN BARANDAS METÁLICAS PEATONALES SOBRE CANAL CAINZO

M

46.00

2

OBRA DE DESAGÜE PLUVIAL

2.1

EXCAVACIÓN Y RETIRO

M3

179.00

2.2

RELLENO CON PEDRAPLEN

M3

13.00

2.3

HORMIGÓN DE ASIENTO

M3

3.00

2.4

HORMIGÓN ARMADO H-21 PARA OBRA DE ARTE

M3

47.00

2.5

RELLENO CON MATERIAL GRANULAR

M3

121.00

2.6

BORDILLOS DE FUNDICIÓN DE HIERRO GRIS

UN

14.00

2.7

MÓDULOS DE REJAS

M

13.00

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3

OBRA DE SEMAFORIZACIÓN

3.1

ADECUACIÓN DE CRUCE SEMAFORICO

GL

1.00

4

OBRA DE ALUMBRADO PÚBLICO

4.1

REACONDICIONAMIENTO In-Situ DE: COLUMNA METÁLICA - TELESCÓPICA DE HL= 14m CON DOBLE BRAZO (INCLUYE APLOMADO, EJECUCIÓN DE

CORONAMIENTO, TABLERO DE CONEXIONADO, LIJADO, REPINTADO Y PUESTA A TIERRA)

UN

3.00

4.2

DESMONTAJE REACONDICIONAMIENTO Y REINSTALACIÓN DE COLUMNA METÁLICA - TELESCÓPICA DE HL= 14m CON DOBLE BRAZO (INCLUYE EJECUCIÓN DE

BASE, APLOMADO, EJECUCIÓN DE CORONAMIENTO, TABLERO DE CONEXIONADO, LIJADO, REPINTADO Y PUESTA A TIERRA)

UN

1.00

4.3

REACONDICIONAMIENTO In-Situ DE: COLUMNA METÁLICA - TELESCÓPICA DE HL= 14m CON DOBLE BRAZO (INCLUYE APLOMADO, EJECUCIÓN DE

CORONAMIENTO, TABLERO DE CONEXIONADO, LIJADO, REPINTADO Y PUESTA A TIERRA)

UN

1.00

4.4

REACONDICIONAMIENTO DE COLUMNA METÁLICA - TELESCÓPICA DE HL= 14m CON DOBLE BRAZO (INCLUYE APLOMADO, EJECUCIÓN DE CORONAMIENTO,

TABLERO DE CONEXIONADO, LIJADO, REPINTADO Y PUESTA A TIERRA)

UN

4.00

4.5

FABRICACIÓN Y MONTAJE DE ADAPTADORES METÁLICOS PARA INSTALACIÓN DE DOS LUMINARIAS POR BRAZO

UN

1.00

4.6

REFUERZO METÁLICO TRAMO INFERIOR COLUMNA METÁLICA TELESCÓPICA DE HL=14m CON DOBLE BRAZO

UN

1.00

4.7

PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE ARTEFACTO DE ILUMINACIÓN COMPLETO TIPO VIAL - EQUIPADA CON LED - 240 W

UN

16.00

4.8

PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE ARTEFACTO DE ILUMINACIÓN COMPLETO TIPO VIAL - EQUIPADA CON LED - 180 W

UN

6.00

4.9

PROVISIÓN Y TENDIDO DE CABLE SUBTERRÁNEO 4X10 mm2

M

168.00

4.10 PROVISIÓN Y TENDIDO DE CABLE SUBTERRÁNEO 4X6 mm3

M

154.00

4.11 CONSTRUCCIÓN DE CÁMARA DE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA DE CONDUCTORES Y PUESTA A TIERRA

UN

14.00

4.12 PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE PUESTO DE ENCENDIDO COMPLETO

UN

2.00

El Presupuesto Importa la suma $ de:

Son Pesos: